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Acoso laboral en México: cómo identificarlo, denunciarlo y qué derechos te amparan

agosto 8, 2026 México Derecho 9 min read
Acoso laboral en México: cómo identificarlo, denunciarlo y qué derechos te amparan
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: violencia laboral reiterada con daño acreditable a tu salud o dignidad.
  • Cómo probarlo: bitácora diaria, correos, chats y constancias médicas.
  • Dónde denunciar: PROFEDET, STPS, Centro de Conciliación o Tribunal Laboral.
Antes de demandar, la conciliación prejudicial es obligatoria y las Juntas de Conciliación ya no reciben demandas nuevas.

Sentir que el trabajo se volvió una trampa no es exageración: el acoso laboral existe, está documentado y en México tienes rutas concretas para frenarlo. Aquí vas a encontrar cómo saber si lo que vives califica como mobbing, qué subtipo encaja con tu caso, qué normas te respaldan y, sobre todo, dónde presentar la queja para que algo cambie de verdad.

¿Te está pasando? Elementos para que un caso califique como acoso laboral

El mobbing no es un mal día ni un jefe difícil: es una conducta que reúne tres ingredientes y, si los tienes, ya cuentas con un caso denunciable. Primero, reiteración: no basta con un grito aislado, se trata de ataques repetidos en el tiempo. Segundo, duración: la agresión se prolonga semanas o meses, no es un evento puntual. Tercero, daño: hay un perjuicio real en tu salud, tu rendimiento o tu dignidad que puedes acreditar.

Nivel de gravedad del caso típico de mobbing
Calificación basada en el caso de Karla y los criterios de la NOM-035-STPS-2019 sobre violencia laboral.

Alto
Hay reiteración superior a seis meses, daño psicológico documentado y evidencia escrita suficiente para proceder.
BajoMedio● Alto
Un caso con ocho meses de reiteración, daño acreditado en el IMSS y pruebas documentales se ubica en riesgo alto: ya hay daño a la salud y base para denunciar.

Para distinguirlo del estrés común, del burnout o del acoso sexual, hazte este repaso:

  • ¿Las conductas negativas se repiten al menos una vez por semana?
  • ¿Llevan más de seis meses ocurriendo?
  • ¿Te han cambiado funciones sin justificación, te aislan del equipo o te asignan tareas imposibles?
  • ¿Tienes insomnio, ansiedad, dolor de cabeza constante o miedo de ir a trabajar?
  • ¿El agresor niega todo y te hace dudar de tu propia percepción?
Riesgo que sale caroEsperar a «ver si se calma la situación» sin documentar desde el primer día. Cuando quieras acreditar la reiteración, probablemente ya no podrás.
El agresor apuesta a que el silencio borre las pruebas: documentar rompe esa estrategia.

Si respondiste "sí" a la mayoría, lo que enfrentas es acoso laboral, no un problema de adaptación. Ignorarlo o pensar que "ya pasará" es exactamente lo que el agresor espera.

El mobbing no requiere golpes: la mayoría de las víctimas sufre deterioro emocional verificable antes de reaccionar.

Tipos de acoso: horizontal, vertical descendente y vertical ascendente

El acoso siempre tiene dirección, y eso cambia quién puede ayudarte y cómo se prueba. Ubica tu caso en la siguiente tabla antes de tomar cualquier decisión:

Subtipo Quién agrede a quién Cómo se manifiesta Quién puede intervenir
Horizontal Entre compañeros del mismo nivel Rumores, exclusión, sabotaje de tareas, presión grupal Recursos Humanos, sindicato, Conciliación
Vertical descendente (bossing) Un superior hacia un subordinado Asignar metas inalcanzables, retirar funciones, humillar en reuniones, amenazar con despido PROFEDET, inspección de la STPS, Tribunal Laboral
Vertical ascendente Un subordinado o grupo hacia un jefe Aislamiento, desobediencia sistemática, desprestigio, intimidación Recursos Humanos, mediación interna, Conciliación
✕MITO

«El mobbing solo pasa cuando el jefe agrede al empleado.»

REALIDAD

La ley protege a cualquier persona trabajadora: el acoso entre compañeros (horizontal) y de subordinados hacia un jefe (vertical ascendente) está igualmente reconocido.

VS

Creer que solo existe el bossing invisibiliza a víctimas que también tienen cómo denunciarlo.

La creencia más común es que el mobbing solo va de jefe a empleado. El acoso laboral entre pares y de abajo hacia arriba está igualmente reconocido y exige el mismo trato institucional.

Tus derechos y el marco normativo aplicable en México

En México no existe una ley federal con el nombre "Ley contra el Acoso Laboral". Lo que te protege es un conjunto de normas que se combinan. La NOM-035-STPS-2019 obliga a los centros de trabajo a prevenir y atender violencia y acoso como factor de riesgo psicosocial. La Ley Federal del Trabajo tutela tu dignidad y tu seguridad en el trabajo, y por la vía penal estatal puedes denunciar si hay amenazas, lesiones o si el acoso se cruza con hostigamiento sexual.

1) Asesoría en PROFEDET2) Gratis
3) Abogado o representante de PROFEDET 4) (opcional)5) desde 0 pesos (MXN)
6) Tasa judicial 7) (persona física)8) 0 pesos (MXN) exenta
9) Coste total estimado

10) frente a 85.800 pesos MXN que puedes recuperar

11) 0 – 0 pesos (MXN)

12) PROFEDET representa al trabajador sin costo; comparado con una indemnización de seis meses de salario, el único desembolso real es tu tiempo y tus pruebas.

Ejemplo con cifras. Karla es analista en una empresa de Mérida. Gana 14.300 pesos (MXN) al mes con cuatro años de antigüedad. Desde hace ocho meses su jefa le retira proyectos, la expone frente al equipo y le manda correos con insinuaciones sobre su vida personal. Karla primero documentó: guardó los correos, consiguió una constancia de la psicóloga del IMSS por insomnio y ansiedad, y pidió cita en PROFEDET en julio. Con ese expediente, PROFEDET la representó ante el Tribunal Laboral; el juicio terminó en convenio con indemnización equivalente a seis meses de salario (85.800 pesos MXN), reinstalación que ella decidió no aceptar y firma de baja voluntaria sin afectar su antigüedad.

19.800 €
Vía administrativa (NOM-035-STPS-2019)
Queja ante STPS e inspección para que la empresa corrija la violencia laboral.
VS
Vía penal estatal
Denuncia en la Fiscalía por amenazas, lesiones u hostigamiento sexual.
Son caminos compatibles: si hay delito, la vía penal se abre junto a la laboral.

La vía administrativa y la penal no compiten: si hay delito, también corresponde la Fiscalía estatal. Al IMSS le corresponde la atención médica y, si el daño es permanente, valoración para posible incapacidad.

Pruebas y documentos que conviene reunir antes de denunciar

La diferencia entre un caso ganado y uno archivado está en la carpeta. Desde el primer día, abre una bitácora con fecha, hora, lugar, testigos y lo que se dijo. Después, agrupa todo en este inventario:

  • Correos, chats de trabajo y mensajes de WhatsApp con la persona agresora o donde conste la conducta.
  • Bitácora diaria en una hoja de cálculo con día, hora, descripción y testigos presentes.
  • Constancias médicas del IMSS, ISSSTE o particular: psiquiatra, psicólogo, médico del trabajo.
  • Testigos: nombres de compañeros que vieron o escucharon, con su domicilio laboral y forma de localizarlos.
  • Capturas de pantalla de comentarios vejatorios, publicaciones, memes o imágenes, con fecha visible.
  • Cualquier escrito de la empresa: actas administrativas, amonestaciones, memorandos que parezcan retaliativos.
Bitácora diaria
Correos, chats y capturas
Constancias médicas (IMSS, ISSSTE o particular)
Testigos con domicilio laboral

Actas y memorandos que parezcan retaliativos

Documentar desde el día uno es la única forma de romper la estrategia clásica del agresor: negar todo y hacerte dudar.

Si esperas a que "la situación se calme" para empezar a juntar pruebas, probablemente ya no podrás acreditar la reiteración.

Dónde y cómo denunciarlo paso a paso en México

Este es el trámite con organismo y tiempos aproximados. Recuerda que la conciliación prejudicial es obligatoria antes de demandar, según la reforma laboral de 2019; las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas, así que evita perder tiempo ahí.

Distribución de casos de mobbing según quién agrede
Datos basados en la tipología reconocida por la NOM-035-STPS-2019 y casos atendidos por PROFEDET.

80 %60 %40 %20 %0 % 622810 Vertical descendente(jefe a subordinado)Horizontal(entre compañeros)Vertical ascendente(subordinados a jefe)

Mira el peso del bossing: la mayoría de los casos documentados en México parten de un jefe, lo que obliga a mirar hacia arriba antes que hacia pares.
  1. Acudir a PROFEDET (asesoría y representación gratuita al trabajador): located offices or contacta al 800 911 7877. Plazo: la cita de primer contacto suele otorgarse en cinco a diez días hábiles.
  2. Presentar queja ante la STPS si la empresa omite su obligación de prevenir y atender la violencia laboral conforme a la NOM-035-STPS-2019. Plazo: la inspección puede iniciarse en días hábiles tras la queja.
  3. Solicitar la conciliación prejudicial en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (asuntos federales) o en el Centro de Conciliación de tu estado (asuntos locales). Plazo: el primer intento de audiencia suele citarse en hasta quince días hábiles.
  4. Demandar ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local) si la conciliación no prospera. Plazo: el procedimiento es oral y se desahoga en audiencias; la etapa de juicio se resuelve, por regla general, en meses, sin un plazo único nacional.
  5. Denunciar penalmente en la Fiscalía estatal si hay amenazas, lesiones, hostigamiento o acoso sexual. Plazo: la denuncia puedes presentarla en cualquier momento; la investigación inicial tarda al menos meses y la definición del ejercicio de la acción depende del código penal de tu entidad.
1

Acoso detectado
Reconoces los tres ingredientes: reiteración, duración y daño.
Día 0

2

Documentación
Abres bitácora, guardas correos, chats, capturas y constancias médicas.
1 – 7 días

3

Asesoría
Acudes a PROFEDET (800 911 7877) para orientación y representación gratuita.
5 – 10 días hábiles

4

Queja STPS / Conciliación
Presentas queja por incumplimiento de la NOM-035 ante la STPS y acudes al Centro Federal o estatal de Conciliación.
15 días hábiles

Tribunal Laboral

Si trabajas en el sector público, el camino incluye el Órgano Interno de Control de la dependencia y, en su caso, la Secretaría de la Función Pública. Para víctimas de violencia de género, el Centro de Estudios y de Apoyo para la Mujer (CEAM) del ISSSTE ofrece atención telefónica en la Ciudad de México (5140 9617 extensiones 75670 y 97721). Si requieres atención médica, pide cita en tu unidad del IMSS o del ISSSTE según tu régimen; si no cuentas con seguridad social, consulta las unidades de IMSS-Bienestar en tu estado.

¿Sabías que…?

Una conducta aislada con daño acreditable no configura mobbing por faltar reiteración, pero sí puede constituir discriminación o violencia laboral, y también tiene consecuencias legales. La prueba médica de un daño no

queda atada a la figura de acoso: abre puertas en otros frentes. Una sola conducta con daño acreditable también se defiende, aunque no califique como mobbing. Minimizar lo vivido por no encajar en el «tipo perfecto» de mobbing deja sin protección casos que sí la tienen.

Una sola conducta no hace mobbing, pero una conducta aislada con daño acreditable puede configurar otras figuras, como discriminación o violencia laboral, y también tiene consecuencias legales. No minimices lo que te pasa solo porque nadie más se anime a hablar.

¿Puedo denunciar aunque ya me hayan despedido?¿Cuenta el tiempo que estuve aguantando antes de denunciar? Sí: desde que inicia la conducta reiterada, no desde el despido.
El plazo corre desde el primer acto de mobbing, así que documentar temprano te da más aire que esperar a que la empresa tome la decisión por ti.

Fuentes

  1. Gob¿Sabes qué es EL MOBBING? – Gob MXconsultado el 08/08/2026
  2. RaeDefinición de acoso laboralconsultado el 08/08/2026
  3. EeocAcoso | Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleoconsultado el 08/08/2026