- Asilo en EE.UU. desde México Entrevista de temor creíble en frontera y formulario I-589 ante USCIS o Corte de Inmigración.
- Cuánto cuesta: Tarifa inicial del I-589 más AAF de 102 USD al año si el caso sigue pendiente.
- Cómo reclamarlo: Cruce por puerto de entrada formal, entrevista de CBP y, si procede, I-589 ante USCIS o EOIR.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Pedir asilo en Estados Unidos 2022 desde México requiere estar físicamente en suelo estadounidense o intentar cruzar por un puerto de entrada formal evaluado por CBP (Aduanas y Protección Fronteriza). Ahí se hace la entrevista de temor creíble y, si se pasa, el caso se turna a USCIS para asilo afirmativo o a la Corte de Inmigración (EOIR) para asilo defensivo. El mismo Formulario I-589 cubre además el Withholding y el amparo bajo la Convención Contra la Tortura (CAT). A partir del segundo año de trámite USCIS cobra una Tarifa Anual de Asilo de 102 USD, con 30 días de plazo tras el aviso.
¿A quién le corresponde pedir asilo en EE.UU. y desde dónde se puede solicitar?
Califica cualquier persona con temor fundado de persecución si regresa a su país, siempre que esté físicamente en EE.UU. o haya intentado entrar por un puerto de entrada formal (frontera terrestre o aeropuerto) donde CBP le tome la entrevista de temor creíble. Si CBP considera creíble el temor, la persona queda "en proceso de expulsión" y puede pedir protección; si CBP determina que el caso no es urgente, el trámite pasa a USCIS como asilo afirmativo. Además del asilo, la ley estadounidense abre cuatro figuras de protección para no ser devuelto al país donde se sufre el daño.
Probabilidad razonable y probada de persecución por una de las cinco causales reconocidas por la ley. No es miedo subjetivo ni basta con «sentir» peligro: se necesita prueba.
Examen que CBP aplica en el puerto de entrada para decidir si el caso pasa al proceso de expulsión. No es una entrevista de visa ni la cita con USCIS; ocurre en frontera.
Las cinco causales de persecución que reconoce la ley de EE.UU.
La ley de EE.UU. protege a quien demuestre persecución por:
- Raza
- Religión
- Nacionalidad
- Opinión política
- Pertenencia a un grupo social particular (por ejemplo, orientación sexual, género, etnia o activismo)
Asilo afirmativo, defensivo, Withholding y amparo CAT
| Figura | Quién resuelve | |
|---|---|---|
| Estándar probatorio | ✔ | ✕ |
| Si se concede | ✕ | ✔ |
| Plazo de pago | Aplica con demora | ✔ |
| Figura | Quién resuelve | Estándar probatorio | Si se concede |
|---|---|---|---|
| Asilo afirmativo | USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración, dentro del DHS) | Temor fundado de persecución | Residencia permanente y camino a la ciudadanía |
| Asilo defensivo | EOIR (Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración, Corte de Inmigración) | Temor fundado de persecución | Residencia permanente y camino a la ciudadanía |
| Withholding of Removal | USCIS o EOIR, según la etapa | Probabilidad mayor a 50% de persecución futura | No ser devuelto al país de origen, sin residencia permanente |
| Amparo CAT (Convención Contra la Tortura) | USCIS o EOIR | Probabilidad de tortura por el gobierno o con su acquiescencia | No ser devuelto al país de origen, sin residencia permanente |
El "temor fundado" no es miedo subjetivo: es una probabilidad razonable, sustentada con prueba, de persecución por una de las cinco causales. Para el Withholding el estándar sube a más del 50% de probabilidad.
Documentos que debes reunir para el Formulario I-589
El mismo formulario sirve para pedir asilo, Withholding y amparo CAT: el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción, que se presenta ante USCIS en el proceso afirmativo o ante la Corte de Inmigración (EOIR) en el defensivo. Para llenarlo y acompañarlo necesitas, como mínimo:
- Identificación oficial vigente (pasaporte, INE, acta de nacimiento) y copias de documentos migratorios previos.
- Declaración personal detallada del temor fundado: fechas, lugares, agentes que persiguieron, hechos concretos.
- Evidencia de respaldo: denuncias, notas periodísticas, dictámenes médicos o psicológicos, capturas de redes sociales, testigos.
- Traducciones al inglés de todo documento en español, con certificación del traductor.
- Número A (A-Number) que USCIS asigna al abrir el caso; aparece en la Notificación de Recibo y sirve para revisar si ya toca pagar la AAF.
La descripción de cada documento debe ajustarse al instructivo oficial de USCIS; una sección incompleta es causal de rechazo o de señalamiento en entrevista.
Cuánto cuesta pedir asilo: tarifa inicial y Tarifa Anual de Asilo (AAF)
La presentación del I-589 tiene una tarifa inicial que se paga al momento de entregar el formulario; su monto exacto se confirma en la página de USCIS y de la EOIR según dónde se presente. A esa tarifa se suma, después, la Tarifa Anual de Asilo (AAF) de 102 USD, que USCIS cobra por cada solicitud que cumpla más de 1 año pendiente, ya sea ante USCIS, la Corte de Inmigración (EOIR) o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA).
El CBP en la frontera aplica el «expediente rápido» (*expedited removal*) y puede devolverte en minutos sin pasar por un juez.
| Concepto | Cuándo se paga | Quién lo cobra | Monto |
|---|---|---|---|
| Tarifa de presentación del I-589 | Al entregar el formulario | USCIS o EOIR, según el caso | La publicada por USCIS/EOIR vigente al presentar |
| Tarifa Anual de Asilo (AAF) | Después de 1 año pendiente, sólo si USCIS envía aviso | USCIS | 102 USD |
Si USCIS envía el aviso y no se paga dentro del plazo de 30 días, USCIS rechaza el I-589 y retiene la tarifa de presentación ya pagada. La AAF sólo aplica a solicitudes ya presentadas; si aún no iniciaste tu trámite, primero cubre la tarifa inicial del I-589.
Ejemplo: cuándo se paga la AAF de 102 USD
María presentó su I-589 ante USCIS en marzo de 2021. Al cumplirse un año, en marzo de 2022, USCIS le envió un aviso con 30 días naturales para pagar 102 USD en my.uscis.gov/accounts/annual-asylum-fee/questionnaire usando su Número A y número de recibo, con tarjeta o cuenta bancaria de EE.UU. Pagó dentro del plazo y guardó el Agency Tracking ID (aparece solo una vez). Si no hubiera pagado, USCIS habría rechazado el I-589 y retenido la tarifa de presentación.
Cómo pedir el asilo paso a paso desde México
Desde México no se puede pedir el asilo sin estar en EE.UU.; el trámite empieza cuando la persona ya está en territorio estadounidense o cuando intenta cruzar por un puerto de entrada formal (terrestre o aéreo) donde CBP realiza la entrevista de temor creíble. El recorrido es:
- Cruzar o intentar cruzar por un puerto de entrada formal; CBP hace la entrevista de temor creíble.
- Si CBP determina que el caso procede, la persona es canalizada al proceso de expulsión y queda detenida o liberada bajo parole.
- Asilo afirmativo (fuera de expulsión): el solicitante llena el Formulario I-589 y lo entrega a USCIS, división del DHS.
- Asilo defensivo (en expulsión): el caso lo ve un Juez de Inmigración de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), del Departamento de Justicia.
- Si USCIS no concede el afirmativo, el caso pasa a la Corte de Inmigración y puede volver a pedirse como defensivo.
- En cualquier etapa el solicitante puede sumar Withholding y amparo CAT en el mismo I-589.
Organismos que intervienen: USCIS (tramita el afirmativo), EOIR (tramita el defensivo y las apelaciones), BIA (Junta de Apelaciones de Inmigración) y CBP (entrevista inicial en frontera). El gobierno de EE.UU. no proporciona abogado: la persona debe contratar uno particular o buscar legal aid.
Plazos clave de la AAF y la demanda que frena las sanciones
El reloj de la AAF corre así:
- Aviso de USCIS: USCIS envía una notificación con 30 días naturales para pagar la AAF de 102 USD.
- Regla provisional del DHS: publicada el 29 de abril de 2026 en el Federal Register; las consecuencias por no pagar entran en vigor el 29 de mayo de 2026.
- Periodo de comentarios: abierto hasta el 29 de junio de 2026.
- Demanda de ASAP: ASAP presentó una demanda y un juez bloqueó temporalmente las sanciones por falta de pago de la AAF; revisa el estado del litigio en ASAP antes de dar por perdido un caso.
Aunque la AAF se cobra desde 2022, las consecuencias graves (rechazo del I-589 y retención de la tarifa) se difirieron por la regla provisional y, después, por la suspensión judicial. Por eso, si tu aviso llegó y el plazo venció, conviene revisar si tu caso ya reactivó las sanciones o sigue protegido por el bloqueo.
Si USCIS te rechaza el I-589 por AAF no pagada y el bloqueo judicial sigue vigente, tienes argumentos para reabrir el caso; documenta cada fecha de aviso y de pago.
Qué hacer si el aviso nunca llegó
frente a la residencia permanente si ganas el caso
102 USD + honorarios legales
- Entra cada semana al portal de la AAF con tu Número A y número de recibo.
- Si aparece "Pay and Submit", paga de inmediato y guarda el Agency Tracking ID.
- Si aparece "At this time, the Annual Asylum Fee payment is not due for this case", todavía no aplica; vuelve a revisar.
- Si aparece "The payment period for this case has expired", consulta ASAP para confirmar si el bloqueo judicial aplica a tu expediente.
Preguntas frecuentes sobre el asilo en EE.UU. 2022
1. ¿Cómo sé si me corresponde pagar los 100 dólares de la solicitud de asilo?
El pago de 100 dólares aplica solo si tu caso NO es rechazado por USCIS al inicio, es decir, cuando ya tienes un caso de asilo abierto. Ese cobro se hace después del primer paso (formulario I-589), no antes, y el monto exacto son 100 USD (unos 1.750 pesos mexicanos al tipo de cambio actual).
2. ¿Qué necesito para pedir asilo en Estados Unidos desde México?
Necesitas comprobar persecución o temor fundado por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social específico, y presentarlo ante una oficina de USCIS en México o al entrar a un puerto de entrada. El trámite inicial es gratuito y se hace con el formulario I-589.
3. ¿Cuáles son las nuevas reglas de asilo en Estados Unidos para 2022?
La regla principal de 2022 (Title 42) permitía expulsiones rápidas en la frontera por motivos de salud pública, lo que limitó el acceso al asilo. En mayo de 2023 esa política terminó, así que antes de viajar debes confirmar la regla vigente en la frontera, porque cambia con frecuencia.
4. ¿Cuánto tiempo tarda el proceso de asilo en Estados Unidos?
Si entras por la frontera, la entrevista inicial suele darse en días o semanas; en cambio, el caso afirmativo puede demorar varios años. USCIS maneja tiempos distintos según tu ubicación, y el retraso promedio nacional supera los 24 meses.
5. ¿Puedo pedir asilo en Estados Unidos si entro sin visa?
Sí, la ley estadounidense te permite solicitar asilo al entrar al país o dentro del territorio, incluso sin documentos migratorios. Pero si te deportan antes de pasar el “entrevista de miedo creíble”, tu petición queda fuera del proceso.
6. ¿Cuánto cuesta el trámite de asilo en Estados Unidos?
El primer paso (I-589) es gratuito y solo aplica la cuota de 100 USD (unos 1.750 pesos mexicanos) si tu caso avanza. Ese pago cubre la solicitud y, tras los primeros 180 días, puedes pedir permiso de trabajo con el I-765.
7. ¿Qué pasa si me niegan el asilo en Estados Unidos?
Quedas en situación irregular y puedes ser deportado a tu país de origen. Tienes derecho a apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y, en última instancia, pedir revisión a un tribunal federal.
Fuentes
- UsahelloCómo solicitar asilo en los EE.UU. – USAHelloconsultado el 09/08/2026
- VasquezlawncTarifa Anual de Asilo 2026: Qué Es y Cómo Pagarla | Blogconsultado el 09/08/2026
- SandiegouniontribuneAno fiscal 2022 registra el mayor numero de casos de asilo …consultado el 09/08/2026
- UscisObtener Asilo en los Estados Unidos – USCISconsultado el 09/08/2026
- UsaCómo solicitar asilo en Estados Unidos | USAGovconsultado el 09/08/2026
