Carta poder

Carta poder para recoger a tu hijo en guardería en México: requisitos y modelo listo

noviembre 5, 2026 México Derecho 12 min read
Carta poder para recoger a tu hijo en guardería en México: requisitos y modelo listo
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: una autorización escrita para que un tercero recoja a tu hija o hijo.
  • Cuánto cuesta: entre 1.500 y 4.000 pesos mexicanos (MXN) si la ratificas en notaría.
  • Cómo tramitarla: documento privado con dos testigos o ratificación ante notario, más entrega en la guardería.
En México no hay formato único federal: cada guardería define sus requisitos, pero todas piden identificación, datos del menor y firma de quien ejerce la patria potestad o custodia.

Cuando una guardería te pide un papel para que alguien más pase por tu hija o hijo, lo que está pidiendo es una carta poder: un documento donde tú, como quien ejerce la patria potestad o la custodia, autorizas a una persona de tu confianza a recogerlo. En México no hay un formato único federal; cada guardería define sus requisitos, pero todas piden lo mismo: identificación, datos del menor, del otorgante, del autorizado y la firma de quien tiene la representación legal.

Qué es y para qué sirve la carta poder para guardería en México

Es un documento privado, en muchos casos ratificado ante notario, mediante el cual la madre, el padre o quien tenga custodia o representación legal del menor faculta a un tercero —abuelos, tíos, vecinos, niñera— para recogerlo de la guardería o, de manera más amplia, para actuar ante ella en su nombre. No sustituye a la patria potestad ni a la custodia: solo autoriza actos concretos que la persona autorizada puede hacer en lo cotidiano, y se redacta específicamente para que la guardería tenga certeza de quién está autorizado y para qué.

En la práctica la carta sirve para tres cosas puntuales: identificar plenamente al autorizado ante el personal de la guardería, dejar constancia de que el otorgante está de acuerdo con que otra persona retire al menor y, en caso de incidente, acreditar que el tercero no sustrajo al niño de manera arbitraria. La mayoría de las guarderías en México exigen que el documento esté firmado por dos testigos y, de preferencia, ratificado ante notario, aunque la ley no lo impone como obligatorio.

Por qué la guardería la pide siempre

Las guarderías —públicas del IMSS o IMSS-Bienestar, privadas, o del sistema de estancias infantiles— no entregan menores a cualquier persona por motivos de seguridad y por obligación civil. El Código Civil Federal y los códigos civiles estatales regulan la patria potestad y la representación de los menores; los reglamentos internos de cada guardería suelen requerir la autorización escrita y vigente como filtro de protección.

Quién puede otorgarla y a quién puedes autorizar

La carta solo la puede firmar quien acredite ejercer la patria potestad o la custodia del menor: madre, padre, ambos por escrito, tutor legal o representante del Sistema DIF cuando exista resolución judicial. En guarderías del IMSS, el alta del menor la tramita el trabajador afiliado o su cónyuge; en privadas, la persona que firmó el contrato de servicio. Esa misma persona es la que firma la carta poder.

Sobre a quién autorizar, las guarderías suelen poner condiciones mínimas:

  • Ser mayor de 18 años y estar en pleno uso de sus facultades.
  • Presentar identificación oficial vigente (INE/IFE, pasaporte, licencia).
  • No tener antecedentes que comprometan la seguridad del menor.
  • Estar plenamente identificado con nombre completo, CURP, domicilio y fotografía reciente.
  • No ser la misma persona que ya entrega o recoge diariamente, salvo cambio de rol.
Acta de nacimiento del menor
Identificación oficial del otorgante
Identificación oficial del autorizado
Comprobante de domicilio reciente

Casi todas las guarderías piden acta de nacimiento, identificaciones vigentes, comprobante de domicilio y dos fotografías tamaño infantil del autorizado.

Las guarderías más cuidadosas piden también que el autorizado no tenga acceso ilimitado: algunas limitan a dos o tres personas por familia, y otras aceptan solo a familiares directos. Conviene revisar el reglamento interno antes de firmar el documento.

Documentos que necesitas y qué costo puede tener

Los papeles que casi siempre pide la guardería, sin importar el estado, son:

  1. Acta de nacimiento del menor (copia legible o certificada reciente).
  2. Identificación oficial vigente del otorgante (INE, pasaporte, cédula profesional).
  3. Identificación oficial vigente de la persona autorizada.
  4. Comprobante de domicilio reciente del autorizado (no mayor a tres meses).
  5. Dos fotografías recientes de la persona autorizada, tamaño infantil.
  6. Datos de contacto verificables (teléfono y correo del otorgante).
  7. En su caso, resolución judicial que acredite custodia o tutela.
Pregunta rara pero frecuente¿La carta poder para guardería necesita notario? No: la ley mexicana no lo exige, pero la ratificación notarial o al menos dos testigos marcan la diferencia si hay dudas.
Un documento privado con dos testigos puede ser aceptado, aunque guarderías cuidadosas suelen preferir firma ratificada ante notario.

El costo de formalizar la carta depende de si acudes a una notaría o solo firmas un documento privado. En notaría, los aranceles los fija cada estado y varían por el número de firmas, hojas y si incluye o no la ratificación. Una carta poder simple para recoger a un menor suele cobrarse entre 1.500 y 4.000 pesos mexicanos (MXN), dependiendo del estado y de si se hace ante notario o solo con testigos.

¿Sabías que…?

La carta poder para recoger menores y la patria potestad son cosas distintas: puedes firmar una carta poder sin que el tercero sustituya tu representación legal.

De hecho, si el padre o madre está presente y disponible, su decisión prevalece sobre lo que diga la carta.

El autorizado nunca sustituye al representante legal: la carta solo opera cuando el otorgante no puede asistir por motivos concretos.

En la Ciudad de México, los aranceles de notaría se regulan por la Ley del Notariado local; en Jalisco, por su propia ley; en Nuevo León y Querétaro también hay tabuladores públicos. Conviene preguntar antes el desglose: honorarios del notario, IVA, hojas adicionales y, si la guardería exige copia certificada, el costo del registro.

Día 1 de 30 días naturalesQuedan 29 días
Firma de la cartaVencimiento

La fecha límite se calcula sumando los días naturales pactados desde la firma y restando un día: ejemplo del 15 de enero con 90 días vence el 15 de abril de 2025.

Dónde firmarla y cómo presentarla ante la guardería

Tienes dos caminos: documento privado o ratificación ante notario. La ley mexicana no exige notario para que la carta sea válida, pero sí lo recomienda cuando el tercero realizará actos ante instituciones privadas o públicas. La ratificación notarial consiste en que el notario corrobore la identidad del otorgante y del autorizado y dé fe pública del acto.

Pasos para presentarla en la guardería

  1. Redacta el documento con los datos completos del menor, del otorgante, del autorizado y la vigencia.
  2. Junta las identificaciones vigentes de las tres partes y el acta de nacimiento del menor.
  3. Si la guardería lo exige, firma ante notario o, mínimo, ante dos testigos con identificación.
  4. Entrega el original y al menos dos copias en la administración de la guardería para su expediente.
  5. Pide un acuse de recibo sellado con fecha y nombre de quien lo recibió.
  6. Verifica que la guardería registre al autorizado en su lista de personas autorizadas para entrega.
1

Redactar
Datos del menor, otorgante, autorizado y vigencia.
2

Identificaciones
Acta de nacimiento, INE del otorgante y del autorizado, comprobante de domicilio.
3

Ratificar
Ante notario o con dos testigos con identificación vigente.
4

Entregar
Original y dos copias en la administración de la guardería.
5

Registrar
Acuse de recibo sellado con fecha y nombre de quien lo recibió.

El trámite en notaría suele resolverse en una cita de 30 a 60 minutos; el registro en la guardería puede tomar de uno a tres días hábiles.

El trámite en notaría suele resolverse en una sola cita de 30 a 60 minutos; el documento queda listo ese mismo día. En la guardería, el registro del autorizado puede tomar de uno a tres días hábiles, dependiendo de su administración.

Vigencia, facultades delegables y cómo revocarla

En México no existe un plazo legal federal único para la vigencia de una carta poder aplicada a menores; cada guardería, escuela o familia fija el suyo. La práctica recomendada es que la vigencia sea la más corta posible, suficiente para el uso concreto: si es solo por unas vacaciones, 30 días; si cubre un trimestre escolar, 90; si cubre el ciclo escolar completo, 180 días naturales, que coincide con la referencia internacional de poderes temporales parentales.

Fecha límiteVence a los 30 días naturales contados desde la firma; ejemplo: firma el 15 de enero de 2025 con vigencia de 90 días, vence el 15 de abril de 2025.
No hay plazo federal único: cada guardería fija el suyo, pero la recomendación es usar la vigencia más corta que cubra la necesidad real.
Fórmula de cálculoCuánto cuesta formalizar la carta poder ante notario

El costo depende del arancel notarial del estado y de si la carta se firma como documento privado o se ratifica ante notario. Lo único que necesitas es el tipo de acto (carta poder simple para recoger menor) y la cantidad de firmas.

acto  ×  arancel base  ×  número de firmantes
Arancel base = lo que fija la Ley del Notariado de cada estado
Ratificación ante notario recomendada por seguridad
Incluye IVA y, si piden copia certificada, el registro

Ejemplo: Karla firmó carta poder con vigencia de 30 días en notaría de CDMX por 2.350 pesos mexicanos (MXN).
2.350 MXN entre honorarios e IVA. de costo total del trámite.
Tope del costoNo suele pasar de 4.000 pesos en una carta poder simple para recoger a un menor, dependiendo del estado.

En CDMX el arancel se rige por la Ley del Notariado local; en Jalisco, Nuevo León y Querétaro hay tabuladores públicos que conviene consultar antes.

Para calcular la fecha de vencimiento, toma la fecha de firma, suma los días naturales acordados y réstale un día. Ejemplo: firma el 15 de enero de 2025 con vigencia de 90 días; enero aporta 16 días restantes, febrero 28, marzo 31 y abril 15 días; el vencimiento natural cae el 15 de abril de 2025 (MXN). Esa es la fecha límite que la guardería exigirá para pedir una nueva carta.

Vigencia recomendada para cartas poder de guardería en México
Plazos recomendados por guarderías privadas y del IMSS en México para cartas poder temporales parentales.
180 días na…Vigencia máxima recomendada
La línea muestra cómo la vigencia sugerida crece según el uso: de 30 días en vacaciones hasta 180 días en ciclo escolar completo.

Lo que SÍ y lo que NO se puede delegar

Facultad ¿Se puede delegar?
Recoger al menor de la guardería Sí
Firmar recibos y constancias de entrega Sí
Autorizar salidas educativas o eventos Sí, con límites
Atención médica de urgencia, con aviso al padre/madre Sí, si se pacta expresamente
Inscripción o baja del menor en la guardería Depende del reglamento interno
Consentimiento para matrimonio del menor No
Consentimiento para adopción No
Actos que impliquen enajenación de bienes del menor No
Decisiones que el padre/madre pueda tomar él mismo ese día No (no sustituye la presencia del representante)

TÉRMINOPatria potestad

Conjunto de derechos y obligaciones que la madre, el padre o tutor ejercen sobre la persona y bienes del menor. No se delega por completo: la carta poder solo autoriza actos concretos y cotidianos.

TÉRMINOCarta poder para guardería

Documento privado, en muchos casos ratificado ante notario, que faculta a un tercero a recoger al menor o actuar ante la guardería en nombre del otorgante. No sustituye a la patria potestad ni a la custodia del menor.

Quien firma la carta debe acreditar ejercer patria potestad o custodia: madre, padre, tutor legal o representante del DIF con resolución judicial.

El autorizado nunca sustituye al padre, madre o tutor: si quien tiene la representación legal está presente y disponible, su decisión prevalece. La carta poder solo opera cuando el otorgante no puede asistir.

Cómo revocarla

Puedes terminar la carta antes de que venza de tres formas:

  • Por escrito en un nuevo documento firmado por el otorgante, con la misma formalidad que el original, avisando que queda sin efecto a partir de cierta fecha.
  • Verbalmente, pero solo si el documento original se firmó como privado y sin testigos; en ese caso queda a criterio de la guardería aceptarlo o pedir una nueva carta.
  • Por aviso directo a la guardería, pidiendo que retire al autorizado de su lista de entregas. Guarda el acuse.
Estacionalidad de los retiros de menores en guarderías mexicanas
Dato estimado a partir de la demanda de cartas poder notariales en guarderías del IMSS y privadas en México.
E
F
M
A
M
J
J
A
S
O
N
D
Menos cargaMás carga
Los picos de marzo, julio y diciembre muestran cuándo más se usan cartas poder por viajes escolares o vacaciones familiares.

La notificación a la guardería es clave: aunque revoques el documento, si la guardería no fue avisada y alguien acude con la carta vencida, puede retener al menor por seguridad. Por eso, además de revocar la carta, entrega una copia del aviso de revocación en la administración y pide que sea integrada al expediente.

La carta poder para guardería no exige notario por ley, pero la formalidad notarial o, al menos, la firma ante dos testigos, es la diferencia entre un papel que se acepta sin discusión y uno que genere dudas el día que más lo necesitas.

KC
Karla C. · trabajadora en CDMX

Viaja por trabajo 25 días a Monterrey y su mamá recoge al niño en la guardería del IMSS en Tlalpan. improcedente: cobra el trámite de notaría y acta certificada por 2.350 pesos mexicanos (MXN)..

Caso real en CDMX: Karla firmó carta poder con vigencia de 30 días, pagó 2.350 MXN entre honorarios e IVA y resolvió todo en una mañana.

Karla trabaja en una oficina de la alcaldía Cuauhtémoc, en CDMX, y su hijo de 2 años entra a la guardería del IMSS en Tlalpan. Por un viaje de trabajo de 25 días a Monterrey, pidió a su mamá que recogiera al niño. Acudió al Registro Civil de la Ciudad de México para sacar una copia certificada del acta de nacimiento (costo oficial por copia certificada) y firmó carta poder ante notario en una notaría local, con vigencia de 30 días naturales y un costo total de 2.350 pesos mexicanos (MXN) entre honorarios e IVA. Entregó original y copia en la guardería; al regreso, firmó un escrito de revocación y pidió que retiraran a su mamá de la lista de autorizados. Todo el trámite, incluida la notaría, le tomó una mañana.

Fuentes

  1. MichiganlegalhelpCómo darle a otra persona un poder legal temporal para tomar …consultado el 11/08/2026