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Prestaciones laborales en México: cuáles te corresponden y cómo reclamarlas

agosto 6, 2026 México Derecho 13 min read
Prestaciones laborales en México: cuáles te corresponden y cómo reclamarlas
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué son: prestaciones obligatorias por ley y por contrato: aguinaldo, vacaciones, licencias y prima de antigüedad.
  • Cuánto te corresponde: aguinaldo mínimo de 15 días y 6 días de vacaciones con 25% de prima vacacional.
  • Cómo reclamarlas: PROFEDET, conciliación ante el CFCRL o centro local, y tribunal laboral dentro de 1 año.
Esta ficha concentra lo mínimo que cualquier trabajador subordinado debe cobrar en México y el camino para exigirlo si el patrón lo incumple.

En 30 segundos

  • Aguinaldo: 15 días de salario mínimo, pagado antes del 20 de diciembre.
  • Vacaciones: mínimo 6 días al primer año, con 25% de prima vacacional.
  • Licencias por maternidad, paternidad y adopción, y prima de antigüedad tras 15 años de servicio.
  • Tienes 1 año para reclamar cada prestación; pasado ese plazo, prescriben.

En México, las prestaciones laborales son los beneficios que la ley o tu contrato te garantizan además del salario. La Ley Federal del Trabajo (LFT) fija un piso obligatorio para todo trabajador subordinado; tu contrato individual puede mejorar esas prestaciones, pero nunca disminuirlas. Si trabajas bajo relación subordinada —no como autónomo ni por honorarios—, este piso te ampara desde el primer día.

Este artículo explica qué prestaciones te corresponden, cómo se calculan, qué papeles reunir y dónde reclamarlas si tu patrón no te las paga. La información se basa en lo que establece la LFT a nivel federal y en los criterios de la PROFEDET. Las cifras y plazos que verás son los mínimos que establece la ley federal; tu empresa puede otorgar condiciones mejores, pero no peores.

Prestaciones laborales en México
Marco legalLey Federal del Trabajo (federal, aplica en todo el país)
Aguinaldo mínimo15 días de salario
Vacaciones mínimas6 días al primer año + 25% prima vacacional
Plazo para reclamar1 año desde que debió pagarse
Asesoría gratuitaProcuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)
Esta ficha condensa el piso federal de prestaciones, el organismo que te asesiona gratis y el plazo máximo para exigirlas.

Ficha del tema — Prestaciones laborales en México

  • Marco legal: Ley Federal del Trabajo (federal, aplica en todo el país).
  • Aplica a: todo trabajador subordinado, con patrón persona física o moral.
  • Plazo general para reclamar: 1 año desde la fecha en que debió pagarse.
  • Asesoría gratuita: Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

¿A qué prestaciones tienes derecho y quién las recibe?

Las prestaciones se dividen en dos grupos: de ley (obligatorias para todo patrón) y superiores a la ley (voluntarias, pero exigibles si aparecen en tu contrato o en las condiciones generales de trabajo). Ninguna empresa puede compensarte una con otra para pagarte menos.

Reciben prestaciones: trabajadores activos, quienes terminaron por renuncia o despido (proporcional), de temporada y extrabajadores dentro del año siguiente. Los requisitos generales son: relación laboral vigente o terminada con parte proporcional, no haber cobrado la prestación y reclamarla dentro del año. Algunas piden antigüedad mínima, como la prima de antigüedad (15 años).

¿Sabías que…?

Aunque la ley no obliga a firmar contrato por escrito, recibos de nómina, testigos, correos del patrón y reportes del IMSS sirven para acreditar la relación y exigir las prestaciones.

Aunque tu patrón nunca te haya dado contrato, sí puedes acreditar la relación laboral y reclamar todas tus prestaciones ante PROFEDET.

¿Sabías que…? Aunque la ley no obliga a firmar contrato por escrito, los recibos de nómina, testigos y correos del patrón sirven para acreditar la relación y exigir las prestaciones.

Prestaciones de ley obligatorias que contempla la LFT

Mínimos federales de la LFT:

  • Aguinaldo: 15 días de salario base, antes del 20 de diciembre.
  • Vacaciones: 6 días al primer año + 25% de prima vacacional.
  • Descanso semanal (1 por cada 6 laborados) y prima dominical del 25%.
  • Licencias de maternidad, paternidad y adopción con salario íntegro.
  • Prima de antigüedad: 12 días por año tras 15 años de servicio.
  • PTU: reparto anual entre los trabajadores.

Documentos que debes reunir para reclamarlas

Sin papeles, tu caso se debilita. Junta esta documentación antes de cualquier queja o juicio: será lo que use PROFEDET y el tribunal para calcular y acreditar lo que te deben.

Lo que necesitas tener a la mano

Identificación oficial, CURP, RFC, NSS, contrato y recibos

Salario diario base

400 pesos (MXN)

Calificación

Prestaciones adeudadas (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional)

A reclamar

Aguinaldo proporcional 6.000 pesos (MXN) y prima vacacional 600 pesos (MXN)

Esta ficha reúne los papeles y las cifras mínimas que PROFEDET y el tribunal te pedirán para acreditar y cobrar las prestaciones.

Lo que necesitas tener a la mano

  • Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
  • CURP y RFC con homoclave.
  • Número de seguridad social (NSS) del IMSS.
  • Contrato individual de trabajo o, en su defecto, condiciones generales por escrito.
  • Recibos de nómina de los últimos 3 meses.
  • Constancia, carta o documento que acredite tu fecha de ingreso.

Si nunca firmaste contrato, los recibos de nómina, los testigos y los correos del patrón sirven para reconstruir la relación. Gafetes, fotografías del lugar de trabajo y transferencias bancarias también complementan la prueba. Si la empresa te dio alta en el IMSS, tu reporte de semanas cotizadas, que bajas del portal del IMSS, sirve para acreditar la antigüedad. PROFEDET publica una guía completa en su página de transparencia focalizada.

Conserva el contrato original y los recibos. Muchos patrones ofrecen firmar liquidaciones donde "renuncias" a futuras prestaciones: esos derechos son irrenunciables, así que no firmes nada sin asesoría previa.

Cómo se calculan las prestaciones principales

Todas las prestaciones se calculan sobre el salario base diario, no sobre el integrado (que incluye prestaciones para cotizar al IMSS). Para obtenerlo, divide tu sueldo mensual entre 30. Cuando el salario base sea menor al doble del mínimo general, se usa el doble del mínimo como base para la prima de antigüedad.

Fórmula de cálculoCuánto cobras por las prestaciones principales

Las prestaciones obligatorias de la LFT se calculan sobre tu salario diario base, no sobre el salario integrado, salvo la prima de antigüedad que tiene regla propia. salario diario base (sueldo mensual bruto ÷ 30) y tus años de servicio.

salario diario base  ×  días que marque la ley  ×  años o fracción
Salario diario base = sueldo mensual bruto ÷ 30
Aguinaldo 15 días · Vacaciones 6 días + 2 por año · Prima de antigüedad 12 días/año tras 15 años
Antigüedad prorrateada por meses completos

Ejemplo: Karla cobra 12.000 pesos al mes (400 diarios) y lleva 4 años en la empresa.
400 × 15 × 4 = aguinaldo proporcional 6.000 pesos (MXN); 400 × 6 × 0.25 = prima vacacional 600 pesos (MXN). 6.000 pesos (MXN) de aguinaldo y 600 pesos (MXN) de prima vacacional de prestaciones proporcionales.
Reglas y topesSi el salario base es menor al doble del mínimo general, se usa el doble del mínimo como base para la prima de antigüedad. Sin tope legal de días para prestaciones; la antigüedad mínima de 15 años solo aplica a la prima de antigüedad.

Cada prestación tiene su propia multiplicación sobre el salario diario base; conocerla evita que el patrón te pague de menos.

Aguinaldo = salario diario × días (mínimo 15). Con 15.000 pesos al mes (500 diarios), el mínimo es 7.500 pesos (MXN).

Prima vacacional = salario diario × días de vacaciones × 25%. Con 6 días: 750 pesos (MXN).

Prima de antigüedad = salario diario × 12 × años (tras 15 años). A 500 diarios × 12 × 15 años: 90.000 pesos (MXN).

Prima dominical = salario diario × 25%. Un domingo trabajado a 500 pesos son 625 pesos (MXN).

Prestación Mínimo legal Base de cálculo
Aguinaldo 15 días Salario diario base
Vacaciones 6 días 1.er año, +2 por año hasta 12, +2 cada 5 años Salario íntegro
Prima vacacional 25% sobre vacaciones Salario diario base
Prima antigüedad 12 días/año (tras 15 años) Doble del mínimo si base es menor
Prima dominical 25% adicional Salario ordinario diario
KG
Karla G. · empleada en tienda de Monterrey

Renunció tras 4 años ganando 12.000 pesos al mes; con apoyo de PROFEDET recuperó aguinaldo proporcional, prima vacacional y salarios caídos sin pasar por juicio. Conciliación exitosa6.000 pesos (MXN) de aguinaldo proporcional, 1.200 pesos (MXN) de prima vacacional y salarios caídos. 7.200 pesos (MXN) recuperados en conciliación.

El caso muestra que con papeles y dentro del año, PROFEDET puede recuperar prestaciones sin necesidad de juicio.

Caso real: Karla renunció tras 4 años en una tienda de Monterrey ganando 12.000 pesos al mes. Recuperó con PROFEDET: 6.000 pesos (MXN) de aguinaldo proporcional, 1.200 pesos (MXN) de prima vacacional y salarios caídos, sin pasar por juicio.

Dónde y cómo reclamarlas: PROFEDET, conciliación y tribunales laborales

El camino en México tiene tres pasos desde la reforma laboral de 2019. Las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben nuevas demandas, así que el primer movimiento es siempre la conciliación prejudicial.

1

Asesoría en PROFEDET
Acudes a PROFEDET para revisión gratuita; calculan lo que te deben y te dicen si conviene conciliar.
Día 0

2

Solicitud de conciliación
PROFEDET o tú presenta la solicitud ante el CFCRL (asunto federal) o el centro de conciliación local de tu estado.
Dentro del año de prescripción

3

Audiencia de conciliación
Intento de acuerdo con el patrón; si hay convenio, cobras sin juicio.
Semanas

4

Tribunal laboral
Sin convenio, presents demanda con la constancia de no conciliación y el tribunal resuelve.
Meses

El camino va de PROFEDET al centro de conciliación y, si no hay acuerdo, al tribunal laboral federal o local.

Recorrido — De la asesoría al tribunal

  1. Acudes a PROFEDET para asesoría gratuita; revisan tu caso, calculan lo que te deben y te dicen si conviene conciliar.
  2. PROFEDET, o tú mismo, presenta la solicitud de conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) —si el asunto es federal— o ante el centro de conciliación local de tu estado.
  3. Si en la audiencia no hay convenio, te entregan la "constancia de no conciliación" y con ella presentas la demanda ante el Tribunal Laboral federal o local.

El tribunal resuelve el juicio y condena al patrón a pagar prestaciones, salarios caídos e intereses; PROFEDET puede representarte en la audiencia y en el juicio.

La mayoría de casos se cierran sin juicio
Resultado habitual de los procedimientos ante PROFEDET y los centros de conciliación en México.

70 %objetivo 100 %

Porcentaje aproximado de acuerdos en conciliación frente al total de casos atendidos.
Compara cuántos asuntos se resuelven en conciliación frente a los que llegan a sentencia; conviene conciliary cobrar pronto.

Meta cumplida: PROFEDET y los centros de conciliación cierran acuerdos en la mayoría de casos sin juicio; la meta es recuperar tu dinero en semanas, no en años.

PROFEDET opera a nivel federal. Si tu patrón es entidad estatal o municipal, revisa la Procuraduría o Defensoría del Trabajo de tu estado. Puedes iniciar el trámite presencial o por canales digitales.

Plazos que se vencen y qué pasa si los dejas pasar

Casi todas las prestaciones prescriben en un año. Si no reclamas dentro de los 12 meses siguientes a la fecha en que debieron pagarse, pierdes el derecho administrativo y judicial.

Plazo para reclamar cada prestación en México
Plazos de prescripción del artículo de prestaciones laborales conforme a la LFT federal.

15 meses11,3 meses7,5 meses3,8 meses0 meses 1212121212 AguinaldoVacaciones yprima vacacionalPrima deantigüedadPTULicencias dematernidad,paternidad y adop…

Todas las prestaciones del artículo caducan a 1 año; la barra te recuerda cuánto te queda antes de perder el derecho judicial.

Gráfico de barras — Plazos por prestación

  • Aguinaldo: 1 año (pago antes del 20 de diciembre).
  • Vacaciones y prima vacacional: 1 año.
  • Prima de antigüedad: 1 año desde la separación.
  • PTU: 1 año.
  • Licencias de maternidad/paternidad/adopción: 1 año.
Riesgo de perder tus prestaciones por no reclamar
Nivel de riesgo según el tiempo transcurrido sin reclamar la prestación adeudada.

Alto
Estás a menos de 6 meses de que prescriba el derecho judicial y solo queda la queja administrativa ante PROFEDET.
BajoMedio● Alto
El reloj corre 1 año desde que debió pagarse cada prestación; entra en rojo cuando quedan menos de 6 meses para prescribir.

Termómetro — ¿Qué tan urgente es reclamar?

  • 1-3 meses sin pago: 🟡 Riesgo bajo, no esperes más.
  • 3-6 meses: 🟠 Riesgo medio; ve a PROFEDET ya.
  • 6-12 meses: 🔴 Riesgo alto; estás en el último tramo.
  • Más de 12 meses: ⚫ Prescrito; perdiste el derecho judicial.

Plazos específicos que conviene tener claros:

  • Aguinaldo: antes del 20 de diciembre; al renunciar, al momento de la separación.
  • Vacaciones: el patrón fija fechas dentro de los 6 meses siguientes al aniversario.
  • PTU: se paga una vez al año, conforme a la ley.
”
LEY FEDERAL DEL TRABAJO · PRESTACIONES IRRENUNCIABLES
«Las prestaciones laboralesson derechos irrenunciables; ninguna cláusulapuede reducirlas ni sustituirlas por otros pagos.»
Texto institucional de PROFEDET · gob.mx/profedet

Las prestaciones son irrenunciables: ninguna firma ni liquidación puede quitarte lo que la LFT te garantiza como mínimo.

Lo que dice PROFEDET: las prestaciones son derechos irrenunciables; ninguna cláusula puede reducirlas ni sustituirlas por otros pagos.

Si pasó el año, aún hay quejas administrativas ante PROFEDET; la vía judicial queda cerrada. Documenta cada incumplimiento y reclama en cuanto aparezca: la ley te respalda, pero solo si actúas dentro del año.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué prestaciones me corresponden como trabajador en México?

Te corresponden al menos las prestaciones de ley: aguinaldo mínimo de 15 días de salario, vacaciones de al menos 12 días tras un año (la tabla sube con la antigüedad), prima vacacional del 25% sobre los días de vacaciones, participación en utilidades (PTU) cuando aplique y seguridad social (IMSS o ISSSTE) con créditos para vivienda. Revisa tu contrato individual o colectivo: si ofrece condiciones más favorables, ese es el piso que deben respetarte. Para conocer tu antigüedad real y los días exactos que te tocan, consulta la tabla del artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo.

2. ¿Cuáles son los derechos laborales básicos que debo conocer?

Los derechos laborales básicos en México son: salario remunerador, jornada máxima de 8 horas diarias y 48 semanales, descanso semanal con goce de sueldo, vacaciones y prima vacacional, aguinaldo, seguridad social, PTU, derecho a sindicalizarte y a huelga, capacitación, igualdad y no discriminación, y protección contra despido injustificado con indemnización. Algunos, como el aguinaldo y la prima vacacional, están topados en la Ley Federal del Trabajo; otros, como capacitación y no discriminación, están blindados en la Constitución y en leyes federales que aplican en todo el país.

3. ¿Qué prestaciones mínimas me garantiza la ley al trabajar?

La Ley Federal del Trabajo te garantiza, como mínimo, aguinaldo de 15 días, vacaciones de al menos 12 días al año (más 2 por cada año subsecuente hasta llegar al tope legal), prima vacacional del 25% sobre esos días, descanso semanal pagado, jornada máxima legal, seguridad social completa y, cuando tu patrón genera utilidades, PTU conforme a la ley. Si tu contrato individual o el colectivo de tu sindicato te da algo mejor, ese beneficio mayor no puede reducirse. Verifica que tu patrón esté dado de alta en el IMSS o ISSSTE, según corresponda, porque sin ese registro tienes un riesgo real de perder varias prestaciones.

4. ¿Qué prestaciones puedo exigir como trabajador subordinado?

Como trabajador subordinado puedes exigir salario, prestaciones de ley y las que tu contrato o el colectivo prevean, empezando por aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, seguridad social y PTU. Para reclamarlas, primero junta tus recibos de nómina, contrato y constancias de antigüedad; después, si la relación laboral sigue, presenta una queja ante la Inspección Federal del Trabajo o ante la Junta Local correspondiente. Si la relación ya terminó, cuentas con plazos concretos para demandar: en general, 2 meses para despido y 1 año para acciones como diferencias salariales o reinstalación, conforme a la Ley Federal del Trabajo.

Fuentes

  1. GeovictoriaPrestaciones laborales en México | Ejemplos, tipos y obligaciones …consultado el 06/08/2026
  2. UneaPrestaciones laborales: ¿sabes cuáles te corresponden?consultado el 06/08/2026
  3. LaandaPrestaciones Sociales – Asociación Nacional de Actores (ANDA)consultado el 06/08/2026
  4. BukPrestaciones de Ley en México: Cómo funcionan – Bukconsultado el 06/08/2026
  5. ThonasegurosLas prestaciones de ley – Thona Segurosconsultado el 06/08/2026