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Acuerdo conyugal en México: tipos, requisitos y cómo tramitarlo ante el juez

agosto 8, 2026 México Derecho 10 min read
Acuerdo conyugal en México: tipos, requisitos y cómo tramitarlo ante el juez
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: convenio entre cónyuges para ordenar el patrimonio del matrimonio.
  • Para qué sirve: liquidar la sociedad conyugal, capitular, separar bienes o divorciarse.
  • Dónde se hace: notaría, juzgado familiar o centro de conciliación, según los bienes.
Costo:

Un acuerdo conyugal es un convenio que firmas con tu pareja para ordenar el patrimonio que tienen juntos, sin necesidad de disolver el vínculo matrimonial si no quieren. En México sirve para liquidar la sociedad conyugal, separarse de bienes, pactar capitulaciones o, ya dentro de un divorcio, fijar cómo se reparten los bienes, la guarda de los hijos y la pensión.

La clave está en la vía: si hay inmuebles, vehículos o bienes inscritos, el camino va por notaría o por el juzgado familiar de tu estado. Si solo son muebles sin registro, puedes resolverlo en un centro de conciliación. Todo se paga en pesos mexicanos (MXN), los derechos dependen de la entidad federativa y del valor del patrimonio, y la formalidad —escritura pública o sentencia— es lo que vuelve oponible el convenio frente a bancos, registros y futuros acreedores.

¿Qué es un acuerdo conyugal y qué tipos existen en México?

El acuerdo conyugal es el negocio jurídico que celebrás tú y tu cónyuge para ponerle orden a la economía del matrimonio: define qué entra al patrimonio común, qué queda fuera, cómo se reparte al final y, en su caso, qué pasa con la casa, los coches, las deudas y los hijos. Se distingue del divorcio porque no termina el vínculo salvo que ese sea tu propósito, y se diferencia de la separación de personas porque esta última rompe la convivencia pero deja intacto, en principio, el régimen patrimonial.

Pregunta rara pero frecuente¿El acuerdo conyugal me obliga a divorciarme? No: solo el convenio de divorcio disuelve el vínculo; las capitulaciones y la liquidación no.
muchos creen que cualquier acuerdo conyugal termina el matrimonio; aquí ves cuándo sí y cuándo no.

Modalidades que puedes pactar

  • Liquidación de sociedad conyugal: repartís lo adquirido durante el matrimonio bajo ese régimen; no disuelve el matrimonio, solo disuelve la masa común.
  • Separación de bienes de mutuo acuerdo: pasás del régimen de sociedad conyugal al de separación, sin divorciarte; cada uno administra y dispone de lo suyo.
  • Capitulaciones matrimoniales: se firman antes o durante el matrimonio para fijar el régimen patrimonial (sociedad conyugal o separación) y, dentro de él, reglas propias: bienes reservados, administración por uno solo, cláusula de exclusión, entre otras.
  • Convenio de divorcio: ya con el matrimonio disuelto o en trámite, fija pensión alimenticia, guarda y custodia, visitas, uso de la vivienda familiar y reparto de bienes.

Cuadro comparativo de los cuatro tipos

Tipo Efecto patrimonial Efecto personal ¿Disuelve el matrimonio? Suele ir a
Liquidación de sociedad conyugal Reparte la masa común Ninguno sobre el vínculo No Notaría o juzgado familiar
Separación de bienes Cambia el régimen patrimonial Ninguno sobre el vínculo No Notaría o juzgado familiar
Capitulaciones matrimoniales Fija reglas patrimoniales Puede convenir administración separada No Notaría (escritura pública)
Convenio de divorcio Liquida y reparte Pensión, custodia, visitas Juzgado familiar

El acuerdo conyugal no es un contrato cualquiera: necesita forma solemne —escritura pública o sentencia— para que produzca efectos frente a terceros (bancos, Registro Público de la Propiedad, tránsito).

¿A quién le aplica y qué requisitos debe cumplir?

Pueden celebrarlo las parejas casadas bajo cualquier régimen patrimonial, vigente o en trámite de divorcio, siempre que ambas partes tengan capacidad legal y consentimiento libre de vicios (sin violencia, intimidación, dolo ni error esencial sobre los bienes). Si hay hijos menores de edad, el convenio debe garantizar alimentos, guarda y custodia; ningún juez lo aprueba si la cláusula alimenticia los deja en estado de indefensión.

Sociedad conyugal Separación de bienes
Capitulaciones
Convenio de divorcio
Vía notarial Opc.
compara las cuatro figuras para saber cuál encaja con tu caso y qué formalidad exige cada una ante el Registro.

Checklist de requisitos

  • Capacidad legal de ambos cónyuges (mayores de edad o emancipados).
  • Consentimiento mutuo, libre de vicios y sin coacción.
  • Inventario completo de bienes y deudas, sin omisiones.
  • Propuesta de reparto con base en el valor real de los bienes.
  • Cláusula de pensión alimenticia si hay hijos menores o cónyuge que la necesite.
  • Convenio firmado por ambos y, cuando proceda, por sus abogados.
  • Forma solemne: escritura pública (vía notarial) o sentencia (vía judicial).

La materia es de orden estatal: cada entidad federativa regula el divorcio, las capitulaciones y la separación de bienes en sus códigos civiles y familiares. El Código Civil Federal y los códigos procesales familiares estatales fijan las reglas generales; los notarios y jueces locales las aplican a tu caso concreto. Por eso, dos acuerdos celebrados en estados distintos pueden tener contenidos y formalidades distintas.

Documentos que hay que reunir

Antes de sentarte con el notario o presentar la demanda, prepara un expediente completo. La mayoría de las notarías y juzgados te lo piden todo junto para evitar reposiciones:

Acta de matrimonio reciente
Actas de nacimiento actualizadas
CURP y RFC de ambos cónyuges
INE/IFE o pasaporte vigente

Escrituras y avalúos de inmuebles
  • Acta de matrimonio reciente (la expide el Registro Civil de la entidad donde se inscribió el matrimonio; verifica la vigencia que pide cada notaría, normalmente 3 a 6 meses).
  • Actas de nacimiento actualizadas de ambos cónyuges.
  • CURP y RFC de los dos.
  • Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
  • Comprobante de domicilio reciente.
  • Escrituras públicas de los inmuebles, con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
  • Avalúos bancarios o periciales de los inmuebles.
  • Facturas o cartas de factura de vehículos y último pago de tenencia o refrendo.
  • Estados de cuenta bancarios (últimos 3 meses) y contratos de crédito.
  • Inventario firmado por ambos con bienes muebles, inversiones, acciones y deudas.
  • Si hay hijos menores: actas de nacimiento, CURP y comprobantes de gastos actuales.
Vía notarial (derechos)desde 1 % del valor de los bienes
Inscripción registral obligatoria5 a 12 UMA por acto
Honorarios de abogado recomendable8.000 – 25.000 MXN
Tasas judiciales (vía jurisdiccional)

según juzgado

1.500 – 5.000 MXN

Costo total estimado

¿Cuánto cuesta tramitarlo en México?

El costo final es una suma de varios rubros y depende, sobre todo, del valor del patrimonio y de la entidad federativa donde lo hagas. Los importes se expresan en pesos mexicanos (MXN); algunos derechos notariales y registrales se calculan aplicando un porcentaje al valor de los bienes o tomando como base la UMA (Unidad de Medida y Actualización) que publica el INEGI cada año.

Dato a tener en cuentaLos derechos notariales se calculan con base en la UMA que publica el INEGI cada año. UMA diaria 2026117,31 MXN
la UMA es la unidad de referencia que muchas legislaciones estatales usan para fijar derechos; revisa su valor vigente.

Componentes del costo

  • Derechos notariales (solo en la vía notarial): se calculan sobre el valor de los bienes con base en la Ley de Hacienda o el Código Fiscal de tu estado.
  • Inscripción registral en el Registro Público de la Propiedad y, en su caso, en el Registro Civil de matrimonio.
  • Honorarios del abogado o del asesor jurídico que revisa el convenio.
  • Tasas judiciales si vas por la vía jurisdiccional (juzgado familiar).
  • Gastos de publicación o edictos, si los pide el juzgado.

Los montos exactos varían por entidad y por valor del patrimonio; consulta los portales de finanzas y de los tribunales locales para obtener cifras reales antes de pagar.

Ejemplo de cómo se compone el costo

Supongamos que en Jalisco liquidas una sociedad conyugal con un patrimonio conjunto valuado en 2.500.000 MXN (casa habitación, un auto y cuentas bancarias). El notario cobra derechos sobre el valor declarado, más el Impuesto sobre Negocios Jurídicos Traslativos de Dominio si se adjudican inmuebles. A eso se suman el Registro Público de la Propiedad estatal y los honorarios de tu abogado. Cada monto se obtiene del portal de la Secretaría de la Hacienda Pública de Jalisco y del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, no se fija de memoria: los derechos notariales se calculan conforme a la Ley de Ingresos del estado vigente y los registrales se aplican en función del valor catastral o de operación.

¿Dónde y cómo se tramita ante el juez?

Tienes tres caminos, y la elección depende de qué vas a repartir y de si hay o no hijos menores. Lo habitual en México es empezar en la Defensoría de Oficio o con tu abogado, y pasar a la vía que corresponda.

Plazo que caducaNo hay plazo único federal: cada entidad federativa fija el suyo en su Código Procesal Familiar.
el término para presentar la demanda o el convenio depende del estado; consulta el código local antes de actuar.

Pasos generales

  1. Acudes a una Defensoría Pública o con tu abogado para revisar el convenio y verificar que no falten requisitos.
  2. Presentas la solicitud o demanda en la vía elegida: notaría (si hay inmuebles o vehículos), centro de conciliación (si solo hay muebles sin registro) o juzgado familiar (si hay menores o desacuerdo parcial).
  3. El notario, el conciliador o el juez revisan la documentación; si todo está correcto, elaboran la escritura pública, el acta de conciliación con efectos de sentencia o dictan sentencia aprobatoria.
  4. Inscribes el documento en el Registro Público de la Propiedad, en el Registro Civil de matrimonio y, si hay vehículos, ante la oficina de tránsito correspondiente.
  5. Cada parte recibe copia certificada para presentar ante bancos, instituciones de crédito o autoridades administrativas.
45%
25%
15%
15%

Derechos notarialesInscripción registralHonorarios del abogadoTasas y edictos

más de la mitad del costo se va en notario y registro; el resto son honorarios y gastos judiciales del expediente.

Tabla por entidad federativa

Entidad Autoridad principal Vía habitual Formalidad del documento
Ciudad de México Juzgado Familiar o Notaría Judicial si hay hijos; notarial si solo hay bienes Sentencia o escritura pública
Estado de México Juzgado Familiar o Notaría Judicial con conciliación previa Sentencia con convenio aprobado
Jalisco Notaría o Juzgado Familiar Notarial si no hay menores Escritura pública o sentencia
Nuevo León Notaría o Juez Familiar Notarial si no hay menores Escritura pública o sentencia

En la Ciudad de México, el Tribunal Superior de Justicia concentra los juzgados familiares. En Jalisco opera el Consejo de la Judicatura del Estado. En Nuevo León, el Poder Judicial del Estado y la Ley del Notariado del Estado regulan la actuación notarial.

Cierre práctico

Antes de firmar, valida tres puntos: que el inventario sea completo, que la cláusula de alimentos deje a los hijos cubiertos de verdad, y que cada bien quede adjudicado a nombre de quien lo recibe. Una vez inscrito en el Registro Público de la Propiedad y en el Registro Civil, el acuerdo es oponible frente a terceros y a cualquier banco o institución que deba reconocer la nueva situación patrimonial.

¿Qué pasa si omito un bien a propósito?

Quien oculta un bien de la sociedad conyugal puede perder su porción sobre lo escondido y, además, debe restituir el doble del valor al otro cónyuge; esa consecuencia suele venir en el convenio o en la legislación civil local.

¿Necesito abogado?

No es obligatorio para presentar la solicitud, pero sí recomendable: un error en el inventario o una cláusula ambigua de pensión puede invalidar el convenio y obligarte a volver a litigar.

0%

[valor
[Inventario y avalúos
[Convenio revisado por abogado
[ Escritura pública firmada
[Inscripción en el Registro Público
[Inscripción en el Registro Civil
200.000133.33366.6670 12.00028.50046.00088.000165.000 [Patrimonio500.000[Patrimonio1.500.000[Patrimonio2.500.000[Patrimonio5.000.000[Patrimonio10.000.000

Fuentes

  1. LitigiodeoccidenteLiquidación de sociedad conyugal: pasos legalesconsultado el 08/08/2026
  2. Minjusticiaen-repartir-los-bienes-que-hemos-adquirido-durante-el-matrimonioconsultado el 08/08/2026