- Qué es: accidente o enfermedad surgida durante el trabajo, el trayecto o por causa laboral.
- Qué prestaciones hay: atención médica, subsidio, indemnización global o pensión por incapacidad.
- Cómo cobrarlo: aviso ST-7 del patrón y calificación del IMSS, con PROFEDET gratis si se resiste.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Imagina a Jorge, soldador en una nave industrial de Tlalnepantla. Una viga se suelta, le cae en el hombro y termina con fractura y reposo de tres meses. ¿Qué pasa ahora con su salario, quién paga la atención médica y cómo se calcula lo que le corresponde? Eso es, justamente, un accidente de trabajo en México: un riesgo cubierto por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que activa un camino legal, clínico y económico muy específico para el trabajador y para el patrón.
¿Qué es un accidente de trabajo en México y a quién le toca?
La protección arranca en el artículo 123 de la Constitución y se desarrolla en la Ley Federal del Trabajo y en la Ley del Seguro Social. Para que aplique el seguro de riesgos de trabajo del IMSS, el evento debe cumplir con un requisito central: ocurrir durante el trabajo, a causa del trabajo o como consecuencia del trabajo. La definición legal, contenida en la propia Ley Federal del Trabajo, distingue tres figuras que conviene no confundir:
- Accidente de trabajo: toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo.
- Accidente en trayecto: el que ocurre al ir o volver del trabajo, entre el domicilio del trabajador y su centro laboral, o entre este y el lugar donde suele tomar sus alimentos.
- Enfermedad de trabajo: el estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen en el trabajo o en el medio en que el trabajador preste sus servicios.
También importan dos condiciones prácticas para que el derecho esté vigente: que el trabajador esté dado de alta en el IMSS con salario base de cotización reportado y que el evento se reporte dentro de los plazos que la ley marca (más adelante se detallan). Si el patrón no dio de alta al empleado, el trabajador sigue teniendo derechos frente al IMSS y, además, puede reclamar por la vía civil o penal.
Documentos y aviso ST-7 que el patrón debe entregar
Para activar la cobertura del IMSS hace falta un expediente básico. El trabajador o su familia suelen tener a la mano identificaciones y comprobantes; lo que el patrón está obligado a integrar y entregar es el aviso ST-7 y un parte de hechos. Reunirlo todo desde el primer momento evita que el trámite se atore.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
- CURP y Número de Seguridad Social (NSS) del trabajador.
- Comprobante de domicilio reciente.
- Parte de hechos que elabora el patrón describiendo cómo ocurrió el accidente, con fecha, hora, lugar, testigos y actividades que se realizaban.
- Aviso de accidente de trabajo ST-7 presentado por el patrón ante el IMSS, a través del portal del Instituto Mexicano del Seguro Social, dentro de los plazos que la ley establece.
- Reporte de atención médica inicial (hoja de urgencias, radiografías, diagnóstico y días de incapacidad).
- Acta ante el Ministerio Público cuando hay lesiones graves, muerte o haya podido intervenir la responsabilidad penal de un tercero (por ejemplo, un atropello intencional o una falla de equipo claramente evitable).
Cuando el trabajador está inconsciente o el patrón no cumple, la familia o el propio IMSS pueden suplir el aviso. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) asesora gratis si el patrón se niega a levantar el ST-7.
Prestaciones económicas: incapacidad, indemnización y pensión
Las prestaciones están previstas en la Ley del Seguro Social y se calculan con base en el salario base de cotización y en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que publica el INEGI cada año. Hay tres pagos posibles, y pueden combinarse según la secuela:
| Prestación | Cuándo aplica | Base del cálculo | Quién paga |
|---|---|---|---|
| Subsidio por incapacidad temporal | Desde el primer día posterior al accidente (los primeros tres días los cubre el patrón) y mientras el IMSS determine que hay recuperación | 100 % del salario base de cotización, tope 25 veces la UMA mensual | IMSS (a partir del día 4) |
| Indemnización global | Incapacidad permanente parcial inferior al 25 % o total temporal | Tres meses de salario mínimo del Área Geográfica A y el aguinaldo proporcional | IMSS |
| Pensión por incapacidad permanente | Incapacidad permanente parcial del 25 % o más, o total permanente, o muerte | Salario base de cotización, semanas cotizadas y UMA vigente | IMSS (rama de riesgos de trabajo) |
A esto se suma, sin costo para el trabajador, la atención médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y de rehabilitación. El monto concreto de la UMA cambia cada año, por lo que el cálculo debe revisarse en la publicación oficial más reciente.
Indemnización global o pensión: cómo decide el IMSS
La frontera entre una y otra la marca el porcentaje de pérdida orgánica o funcional que el IMSS dictamine mediante un estudio de medicina del trabajo y, en su caso, con el aval de la Junta Médica. Si la valuación de la secuela es igual o superior al 25 %, corresponde pensión; si es menor, la ley permite que el IMSS otorgue una indemnización global calculada con el salario mínimo del área geográfica A y la UMA vigentes. La antigüedad del trabajador no es, por sí sola, lo que decide el camino: pesa más el daño y su carácter permanente. Si la valuación arroja menos del 25 % pero el trabajador considera que la secuela sí le impide reiniciar actividades, puede inconformarse y solicitar una revisión ante el propio IMSS o, en última instancia, demandar ante el Tribunal Laboral.
En México, una incapacidad permanente menor al 25 % suele terminar en indemnización global; igual o mayor al 25 % abre la puerta a una pensión del IMSS de por vida.
Trámite paso a paso ante el IMSS y la PROFEDET
- Atención médica de urgencia. Acudir de inmediato a la Unidad de Medicina Familiar del IMSS o, si la lesión es grave, al hospital del IMSS más cercano. Si la urgencia lo justifica y no hay tiempo, atenderse primero en hospital público y reportar después.
- Aviso ST-7 del patrón ante el IMSS, en los plazos que indica la ley (cinco días hábiles si el accidente ocurrió en el centro de trabajo, ampliable en trayecto). El patrón lo presenta por el portal del IMSS.
- Acudir a la Unidad de Medicina Familiar para abrir el expediente clínico-laboral, donde el médico tratante determina días de incapacidad temporal y canaliza a medicina del trabajo.
- Calificación del riesgo de trabajo por el IMSS. Una vez reunidos los documentos y los estudios, el IMSS emite una resolución que dice si se trata de riesgo de trabajo y fija el tipo de incapacidad.
- Valuación de secuelas y notificación de prestaciones. El IMSS cita al trabajador para los estudios finales y le notifica si procede subsidio, indemnización o pensión.
- Asesoría gratuita con la PROFEDET si hay dudas o si el patrón se niega a cooperar; la PROFEDET acompaña al trabajador, revisa cálculos y, en su caso, lo representa.
- Si la resolución del IMSS no convence, inconformidad ante el propio IMSS y, como último recurso, demanda ante el Tribunal Laboral (federal o local, según corresponda), tras la conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación.
En México, la construcción y la industria manufacturera concentran históricamente la mayor parte de los accidentes de trabajo reportados al IMSS; las caídas y los sobreesfuerzos suelen encabezar las cifras nacionales.
Plazos clave que se pueden vencer
Los términos corren en días naturales salvo que la ley diga expresamente que son hábiles. Si se vence un plazo sin actuar, se pierden derechos o se dificulta la prueba del accidente.
frente a una pensión vitalicia o indemnización que paga el IMSS
0 – 20.000 pesos (MXN) aprox., según el caso
- Aviso ST-7 del patrón: cinco días hábiles contados a partir del momento en que ocurrió o en que tuvo conocimiento del accidente; el incumplimiento del patrón es sancionable por la STPS y no impide que el trabajador haga valer sus derechos.
- Calificación del riesgo de trabajo por el IMSS: una vez reunidos los documentos, el IMSS debe pronunciarse; mientras no haya resolución, el trabajador conserva el derecho al subsidio por incapacidad temporal.
- Inconformidad del trabajador contra la resolución del IMSS: si la valuación de secuelas no le parece, puede solicitar revisión dentro de los plazos que establece la Ley del Seguro Social; vencido el término, la resolución queda firme.
- Prescripción de la acción ante el Tribunal Laboral: las acciones laborales prescriben, en general, a los dos meses para reinstalación y a un año para indemnizaciones y prestaciones; la cuenta depende del tipo de reclamo, por lo que conviene consultar la ley vigente.
- Derecho a recibir atención médica y subsidio: prescribe en lapsos distintos según la prestación; lo más seguro es iniciar el trámite cuanto antes y dejar constancia por escrito.
Si el patrón no levantó el ST-7, la prescripción corre desde el día siguiente en que debió hacerlo; la PROFEDET y el propio IMSS pueden orientarte para reconstruir el aviso. Cuando la lesión es grave y hay posible responsabilidad penal de un tercero (por ejemplo, un atropello o la caída de un objeto por mantenimiento negligente), el Ministerio Público del fuero común o la Fiscalía General de la República, según corresponda, toman conocimiento por la denuncia que se presente.
Soldador en nave industrial de Tlalnepantla
Caída de viga en el hombro
Accidente de trabajo con incapacidad
Subsidio por incapacidad temporal al 100 % del salario base de cotización
«Si el patrón no me dio de alta en el IMSS, no tengo derecho a nada.»
El trabajador conserva sus derechos frente al IMSSy puede reclamar además por la vía civil o penal al patrón omiso.
VS
Fuentes
- UnifikasTipos de Accidentes de Trabajo – Unifikasconsultado el 08/08/2026
- Upb¿Qué es un accidente de trabajo? – UPBconsultado el 08/08/2026
- Texin10 Casos reales de Accidentes Laborales. ¡Conócelos! – TEXIN FRconsultado el 08/08/2026
- PrevencontrolTipos de accidentes de trabajo: clasificación y prevenciónconsultado el 08/08/2026
- Gorayeb10 ejemplos de accidentes de trabajo en la construcción | Gorayebconsultado el 08/08/2026
