- Qué es: despido sin causa válida, sin liquidación o con cuotas del IMSS e INFONAVIT sin pagar.
- Cuánto cobras: 3 meses de salario de indemnización constitucional más 20 días por año de prima de antigüedad.
- Cómo reclamar: PROFEDET o Procuraduría Estatal gratis, conciliación prejudicial obligatoria y luego Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Un asesor en derecho laboral en México resuelve lo que se te puede complicar si actúas solo: despidos sin liquidación, salarios caídos, acoso laboral o problemas con el IMSS y el INFONAVIT. Antes de contratar abogado particular, conviene saber que PROFEDET y las Procuradurías Estatales de la Defensa del Trabajo atienden gratis a la persona trabajadora.
Pago mínimo de tres meses de salario que debe cubrir el patrón cuando despide sin causa justificada. No equivale al finiquito ni incluye los salarios caídos ni las prestaciones vencidas.
Prestación equivalente a 12 días de salario por cada año de servicio que se suma a la indemnización constitucional. No se paga en todos los despidos: solo aplica cuando el patrón se separa o cuando el trabajador tiene al menos 15 años de servicio.
¿Cuándo necesitas un asesor en derecho laboral en México?
No todos los conflictos requieren abogado. Sí lo necesitas, en cambio, cuando el problema tiene consecuencias económicas serias o toca derechos que la Ley Federal del Trabajo protege de forma específica.
- Persona trabajadora: te despidieron, no te pagan liquidación, sufres acoso, te niegan el alta en el IMSS o tu patrón usa subcontratación simulada.
- Persona jubilada o pensionada: te faltan semanas cotizadas, la AFORE no aplica tus recursos correctamente o el INFONAVIT no libera tu crédito.
- Patrón o empresa: una demanda individual, una visita de inspección de la STPS o una auditoría del IMSS que puede terminar en multas expresadas en UMA.
Casos donde un asesor marca la diferencia
- Despido injustificado y cálculo de indemnización constitucional.
- Salarios caídos y prestaciones pendientes (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional).
- Acoso laboral, discriminación y protocolos de la NOM-035.
- Seguridad social: cuotas patronales impagas al IMSS e INFONAVIT.
- Subcontratación prohibida y validación del REPSE.
- Teletrabajo: jornada, desconexión digital y equipo de trabajo.
- Reducción de jornada y "Ley Silla" (silla con respaldo, descansos).
Despido injustificado y derecho a indemnización
Procede cuando el patrón te corre sin causa justificada o sin seguir el procedimiento de la ley. Tienes derecho a tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional, más 20 días por cada año trabajado (prima de antigüedad cuando aplica) y los salarios caídos que se sigan generando.
Ejemplo: Karla trabajó 4 años en una empresa de Monterrey con salario mensual de 18.000 pesos (MXN). La indemnización constitucional mínima sería: 3 meses = 54.000 pesos (MXN); prima de antigüedad = 20 días × 4 años × salario diario (18.000/30 = 600 pesos) = 48.000 pesos (MXN). Total base: 102.000 pesos (MXN), sin contar salarios caídos ni otras prestaciones.
Salarios caídos y prestaciones pendientes
Corren desde el día de la separación y crecen cada día que el juicio dura, con un tope legal de meses que depende de la antigüedad y el salario. Las prestaciones pendientes (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, horas extra) se suman como conceptos independientes en la demanda.
Los salarios caídos y los conceptos de liquidación son acumulables: cada uno se calcula con su propia fórmula sobre el salario diario integrado.
Acoso, discriminación y protocolos NOM-035
La NOM-035 obliga al patrón a tener un protocolo interno para prevenir violencia laboral. Si sufres acoso u hostigamiento sexual, documenta fechas, testigos y mensajes; la denuncia puede presentarse ante la STPS, el Tribunal Laboral y, si hay delito, ante la fiscalía estatal.
Seguridad social: IMSS, INFONAVIT y pensiones
Las cuotas patronales impagas se reclaman ante el IMSS mediante el procedimiento de notificación de créditos fiscales; el trabajador también puede solicitar su alta retroactiva. El retiro y la devolución de fondo de vivienda se tramitan ante el INFONAVIT; las pensiones por cesantía o vejez se gestionan ante el IMSS con las semanas cotizadas que marque la Ley del Seguro Social.
Documentos que debes reunir antes de la cita
Lleva todo lo que respalde tu relación laboral: la cita con PROFEDET o con la Procuraduría Estatal dura poco y hay que aprovecharla. Sin papeles, el asesor solo puede darte orientación general.
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte) y CURP.
- Contrato individual o colectivo de trabajo y recibos de nómina de los últimos 3 meses.
- Constancia de baja del IMSS (si ya te dieron) o comprobante del último periodo cotizado.
- Carta de despido, finiquito firmado o cualquier documento que acredite la separación.
- Correos, mensajes o capturas que prueben el acoso, las horas extra no pagadas o la negativa de alta.
frente a 102.000 pesos (MXN) que puedes llegar a cobrar
0 – 5.000 pesos (MXN)
Cuánto cuesta un asesor laboral en México
La vía institucional es gratis para la persona trabajadora; los honorarios privados dependen de la etapa del asunto y de si el caso llega a juicio.
| Modalidad | Quién atiende | Costo aproximado | Alcance |
|---|---|---|---|
| Asesoría inicial | PROFEDET o Procuraduría Estatal | Sin costo | Orientación y revisión de documentos |
| Conciliación prejudicial | Centro de Conciliación (federal o estatal) | Sin costo | Audiencia para lograr un convenio |
| Representación en juicio | Abogado particular | Depende del despacho y la complejidad | Demanda, audiencias y laudo |
| Asesoría preventiva empresarial | Firma especializada | Cotización por horas o proyecto | Cumplimiento LFT, NOM-035, REPSE |
En PROFEDET y en las Procuradurías Estatales el servicio es gratuito para la persona trabajadora; nunca debes pagar por la orientación ni por la representación ante el Tribunal Laboral cuando el organismo público la asume.
Dónde y cómo solicitar la asesoría en México
El camino institucional tiene tres puertas: la federal (PROFEDET y Centros Federales de Conciliación), la estatal (Procuraduría de Defensa del Trabajo de tu estado) y la privada. Empieza por la gratuita: si el caso lo permite, te representarán sin costo.
Asesoría gratuita federal: PROFEDET y Centros Federales de Conciliación
PROFEDET tiene oficina central en la Ciudad de México (Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc) y atiende en todo el país por los teléfonos gratuitos 800 911 7877 y 800 717 2942. Fuera de la CDMX, sus servicios se ofrecen en las oficinas de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL). El primer paso es llamar o acudir para una asesoría inicial; si el caso procede, te asignan un representante para conciliación y, de ser necesario, para el juicio.
«Contratar abogado particular siempre sale más caro que ir a PROFEDET.»
La PROFEDET y las Procuradurías Estatales son gratuitas: representan sin costo a la persona trabajadora en conciliación y, si el caso lo amerita, en el juicio ante el Tribunal Laboral.
VS
Asesoría gratuita estatal: Procuradurías de Defensa del Trabajo
Cada estado cuenta con su Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, donde un procurador auxiliar orienta y acompaña a la persona trabajadora. El trámite es presencial, sin costo y con tiempos de respuesta cortos.
| Estado | Oficina | Dirección | Horario | Tiempo de atención |
|---|---|---|---|---|
| Baja California | Mexicali | Rómulo O'Farril 938, Centro Cívico, C.P. 21000 | L-V 08:00 a 15:00 | 20 minutos aprox. |
| Baja California | Tijuana | Blvd. Gustavo Díaz Ordaz 12649, El Paraíso, C.P. 22106 | L-V 08:00 a 15:00 | 20 minutos aprox. |
| Baja California | Ensenada | Carretera Transpeninsular 6500, Ex Ejido Chapultepec | L-V 08:00 a 15:00 | 20 minutos aprox. |
| Baja California | Tecate / Rosarito / San Quintín | Sedes delegadas en cada municipio | L-V 08:00 a 15:00 | 20 minutos aprox. |
Los pasos en Baja California son: 1) registro en recepción, 2) espera de turno, 3) atención por un procurador auxiliar. En el resto del país, la mecánica es similar; consulta la página de tu Secretaría del Trabajo estatal para horarios y direcciones, ya que cambian entre entidades.
Plazos clave que no debes dejar pasar
En materia laboral los plazos son breves y, si se agotan, pierdes derechos. Estos son los más comunes.
- Prescripción de acciones laborales: en general, 2 meses contados a partir de que la acción pudo ejercerse, según la Ley Federal del Trabajo.
- Conciliación previa obligatoria: tras la reforma laboral de 2019, debes agotar la conciliación ante el Centro de Conciliación antes de poder demandar ante el Tribunal Laboral.
- Caducidad del procedimiento conciliatorio: si el actor no acude a la audiencia, se tiene por desistido y caduca el intento de conciliación.
- Convocatoria anual de utilidades: las personas trabajadoras deben reclamarlas dentro del plazo que fija la ley; PROFEDET suele publicar una convocatoria para quienes no recibieron esta prestación.
- Vencimiento del periodo anual de vacaciones: los días no gozados deben solicitarse o pagarse dentro del año siguiente.
| Concepto | Plazo aproximado | Base |
|---|---|---|
| Prescripción general | 2 meses | Ley Federal del Trabajo |
| Conciliación prejudicial | Obligatoria antes de demandar | Reforma laboral 2019 |
| Caducidad en conciliación | Al no asistir a la audiencia | Ley Federal del Trabajo |
| Reclamo de utilidades | Dentro del año siguiente al ejercicio | Ley Federal del Trabajo |
Despido o separación notificada
Recibes el aviso escrito y empieza a correr el plazo de prescripción de 2 meses.
Asesoría en PROFEDET o Procuraduría Estatal
Acudes con tus documentos para revisión gratuita y asignación de representante.
Conciliación prejudicial
Audiencia obligatoria ante el Centro de Conciliación federal o estatal; si hay convenio, cobras aquí.
Juicio y laudo ante el Tribunal Laboral
El juez fija indemnización constitucional, salarios caídos y prestaciones adeudadas.
Para elegir al mejor asesor, fíjate en cinco señales verificables: cédula profesional vigente, especialización demostrable en laboral, transparencia de honorarios por escrito, experiencia en el Tribunal Laboral de tu estado y ausencia de conflictos de interés. Desconfía de quien te pida dinero antes de revisar tus documentos o de quien te prometa ganar el caso sin leer tu contrato.
Preguntas frecuentes sobre asesoría laboral en México
¿PROFEDET cobra por sus servicios? No. PROFEDET ofrece asesoría, conciliación y representación gratuitas a la persona trabajadora ante el Tribunal Laboral.
¿Puedo demandar directamente al patrón sin pasar por conciliación? No. Desde la reforma laboral de 2019, la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación federal o estatal es obligatoria antes de presentar la demanda.
¿Qué pasa si mi patrón no me dio de alta en el IMSS? Puedes solicitar tu alta retroactiva y las cuotas patronales impagas ante el IMSS, con apoyo de PROFEDET o de la Procuraduría Estatal de Defensa del Trabajo.
¿Cuánto tarda un juicio laboral? Depende de la carga del Tribunal Laboral de tu estado y de si hay convenio en conciliación. La ley fija plazos para cada etapa, pero la duración total varía según la complejidad.
¿Cómo verifico que un abogado está colegiado? Puedes consultar su cédula profesional en la página de la Secretaría de Educación Pública y su registro ante el colegio de abogados de tu entidad.
Fuentes
- AbogadosenmonterreyDerecho laboral en Monterrey – Navarro y López Abogadosconsultado el 09/08/2026
- AbogadoslaboralesmexicoAsesoría Laboral CDMX 2026: Abogados por Teléfono y WhatsAppconsultado el 09/08/2026
- CorporativorivieramayaAbogado Laboral Playa del Carmen | Asesoría Legal Empresarialconsultado el 09/08/2026
- SlpPocuraduría de la Defensa del Trabajo – STPS – San Luis Potosíconsultado el 09/08/2026
- BajacaliforniaAsesoría Laboral – Trabajo – RETYSconsultado el 09/08/2026
