- Qué es: accidente de trabajo o de trayecto que el IMSS atendió sin días de incapacidad.
- Cuánto cobras: 100 % del Salario Base de Cotización desde el día siguiente.
- Cómo reclamar: ST-7 firmado por el patrón y aviso inmediato ante el IMSS.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Un accidente sin baja ocurre cuando sufres una lesión en el trabajo o de camino al mismo, recibes atención médica inmediata y, tras la valoración, el IMSS determina que no requieres días de incapacidad o son muy pocos. Aun así, el evento queda registrado como riesgo de trabajo y trae consigo derechos que debes conocer al pie de la letra para no perder ni un peso de lo que te corresponde.
Qué se considera accidente sin baja y a quién le aplica
La Ley Federal del Trabajo define en el Título Noveno a los riesgos de trabajo como los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. Cuando se trata de un accidente de trabajo, hablamos de toda lesión orgánica o perturbación funcional producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, incluidos los accidentes in itinere (de casa al trabajo y viceversa), e incluso cuando eres víctima de un acto delincuencial en el trayecto.
Para que aplique como riesgo de trabajo debe existir relación causal entre la lesión y la actividad laboral. Si el IMSS no encuentra ese vínculo, el caso se reclasifica como enfermedad general y cambia el porcentaje del subsidio.
Tipos de incapacidad que prevé la ley
- Incapacidad temporal: pérdida de facultades por un periodo determinado.
- Incapacidad permanente parcial: disminución definitiva de alguna facultad para trabajar.
- Incapacidad permanente total: pérdida de facultades que imposibilita cualquier trabajo por el resto de la vida.
- Muerte: fallecimiento derivado del riesgo de trabajo.
El accidente sin baja cabe, en la mayoría de los casos, en una incapacidad temporal de cero días o muy pocos, pero el resto de las prestaciones se mantienen: asistencia médica, quirúrgica, rehabilitación, medicamentos, material de curación y, si procede, aparatos de prótesis y ortopedia.
Documentos que debes tener a la mano
Si sufres un accidente laboral, reúne desde el primer momento la documentación que respalde tanto la atención médica como el reporte ante el IMSS y la empresa. La entrega oportuna del formato ST-7 es la pieza angular para que el caso se califique como riesgo de trabajo.
Lista de requisitos esenciales:
- Parte médico inicial emitido por la unidad del IMSS que te atendió.
- Formato ST-7 del IMSS (Aviso de atención médica inicial y probable accidente de trabajo), con el apartado patronal llenado y firmado.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
- Número de Seguridad Social (NSS) y CURP.
- RFC con homoclave, necesario para el CFDI de nómina si se pagan diferencias.
- Acta administrativa interna levantada por la empresa con la descripción del accidente.
- Aviso por escrito al patrón con fecha, hora, lugar y circunstancias del hecho.
Una constancia de testigos y, de existir, el reporte de la Comisión de Seguridad e Higiene dan solidez al expediente. Conserva copia de todo en tu poder: si el patrón se retrasa o se niega a firmar el ST-7, ese respaldo te abrirá la puerta ante la PROFEDET.
Cómo se calcula lo que te pagan mientras te recuperas
El monto depende de cómo el IMSS califique el caso y de tu Salario Base de Cotización (SBC). Para riesgo de trabajo confirmado, el subsidio es del 100 % del SBC desde el día siguiente al accidente. Si se cataloga como enfermedad general, el subsidio baja al 60 % del SBC y comienza a partir del cuarto día de incapacidad. En ambos casos, la base salarial nunca puede ser inferior al salario mínimo general que fija la CONASAMI.
Los accidentes in itinere y los derivados de un acto delincuencial en el trayecto también son riesgos de trabajo.
La fórmula de cálculo es:
Subsidio diario = Porcentaje aplicable × Salario Base de Cotización (SBC)
Ejemplo resuelto
Supongamos a Karla, operadora en una maquiladora de Monterrey con SBC de 620 pesos diarios:
- Riesgo de trabajo confirmado: 620 pesos × 100 % = 620 pesos diarios desde el día siguiente.
- Mismo caso reclasificado como enfermedad general: 620 pesos × 60 % = 372 pesos diarios a partir del cuarto día.
Si su salario real fuera de 720 pesos diarios, el patrón no está obligado a cubrir la diferencia; sin embargo, muchos convenios internos o políticas de RH complementan el sueldo hasta el 100 % como prestación adicional, lo que se registra en el CFDI de nómina con la clave de incidencia correspondiente.
Topes y reglas básicas
| Concepto | Cálculo | Referencia |
|---|---|---|
| Base mínima de indemnización | Salario mínimo general vigente | CONASAMI |
| Tope máximo salarial | Doble del salario mínimo del área geográfica; en zonas diferenciadas, doble del promedio | LFT, Título Noveno |
| Subsidio por riesgo de trabajo | 100 % del SBC desde el día siguiente | Ley del Seguro Social |
| Subsidio por enfermedad general | 60 % del SBC desde el cuarto día | Ley del Seguro Social |
A los tres meses de tratamiento, si no hay aptitud para volver al trabajo, el trabajador o el patrón puede solicitar al Tribunal Laboral que resuelva si continúa el tratamiento o se declara la incapacidad permanente; los exámenes médicos pueden repetirse cada tres meses y el trabajador sigue percibiendo salario hasta que se declare la incapacidad y se fije la indemnización.
Dónde y cómo se hace el trámite ante el IMSS
El camino es claro y conviene seguirlo al pie de la letra para no perder el carácter de riesgo de trabajo. La empresa está obligada a coordinar el traslado y a llenar el ST-7; el IMSS califica y emite la incapacidad.
Pasos del trámite:
- Acudir de inmediato a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) u hospital del IMSS más cercano al centro de trabajo.
- El médico del IMSS genera el parte inicial y, si sospecha relación laboral, abre el formato ST-7.
- El patrón completa el apartado patronal del ST-7 con horario, puesto, descripción del accidente, testigos y firma; debe entregarlo en tiempo.
- El IMSS califica el caso como riesgo de trabajo o enfermedad general.
- Se emite la incapacidad temporal con los días y el diagnóstico.
- Se expide el alta cuando el médico determina que puedes reincorporarte.
Si tu patrón se niega a firmar el ST-7 o dilata el aviso, tienes dos rutas gratuitas de apoyo:
- La PROFEDET, que asesora y, si procede, te representa ante el Tribunal Laboral.
- El Centro de Conciliación Laboral de tu entidad (federal o local), obligatorio como instancia prejudicial antes de cualquier demanda.
Plazos que no debes dejar pasar
Los tiempos aquí son la diferencia entre cobrar el 100 % del SBC o quedarte con el 60 % después del cuarto día. Lo más importante: el aviso al IMSS debe ser inmediato y el ST-7 patronal se entrega junto con el parte médico inicial; cualquier demora puede provocar que el IMSS no lo califique como riesgo de trabajo.
Plazos clave
| Trámite o acto | Plazo | Consecuencia si se pasa |
|---|---|---|
| Aviso al IMSS por accidente | Inmediato (el mismo día) | Reclasificación como enfermedad general y subsidio del 60 % |
| Entrega del ST-7 por el patrón | Junto con el parte médico inicial | Se pierde la presunción de riesgo de trabajo |
| Revisiones médicas | Cada tres meses mientras exista incapacidad temporal | Determinan alta, continuación de tratamiento o incapacidad permanente |
| Solicitud al Tribunal Laboral para declarar incapacidad permanente | A partir de los tres meses de tratamiento | Fija indemnización y corta el pago de subsidios |
| Prescripción de acciones laborales | Un año contado desde que la acción pudo ejercerse, conforme al marco federal aplicable | Pérdida del derecho a reclamar prestaciones |
El subsidio se calcula con una regla clara: un porcentaje fijo aplicado al Salario Base de Cotización del trabajador accidentado. Porcentaje aplicable (100 % riesgo de trabajo o 60 % enfermedad general) y el Salario Base de Cotización (SBC).
620 pesos × 100 % × 1 día = 620 pesos (MXN) de subsidio diario por riesgo de trabajo confirmado.
Si tu patrón no paga o no reporta, PROFEDET te orienta sin costo y, si decides demandar, primero pasa por el Centro de Conciliación y después, de no haber acuerdo, presenta tu demanda ante el Tribunal Laboral federal o local según corresponda.
Preguntas frecuentes sobre el accidente sin baja en México
¿Qué pasa si el patrón no quiere firmar el ST-7? Puedes acudir a la PROFEDET para asesoría gratuita y, en su caso, levantar un acta ante el Tribunal Laboral; mientras tanto, conserva el parte médico inicial y cualquier testigo del accidente.
Retribución diaria registrada ante el IMSS, con la que se calculan cuotas, subsidios e indemnizaciones de riesgos de trabajo. No es tu salario neto ni lo que recibes libre en la cuenta.
Lesión sufrida durante el trayecto del domicilio al trabajo y de regreso, o la derivada de un acto delincuencial en ese recorrido. No requiere que ocurra dentro de la empresa para ser riesgo de trabajo.
¿El día del accidente lo pagan completo? Sí, la LFT establece el pago íntegro del salario desde el primer día de incapacidad; a partir del día siguiente, el IMSS cubre el subsidio según la calificación.
¿Un accidente de trayecto también cuenta como riesgo de trabajo? Sí, la LFT reconoce como accidente de trabajo el sucedido durante el traslado del domicilio al centro laboral y viceversa, así como los derivados de un acto delincuencial en ese recorrido.
¿Qué hago si el IMSS lo clasifica como enfermedad general? Tienes derecho a inconformarte: solicita la calificación ante el propio IMSS y, si persiste la negativa, PROFEDET puede ayudarte a revertirla o a reclamar la diferencia ante el Tribunal Laboral.
Dudas frecuentes sobre el accidente sin baja en México
1. Qué se considera un accidente de trabajo sin baja en México
Es un accidente laboral que no impide al trabajador reincorporarse a sus actividades ni requiere reposo médico formal. Aun así, debe notificarse al patrón y registrarse ante el IMSS porque deja antecedentes y puede generar consecuencias en el cálculo futuro de tu prima de antigüedad y riesgos de trabajo.
2. En qué plazo se debe reportar un accidente sin baja al patrón y al IMSS
Tienes que avisar al patrón de inmediato y, a más tardar, dentro de los cinco días hábiles siguientes al accidente, conforme al artículo 504 de la Ley Federal del Trabajo. El patrón, a su vez, debe notificarlo al IMSS para que quede asentado en tu expediente clínico y de riesgos de trabajo.
3. Si sufro un accidente laboral sin baja me pagan el día o no
Sí, el patrón debe pagarte el salario de ese día aunque no te hayan dado incapacidad. Si el accidente ocurre durante la jornada, ese día se computa como tiempo trabajado efectivo y, si requieres atención médica, no pueden descontarte el sueldo por ausentarte para recibirla.
Fuentes
- ScieloEl subregistro potencial de accidentes de trabajo en el Instituto …consultado el 08/08/2026
- Imss¿Tuviste un accidente o enfermedad de trabajo? El seguro … – IMSSconsultado el 08/08/2026
- Amiasistencia¿Cuáles son los accidentes de trabajo más comunes en México?consultado el 08/08/2026
- FactorialBaja por accidente laboral en México: cómo tramitarla – Factorialconsultado el 08/08/2026
- ProfedetRiesgo de trabajo (enfermedad de trabajo, accidente de trabajo o …consultado el 08/08/2026
