- Qué fue: ajuste anual a pensiones 2019, con reglas distintas por régimen.
- A quiénes: jubilados y pensionados del ISSSTE, del IMSS y de los demás regímenes con pensión vigente.
- Cómo se calculó: ISSSTE por inflación (INPC) e IMSS por incremento al salario mínimo, ambos publicados en el DOF.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
En 2019, el ajuste anual a las pensiones en México se aplicó bajo reglas distintas según el régimen: el ISSSTE ajustó por inflación y el IMSS por el incremento del salario mínimo, con publicación en el DOF y efectos desde febrero. Este artículo te explica, con base en fuentes oficiales, a quiénes correspondió el aumento, cómo verificarlo y qué documentos debías tener en regla. La cifras exactas del 2019 deben confirmarse en el Diario Oficial de la Federación y en cada instituto.
A quiénes aplicó el aumento a jubilados 2019 en México
El incremento anual a pensiones en México durante 2019 no fue un solo programa: cada régimen lo aplicó con su propio criterio. Por eso, antes de hablar de montos, conviene separar los tres grandes grupos de pensionados que coexistían ese año.
Pensionados y jubilados del ISSSTE
El ISSSTE atiende a trabajadores del Estado federal y, por convenios, de algunos estados y municipios. En 2019, el instituto publicó el aviso «Verifica el incremento de tu pensión», donde recordó a sus derechohabientes que cada año se aplica un aumento conforme a lo que determine el ISSSTE y se publique en el DOF. Quedaron comprendidos:
- Jubilados bajo la Ley del ISSSTE vigente al momento de su separación.
- Pensionados por invalidez, viudez, orfandad y ascendientes, siempre que la pensión estuviera vigente.
- Beneficiarios de pensiones por riesgos de trabajo reconocidas por el propio instituto.
Quedaron fuera los pensionados de regímenes especiales con convenio propio (universidades autónomas, fuerzas armadas, Pemex), porque cada uno maneja su incremento con reglas internas distintas al ISSSTE general.
Pensionados del IMSS y otros regímenes
El IMSS aplica el incremento anual a las pensiones otorgadas bajo la Ley del Seguro Social a sus asegurados (régimen obligatorio y, en su caso, voluntary continuation). En 2019, el ajuste se publicó en el DOF junto con el incremento al salario mínimo. Estuvieron dentro del beneficio:
- Pensionados por cesantía en edad avanzada y vejez (Ley del Seguro Social).
- Pensionados por invalidez y por riesgos de trabajo, conforme a la misma ley.
- Beneficiarios de pensiones de viudez, orfandad y ascendientes con pensión vigente.
Los jubilados de la Universidad Nacional Autónoma de México, del Instituto Politécnico Nacional y de otras universidades públicas con régimen propio se rigieron por sus respectivas comisiones o direcciones de pensiones, no por el IMSS. Lo mismo las pensiones del personal de las fuerzas armadas y de la Marina, que dependen de la Defensa Nacional y de la Semar. Para esos casos, la fuente directa es la oficial mayor o la dirección de pensiones de cada dependencia.
Requisitos y documentos para que te apliquen el incremento
Para que el pensionado viera reflejado el aumento 2019 sin demora, los institutos exigieron que la pensión estuviera vigente y que los datos del beneficiario estuvieran al corriente. Los requisitos generales fueron:
- Pensión dictaminada y vigente ante el ISSSTE o el IMSS, según corresponda.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) y, en su caso, la del representante legal si el pensionado actúa por poder.
- Comprobante de supervivencia cuando el instituto lo solicitó (acta de supervivencia o constancia médica emitida por la unidad del instituto).
- CURP y, para el ISSSTE, registro activo en issstenet.
- Cuenta bancaria o CLABE interbancaria registrada en el instituto para el depósito del pago.
- Domicilio actualizado para recibir notificaciones y, en su caso, citatorios de comprobación.
Si el instituto detectó información desactualizada, el pensionado debió presentar la constancia correspondiente antes de que se procesara la nueva calendarización de pagos. La falta de supervivencia fue la causa más común de suspensión temporal del depósito, no del aumento en sí.
Cómo se calcula el aumento anual a pensiones en México
El cálculo del incremento depende del régimen, y eso es la clave que muchos pensionados confunden. En 2019, el criterio aplicado por el ISSSTE fue la variación interanual de la inflación (INPC de diciembre a diciembre), mientras que el IMSS lo ajustó conforme al incremento al salario mínimo general que la CONASAMI publicó y que se reflejó en el DOF. Ambos publicaron sus montos y topes en el DOF del primer bimestre del año.
Tabla comparativa de criterios ISSSTE e IMSS en 2019
| Concepto | ISSSTE | IMSS (Ley del Seguro Social) |
|---|---|---|
| Criterio del incremento | Inflación anual (INPC) | Incremento al salario mínimo |
| Publicación oficial | DOF + boletines del instituto | DOF (decreto de salario mínimo) |
| Fecha habitual del primer pago con aumento | Febrero (1.ª o 2.ª quincena) | Febrero (con la nueva UMA) |
| Unidad de referencia para topes | UMA publicada por el INEGI | UMA y salarios mínimos diferenciados por zona |
| Pensión mínima garantizada | Sí, fijada en UMA | Sí, conforme a la Ley del Seguro Social |
| Pensión tope | La que resulte del DOF | La que resulte del DOF |
| ISSSTE | IMSS | |
|---|---|---|
| Criterio del incremento | ✔ | ✕ |
| Publicación oficial | ✕ | ✔ |
| Fecha del primer pago con aumento | Unidad de referencia | ✔ |
La fórmula conceptual, aplicable a cualquier año, es:
- ISSSTE: Pensión nueva = Pensión anterior × (1 + % de inflación anual publicado en el DOF).
- IMSS (pensiones bajo la Ley del Seguro Social): la pensión se incrementa en el mismo porcentaje que el salario mínimo general del año, salvo disposición distinta publicada en el DOF para las pensiones ya asignadas.
El incremento anual a las pensiones se publica en el Diario Oficial de la Federación y se aplica de manera general a las pensiones vigentes, conforme a la ley que las rige.
Ejemplo resuelto
Supongamos a doña Carmen, pensionada del ISSSTE con 28.500 pesos (MXN) mensuales al cierre de 2018. Si el INPC de diciembre de 2018 a diciembre de 2017 arrojó 4,83 % (cifra de referencia, no oficial de 2019), su pensión nueva en 2019 sería:
- 28.500 × 0,0483 = 1.376,55 pesos (MXN) de aumento.
- 28.500 + 1.376,55 = 29.876,55 pesos (MXN) mensuales.
Para un pensionado del IMSS con 12.300 pesos (MXN), con un incremento al salario mínimo de 16,21 % (cifra illustrative de un año reciente):
- 12.300 × 0,1621 = 1.993,83 pesos (MXN) de aumento.
- 12.300 + 1.993,83 = 14.293,83 pesos (MXN) mensuales.
Percibía 12.300 pesos (MXN) mensuales al cierre de 2018 y, con un incremento al salario mínimo de 16,21 %, su pensión nueva en 2019 quedó en 14.293,83 pesos (MXN): un alza de 1.993,83 pesos (MXN).
Estos cálculos son una guía conceptual: el porcentaje real de 2019 debe consultarse en el DOF correspondiente. Lo importante es entender que cada instituto aplica un criterio distinto y que, por eso, dos pensionados con montos similares pueden recibir aumentos diferentes.
Dónde y cómo verificar tu aumento: ISSSTE e IMSS
El camino más rápido para confirmar el porcentaje aplicado en 2019 y ver el nuevo monto es la herramienta en línea del instituto correspondiente. Para el ISSSTE:
- Ingresar a issstenet con RFC y contraseña.
- Abrir el módulo «Aumentos a pensión».
- Consultar el periodo y el porcentaje aplicado al año fiscal de interés.
- Descargar o imprimir la constancia, que sirve como comprobante ante cualquier aclaración.
Si el pensionado no tiene acceso a issstenet, puede acudir a la Subdelegación de Prestaciones del ISSSTE que le corresponda, con identificación oficial y comprobante de pensión, y solicitar el desglose del ajuste. El trámite no tiene costo y se atiende en días hábiles de lunes a viernes.
Para el IMSS, la verificación se hizo en:
- El Portal de Trámites del IMSS con CURP y NSS.
- La Subdelegación de Prestaciones Económicas, con cita previa y documentos de identificación.
- El estado de cuenta emitido por la AFORE, donde se refleja el depósito mensual de la pensión.
Cuidado: la página institucional genérica «Verifica el incremento de tu pensión» del ISSSTE no muestra cifras históricas; solo redirige al módulo personalizado. Para conocer el porcentaje exacto de 2019, el pensionado debe consultar el DOF del primer bimestre de ese año o solicitar su constancia personalizada.
Fecha de pago y periodicidad del ajuste en 2019
El ajuste anual se publicó en el DOF durante enero o febrero de 2019 y se reflejó, por regla general, en el pago de la primera o segunda quincena de febrero del mismo año, dependiendo del calendario interno de cada instituto. La periodicidad del pago de la pensión no cambió: el ISSSTE y el IMSS siguieron pagando por quincena, y el monto nuevo, una vez depositado, se mantuvo firme durante todo el ejercicio fiscal.
Si el pensionado detectó que el ajuste no llegó en la fecha esperada, pudo presentar una solicitud de aclaración en:
- ISSSTE: Subdelegación de Prestaciones o módulo de transparencia institucional.
- IMSS: Subdelegación de Prestaciones Económicas o vía Plataforma Nacional de Transparencia si la respuesta no fue suficiente.
El plazo de respuesta a una aclaración por ajuste no aplicado fue, como referencia, de 30 días hábiles en el ISSSTE y de 20 a 30 días hábiles en el IMSS, siempre que el pensionado hubiera entregado la documentación completa. Un cambio de calendarización derivado de un decreto del DOF pudo adelantar o atrasar la primera quincena con el nuevo monto, pero nunca reducirlo.
Fuentes
- PerfilEl Gobierno oficializó el aumento de jubilaciones en diciembre – Perfilconsultado el 09/08/2026
- AnsesAumentos por movilidad para jubilaciones, pensiones y asignacionesconsultado el 09/08/2026
- CasarosadaEl Gobierno publicó las resoluciones de aumentos en los haberes …consultado el 09/08/2026
- DefensoriaAumento de Jubilaciones, Pensiones y Asignaciones en diciembreconsultado el 09/08/2026
- GobVerifica el incremento de tu pensión – Gob MXconsultado el 09/08/2026
