- Qué es: la carta que acredita la ciudadanía mexicana por naturalización.
- Quién la expide: la SRE, en hasta 20 días hábiles.
- Cuánto cuesta una copia: 670.00 MXN por cada copia certificada.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Obtener la carta de naturalización mexicana por internet es, en la práctica, iniciar el trámite desde el extranjero o desde cualquier estado de la República sin necesidad de viajar a la Ciudad de México: se llena el formato DNN-4, se adjuntan los documentos escaneados y se envía por correo electrónico a la SRE, que es la autoridad federal que resuelve. Eso sí, lo que se digitaliza es la solicitud; la firma final, las copias certificadas y la entrega del documento se completan después de forma presencial o consular, según donde vivas.
La SRE ha emitido cartas de naturalización desde la entrada en vigor de la Ley de Nacionalidad y su Reglamento, y cualquier copia certificada que expide tiene el mismo valor probatorio que el original, por lo que no es raro que las familias tramiten tres o cuatro copias para evitar traslados al archivo de la SRE cada vez que un banco o un notario piden el documento.
¿Si ya tengo la carta de naturalización, puedo pedir una copia certificada sin volver a la Ciudad de México? Sí: la SRE permite que la entrega la recoja un tercero con carta poder o que el trámite se cierre en el consulado mexicano más cercano.
Quién puede pedir la carta de naturalización y ante qué autoridad federal
La Ley de Nacionalidad y su Reglamento prevén cinco vías para acceder a la ciudadanía mexicana por naturalización. Cualquier persona extranjera que cumpla los requisitos de la vía que le corresponda puede iniciar el trámite, y la autoridad federal competente es la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), que opera a través de su Dirección General de Asuntos Jurídicos, ubicada en la Ciudad de México.
Las cinco vías reconocidas son:
- Ordinaria por residencia: cinco años de residencia legal e ininterrumpida en territorio mexicano.
- Por matrimonio: estar casado o casada con mexicana o mexicano, sin importar el tiempo de matrimonio si se acredita la unión legal.
- Por hijos mexicanos: tener hijos nacidos en México o por nacionales mexicanos.
- Iberoamericana, española o portuguesa: dos años de residencia para nacionales de esos países.
- Carta de naturaleza: otorgamiento discrecional de la SRE con plazos abreviados por servicios relevantes a la Nación.
Las cinco vías comparten el mismo formulario oficial (DNN-4) y el mismo organismo resolutor; lo que cambia es la documentación que acredita cada supuesto.
Ojo: presentar documentos falsos o alterados para acreditar residencia, matrimonio o parentesco invalida el trámite de forma definitiva y puede generar responsabilidades administrativas y penales; la SRE verifica cada expediente antes de dictar resolución.
Documentos que debes reunir para el trámite ante la SRE
El expediente se integra con un formato oficial, identificaciones vigentes y los papeles que demuestren la vía elegida. Sin esa documentación mínima la SRE puede prevenirte y el reloj de los veinte días hábiles se detiene hasta que complements.
Checklist de requisitos generales:
- Formato oficial DNN-4 llenado por completo y firmado por la persona solicitante.
- Identificación oficial vigente: INE/IFE o pasaporte del país de origen.
- Comprobante de pago de derechos por la expedición del documento.
- Documentación que acredite la vía elegida (original y copia para cotejo).
- Si acudes por correo electrónico, escaneos en formato PDF de cada documento y el comprobante de pago.
Documentación específica por vía:
- Ordinaria (5 años): constancia de residencia expedida por el INM y comprobantes de estancia legal continua.
- Matrimonio: acta de matrimonio mexicana vigente y datos del consulado si el enlace se celebró en el extranjero.
- Hijos mexicanos: actas de nacimiento de los hijos expedidas por el Registro Civil mexicano.
- Iberoamericana/española/portuguesa (2 años): pasaporte del país de origen y constancia de residencia en México.
- Carta de naturaleza: documentación que respalde los servicios o méritos invocados ante la SRE.
La guía de naturalización por matrimonio y la de naturalización por hijos mexicanos desglosan los papeles específicos para cada camino.
Dentro de lo habitual, la SRE suele resolver sin prevenciones cuando la documentación de la vía elegida está completa y los datos del DNN-4 coinciden con las identificaciones; los retrasos de más de cuatro meses casi siempre esconden un expediente incompleto o pagos mal referenciados.
Cuánto cuesta la carta de naturalización y sus copias certificadas
El derecho por cada copia certificada de la carta de naturalización, según la tarifa reportada por Migrans a 2025, es de 670.00 MXN (setecientos sesenta pesos 00/100 M.N.) por documento completo. El costo de la carta de naturalización original no aparece desglosado en la fuente consultada y debe consultarse en la Ley Federal de Derechos vigente en el portal del DOF o directamente en la SRE.
Ejemplo de costo por varias copias
Una persona que quiere resguardar tres copias certificadas para trámites bancarios, notariales y de pasaporte paga:
- Copia 1: 670.00 MXN
- Copia 2: 670.00 MXN
- Copia 3: 670.00 MXN
- Total: 2,010.00 MXN (dos mil diez pesos 00/100 M.N.)
| Concepto | Monto en MXN |
|---|---|
| Copia certificada (cada una) | 670.00 |
| Tres copias certificadas | 2,010.00 |
| Carta de naturalización original | consultar Ley Federal de Derechos vigente |
Objetivo: dejar el documento protegido con tres copias certificadas listas para bancos, notario y pasaporte.
Consejo: las copias certificadas no tienen caducidad legal, aunque algunas instituciones piden una copia reciente; guarda siempre la original en un lugar seguro y reparte las copias según la necesites.
Cómo tramitar la carta de naturalización paso a paso ante la SRE
El trámite federal tiene tres modalidades: presencial en la Ciudad de México, por correo electrónico y consular para quien vive en el extranjero. Las tres desembocan en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE.
- Modalidad presencial: acudes a las oficinas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE en la Ciudad de México con el formato DNN-4, identificación vigente, comprobante de pago y documentos de la vía elegida; la autoridad revisa el expediente y emite tu acuse.
- Modalidad por correo electrónico: escaneas el DNN-4 firmado, tu identificación, el comprobante de pago y los documentos que acreditan la vía, y los envías al buzón que la SRE indique para el trámite; recibirás un acuse con número de expediente.
- Modalidad consular: si resides en el extranjero, acudes al consulado de México más cercano, presentas la misma documentación y el consulado la remite a la SRE para resolución; la entrega final puede recogerse en el mismo consulado.
Cada copia certificada cuesta 670.00 MXN, así que solo multiplicas cuántas copias necesitas por el costo unitario. 670.00 MXN.
670.00 MXN × 4 = 2,680.00 MXN para tu juego de copias certificadas.
Fórmula del costo total de las copias certificadas:
- Costo total = (número de copias) × 670.00 MXN
- Ejemplo resuelto: para 4 copias, 4 × 670.00 MXN = 2,680.00 MXN (dos mil seiscientos ochenta pesos 00/100 M.N.).
Una vez emitida la carta, la SRE la entrega al titular, a su apoderado legal o a quien acredite interés jurídico mediante carta poder firmada y documentación que respalde la representación. Quienes ya están en el extranjero pueden pedir orientación en el consulado mexicano más cercano.
Plazos legales y prácticos que debes conocer
El plazo legal de respuesta de la SRE es de hasta 20 días hábiles contados a partir de que el expediente queda integrado. En la práctica, la emisión puede tardar hasta cuatro meses por cargas de trabajo o prevenciones no subsanadas, según la experiencia documentada por Migrans.
Si la SRE no contesta dentro del plazo legal opera la negativa ficta, figura que permite a la persona solicitante presentar queja ante el Órgano Interno de Control de la SRE o interponer recurso de revisión ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Pasos sugeridos si el expediente se queda sin respuesta:
- Verificar con el acuse que el expediente está integrado y sin prevenciones pendientes.
- Solicitar constancia de estado del trámite en la propia Dirección General de Asuntos Jurídicos.
- Interponer queja o recurso de revisión dentro de los quince días siguientes al vencimiento del plazo.
5 reconocidas en la Ley de Nacionalidad
SRE — Dirección General de Asuntos Jurídicos
670.00 MXN (referencia 2025)
hasta 20 días hábiles; práctica observada hasta 4 meses
Ficha resumen del trámite:
- Vías: 5 (ordinaria, matrimonio, hijos, iberoamericana/española/portuguesa, carta de naturaleza).
- Autoridad: SRE — Dirección General de Asuntos Jurídicos, Ciudad de México.
- Costo por copia certificada: 670.00 MXN.
- Plazo legal: hasta 20 días hábiles; práctica observada hasta 4 meses.
Integrar expediente
DNN-4, identificación vigente, comprobante de pago y documentos de la vía elegida.
Presentar ante la SRE
Presencial en CDMX, por correo electrónico o en consulado del exterior.
Acuse y, en su caso, prevención
Si falta documentación, el reloj de 20 días hábiles se detiene hasta complementar.
Resolución y entrega
La SRE entrega la carta o las copias certificadas al titular o a su apoderado.
- Fase 1: integrar expediente (DNN-4, identificación, pago, documentos de la vía).
- Fase 2: presentar ante SRE (presencial, correo electrónico o consulado).
- Fase 3: acuse de recibido y, en su caso, prevención.
- Fase 4: resolución y entrega de carta o copias certificadas.
- Fase 5: en caso de silencio, queja o recurso de revisión.
Una vez con la carta en mano, el siguiente paso natural es tramitar tu pasaporte mexicano como persona naturalizada y, después, tu credencial del INE para quedar inscrito o inscrita en el padrón electoral y acceder a todos los derechos ciudadanos en México.
Preguntas frecuentes sobre la carta de naturalización
1. ¿Cuánto se tarda en obtener la carta de naturalización en México?
El trámite ante la Secretaría de Relaciones Exteriores suele resolverse en un plazo aproximado de 6 a 12 meses, dependiendo de la carga de trabajo de la Delegación y de que la documentación esté completa. Tras aprobar el examen de conocimientos, se te notifica para recoger la carta. El tiempo puede extenderse si requieres aclarar datos o aportar documentos adicionales.
Fuentes
- GobCertificado de Nacionalidad mexicana para los nacidos en el …consultado el 08/08/2026
- SreCarta de naturalización por residencia – Portales SREconsultado el 08/08/2026
- Infodigna¿Cómo se obtiene la naturalización mexicana? – InfoDignaconsultado el 08/08/2026
- DatosCartas de naturalización – Base de datos – datos.gob.mxconsultado el 08/08/2026
- MigransmxCopias certificadas de tu carta de naturalización: cómo y dónde …consultado el 08/08/2026
