- Qué es: el documento formal que termina la relación de trabajo y deja por escrito fecha, motivo y montos a pagar.
- Cuánto cobras: finiquito siempre; indemnización constitucional de 3 meses más 20 días por año solo en despido injustificado.
- Cómo reclamar: conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación local y, si no hay acuerdo, demanda ante el Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Una carta de separación laboral en México es el documento formal con el que termina la relación de trabajo: ahí quedan por escrito la fecha de baja, el motivo y los montos a pagar. En nuestro país no existe un formato único obligatorio; lo que sí existen son los derechos que la Ley Federal del Trabajo reconoce según el tipo de separación, y esos derechos son los que la carta debe reflejar.
«Con firmar la carta de separación queda todo arreglado y ya no se puede reclamar nada.»
La carga de la prueba: si la causa invocada no quedó probada o los montos no fueron los correctos, el trabajador conserva su derecho a demandar.
VS
Mucha gente cree que con firmar la carta «queda todo arreglado». Falso: firmar un finiquito no impide demandar después si hay diferencias de monto, si la causa invocada no quedó probada o si no se pagó lo que correspondía. Por eso, antes de firmar, conviene revisar números y, ante la duda, pedir asesoría gratuita en la PROFEDET.
La separación se rige por la legislación federal (Ley Federal del Trabajo, publicada en el DOF), pero los Centros de Conciliación y los Tribunales Laborales son estatales o federales según el caso. El camino para reclamar es siempre el mismo: conciliación prejudicial obligatoria y, si no hay acuerdo, demanda ante el Tribunal Laboral competente.
Tipos de separación y a quién le aplica cada carta
Antes de leer o redactar nada, conviene ubicar el caso en una de tres categorías. Cada una genera una carta distinta y, sobre todo, pagos distintos. La siguiente tabla resume la diferencia clave:
| Tipo de separación | ¿Quién decide? | ¿Hay indemnización? | Pago inmediato al firmar |
|---|---|---|---|
| Renuncia voluntaria | El trabajador | No | Finiquito (partes proporcionales) |
| Despido con causa justificada (rescisión) | El patrón | No, si acredita la causa | Finiquito |
| Despido sin causa (injustificado) | El patrón | Sí: 3 meses + 20 días por año | Finiquito + indemnización |
La columna «¿Quién decide?» importa porque, en la rescisión, la carga de la prueba recae en el patrón: si no acredita la causa, el despido se vuelve injustificado y se paga indemnización.
Renuncia voluntaria
La firma el trabajador, comunicando su decisión de terminar la relación. No hay indemnización constitucional, pero sí finiquito inmediato: partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. La antigüedad queda congelada ante el IMSS y el saldo de la AFORE se mantiene disponible para retiro o desempleo, según las reglas de la CONSAR.
Despido con causa justificada (rescisión)
Procede cuando el patrón invoca alguna de las causales que la Ley Federal del Trabajo contempla, como faltas de asistencia, daños intencionales, revelar secretos o conductas inmorales en el establecimiento. El patrón debe acreditarlas; si no lo hace, el despido se convierte en injustificado. Aquí no corresponde indemnización constitucional, solo finiquito.
Despido sin causa o injustificado
Cuando el patrón despide sin una causa legalmente prevista o sin probarla, el trabajador tiene derecho a una indemnización constitucional que contempla tres meses de salario y, además, veinte días por cada año de servicio, además de la prima de antigüedad si se cumplen los requisitos de la ley. También se pagan todas las partes proporcionales del año en curso.
Documentos que debes reunir antes de firmar o recibir la carta
Tener el expediente listo evita sorpresas. Esta lista funciona como checklist tanto para el patrón como para el trabajador:
Base real diaria con sueldo, prestaciones fijas y la parte proporcional de aguinaldo y vacaciones, usada para calcular finiquito e indemnización. No es el salario neto que se deposita ni el sueldo base sin prestaciones.
Derecho de 12 días por año que se suma al pago cuando se cumplen los requisitos legales de la LFT. No aplica en cualquier separación: solo cuando la ley lo prevé.
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
- RFC, CURP y Número de Seguridad Social (NSS) del trabajador.
- Contrato individual de trabajo y, en su caso, recibos de nómina de los últimos meses.
- Comprobante de baja ante el IMSS que el patrón debe generar.
- Constancia de situación fiscal del trabajador para el cálculo correcto del ISR sobre finiquito.
Conviene revisar además cualquier convenio, finiquito previo o documento de jornada que pudiera afectar el cálculo.
Cálculo del finiquito y la indemnización conforme a la LFT
El cálculo parte del salario diario integrado, que incluye sueldo base, prestaciones fijas y la parte proporcional de aguinaldo y vacaciones. Sobre esa base se suman los conceptos que correspondan al tipo de separación.
- Finiquito: partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional devengadas al día de la baja.
- Indemnización constitucional (despido injustificado): 3 meses de salario y 20 días por cada año de servicio.
- Prima de antigüedad: 12 días por año, con el tope y los requisitos que fija la ley, sobre el salario diario.
Ejemplo resuelto. Karla trabajó 4 años en Monterrey con sueldo mensual de 24.000 pesos (MXN). Su salario diario integrado ronda 866,67 pesos (MXN). En un despido injustificado le corresponden:
- 3 meses de salario: 72.000 pesos (MXN).
- 20 días por año × 4 años: 80 días × 866,67 = 69.333,33 pesos (MXN).
- Prima de antigüedad (12 días por año, si aplica): 48 días × 866,67 = 41.600 pesos (MXN), con tope legal.
- Partes proporcionales del año en curso, según los meses devengados.
▲ +69.333,33 pesos (MXN) vs el finiquito solo
La indemnización constitucional puede rebasar con facilidad el equivalente a seis meses de salario cuando se suman antigüedad y prima, de ahí que revisar el cálculo antes de firmar sea una decisión que vale miles de pesos.
El monto final varía con cada caso: salario, antigüedad, prestaciones y lugar de la baja determinan la cifra. Lo que no varía es el derecho a recibirlo cuando el despido no se justificó.
Cómo redactar y entregar la carta de separación
La carta no requiere un formato oficial, pero sí elementos indispensables para que sirva como prueba. Una vez firmada, el patrón debe entregar el finiquito o la indemnización, y el trabajador dar acuse de recibo.
- Redactar el documento en dos tantos, con membrete y datos completos de empresa y trabajador.
- Señalar fechas de ingreso y baja, causa con su fundamento legal y montos desglosados.
- Notificar con acuse (firma, sello o correo con confirmación) y conservar una copia.
- Entregar el pago contra firma del recibo correspondiente; si hay desacuerdo, firmar «recibí pendiente de revisión» o reservar el derecho de reclamación.
- Si el trabajador lo necesita, pedir asesoría gratuita en PROFEDET o en el Centro de Conciliación local antes de cualquier firma.
Los organismos oficiales para resolver dudas en México son PROFEDET (asesoría y representación gratuita), los Centros de Conciliación estatales (conciliación prejudicial obligatoria) y los Tribunales Laborales del Poder Judicial (donde se demanda si no hay acuerdo). Para la parte fiscal del finiquito, el SAT publica las tablas de ISR aplicables.
Elementos obligatorios del documento
- Membrete del patrón con RFC y domicilio fiscal.
- Nombre completo del trabajador, RFC, CURP y NSS.
- Fechas de ingreso y baja, puesto y último salario.
- Causa de la separación con cita al artículo de la ley aplicable.
- Desglose de finiquito o indemnización con cada concepto.
- Lugar y fecha de expedición, firmas de ambas partes y acuse de recibo.
Plazos clave que no debes dejar pasar
En materia laboral existen ventanas短 que, una vez vencidas, hacen perder derechos. Los principales son:
- Prescripción para reclamar: las acciones laborales prescriben en plazos que la ley fija según la naturaleza del derecho; algunos conceptos se reclaman hasta un año después de la separación, pero hay otros más cortos, por lo que conviene revisar cada caso.
- Pago inmediato: el finiquito o la indemnización deben cubrirse al momento de la separación; el patrón no puede diferirlos sin riesgo de actualización y sanciones.
- Conciliación prejudicial: antes de demandar, el trabajador debe acudir al Centro de Conciliación de su entidad; ese procedimiento abreviado tiene plazos cortos para audiencia y notificación.
Un dato que pesa: en México, tras la reforma laboral de 2019, las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas. Quien demande hoy pasa primero por el Centro de Conciliación local y, después, por el Tribunal Laboral. Saltarse la conciliación puede hacer que el caso se sobresea.
Conviene moverse rápido: cuanto antes se acuda a PROFEDET o al Centro de Conciliación, más opciones habrá de acreditar hechos y conservar pruebas.
Una costumbre poco conocida: el patrón está obligado a entregar, cuando el trabajador lo solicite, una constancia escrita de la relación laboral con duración, puesto y, en su caso, motivo de separación. Esa constancia puede ser tan útil como la propia carta al buscar un nuevo empleo o acreditar experiencia ante el INFONAVIT.
Fuentes
- MichaelpageCómo escribir una carta de renuncia voluntaria – Michael Pageconsultado el 10/08/2026
- LegalarioCarta Renuncia Voluntaria México ✔️ – Legalarioconsultado el 10/08/2026
- DocsityCarta para renuncia o separacion laboral | Apuntes de Derechoconsultado el 10/08/2026
- MicvidealPlantillas de carta de renuncia laboral y guía – Mexico – Mi CV Idealconsultado el 10/08/2026
- CanvaPlantillas para cartas de renuncia para editar – Canvaconsultado el 10/08/2026
