- Cambio de condición de estancia ante el INM pasar de residente temporal estudiante a visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turista), sin salir del país.
- Cuánto cuesta: derechos en UMA (factor del INM × valor diario vigente al pago).
- Cómo pedirlo: cita en el portal del INM, expediente completo y resolución antes de que venza tu tarjeta actual.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Si ya terminaste la carrera, el diplomado o simplemente quieres quedarte un tiempo más sin matricularte, en México puedes solicitar al Instituto Nacional de Migración (INM) el cambio de condición de estancia de estudiante a visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turista). El trámite es federal, se paga en pesos y los derechos migratorios se calculan conforme a la Ley Federal de Derechos. En las siguientes secciones verás a quién le aplica, qué papeles te piden, cuánto cuesta y cómo pedir cita.
A quién le aplica el cambio y qué pide la ley
Este cambio va dirigido a la persona extranjera que cuenta con una condición de estancia de estudiante vigente (por ejemplo, por la tarjeta de residente temporal estudiante que expide el INM, organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación), siempre que ya no esté inscrita o que pretenda停留 más allá de la vigencia de su documento actual. No es un trámite pensado para quien entra al país con visa de visitante y luego quiere estudiar: en ese caso se solicita la autorización de estancia de estudiante desde el inicio, ante el INM.
La Ley de Migración y su Reglamento regulan los cambios de condición de estancia y fijan, entre otras reglas, que la solicitud debe presentarse mientras la condición actual esté vigente y que la autoridad migratoria debe resolver antes de que venza el documento. Si tu tarjeta ya expiró, la consecuencia inmediata es irregularidad migratoria, así que conviene iniciar el trámite con anticipación.
Requisitos generales del trámite ante el INM:
- Ser extranjera o extranjero con condición de estancia vigente.
- No tener antecedentes migratorios graves ni estar sujeto a proceso de deportación.
- Acreditar solvencia económica para el período que se pretende permanecer.
- Cubrir los derechos migratorios correspondientes.
Trámite federal ante el INM con el que una persona extranjera ya residente en México pasa de una condición migratoria a otra, sin necesidad de salir y reingresar al país. No es lo mismo que solicitar una autorización inicial desde el extranjero.
Mientras tu tarjeta de residente temporal estudiante conserve vigencia y la solicitud se presente antes de que venza, el procedimiento corre dentro del plazo que marca el Reglamento de la Ley de Migración. No alcanza con haber tenido la condición: si expiró, ya hay irregularidad migratoria.
Cambio de condición de estancia: trámite ante el INM con el que una persona extranjera ya residente en México pasa de una condición migratoria a otra, sin necesidad de salir y reingresar al país.
Documentos que debes reunir para el trámite
El INM exige, en general, la siguiente documentación. Como la lista oficial y los formatos se actualizan periódicamente, antes de pedir tu cita confirma en el portal del instituto.
- Pasaporte vigente o documento de identidad y viaje válido.
- Tarjeta de residente temporal estudiante o documento migratorio vigente que acredite tu condición actual.
- Comprobante de medios de vida o de solvencia económica para el periodo solicitado (puede ser contrato de inversión, estados de cuenta bancarios con saldo promedio, carta de quien te patrocina en México con comprobantes, entre otros).
- Comprobante de domicilio reciente en México (recibo de luz, agua, predial, teléfono o estado de cuenta a tu nombre).
- Pago de derechos migratorios conforme a la tarifa vigente.
- Formato de solicitud de cambio de condición de estancia, en el formato que el INM publique y con las medidas y campos que correspondan.
- Fotografías tamaño infantil, en número y características que indique la convocatoria.
- Cuando proceda, carta de la institución educativa que indique la conclusión de estudios o la baja temporal.
Consejo práctico: si llevas menos de 180 días con la misma cuenta bancaria, el INM suele pedir una carta notarial de quien te sostiene económicamente, con copias de su identificación y su comprobante de domicilio.
Cuánto cuesta y cómo se calcula el pago de derechos
Los derechos migratorios se calculan en UMA conforme a la Ley Federal de Derechos. La UMA la publica el INEGI cada año, por lo que el monto en pesos cambia anualmente y, en algunas hipótesis, también puede variar entre regiones. Aquí la clave no es el número, sino la fórmula: el INM publica el "factor" o "cuota" aplicable al cambio de condición de estancia y esa cantidad se multiplica por el valor diario de la UMA vigente al día del pago.
Los derechos migratorios por cambio de condición de estancia se calculan con una fórmula sencilla. Lo único que necesitas valor diario de la UMA al día del pago factor publicado por el INM.
110,01 pesos (MXN) × 5 = 550,05 pesos (MXN) de derechos migratorios.
Fórmula general: Derechos = (factor o cuota publicada por el INM para el trámite) × (valor diario de la UMA al día del pago).
Ejemplo conceptual
Imagina un factor publicado de 5 UMAs para el trámite. Si el valor diario de la UMA fuera, solo como referencia didáctica, 110 pesos (MXN), los derechos serían 5 × 110 = 550 pesos (MXN). El número real cambia año con año, de modo que antes de pagar consulta la tarifa vigente del ejercicio fiscal en curso.
Concluyó la maestría en la Ciudad de México con tarjeta de residente temporal estudiante sin seguir inscrita. Tres meses antes de terminar el último cuatrimestre pidió cita en el INM y entregó constancia de conclusión, estados de cuenta, comprobante de domicilio en la alcaldía Benito Juárez y pasaporte vigente. Cambio concedido: pagó derechos por el cambio de condición y recibió su nueva tarjeta de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turista) con vigencia de un año, prorrogable conforme al Reglamento. Vigencia: 1 año (prorrogable).
Caso Sofía, 27 años, originaria de Colombia. Llegó a la Ciudad de México con tarjeta de residente temporal estudiante para cursar una maestría de dos años. Tres meses antes de terminar el último cuatrimestre, pidió cita en el INM y entregó su constancia de conclusión de estudios emitida por la universidad, sus estados de cuenta bancarios con un saldo promedio equivalente a varios meses de salario mínimo, su comprobante de domicilio en la alcaldía Benito Juárez y su pasaporte vigente. Pagó derechos por el cambio de condición y, dentro del plazo de resolución, recibió su nueva tarjeta de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turista) con vigencia de un año, prorrogable conforme al Reglamento.
| Concepto | Base legal | Cómo se actualiza | Moneda |
|---|---|---|---|
| Derechos migratorios por cambio de condición de estancia | Ley Federal de Derechos | Se expresa en UMA; el valor diario lo fija el INEGI cada año | Pesos (MXN) |
| Multas por presentación extemporánea | Ley Federal de Derechos | Idem | Pesos (MXN) |
Antes de pagar, verifica el factor y el valor de la UMA vigentes en el portal del INM y de la SHCP; usar valores desactualizados puede generar diferencias y obligarte a complementar el pago.
Dónde y cómo se tramita paso a paso ante el INM
El trámite se realiza ante el INM, dependiente de la Secretaría de Gobernación (SEGOB). La atención suele ser presencial con cita previa en las oficinas del instituto, con apoyo del portal gob.mx y, en algunas hipótesis, mediante módulos habilitados en ciudades con alta presencia de población extranjera. El procedimiento general es el siguiente.
- Agendar cita en el portal del INM para el trámite de cambio de condición de estancia en la oficina que te corresponda.
- Llenar el formato de solicitud publicado por el INM con tus datos y los de tu condición actual.
- Reunir la documentación descrita en la sección anterior y presentarla el día de la cita.
- Pagar los derechos migratorios con la ficha que te entregue el INM y conservar el comprobante.
- Asistir a entrevista con el personal migratorio, si el INM la requiere, y, en su caso, a toma de datos biométricos (fotografía y huellas).
- Recibir resolución. Si es favorable, se te entrega la nueva tarjeta de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turista).
El tiempo de resolución lo fija el Reglamento, y la entrega de la nueva tarjeta puede variar según la oficina; el INM suele entregar un comprobante de trámite que te permite acreditar tu estancia regular mientras se resuelve.
Si durante el trámite necesitas salir del país y regresar, pregunta antes en el INM sobre los efectos migratorios de una salida; en muchos casos, salir mientras el cambio está en proceso puede afectar la continuidad del expediente.
Plazos clave que debes respetar
- Vigencia de tu condición actual: la solicitud debe presentarse antes de que venza tu tarjeta de residente temporal estudiante para mantener tu estancia regular durante el procedimiento.
- Tiempo de resolución del INM: el plazo aplicable se rige por el Reglamento de la Ley de Migración; la autoridad debe pronunciarse en el término que ahí se establece, contado en días hábiles a partir de que el expediente esté completo.
- Prórroga como turista: la nueva tarjeta de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas tiene una vigencia acotada, prorrogable conforme a la ley y a su Reglamento, mediante solicitud presentada antes de que concluya su vigencia.
- Estancia irregular: si tu tarjeta actual vence sin que hayas solicitado el cambio o sin que el INM haya resuelto, incurres en irregularidad migratoria, lo que puede traer multas y dificultad para futuros trámites migratorios en México.
Regla práctica: inicia el trámite con al menos 60 días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento de tu tarjeta de estudiante; así dejas margen para juntar papeles, pagar derechos y, si hay observaciones, corregirlas a tiempo.
El INM puede negar el cambio si detecta inconsistencias en tu documentación o incumplimientos como estudiante, por lo que cuidar historial académico y migratorio es la mejor defensa.
El INM puede, en algunos supuestos, negar el cambio si detecta inconsistencias en la documentación o incumplimiento de obligaciones del estudiante, por lo que conservar tu historial académico y migratorio limpio es la mejor defensa.
Fuentes
- UscisCambiar su Estatus de No Inmigrante – USCISconsultado el 10/08/2026
- ExterioresSolicitar la tarjeta estudiante con visado de turistaconsultado el 10/08/2026
- WilneroreillyCAMBIO DE ESTATUS DE TURISTA (B-1/B-2) A ESTUDIANTE (F-1)consultado el 10/08/2026
- GobVisa de residente temporal estudiante – Gob MXconsultado el 10/08/2026
- Attlaw¿Puedo Cambiar Mi Visa de Turista Por Uno de Estudiante?consultado el 10/08/2026
