- Qué es: accidente o trayecto que produce lesión, incapacidad o muerte del trabajador.
- Cuánto cobras: prestaciones del IMSS (subsidios y pensión) más indemnización civil de la LFT sobre UMA.
- Cómo reclamar: aviso ST-7 al IMSS y, si el patrón no paga, PROFEDET, Centro de Conciliación y Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
El accidente de trabajo en México se cobra por dos vías que se suman, no que se eligen: las prestaciones en especie y en dinero del Seguro de Riesgos de Trabajo del IMSS y la indemnización civil que la Ley Federal del Trabajo le impone al patrón. Lo que sigue te dice qué pide cada una, cómo se tramita y cuánto dinero puedes esperar.
| IMSS (Seguro de Riesgos de Trabajo) | LFT (indemnización civil del patrón) | |
|---|---|---|
| Atención médica, subsidios y pensión | ✔ | ✕ |
| Indemnización global según tabla de la LFT | ✕ | ✔ |
| Pensión por incapacidad permanente (parcial o total) | Complemento civil a la pensión, gastos funerarios e indemnización por muerte | ✔ |
Qué se considera accidente de trabajo y a quién le corresponde la indemnización
La Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social recogen el mismo concepto: accidente de trabajo es toda lesión orgánica, perturbación funcional o muerte que el trabajador sufre a causa o con ocasión del trabajo que desempeña. También se equipara el llamado accidente en trayecto, ocurrido al ir o volver del domicilio al centro de trabajo bajo horario razonable. Quedan fuera los provocados por fuerza mayor extraña al servicio (un terremoto fuera del centro laboral, por ejemplo) y los derivados del dolo del propio trabajador.
Para que la indemnización proceda se deben cubrir, en lo esencial, los siguientes requisitos:
- Relación laboral vigente con un patrón registrado en el IMSS, o relación que pueda acreditarse aunque no haya alta previa.
- Prestación personal del servicio subordinado y remunerado al momento del accidente.
- Nexo entre la lesión y la actividad laboral, que el IMSS calificará como riesgo de trabajo.
- Aviso oportuno: el trabajador debe dar aviso al patrón de inmediato, y este subir el aviso al IMSS dentro del plazo que marca la ley.
- Documentación clínica y de identidad (CURP, NSS, identificación oficial, reportes médicos).
El accidente de trabajo y el de trayecto son la misma puerta: ambos se califican como riesgos de trabajo y abren derecho a las prestaciones del IMSS más la indemnización de la LFT.
IMSS vs. Ley Federal del Trabajo: qué cubre cada vía
| Concepto | Seguro de Riesgos de Trabajo del IMSS | Indemnización civil de la LFT (cargo del patrón) |
|---|---|---|
| Atención médica, quirúrgica, hospitalaria, rehabilitación | Sí, ilimitada en la red del IMSS | No aplica (es obligación que ya cubre el IMSS) |
| Incapacidad temporal (subsidio mientras sanas) | Sí, desde el primer día si hay incapacidad | No |
| Pensión por incapacidad permanente parcial o total | Sí, conforme a la UMA y al salario base de cotización | No (la LFT suma un complemento a esa pensión) |
| Indemnización global de la LFT (tabla de la LFT) | No la paga el IMSS | Sí, la paga el patrón y se calcula con la UMA |
| Indemnización por muerte y gastos funerarios | Pensión de viudez, orfandad y ascendientes a cargo del IMSS | La LFT fija una indemnización adicional para los beneficiarios y el patrón absorbe los gastos funerarios |
| Quién paga la prima | El patrón, sobre el salario base de cotización | El patrón, de su bolsillo, sin reembolso del IMSS |
| Cómo se cobra | Solicitud ante la Subdelegación del IMSS con aviso ST-7 | Demanda en el Tribunal Laboral, previa conciliación en el Centro de Conciliación |
La lectura práctica: el IMSS te da la atención médica, los subsidios y la pensión; el patrón responde con la indemnización tasada de la LFT. Si solo cobras del IMSS, te falta el complemento civil; si solo demandas al patrón, no tienes seguridad social.
Aviso al patrón y trámite de calificación ante el IMSS
El reloj corre desde el momento de la lesión. El paso inmediato es avisar al patrón (jefe directo, recursos humanos o quien esté a cargo) y, si la herida lo impide, pedir a un familiar o compañero que lo haga por ti. Después, el patrón está obligado a levantar el aviso de accidente o enfermedad de trabajo en el portal del IMSS con el formato ST-7. Si el patrón no lo sube, el propio trabajador o sus familiares pueden presentar la denuncia ante el IMSS y, en paralelo, ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
Documentos que conviene reunir desde el primer momento:
- Identificación oficial vigente y CURP.
- Número de Seguridad Social (NSS) y comprobante de alta patronal.
- Recibos de nómina o contrato individual de trabajo.
- Reportes médicos, estudios de imagen y dictámenes de la unidad hospitalaria que atendió la urgencia.
- Parte de hechos firmado por testigos, si los hubo.
Pasos del trámite ante el IMSS:
- Atención médica de urgencia en la clínica u hospital del IMSS más cercano (o en cualquier hospital si el traslado pone en riesgo la vida).
- Aviso verbal y por escrito al patrón en el momento.
- El patrón presenta el aviso ST-7 en línea en el portal del IMSS; si no lo hace en plazo, el trabajador puede hacerlo por sí mismo con su identificación.
- El IMSS cita a una valoración por los servicios médicos institucionales, que emiten el Dictamen de Incapacidad Permanente (en su caso).
- Con el dictamen, el IMSS calcula la pensión y la pone en pago; el patrón, por su lado, calcula la indemnización de la LFT y la paga, o se le cobra vía demanda.
Cómo se calcula la indemnización por incapacidad y muerte
La indemnización de la LFT está valuada en UMA, la unidad que publica el INEGI cada año y que aplica para topes, multas y tablas laborales. La mecánica es: a la pérdida orgánica o funcional que el IMSS te dictamine le corresponde un porcentaje de un salario anual (365 salarios base de cotización), y ese porcentaje se traduce a UMA. Sobre ese monto, el IMSS paga una pensión con cargo al seguro de riesgos y el patrón, si la incapacidad es parcial permanente, debe cubrir el complemento hasta completar el monto de la tabla.
Indemnización por incapacidad parcial permanente
Supongamos que María, operaria en una planta de Nuevo León con salario diario base de cotización de 687,67 pesos MXN (equivalente a 1 UMA diaria, según el valor del año que corresponda), sufre una amputación traumática del dedo índice que el IMSS califica como pérdida del 25 % de la mano. El porcentaje que la tabla de la LFT asigna a esa pérdida se multiplica por 365 veces el salario base; sobre ese total, el IMSS paga su pensión calculada sobre el salario base de cotización, y el patrón debe cubrir el complemento hasta llegar a la cifra de la tabla.
Ejemplo con cifras redondas, usando 1 UMA = 113,14 pesos MXN vigentes al momento del cálculo (valor de referencia, consultar el año aplicable en la publicación del INEGI):
- Salario base de cotización diario: 687,67 pesos MXN.
- Salario anual: 687,67 × 365 = 250.999,55 pesos MXN.
- Porcentaje por la pérdida, conforme a la tabla de la LFT: 25 %.
- Indemnización que arroja la tabla de la LFT: 250.999,55 × 0,25 = 62.749,89 pesos MXN.
- Pensión inicial del IMSS (estimada con un porcentaje técnico sobre el salario base, que la UMF te concreta con el dictamen): 16.666,67 pesos MXN al año.
- Complemento anual que el patrón debe pagar a María para llegar a la cifra de la tabla: 62.749,89 − 16.666,67 = 46.083,22 pesos MXN al año, mientras dure la incapacidad.
Si la incapacidad es total permanente, la LFT eleva el porcentaje de la tabla hasta el 100 % del salario anual y se traduce a una indemnización mayor; el IMSS, por su parte, paga una pensión equivalente al 70 % del salario base de cotización, con ajustes por ingresos adicionales.
Indemnización por muerte y gastos funerarios
Cuando el accidente es mortal, la LFT reconoce derecho a los beneficiarios directos (esposa o concubina, hijos menores de 25 años o con discapacidad, y padres si dependían económicamente del trabajador). El cálculo sigue la misma lógica: porcentaje de la tabla para la muerte, aplicado a 365 veces el salario base de cotización. El patrón también debe cubrir los gastos funerarios hasta el tope que la propia LFT prevé, que se reembolsa a quien demuestre haberlos pagado. En paralelo, el IMSS paga a los mismos beneficiarios una pensión de viudez, orfandad y, en su caso, ascendientes, calculada sobre el salario base de cotización y actualizada cada año por la Unidad de Medida y Actualización.
Accidente o trayecto sufrido
Recibes atención médica urgente y avisas al patrón de inmediato.
Aviso ST-7 al IMSS
El patrón lo sube al portal del IMSS; si no, tú o tus familiares pueden hacerlo.
Calificación y dictamen
El IMSS valora la lesión y emite el Dictamen de Incapacidad Permanente.
Cálculo y pago
IMSS paga su pensión y el patrón paga el complemento hasta la cifra de la tabla.
Dónde se cobra: IMSS, PROFEDET y Tribunales Laborales
La ventanilla natural para las prestaciones en dinero del IMSS es la Subdelegación de Prestaciones Económicas que te corresponda según tu domicilio; ahí pides la cita de calificación, entregas el ST-7 y, con el Dictamen de Incapacidad Permanente, recibes el cálculo de tu pensión. La atención médica inicial, en cambio, se activa en la Unidad de Medicina Familiar o, en urgencias, en el hospital del IMSS más cercano.
Cuando el patrón no quiere pagar la indemnización de la LFT o pone obstáculos al trámite del IMSS, el camino laboral se abre en tres escalones:
- PROFEDET: da asesoría y representación gratuitas al trabajador; revisas tu contrato, te ayudan a calcular la indemnización y, si el patrón acepta, se firma un convenio.
- Centro de Conciliación (federal o de tu estado, según la jurisdicción de la empresa): la conciliación prejudicial es obligatoria antes de demandar; se agenda una audiencia en la que patrón y trabajador intentan cerrar un convenio con pago.
- Tribunal Laboral (federal si la empresa tiene jurisdicción federal, o local si opera en un solo estado): si no hay convenio, se presenta la demanda y el juez condena al pago de indemnizaciones, salarios caídos y, en su caso, prestaciones del IMSS.
Los formatos se pueden iniciar en línea a través del portal de PROFEDET y de la plataforma del Tribunal Laboral correspondiente, y de manera presencial en sus oficinas. El plazo para demandar prescribe a los dos años contados a partir del momento en que la relación laboral terminó o la responsabilidad del patrón se hizo exigible; para exigir las prestaciones del IMSS, los plazos y requisitos de solicitud los fija la propia Ley del Seguro Social y conviene no dejar pasar la oportunidad de pedir la cita de calificación tan pronto como el patrón suba el aviso.
frente a más de 60.000 pesos MXN de indemnización posible
0 – 0 pesos MXN
Preguntas frecuentes sobre el accidente de trabajo en México
1. ¿Cuánto tiempo tengo para reportar un accidente de trabajo ante el IMSS?
Tienes hasta 72 horas hábiles para avisar a tu patrón o directamente al IMSS, contadas desde que ocurre el accidente o desde que lo conoces (artículo 504 de la Ley Federal del Trabajo). Si el patrón no lo reporta, tú puedes hacerlo en la Subdelegación que te corresponda llevando tu credencial del IMSS, identificación oficial y cualquier comprobante del hecho.
2. ¿Qué debo hacer si sufro un accidente laboral y estoy dado de alta en el IMSS?
Lo primero es avisar de inmediato a tu jefe o al área de recursos humanos para que se levante el aviso de accidente de trabajo (ST-7) y te atiendan en la Unidad de Medicina Familiar o en el hospital del IMSS más cercano. El patrón tiene 72 horas hábiles para reportarlo; si no lo hace, puedes acudir tú mismo a la Subdelegación a levantar la denuncia y solicitar las prestaciones del Seguro de Riesgos de Trabajo.
3. ¿Qué tipo de accidentes laborales cubre el IMSS dentro del Seguro de Riesgos de Trabajo?
El IMSS cubre todo accidente que ocurra en el trayecto de tu casa al trabajo o de regreso (in itinere), durante la jornada laboral o por consecuencia directa de tus actividades, así como las enfermedades profesionales enlistadas en la Tabla de la Ley Federal del Trabajo. Esto da derecho a atención médica, subsidios, pensión por incapacidad permanente y, en su caso, indemnización por muerte o ayuda funeraria según el grado de riesgo y la prima correspondiente.
Fuentes
- Dt¿Dónde debe ser atendido el trabajador que ha sufrido un … – DTconsultado el 07/08/2026
- SlepcaProtocolos Mutual – Slepcaconsultado el 07/08/2026
- ProfedetRiesgo de trabajo (enfermedad de trabajo, accidente de trabajo o …consultado el 07/08/2026
- Imss¿Tuviste un accidente o enfermedad de trabajo? El seguro … – IMSSconsultado el 07/08/2026
- MutualAccidentes de Trabajo – Mutualconsultado el 07/08/2026
