- Qué es: aviso escrito que termina la relación laboral de una trabajadora del hogar bajo el Capítulo X de la LFT.
- Cuánto cobras: 3 meses de salario integrado más 20 días por año si el despido es sin causa.
- Cómo reclamar: entrega personal con acuse, pago simultáneo y, si no hay acuerdo, Centro de Conciliación Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Si empleas a alguien para limpieza, cocina, cuidado de niños o personas mayores dentro de tu casa, esa relación se rige por el Capítulo X de la Ley Federal del Trabajo (arts. 331 a 343). Cuando termina, necesitas entregar una carta de despido a trabajadora del hogar en México bien armada: con causa justificada, sin ella o por renuncia, según el caso, y cubriendo todas las partes proporcionales que marca la ley.
A quién le toca y en qué supuestos aplica
Eres patrón bajo el Capítulo X de la LFT cuando contratas a una persona para trabajos domésticos en tu hogar: quien cocina, limpia, cuida adultos mayores, niños o mascotas, lava, plancha o hace recados. No importa que la paga sea semanal, quincenal o mensual: la ley te reconoce como empleador y te obliga a registro ante el IMSS, pago de salario y, al terminar la relación, a cubrir lo que corresponda.
Hay tres caminos para terminar la relación, y cada uno exige una carta distinta:
- Despido con causa justificada (rescisión sin responsabilidad para el patrón): procede cuando la trabajadora incurre en alguna causal del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (faltas de probidad, lesiones, insultos, más de tres faltas en 30 días sin permiso, etc.). Debes avisar por escrito en cuanto tengas conocimiento del hecho.
- Despido sin causa justificada (despido sin responsabilidad para el patrón según el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo): cuando decides terminar la relación sin invocar causal. Aquí la carga económica para ti es mayor: además de las partes proporcionales, debes pagar indemnización constitucional.
- Renuncia voluntaria: la trabajadora presenta su escrito; tú le cubres solo las partes proporcionales devengadas.
Datos y documentos que debe llevar la carta
La carta de despido es el documento que avala la terminación y, si está mal llenada, termina en un juicio laboral que pierdes. Estos son los requisitos indispensables que debe llevar:
- Lugar y fecha de emisión.
- Nombre completo del patrón y domicilio donde se prestó el servicio.
- Nombre completo de la trabajadora, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) si lo tiene, y Número de Seguridad Social (NSS) del IMSS.
- Fecha de ingreso, antigüedad exacta y puesto desempeñado (doméstica, cocinera, niñera, cuidadora, etc.).
- Salario diario integrado: incluye sueldo base, gratificaciones, habitación y alimentos cuando se proporcionan.
- Causal invocada, con cita del artículo de la LFT en que se funda.
- Fecha y firma del patrón, o de quien represente legalmente al hogar.
- Acuse de recibo con firma o huella de la trabajadora; si se niega a firmar, levante acta ante dos testigos.
Como anexos de respaldo conviene tener a la mano:
- Contrato escrito (la ley lo presume existente; si no lo tienes, presúmelo y arréglate para lo que sigue).
- Recibos de nómina o comprobantes de pago.
- Alta y movimientos ante el IMSS (modalidades 34 o 35 para personas trabajadoras del hogar).
- Identificación oficial vigente de la trabajadora.
| Rescisión con causa | Válida | |
|---|---|---|
| Solo partes proporcionales | ✔ | ✕ |
| No | ✕ | ✔ |
| No | No aplica | ✔ |
Cuánto debes pagar: finiquito, partes proporcionales e indemnización
El cálculo cambia según el supuesto de despido. Los conceptos que se pagan siempre que haya relación laboral son:
| Concepto | Qué cubre | Base de cálculo |
|---|---|---|
| Salarios caídos | Días trabajados y no pagados del último periodo | Salario diario |
| Vacaciones proporcionales | Días de vacaciones del año en curso no disfrutados | Salario diario |
| Prima vacacional | 25 % sobre las vacaciones proporcionales | Salario diario |
| Aguinaldo proporcional | Días del año en curso no cubiertos (mínimo 15 días al año) | Salario diario |
| Indemnización 3 meses | Despido sin causa justificada (art. 49 LFT) | 3 meses de salario integrado |
| Indemnización 20 días por año | Despido sin causa justificada y sin reinstalación posible | 20 días por cada año de servicio |
La UMA (Unidad de Medida y Actualización) es la referencia que usa la ley para topes, multas y algunas prestaciones; el INEGI la publica cada año.
Ejemplo resuelto en pesos mexicanos: Karla trabaja en Monterrey desde hace 4 años ganando 12.000 pesos mensuales (salario diario ≈ 400 MXN). La despides sin causa justificada.
- Salarios caídos: los últimos 5 días que no le pagaste: 5 × 400 = 2.000 MXN.
- Vacaciones proporcionales: 12 días que noDisfrutó del año en curso: 12 × 400 = 4.800 MXN.
- Prima vacacional (25 %): 4.800 × 0,25 = 1.200 MXN.
- Aguinaldo proporcional: 10 días del año en curso: 10 × 400 = 4.000 MXN.
- Indemnización constitucional (3 meses de salario integrado): 3 × 12.000 = 36.000 MXN.
- Indemnización de 20 días por año (4 años): 4 × (20 × 400) = 32.000 MXN.
Total a pagar: 79.800 pesos (MXN), más cualquier otra prestación devengada.
Cómo entregar la carta y dónde firmarla
La entrega debe ser personal y dejar constancia. Estos son los pasos a seguir:
- Redacta la carta en dos tantos idénticos y firma ambos.
- Llama a la trabajadora al domicilio donde prestaba el servicio o al que tengas registrado.
- Entrégale un tanto, recaba su firma o huella en el otro como acuse; si se niega a firmar, levanta acta con dos testigos que den fe de la entrega.
- Paga simultáneamente todas las prestaciones y la indemnización que correspondan (efectivo, transferencia con comprobante o cheque nominativo).
- Entrega copia firmada de los recibos de finiquito y, si lo deseas, acompáñala a ratificar el finiquito ante el Centro de Conciliación Laboral de tu entidad para mayor certeza.
- Guarda el acuse, los comprobantes de pago y el convenio ratificado durante al menos cinco años.
Si la trabajadora no se presenta a recoger la carta, notifícala por correo certificado con acuse o por notario público en su domicilio; esa notificación surte los mismos efectos que la entrega personal.
Plazos que no debes dejar pasar
- Aviso de rescisión con causa justificada: desde el momento en que el patrón conoce el hecho que la motiva; la LFT no fija un número de días estricto, pero la práctica y los tribunales exigen inmediatez (dentro de unos pocos días).
- Pago de prestaciones e indemnización: al momento del despido, salvo convenio en contrario o ratificación ante el Centro de Conciliación.
- Prescripción de la acción de la trabajadora para reclamarte: dos meses contados a partir del despido, según la LFT federal.
- Consecuencias de omitir el aviso o la indemnización: si despides sin causa y no pagas, el tribunal te puede condenar al pago de salarios caídos desde el despido hasta que se resuelva el juicio, más la indemnización constitucional ya descrita.
La PROFEDET de la STPS orienta y asesora gratis a patrones y personas trabajadoras del hogar antes de redactar la carta.
Cuando tomes la decisión de terminar la relación, asesórate en la PROFEEDET si eres trabajador o pide orientación gratuita antes de redactar; si la cantidad a pagar es alta, consulta a un abogado laboralista para evitarte un juicio que te salga más caro que el propio finiquito.
El cálculo exacto de cada concepto (vacaciones, aguinaldo, prima vacacional, indemnización) varía con el salario diario integrado y los años de servicio, por lo que conviene revisar los simuladores de la STPS y, cuando aplique, la calculadora de la UMA del INEGI antes de cerrar las cifras.
No confundas trabajadora del hogar con outsourcing de limpieza: desde 2021 el outsourcing de personal está prohibido en México, y solo se permiten servicios especializados registrados en el REPSE; si tu limpieza la presta una empresa, no aplica el Capítulo X de la LFT sino las reglas generales.
La despiden sin causa tras 4 años con carta y pago inmediato. Al invocarse el artículo 49, el despido se declara procedente: cobra 3 meses + 20 días × 4 años = 79.800 MXN pesos (MXN).
Recuerda: la carta de despido no es solo un aviso, es tu defensa. Si la redactas sin causa, sin prestaciones o sin acuse, el tribunal laboral te condenará a pagar de más. Apóyate en la PROFEDET, en los Centros de Conciliación de tu entidad y en la LFT vigente.
Fuentes
- WonderCarta de Despido por Desahucio – Modelo | Word y PDFconsultado el 10/08/2026
- Bonadeacare¿Cómo realizar un Despido a una Empleada de Hogar (2024)?consultado el 10/08/2026
- MisabogadoslaboralesModelo de carta de despido: Guía completa.consultado el 10/08/2026
- PortaldesolucionesModelo de Aviso de Termino – Grupo Boletín del trabajoconsultado el 10/08/2026
- FirmavirtualTodo acerca del finiquito de trabajadoras de casa particularconsultado el 10/08/2026
