- Qué es: convenio privado de pensión alimenticia entre progenitores, fuera de juicio.
- Cuánto acuerdas: 15–30 % de los ingresos del deudor, ajustables por INPC.
- Cómo validarlo: ratificación ante juez familiar o Instituto de Justicia Alternativa, con interés superior del menor.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Lograr un convenio de pensión alimenticia fuera de un juicio en México es viable y, en la mayoría de los casos, más rápido que un litigio. El acuerdo debe priorizar el interés superior del menor, fijar monto, periodicidad, forma de pago y cláusulas de actualización, y luego ratificarse ante el juez familiar o validarse en el Instituto de Justicia Alternativa de la entidad para que se convierta en título con fuerza ejecutoria.
¿Quiénes pueden firmarlo y qué requisitos deben cumplirse?
Pueden firmarlo los dos progenitores —de común acuerdo— cuando no hay controversia, o el progenitor custodio y el deudor alimentario cuando se busca homologar lo ya cubierto. Si hay menores de edad o personas con discapacidad que dependan económicamente, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Convención sobre los Derechos del Niño obligan a poner su interés por encima de cualquier convenio entre adultos. La materia civil familiar es estatal, por lo que el Código Civil aplicable cambia según la entidad (en Coahuila, por ejemplo, el modelo tipo cita los arts. 377, 378, 379 y 381 del Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza).
Requisitos prácticos para que el acuerdo sea válido:
- Capacidad legal de ambos: mayores de edad, en pleno uso de sus derechos y sin limitaciones de su capacidad de ejercicio.
- Consentimiento libre, informado y sin vicios (sin coacción, violencia familiar o vicios del consentimiento).
- Interés superior del menor como eje rector: todo lo pactado debe satisfacer de manera efectiva alimentos, salud, educación y esparcimiento.
- Representación: si alguno de los progenitores está ausente o es incapaz, actúa su representante legal con facultades suficientes.
- Cuando el convenio involucre menores, debe ser revisado y aprobado por la autoridad (juzgado familiar o Instituto de Justicia Alternativa) para producir efectos frente a terceros.
Documentos que conviene reunir antes de firmar
Antes de sentarte a negociar conviene tener una carpeta con copias legibles y, de ser posible, archivos digitales. La autoridad que revise el convenio te va a pedir casi todo lo siguiente:
Un convenio homologado por el Ministerio Público de protección de niñas, niños y adolescentes puede reforzar la validez del acuerdo cuando hay menores involucrados.
- Actas de nacimiento de los hijos (y de los progenitores, para acreditar filiación y parentesco).
- Identificaciones oficiales vigentes: INE/IFE, pasaporte o cédula profesional.
- CURP de ambos padres y de los menores.
- Comprobantes de ingreso del deudor: recibos de nómina, estados de cuenta, declaraciones anuales o carta del patrón.
- Recibos y facturas de gastos ordinarios del menor: colegiaturas, consultas médicas, medicamentos, actividades extracurriculares.
- Datos completos de la cuenta bancaria (CLABE interbancaria) donde se depositará la pensión, a nombre del acreedor alimentario o del menor.
- Comprobante de domicilio reciente (no mayor a 3 meses) de ambos progenitores.
- En su caso, acta de matrimonio y, si ya existe, convenio de divorcio previo.
La carpeta completa acelera la ratificación y reduce el número de audiencias o comparecencias.
Cómo se calcula el monto y qué debe cubrir la pensión
No existe en México un porcentaje único obligatorio a nivel federal; cada estado y cada juez fijan criterios propios. La práctica más extendida toma como referencia los ingresos comprobables del deudor, un porcentaje sobre ese ingreso (frecuentemente entre el 15% y el 30% por hijo, según la jurisprudencia local) y la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que publica el INEGI como tope o piso para gastos mínimos. La actualización del monto, mientras no haya nuevo convenio, suele atarse al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del INEGI, lo que protege al menor de la inflación.
Gastos que cubre la pensión
- Ordinarios: alimentación, vestido, vivienda, educación, salud y esparcimiento.
- Extraordinarios: enfermedades graves o accidentes, útiles escolares de inicio de ciclo, eventos especiales, tratamientos dentales o psicológicos.
Ejemplo con cifras en pesos mexicanos
Supongamos a Mariana, profesionista en Guadalajara con ingreso bruto de 25.000 pesos mensuales (MXN), y a su expareja Roberto, con ingreso comprobable de 30.000 pesos mensuales (MXN) y un hijo en común. Pactan un 25% de los ingresos de Roberto:
- Base: 30.000 MXN.
- Porcentaje: 25%.
- Pensión ordinaria: 30.000 × 0,25 = 7.500 MXN al mes.
- Gasto extraordinario pactado: colegiatura de 4.500 MXN anuales, cubierta al 50% (2.250 MXN por cada progenitor, depositados en los primeros 10 días de agosto).
- Depósito: el día 5 de cada mes, en la cuenta con CLABE que Mariana abrió a nombre de su hijo.
- Actualización: cada 12 meses o cuando la inflación acumulada del INPC supere el 10%, se revisará el monto en común acuerdo; si no hay acuerdo, lo hará el juez familiar.
Pensión alimenticia no es solo dinero para comer: cubre techo, salud y educación del menor, y debe poder actualizarse sin tener que volver a litigar.
Vías para hacerlo válido en México y diferencias por estado
En México, un convenio de pensión alimenticia necesita ser "elevado" a una autoridad para tener fuerza ejecutoria. Las tres rutas principales son la ratificación judicial, el convenio ante el Instituto de Justicia Alternativa o Centro de Conciliación, y la protocolización ante notario. Esta última existe, pero no es la vía ordinaria para fijar pensiones en el país (en otros sistemas, como el español, sí se usa con más frecuencia la escritura pública, regulada por los arts. 82, 87 y 152.3 del Código Civil español; ese marco no aplica en México, donde las pensiones se ejecutan por la vía familiar ordinaria).
| Entidad | Vía ordinaria | Organismo | Modalidad |
|---|---|---|---|
| Ciudad de México | Ratificación judicial / convenio ante Centro de Justicia Alternativa | Juzgados Familiares / Centro de Justicia Alternativa del TSJCDMX | Convenio aprobado → sentencia ejecutoriada |
| Estado de México | Ratificación judicial / mediación | Juzgados Familiares / Centro de Mediación del PJEdomex | Convenio elevado a sentencia |
| Jalisco | Instituto de Justicia Alternativa | Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco | Convenio final → sentencia ejecutoriada |
| Nuevo León | Centro de Conciliación / ratificación judicial | Centro de Conciliación y Tribunales Familiares del PJNL | Convenio con valor de título ejecutivo |
| Coahuila | Ratificación judicial | Juzgados Familiares (ej. Distrito Judicial de Saltillo) | Modelo tipo con arts. 377, 378, 379 y 381 del Código Civil local |
Cuida el lenguaje: una "escritura pública" ante notario, sin ratificación posterior, puede no servir para ejecutar la pensión por alimentos ante un juez familiar mexicano.
Paso a paso para formalizar el acuerdo según tu entidad
- Negociación entre las partes, idealmente con un mediador certificado o un abogado familiar de cada parte.
- Revisión de ingresos y gastos del menor: ambos progenitores deben transparentar comprobantes de nómina, recibos y facturas.
- Borrador del convenio con cláusulas obligatorias: custodia, convivencia, monto, periodicidad, forma de pago, actualización por INPC, gastos extraordinarios y aviso de cambio de domicilio.
- Revisión por abogado de cada parte y, en su caso, por el Ministerio Público o la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes.
- Presentación ante la autoridad competente: Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco en Jalisco, Centro de Justicia Alternativa en CDMX o juzgado familiar en Coahuila.
- Comparecencia y ratificación del convenio: las partes firman ante la autoridad y manifiestan que el acuerdo es libre y sin vicios.
- Aprobación y elevación a sentencia ejecutoriada: el órgano jurisdiccional revisa que el convenio respete el interés superior del menor y lo aprueba.
- Obtención de copia certificada para ejecución: la copia se lleva al banco para abrir la cuenta a nombre del menor o del acreedor, y se utiliza en caso de incumplimiento para iniciar el juicio ejecutivo de alimentos.
costos de copias certificadas y traslado al juzgado.
0 – 8.000 MXN
Preguntas frecuentes sobre el acuerdo de pensión alimenticia extrajudicial
1. ¿Qué es un convenio de pensión alimenticia que se firma fuera de un juzgado en México y cómo se hace válido?
Es un acuerdo firmado por ambos padres ante una autoridad conciliadora (como un Centro de Justicia Alternativa o un Notario) para fijar alimentos sin litigar. Para que tenga validez plena debe homologarse ante el juez familiar o ratificarse ante el juez, según lo previsto en los artículos 274 y 276 del Código Civil de cada entidad federativa, pues solo así es ejecutable como una sentencia.
2. ¿En qué consiste la conciliación para fijar alimentos fuera del juzgado y cuándo conviene usarla?
Es un procedimiento voluntario, gratuito en centros públicos, donde un facilitador (conciliador certificado) ayuda a los padres a acordar el monto, la forma de pago y las garantías de la pensión alimenticia. Conviene cuando hay disposición de ambos y se busca evitar un juicio, que en promedio dura entre seis meses y dos años, reduciendo tiempos y costos hasta en un 70%.
Fuentes
- TirantConvenio de guarda, custodia compartida, convivencia y pensión …consultado el 08/08/2026
- NotariosyregistradoresExtinción extrajudicial de la pensión de alimentos. Escritura públicaconsultado el 08/08/2026
- AscarServicios > Convenios de Justicia Alternativa en Materia Familiarconsultado el 08/08/2026
