- Qué es: acreditar la representación legal ante el IMPI para trámites de propiedad industrial.
- Cómo se hace: con Carta Poder simple firmada por dos testigos o mediante el Registro General de Poderes.
- Cuándo aplica: para solicitudes, renovaciones y declaraciones de uso; no para actos de dominio.
- Sirve para acreditar quién firma tus solicitudes de marca, patente o aviso comercial sin necesidad de un poder notariado.
- Funciona con dos testigos y la cita del instrumento notarial que dio facultades al representante.
- No aplica para actos de dominio (cancelar un registro o limitar productos): ahí se exige poder especial.
- El Registro General de Poderes (RGP) centraliza el poder notarial en un solo folio del IMPI y evita presentarlo en cada trámite.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
En México, cualquier persona física o moral puede acudir al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) mediante un representante legal. La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) regula esa representación en sus artículos 26 a 35 y permite, para la mayoría de los trámites administrativos, una Carta Poder simple en lugar de un poder notariado formal. Entender la diferencia entre esa Carta Poder y el Registro General de Poderes (RGP) ahorra tiempo, dinero y, sobre todo, evita que el IMPI deseche la solicitud.
¿La Carta Poder ante el IMPI tiene que ir firmada por dos testigos aunque ya haya un poder notarial de por medio? Sí: el Artículo 27 LFPPI la exige así para trámites como presentar solicitudes, renovaciones o declaraciones de uso. El poder notarial, en esos casos, se cita, no se sustituye.
Antes de la LFPPI de 2020 el IMPI pedía copias certificadas del acta constitutiva en cada trámite de marca, lo que hoy evita el RGP.
Antes de la LFPPI de 2020, el IMPI pedía copias certificadas del acta constitutiva en cada trámite de marca. Con el RGP, ese documento se inscribe una sola vez y queda identificado por un número de folio que basta citar después.
Quién firma y a quién representa ante el IMPI
Ante el IMPI puede acudir el inventor o titular directamente, o bien un representante. La ley distingue tres figuras:
- Persona física titular: firma ella misma la solicitud, salvo que designe representante con Carta Poder simple.
- Persona moral: actúa por su administrador único, consejo de administración o apoderado legal, según el acta constitutiva.
- Varios socios (cotitulares): el Artículo 26 LFPPI obliga a nombrar un Representante Común; si se omite, se entiende como tal la primera persona nombrada en el escrito.
La Carta Poder simple regulada en el Artículo 27 LFPPI cubre los actos de gestión ordinaria: presentar solicitudes de patente, registro o declaración de uso, contestar requisitos y, en general, cualquier trámite administrativo. Quedan excluidos los actos de dominio enumerados en el propio artículo (por ejemplo, cancelar un registro, ceder la marca o limitar productos), para los cuales se requiere poder especial conforme a la Fracción V, Inciso a, del mismo precepto.
La Carta Poder simple sirve para la gestión diaria; los actos de dominio piden poder especial y, en muchos casos, inscribirse antes en el RGP.
Documentos para acreditar la representación ante el IMPI
| Carta Poder simple | RGP | |
|---|---|---|
| Poder notarial | ✔ | ✕ |
| Testigos | ✕ | ✔ |
| Domicilio del representante | Comprobante de pago | ✔ |
| Requisito | Carta Poder simple (art. 27 LFPPI) | Registro General de Poderes (art. 31 LFPPI) |
|---|---|---|
| Poder notarial | Solo se cita en el escrito | Original o copia certificada |
| Identificación | Del mandante y del representante | Del mandante y del representante |
| Testigos | Dos, con firma | No requiere |
| Domicilio | Del representante | Del representante para notificaciones |
| Correo electrónico | Del representante | Del representante |
| Comprobante de pago | No aplica | Tarifa vigente del IMPI |
| Formato oficial IMPI | IMPI-00-001-A / B según el caso | Solicitud de inscripción de RGP |
| Protesta de decir verdad | Opcional para agilizar | No aplica |
La diferencia práctica es clara: la Carta Poder se firma en el momento, sin costo notarial, pero se presenta junto con cada trámite. El RGP, en cambio, se inscribe una vez y queda en el expediente único del IMPI; en solicitudes posteriores basta mencionar el número de folio para acreditar la representación.
Costos y tarifas del IMPI por acreditar representación y RGP
El IMPI actualiza sus tarifas cada año y las publica oficialmente. No existen montos fijos en la ley: la cuota cambia según el tipo de trámite (registro de marca, renovación, inscripción al RGP, declaración de uso, etc.) y el año vigente. Para no publicar cifras obsoletas, conviene consultar la tarifa actualizada directamente en la sección de "Servicios que ofrece el IMPI" del portal del Instituto antes de pagar. En el caso de la Carta Poder simple, el único costo suele ser el de los dos testigos y, si se decide inscribir el poder en el RGP, la tarifa oficial que el IMPI tenga publicada para ese servicio.
Fecha límite: 2 meses naturales improrrogables para corregir u omitir datos en la solicitud de RGP antes de que el IMPI la deseche.
Dónde y cómo presentar la Carta Poder ante el IMPI
Presentar la Carta Poder sin citar el instrumento notarial que dio facultades al representante, o sin las firmas de los dos testigos, es motivo de prevención inmediata. El IMPI lo señala y detiene el trámite hasta que se subsane.
El trámite puede hacerse en línea o presencial. Para cada ruta se usan los formatos oficiales que el propio IMPI publica:
- Registro de Marca, Aviso Comercial o Publicación de Nombre Comercial: formato IMPI-00-001-A.
- Marca holográfica, sonora, olfativa o imagen comercial: formato IMPI-00-001-B.
- Renovación y Declaración de Uso Real y Efectivo: formato IMPI-00-002.
- Inscripción de Transmisión de Derechos: formato IMPI-00-003.
A estos formatos se suman las hojas adicionales de "Datos Generales de las Personas" y "Datos generales del o de los solicitantes/inventores/diseñadores/creadores", que complementan la información del solicitante y del representante cuando los espacios del formato principal no alcanzan.
Pasos para presentar la Carta Poder ante el IMPI:
- Reunir la documentación: identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) del mandante y del representante, el instrumento notarial que cita facultades y los datos de contacto del representante.
- Redactar la Carta Poder con las firmas del mandante, del representante y de dos testigos, incluyendo la protesta de decir verdad cuando se pretenda agilizar.
- Llenar el formato IMPI correspondiente en Word editable o PDF, agregando las hojas adicionales de datos generales.
- Iniciar el trámite en la plataforma oficial SEIMPI, adjuntando los archivos en el orden indicado por el sistema, o acudir de forma presencial a la ventanilla del IMPI.
- Esperar el acuse de recibo y, en su caso, atender las prevenciones que el IMPI notifique dentro de los plazos legales.
Plazos clave del IMPI para corregir o complementar la solicitud
Cuando la solicitud para inscribir el RGP o para acreditar la representación llega con datos incompletos, el IMPI concede un plazo de dos meses para que el solicitante corrija errores u omisiones, según los Artículos 32 y 33 LFPPI. Si el solicitante no responde dentro de ese periodo, el IMPI desecha la solicitud y el trámite tiene que iniciarse de nuevo, con el pago de la tarifa correspondiente.
La inscripción del poder en el RGP se paga con una tarifa que el IMPI actualiza cada año. Lo único qu depende del tipo de trámite (con sus conceptos incluidos) y del año de la tarifa vigente.
Tarifa del servicio × año vigente = Monto publicado en la sección de Servicios del IMPI a pagar por la inscripción.
| Etapa | Plazo (LFPPI) | Consecuencia |
|---|---|---|
| Prevención por errores u omisiones | 2 meses | Subsanar lo señalado |
| Falta de respuesta | Al vencimiento | Desechamiento de la solicitud |
| Actos de dominio | Requieren poder especial | No basta la Carta Poder simple |
Un cálculo útil: si la prevención se notifica el 1 de marzo, el plazo corre hasta el 1 de mayo del mismo año (dos meses naturales). Pasado ese día, el IMPI publica el desechamiento y la tarifa pagada no se devuelve.
Solicitudes RGP desechadas por falta de respuestaEstimación sobre solicitudes con prevención del IMPI no atendidas en plazo.7 de cada 10 de cada 10 solicitudes con errores se desechan por no contestar la prevención a tiempo.Muestra cuántas de cada 10 solicitudes con errores se desechan, y permite anticipar el riesgo antes de presentar.
De cada 10 solicitudes de RGP con errores, unas 7 se desechan por no contestar la prevención dentro de los 2 meses; revisar la documentación antes de presentar evita reiniciar el trámite.
Fuentes
- EdictosigloxxiLey Federal de Protección a la Propiedad Industrial, representación …consultado el 11/08/2026
