- Qué es: defensa legal gratuita para personas trabajadoras ante la PROFEDET o las Procuradurías estatales.
- Cuándo pedirla: antes de firmar finiquito, liquidación o renuncia bajo presión.
- Qué cubre: despido injustificado, falta de IMSS, horas extra, utilidades y aguinaldo.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
La asesoría jurídica laboral en México es un servicio gratuito que la PROFEDET y las Procuradurías estatales prestan a personas trabajadoras, beneficiarias y sindicatos para defender derechos laborales y de seguridad social. Te conviene pedirla antes de firmar cualquier documento: un convenio mal redactado o una "renuncia voluntaria" firmada bajo presión te puede costar miles de pesos en pesos mexicanos (MXN) que sí te corresponden por ley.
Quién la necesita y en qué momentos clave
Pide asesoría antes de actuar cuando te enfrentes a cualquiera de estas situaciones, porque firmar de más o de menos sale caro y no siempre hay tiempo para corregirlo después:
- Despido repentino o presión para renunciar "por las buenas".
- Finiquito o liquidación que no cuadra con lo que marca la ley.
- Falta de inscripción al IMSS o salario base de cotización bajo.
- Acoso, hostigamiento o cambios de condiciones sin tu consentimiento.
- Negativa a pagar utilidades, aguinaldo, vacaciones o horas extra.
- Negativa a otorgar descanso por paternidad o maternidad.
- Trabajo en jornada excesiva o en día de descanso sin doble pago.
- Controversia con tu patrón al término del contrato por tiempo determinado o por obra.
La despiden sin aviso y sin carta tras 6 años sin causa justificada, por lo que el despido se califica como injustificado: cobra 90 días × su salario diario ≈ 54.000 pesos (MXN).
No firmes lo que no entiendes: cualquier documento de separación se puede impugnar si hubo presión, engaño o te negaron información clave.
Documentos que debes reunir antes de pedir cita
Cuando acudas a la PROFEDET o a la Procuraduría estatal de tu entidad te van a pedir, en papel o digital, lo siguiente para acreditar la relación laboral y los montos en disputa:
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) y CURP.
- Número de Seguridad Social (NSS) si ya estuviste dado de alta en el IMSS.
- Comprobantes de pago: recibos de nómina, estados de cuenta o transferencias.
- Contrato individual de trabajo, tarjeta de control de asistencia o cualquier escrito con horario, puesto y sueldo.
- Finiquito, liquidación o carta de despido si ya te los dieron (o la negativa si no quisieron dártelos).
- Constancia de semanas cotizadas del IMSS (la puedes bajar del portal del IMSS).
- Correo electrónico y teléfono de contacto para seguimiento.
Reglas de la LFT y la Ley del Seguro Social que más se aplican en la asesoría
Estos son los derechos laborales más consultados en la PROFEDET y en las Procuradurías estatales, con el sustento legal que se cita en cada caso. Verifica el texto vigente en el sitio oficial de la Cámara de Diputados antes de actuar.
| Derecho | Lo que dice la ley | Fundamento |
|---|---|---|
| Jornada y pago de horas extra | Jornada máxima de 8 horas diurnas, 7 nocturnas y 7.5 mixtas; doble pago tras la novena hora extra diaria | Ley Federal del Trabajo |
| Reparto de utilidades (PTU) | Personas morales pagan a más tardar el 30 de mayo; personas físicas con actividad empresarial, el 29 de junio | Ley Federal del Trabajo |
| Descanso por paternidad o adopción | 5 días laborables con goce de sueldo | art. 132 frac. XVII Bis LFT |
| Trabajo en día de descanso | Salario doble por el servicio prestado | Ley Federal del Trabajo |
| Relación por tiempo indeterminado | Si no hay temporalidad expresa, la relación es por tiempo indeterminado; el periodo de prueba no excede 30 días | art. 35 LFT |
| Personas trabajadoras del hogar | El patrón debe inscribirlas al IMSS | art. 337 frac. IV LFT |
| Salario base de cotización ante el IMSS | Se integra con cuota diaria, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones y cualquier otra cantidad por el trabajo | art. 27 LSS |
6 años
18.000 pesos (MXN)
Injustificado
54.000 pesos (MXN)
Lo que te puede corresponder: liquidación por despido y finiquito por renuncia
Antes de tocar cifras conviene tener claro qué conceptos integran cada cobro para no aceptar de menos ni firmar de más.
Despido injustificado: 90 días de salario, prestaciones y prima de antigüedad
En un despido injustificado te corresponden, según la Ley Federal del Trabajo, tres bloques de cobro. Te lo resuelvo con un caso redondo: Marta, 6 años en una empresa en Guadalajara, salario mensual de 18.000 pesos (MXN), despedida sin aviso y sin causa.
- Indemnización constitucional: 90 días de salario. 18.000 pesos (MXN) ÷ 30 días = 600 pesos diarios × 90 = 54.000 pesos (MXN).
- Prestaciones proporcionales: aguinaldo (mínimo 15 días al año, calculado por los meses trabajados en el año en curso), vacaciones (mínimo 12 días desde el primer año y subiendo con la antigüedad) más prima vacacional del 25 % sobre las vacaciones, y cualquier otra prestación devengada y no pagada.
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año de servicio, con tope equivalente a 2 salarios mínimos del área general vigentes al momento del despido.
Mucho cuidado con la "renuncia forzosa": si te obligan a firmar una renuncia bajo amenaza de no pagarte nada, eso no es renuncia voluntaria y se demanda como despido injustificado, con la indemnización de 90 días.
Renuncia voluntaria: finiquito y prima legal con 15 años o más de servicio
Si de verdad renunciaste por tu cuenta, lo que te deben cubrir es: partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, más cualquier adeudo pendiente. La prima legal de antigüedad (12 días por año) solo aplica si tienes 15 años o más de servicio en la misma empresa.
Antes de firmar, revisa tres cosas: que los días de salario y los conceptos proporcionales coincidan con tus recibos de nómina; que no incluyan una "renuncia con efectos de fin de la relación" sin pago; y que el documento diga expresamente que recibes a tu entera satisfacción. Si te ofrecen firmar un recibo "en blanco", no lo hagas.
Dónde pedirla: PROFEDET (federal) y Procuradurías estatales
El camino depende del tipo de conflicto y de quién es tu patrón. Como regla práctica: PROFEDET para asuntos federales y de seguridad social con cobertura nacional; la Procuraduría estatal (Procu) de tu entidad para conflictos con patrones locales. En ambos casos la conciliación previa ante el Centro de Conciliación (federal o estatal) es obligatoria antes de ir a demanda, según el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo.
PROFEDET: cobertura nacional y gratuita
La PROFEDET es la instancia federal que asesora, concilia y representa gratuitamente a personas trabajadoras, beneficiarias y sindicatos en todo el país.
- Marca a los teléfonos gratuitos 800 911 7877 o 800 717 2942 para orientación inicial y, en su caso, cita.
- Si te asignan representante, reúne los documentos de la sección anterior y acércate a la oficina central en CDMX (Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc) o a las oficinas en el interior, que atienden dentro de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral.
- La PROFEDET te acompaña en la conciliación y, si no hay acuerdo, presenta la demanda ante el Tribunal Laboral competente y te representa en el juicio.
- Todos los servicios son gratuitos: PROFEDET advierte que ningún servidor público ni persona ajena a la dependencia puede cobrar por sus servicios.
Procuradurías estatales (Procu): cambian según el estado
Cada estado tiene su propia Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Procu), con competencia sobre conflictos con patrones locales. Servicios típicos: asesoría jurídica, conciliación, representación en juicio e interposición de recursos.
| Entidad | Ventanilla estatal | Cómo contactarla |
|---|---|---|
| Chihuahua | Procuraduría de la Defensa del Trabajo (STPS Chihuahua) | Consulta la página de la Procu de Chihuahua para ubicación, horarios y citas |
| CDMX | Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la CDMX | Buscar la oficial de la entidad; los datos de contacto los publica la Secretaría del Trabajo local |
| Estado de México | Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Edomex | Publicados por la Secretaría del Trabajo del Edomex |
| Jalisco | Procuraduría de la Defensa del Trabajo de Jalisco | Publicados por la Secretaría del Trabajo de Jalisco |
| Nuevo León | Procuraduría de la Defensa del Trabajo de Nuevo León | Publicados por la Secretaría del Trabajo de Nuevo León |
Para llegar a la Procu de tu entidad:
- Ubica la ventanilla en el sitio oficial de la Secretaría del Trabajo de tu estado (la STyPS federal no la opera; cada estado tiene la suya).
- Agenda cita y lleva los documentos de la sección anterior; algunas Procu atienden sin cita en horarios específicos.
- Si el conflicto es con un patrón federal (por ejemplo, empresa regida por apartado especial de la LFT), te canalizan a PROFEDET.
El marco institucional de las Procu se apoya, en el caso de Chihuahua, en la Subsecretaría de Justicia Laboral. Revisa también la página de dudas laborales de esa entidad, donde se explica el plazo de 2 meses para reclamar el despido previsto en la Ley Federal del Trabajo, el cálculo de liquidación y los derechos más consultados.
| PROFEDET | Procu estatal | |
|---|---|---|
| Asesoría gratuita | ✔ | ✕ |
| Representación en juicio | ✕ | ✔ |
| Ámbito federal | Ámbito local | ✔ |
Fuentes
- StpschihuahuaDudas Laboralesconsultado el 09/08/2026
- LegalmexLegalmex – Abogados Laborales en Mexico, Especialistas en …consultado el 09/08/2026
- AbogadoslaboralesmexicoAsesoría Laboral CDMX 2026: Abogados por Teléfono y WhatsAppconsultado el 09/08/2026
- BajacaliforniaAsesoría Laboral – Trabajo – RETYSconsultado el 09/08/2026
- GruporoheAsesoría Jurídica Laboral Individual – Grupo ROHEconsultado el 09/08/2026
