- Qué es: accidente de camino al trabajo o de regreso a casa, reconocido como riesgo de trabajo.
- Cuánto cobras: 100% del salario durante la inhabilitación o pensión vitalicia del 70%.
- Cómo reclamar: atención médica inmediata en el IMSS y calificación del riesgo por el Instituto.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Cuando un trabajador se lesiona de camino a su empleo o de regreso a casa, la legislación mexicana lo protege como si el percance hubiera ocurrido dentro de la propia fábrica u oficina. El accidente en traslado al trabajo en México está reconocido en el artículo 42 de la Ley del Seguro Social y abre la puerta a una indemnización, atención médica y, según el caso, una pensión mensual. Este artículo explica, con cifras y pasos concretos, qué dice la Ley Federal del Trabajo, cómo se calcula lo que corresponde al trabajador accidentado y dónde tramitarlo.
¿Qué es un accidente en trayecto y por qué la ley lo trata como riesgo de trabajo?
La Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social consideran "accidente en trayecto" —también llamado in itinere— al que ocurre mientras el trabajador va de su domicilio al centro de trabajo o regresa de éste a su casa, siempre que el camino sea el habitual y razonablemente directo. La definición oficial está en el artículo 42 de la Ley del Seguro Social, y la PROFEDET lo engloba dentro del concepto más amplio de riesgo de trabajo: los accidentes y enfermedades que sufre el personal en ejercicio o con motivo del trabajo, incluyendo este desplazamiento.
Tipos de consecuencia que reconoce la ley
La legislación federal reconoce cuatro tipos de incapacidad:
- Temporal: pago íntegro del salario desde el primer día mientras el trabajador no pueda reincorporarse.
- Permanente parcial: pensión calculada con la tabla de valuación de la Ley Federal del Trabajo.
- Permanente total: pensión mensual equivalente al 70% del salario base de cotización.
- Muerte: pensiones de viudez, orfandad y ascendencia, más ayuda funeraria.
Una cifra que dimensiona el problema
La STPS registra, según reporta El Economista, cerca de 138.000 accidentes en trayecto al año en México. Buena parte de esa población no cotiza al IMSS, así que sin seguridad social no accede a pensión ni a renta vitalicia en caso de secuelas.
Quien sufre un accidente in itinere tiene los mismos derechos que si la lesión hubiera ocurrido dentro de la empresa: atención médica, salario cubierto y, si quedan secuelas, pensión o indemnización global.
¿Cumples los requisitos para reclamar una indemnización?
No basta con lesionarse camino al trabajo: la ley exige que se cumplan condiciones puntuales para que el IMSS lo reconozca como riesgo de trabajo.
- Vínculo laboral vigente: ser trabajador subordinado —no prestador de servicios por honorarios— y tener relación de trabajo formal.
- Alta en el IMSS: estar dado de alta y vigente en los seguros del Instituto Mexicano del Seguro Social al momento del percance. Si el patrón omitió el alta, la demanda cambia de ruta.
- Trayecto directo: el recorrido debe ser el habitual y razonablemente directo entre el domicilio y el centro de trabajo, sin desvíos significativos.
- Calificación del IMSS: el Instituto debe dictaminar el accidente como riesgo de trabajo; mientras eso no ocurra formalmente, no hay derecho a pensión.
Documentos que debes reunir para acreditar el accidente en trayecto
La carga de la prueba se facilita si se llega al IMSS con la documentación armada desde el primer día.
Identidad y filiación
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
- CURP (consultable en el portal del RENAPO) y Número de Seguridad Social (NSS).
- Comprobante de domicilio reciente.
Acreditación laboral y médica
- Constancia de vigencia de derechos emitida por el IMSS.
- Aviso de atención inicial y partes médicos que expida el hospital o clínica del IMSS.
- Reporte firmado por el patrón o, en su defecto, cualquier constancia que acredite la relación de trabajo (recibo de nómina, contrato, credencial laboral, alta patronal).
Pruebas del trayecto
- Testigos que presenciaron el hecho.
- Fotografías, videos, registros de GPS del celular o de la app de transporte, y tickets o facturas del medio usado.
- Parte de tránsito o reporte ante la policía si intervino alguna autoridad vial.
¿Cómo se calcula la indemnización, qué pensión te corresponde y qué prestaciones cubre el IMSS?
El cálculo de la indemnización parte de un salario base con reglas claras: se toma el salario diario al ocurrir el riesgo, más los aumentos salariales que correspondan hasta que se determine la incapacidad. Ese salario base no puede ser inferior al salario mínimo general y, si el salario real supera el doble del mínimo del área geográfica, se toma como tope el doble de dicho mínimo.
«Si el patrón no reporta el accidente, no hay derecho a pensión.»
La carga de reportar es del patrón: si omite el aviso al IMSS, la omisión no le perjudica a ti, sino a él.
VS
Tipos de incapacidad y fórmula aplicable
| Tipo de incapacidad | Prestación principal | Base legal |
|---|---|---|
| Temporal | 100% del salario base mientras dure la inhabilitación | Ley Federal del Trabajo |
| Permanente total | Pensión mensual vitalicia del 70% del salario base | Ley del Seguro Social |
| Permanente parcial (<25%) | Pensión según tabla de valuación de la LFT | Ley Federal del Trabajo |
| Pérdida ≥25% sin pensión | Indemnización global = 5 anualidades de la pensión que habría correspondido | Artículo 58 de la LSS |
| Muerte | Pensiones de viudez (40%), orfandad (20% por hijo) y ascendencia (20%) | Artículo 64 de la LSS |
Prestaciones en especie y en dinero
El IMSS otorga atención médica, quirúrgica, rehabilitación, medicamentos y, cuando hace falta, aparatos de prótesis y ortopedia. En dinero se cubren la incapacidad temporal al 100%, el aguinaldo de 15 días para pensionados y, en caso de fallecimiento, una ayuda para gastos funerarios equivalente a 60 días de salario mínimo vigente en la Ciudad de México.
Ejemplo con cifras
Supongamos que Karla gana 18.000 pesos (MXN) al mes —es decir, 600 diarios— y sufre un accidente en trayecto que le provoca una incapacidad permanente total:
- Salario base de cotización = MXN 600 diarios.
- Pensión mensual = 70% × 600 × 30 = MXN 12.600 mensuales, de por vida.
- Aguinaldo = 15 días de esa pensión = MXN 6.300 cada diciembre.
- Si las secuelas superan el 25% de pérdida orgánica y no generan pensión, recibe una indemnización global de cinco anualidades: 12.600 × 12 × 5 = MXN 756.000 en un solo pago.
18.000 pesos (MXN)
600 pesos (MXN)
Permanente total
12.600 pesos (MXN)
El dinero se actualiza con el incremento anual al salario mínimo y, en su caso, con la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que publica el INEGI cada año, de modo que la pensión no se deteriora con la inflación.
Cómo reclamar paso a paso y dónde acudir en México
Ruta ante el IMSS
- Acudir de inmediato a urgencias del IMSS o llamar al 911 para que la atención quede registrada; el plazo médico para la calificación corre desde el primer día.
- Avisar al patrón dentro de los plazos que marca la ley para que reporte el accidente al IMSS; el Instituto tiene que notificar al patrón cuando lo califica como riesgo de trabajo.
- Solicitar la calificación del accidente como riesgo de trabajo en la Subdelegación que corresponda, con las pruebas del trayecto.
- Atender las citas médicas: los exámenes se repiten cada tres meses si la incapacidad temporal se extiende, y el IMSS tiene hasta 152 semanas de atención médica para determinar la secuela.
- Recibir el dictamen de incapacidad permanente. El trabajador cuenta con dos años para pedir revisión si considera que sus secuelas fueron subvaloradas.
Ruta cuando el patrón no dio de alta al trabajador o se niega a responder
- Acudir a la PROFEDET para asesoría gratuita y, si procede, representación legal.
- Presentar conciliación prejudicial ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (si la relación es federal) o ante el Centro de Conciliación local (si la relación es estatal); es un paso obligatorio antes de demandar.
- Si no hay arreglo, presentar la demanda ante el Tribunal Laboral competente (federal o local), reclamando la indemnización por responsabilidad del patrón conforme a la Ley Federal del Trabajo.
Dónde pedir ayuda sin costo
- IMSS: atención médica, calificación del riesgo y pago de pensión.
- PROFEDET: asesoría y representación gratuita al trabajador.
- Tribunal Laboral federal o local: donde se dirimen las demandas cuando el patrón niega el alta o se opone al pago.
- Comisión Estatal de Derechos Humanos (CNDH o su equivalente local): para acompañamientos y quejas, sobre todo si hay negativa de servicio.
Tras una resolución favorable, el IMSS cuenta con plazos administrativos para empezar a pagar la pensión; si hay demora injustificada, la PROFEDET puede intervenir para agilizar el cobro.
Preguntas frecuentes sobre el accidente en trayecto
¿Qué pasa si el accidente ocurrió haciendo un mandado antes de llegar a casa?
Si hubo un desvío significativo y prolongado, el IMSS puede argumentar que se rompió el nexo con el trayecto directo. Para mantener el derecho conviene demostrar que el desvío fue breve y justificado, y portar pruebas (tickets, testigos, geolocalización).
¿Cuánto tarda el IMSS en pagar la primera pensión?
No existe un plazo fijo en la ley para el primer pago tras el dictamen; el IMSS suele hacerlo dentro del mes siguiente a la resolución. Si se atrasa, PROFEDET puede intervenir.
¿El patrón puede correr al trabajador después del accidente?
No por ese motivo. Si el patrón despide al empleado para evadir la responsabilidad, el trabajador puede demandar por despido injustificado ante el Tribunal Laboral y, además, reclamar la indemnización por riesgo de trabajo.
¿Y si el accidente fue en transporte público?
El medio de transporte es indiferente para la calificación: lo que cuenta es que el trayecto sea el habitual. Importante: guarda el boleto, el ticket de la app o cualquier comprobante del viaje.
¿Qué hago si no estaba dado de alta en el IMSS?
La omisión patronal no elimina tu derecho: significa que el patrón responderá directamente con su patrimonio por las prestaciones que el IMSS habría cubierto, además de las multas administrativas que imponga la STPS.
Fuentes
- Vlexaccidente de trabajo en trayecto – vLexconsultado el 08/08/2026
- FactorialTraslado casa trabajo: qué es y cuándo se considera riesgo laboralconsultado el 08/08/2026
- MapfreQué pasa si tienes un accidente de camino al trabajo – Mapfreconsultado el 08/08/2026
- Gob¿Sufriste un Riesgo de Trabajo y no sabes qué hacer? – Gob MXconsultado el 08/08/2026
- Eleconomista¿A qué derechos tengo si sufro un accidente en trayecto de ida o de …consultado el 08/08/2026
