- Qué es: carta poder simple para que un tercero cobre tu subsidio de incapacidad ante el IMSS.
- Cuánto cobras: depende del tipo: 100 % del SBC en riesgo de trabajo o maternidad, 60 % desde el día 4 en enfermedad general.
- Cómo reclamar: certificado de incapacidad, INE vigente, NSS y la carta poder firmada por ambos ante el banco autorizado.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Si no puedes ir a la ventanilla del banco autorizado a cobrar tu incapacidad, una carta poder permite que un tercero retire el dinero por ti. Antes de firmar nada, conviene revisar qué tipo de incapacidad tienes (riesgo de trabajo, enfermedad general o maternidad), qué documentos exige el IMSS y si tu empresa tiene Convenio de Pago, porque en ese caso el subsidio llega directo a nómina y la carta poder sobra.
Tipos de incapacidad que paga el IMSS y requisitos básicos
El IMSS paga tres tipos de subsidios federales, regulados por la Ley del Seguro Social. Cada uno tiene sus propios requisitos de semanas cotizadas, porcentaje de pago y duración.
«Si firmo cualquier papel en el IMSS ya no puedo reclamar nada después.»
La carta poder solo faculta para cobrar el subsidio: cobrar no impide después impugnar la duración o el monto ante el IMSS.
VS
Incapacidad por riesgo de trabajo
- No exige semanas cotizadas previas; basta con el aviso de accidente o enfermedad de trabajo ante el IMSS.
- Cubre el 100 % del salario registrado ante el IMSS.
- Duración: de 1 día hasta 52 semanas, según los Servicios Médicos del IMSS.
- La empresa debe avisar al IMSS en los plazos que fija la Ley del Seguro Social.
Incapacidad por enfermedad general
- Pide 4 semanas cotizadas inmediatamente anteriores al inicio de la enfermedad.
- Paga el 60 % del salario registrado desde el cuarto día de incapacidad.
- Llega a 52 semanas, con prórroga posible de hasta 26 semanas más.
- Los primeros tres días no los paga el IMSS; revisa si tu patrón los cubre.
Incapacidad por maternidad
- Exige 30 semanas cotizadas en los 12 meses anteriores al inicio de la semana 34 de gestación.
- Paga el 100 % del salario registrado ante el IMSS.
- Cubre hasta 84 días naturales (42 antes del parto y 42 después, ajustables).
- El subsidio se solicita con el certificado de incapacidad por maternidad.
El IMSS puede ayudarte a ubicar tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) en su herramienta oficial ¿Qué clínica me corresponde?.
Documentos que debes reunir para que un tercero cobre por ti
El IMSS y los bancos autorizados piden lo mismo tanto al titular como a quien cobra en su nombre. Sin esta papelería completa, la ventanilla no paga.
- Certificado único de incapacidad en original y copia (lo emite el médico del IMSS).
- Identificación oficial vigente con fotografía del titular y del apoderado (INE/IFE, pasaporte).
- Comprobante con el Número de Seguridad Social (NSS) del titular.
- Carta poder simple firmada por ambos, con los datos que se describen más abajo.
- Identificación del apoderado y, si el banco lo pide, copia de su comprobante de domicilio.
Para registrar una CLABE interbancaria a tu nombre ante el IMSS necesitas INE o pasaporte vigente, tu NSS y un estado de cuenta bancario no mayor a tres meses. Lo puedes hacer presencial o en línea.
| Documento | Titular | Apoderado | Banco |
|---|---|---|---|
| Certificado de incapacidad | Original y copia | Copia | Original y copia |
| Identificación oficial vigente | Sí | Sí | Sí |
| Comprobante de NSS | Sí | No necesario | No necesario |
| Carta poder simple | Sí (firma) | Sí (firma) | Sí (presenta) |
| Estado de cuenta (si aplica CLABE) | Sí | — | — |
La carta poder no sustituye al certificado ni a la identificación: sin ellos, el banco no suelta el dinero.
Cuánto paga el IMSS según el tipo de incapacidad
El monto depende del Salario Base de Cotización (SBC) registrado ante el IMSS, no del salario real que cobras. La fórmula es: monto diario = SBC ÷ 30 × porcentaje según el tipo de incapacidad.
Ejemplo resuelto (cifras en pesos mexicanos, MXN):
- Karla sufrió un accidente de trabajo en Monterrey. Su SBC registrado ante el IMSS es de 600 MXN diarios.
– Riesgo de trabajo: 600 × 100 % = 600 MXN diarios. – Si la incapacidad dura 14 días, cobra 600 × 14 = 8.400 MXN (MXN).
- Luis tiene una enfermedad general en Guadalajara. Su SBC es de 500 MXN diarios.
– Pago del IMSS desde el día 4: 500 × 60 % = 300 MXN diarios. – Por 10 días de subsidio (días 4 a 13): 300 × 10 = 3.000 MXN (MXN).
El IMSS solo paga a partir del cuarto día en enfermedad general; los primeros tres corren por cuenta del patrón si así se pacta.
▲ dato del IMSS citado por El Financiero
En 2022 el IMSS otorgó 1 millón 925 mil 50 incapacidades temporales por riesgos de trabajo; entre los padecimientos más frecuentes están esguince de tobillo, torceduras de columna y lumbago, según El Financiero.
Formato de la carta poder: datos, facultades y vigencia
La carta poder es un documento simple que no requiere notario para cobros de incapacidad ante el IMSS, siempre que lleve los datos completos y las firmas coincidan con las identificaciones.
Datos obligatorios que debe llevar:
- Lugar y fecha de emisión.
- Nombre completo del otorgante (el trabajador).
- NSS del otorgante.
- Nombre completo y datos de identificación del apoderado.
- Domicilio del otorgante y del apoderado.
- Declaración de facultades: cobrar la incapacidad, firmar recibos y realizar los trámites ante el IMSS.
- Vigencia (puede ser por tiempo indefinido mientras no se revoque).
- Firma del otorgante, firma del apoderado y, si es posible, firma de dos testigos con su identificación.
Las facultades del apoderado se limitan al trámite de cobro: no puede disponer de otros bienes, firmar contratos ni tomar decisiones médicas. La carta puede revocarse en cualquier momento por el otorgante, avisando por escrito al IMSS y al banco.
| Carta poder simple | Poder notarial | |
|---|---|---|
| IMSS ventanilla | ✔ | ✕ |
| Sí | ✕ | ✔ |
| No | Solo para subsidio | ✔ |
Procedimiento paso a paso para cobrar con carta poder
- Identifica tu clínica: entra a la herramienta ¿Qué clínica me corresponde? o usa la app IMSS Digital desde tu celular para ubicar tu UMF.
- Recibe tu certificado de incapacidad: el médico del IMSS te lo entrega al finalizar la consulta o al darte el alta. Es el documento base para cobrar.
- Decide cómo cobrar:
– Transferencia a CLABE: registra tu CLABE interbancaria (18 dígitos) en el IMSS, con INE, NSS y estado de cuenta reciente. – Ventanilla en banco autorizado: consulta la lista oficial de bancos pagadores del IMSS. – Nómina por Convenio de Pago: si tu empresa tiene Convenio de Pago con el IMSS, el subsidio llega directo a tu nómina y aquí la carta poder no aplica.
- Si cobrarás en ventanilla y no puedes ir, redacta y firma la carta poder con tu apoderado, reuniendo los documentos de la tabla de arriba.
- Tu apoderado se presenta en el banco autorizado con: original y copia del certificado, identificación oficial vigente, su identificación y la carta poder firmada.
- El IMSS paga al tercer día hábil posterior a la expedición del certificado, siempre que la solicitud se presente dentro de los cinco días hábiles posteriores al inicio de la incapacidad, según el portal de pago de incapacidades del IMSS.
Consulta los detalles del trámite en la página oficial Pago de incapacidades del IMSS.
La carta poder sí sirve cuando el titular está imposibilitado para ir a la ventanilla y necesita un tercero de confianza; no sirve cuando la empresa paga directo en nómina por Convenio de Pago, ni cuando se trata de cobros que excedan el trámite de la incapacidad. Para montos altos o bienes distintos al subsidio, lo recomendable es un poder notarial.
Fuentes
- Cartadepoderᐅ Carta Poder para Cobrar Incapacidad IMSS (Ejemplos) ✔️consultado el 11/08/2026
- BukPago de incapacidades IMSS: ¿Cómo se realizan? – Bukconsultado el 11/08/2026
- Bbva¿Cómo cobrar una incapacidad del IMSS sin fallar? – BBVA Méxicoconsultado el 11/08/2026
