- Qué es: accidente de trabajo o trayecto casa-trabajo in itinere.
- Cuánto cobras: 100% del SBC en incapacidad temporal, hasta 5 anualidades en permanente parcial o muerte.
- Cómo reclamar: aviso ST-7 al IMSS en 5 días y, si hay negativa, conciliación y Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
En México se registran más de 1.100 accidentes de trabajo al día, según datos difundidos por la OIT. Caídas, sobreesfuerzos y golpes concentran la mayoría de los casos, y la vía para cobrar una indemnización pasa por el IMSS, con la conciliación prejudicial y el Tribunal Laboral como respaldo cuando hay conflicto. Esta guía te dice qué dice la ley, qué prestaciones te corresponden y cómo reclamarlas paso a paso.
¿Qué se considera accidente de trabajo en México y qué obligación tiene el patrón?
La Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social definen el accidente de trabajo como toda lesión orgánica o perturbación funcional inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo. También queda incluido el accidente in itinere, es decir, el que ocurre en el trayecto del domicilio al centro de trabajo y viceversa, siempre que se siga la ruta y el horario habitual.
El patrón tiene la obligación legal de prevenir riesgos, mantener instalaciones seguras, proporcionar equipo de protección personal y capacitación. Si incumple, el IMSS aplica un recargo de hasta el 30% sobre las prestaciones, según lo previsto en la propia Ley del Seguro Social, y la STPS puede sancionar administrativamente.
En México, un accidente laboral no es solo lo que pasa en la planta: también cuenta el trayecto casa-trabajo y cualquier evento súbito ligado a la labor.
Accidentes de trabajo más comunes en México
Los reportes del IMSS y los análisis de prevención de riesgos coinciden en un grupo recurrente de incidentes. Estos son los más reportados:
- Caídas (a distinto nivel desde escaleras, andamios o techos, y al mismo nivel por superficies mojadas, cables sueltos o calzado inadecuado). Son el tipo más frecuente y aparecen tanto en construcción como en oficinas y comercios.
- Sobreesfuerzos y posturas forzadas al levantar o mover cargas sin técnica, muy típicos en almacén, logística y servicios de limpieza.
- Golpes por objetos que caen desde estantes mal organizados o por herramientas mal manejadas, casi siempre ligados a falta de orden y a no usar equipo de protección.
- Atrapamientos en maquinaria sin guardas o sin paro de emergencia, con riesgo de amputaciones enmanufactura y agroindustria.
- Exposición a sustancias químicas (solventes, polvos, gases) en industria química, sanitización, minería y agricultura.
- Contactos eléctricos por cables dañados, instalaciones sin conexión a tierra o equipos defectuosos.
- Quemaduras térmicas o químicas en cocinas industriales, plantas de proceso y mantenimiento.
- *Accidentes in itinere y en misión*, sobre todo motociclistas y repartidores que se lesionan camino al trabajo o durante una visita.
- Lesiones por movimientos repetitivos, como el síndrome del túnel carpiano en oficinas, cajas y ensamble.
Causas y consecuencias para el trabajador
Detrás de cada accidente suele haber una combinación de factores:
- Causas técnicas o materiales: maquinaria sin mantenimiento, herramientas inadecuadas, falta de señalización, pisos resbaladizos, instalaciones eléctricas en mal estado.
- Causas organizativas: procedimientos inexistentes, presión de producción, falta de supervisión, capacitación insuficiente o sin actualización.
- Causas humanas: fatiga, sueño acumulado, estrés, distracción con el celular y uso incorrecto o nulo del equipo de protección.
Las consecuencias se agrupan en lesiones que se repiten consulta tras consulta: fracturas (especialmente de muñeca, tobillo y clavícula), contusiones y esguinces, lumbalgias y hernias de disco por manejo de cargas, síndrome del túnel carpiano, quemaduras de segundo y tercer grado, e intoxicaciones agudas por inhalación o contacto con químicos.
Prestaciones e indemnización que te corresponden por ley
La Ley del Seguro Social prevé un paquete de prestaciones en dinero y en especie cuando se califica un accidente de trabajo. El IMSS paga asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria desde el primer día, sin periodos de espera. En paralelo corren las prestaciones económicas según el tipo de incapacidad que dictamine el médico del IMSS.
| Tipo de incapacidad | Qué cubre | En qué consiste el pago |
|---|---|---|
| Temporal | Hasta 52 semanas prorrogables a 104 cuando hay esperanza de recuperación | Subsidio equivalente al 100% del salario base de cotización, con tope de 25 UMA mensuales |
| Permanente parcial | La lesión deja secuelas que reducen la capacidad, sin impedir trabajar | Indemnización por una sola vez: 5 anualidades del salario base si la valuación supera el 50%, o proporcional si es menor |
| Permanente total | La lesión impide toda actividad laboral futura | Renta mensual equivalente al 70% del salario base de cotización, con ayuda asistencial para gran inválido |
| Muerte | Fallecimiento del trabajador | A la viuda o concubino, hijos menores de 16 (o hasta 25 si estudian) y ascendientes dependientes: 5 anualidades y gastos funerarios |
| Recargo por falta de medidas de seguridad | Cuando el patrón omitió su obligación preventiva | Aumento de 30% a 50% sobre las prestaciones económicas, según la gravedad de la omisión |
Cómo reclamar tu indemnización paso a paso
El camino tiene cuatro tramos: aviso al patrón y al IMSS, calificación de la contingencia, solicitud de pago y, si hay negativa, conciliación y demanda. Los siguientes apartados desglosan cada tramo con sus requisitos, su cálculo y sus plazos.
Requisitos y documentos que necesitas para empezar
Para que el IMSS califique el accidente y active las prestaciones necesitas:
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
- CURP y Número de Seguridad Social (NSS), que aparece en tu constancia de vigencia de derechos.
- Aviso de accidente de trabajo (forma ST-7) llenado por el patrón, o aviso del trabajador si el patrón no lo hizo.
- Parte médico del IMSS que acredite la relación entre la lesión y el trabajo.
- Comprobante de salario (recibos de nómina o constancia del patrón) y, en su caso, testigos del trayecto in itinere.
Si el accidente fue in itinere, lleva además un croquis de la ruta, horarios de salida y llegada, y cualquier evidencia (cámaras, reportes de tránsito). PROFEDET asesora gratis al trabajador y revisa que el expediente esté completo antes de presentarlo.
¿Cómo se calcula lo que te deben?
La fórmula depende del tipo de incapacidad dictaminada:
- Incapacidad temporal: se paga el 100% del salario base de cotización (SBC) desde el primer día, con tope de 25 UMA mensuales.
- Incapacidad permanente parcial: si la valuación de secuelas supera el 50%, corresponde una indemnización por una sola vez equivalente a 5 anualidades del SBC; si es menor, se paga de forma proporcional.
- Incapacidad permanente total: renta mensual del 70% del SBC, actualizada cada año conforme al incremento del salario mínimo.
- Muerte: pago único de 5 anualidades del SBC a los beneficiarios, más gastos funerarios.
Ejemplo resuelto: María, operadora en una planta de Nuevo León, sufrió una fractura de muñeca con secuelas del 40% y un SBC mensual de 16.500 pesos (MXN). El IMSS dictaminó incapacidad permanente parcial. Su indemnización estimada se calcula así: 5 anualidades = 5 × (12 × 16.500) = 990.000 pesos (MXN); al estar la valuación por debajo del 50%, se paga la proporción de 40/50, es decir, 792.000 pesos (MXN) en una sola exhibición. Si el patrón omitió medidas de seguridad, se aplica un recargo de hasta 50% y el monto sube.
Dónde presentarlo, cómo y en qué plazos
- Acude o repórtalo al IMSS el mismo día del accidente o en cuanto puedas. El patrón tiene la obligación de avisar dentro de los 5 días hábiles siguientes; si no lo hace, tú puedes presentar el aviso con forma ST-7 firmada por un testigo. La Subdelegación del IMSS en tu entidad abre el expediente.
- Calificación de la contingencia: el Servicio de Salud en el Trabajo del IMSS determina si se trata de riesgo de trabajo y qué tipo de incapacidad corresponde. El plazo legal para que el IMSS resuelva la calificación es de 60 días naturales contados a partir del aviso, aunque puede variar según la complejidad.
- Solicitud de pago: una vez firme la resolución, el IMSS paga las prestaciones económicas; la temporal se cubre quincenalmente y la permanente o la muerte se gestionan ante la Subdelegación correspondiente.
- Conciliación prejudicial obligatoria ante el Centro de Conciliación Laboral (federal o de tu estado) si el patrón se niega a pagar o si la indemnización que ofrece el IMSS no incluye el recargo por falta de medidas. Es un requisito previo a demandar.
- Demanda ante el Tribunal Laboral federal o local si la conciliación no resuelve. Desde la reforma laboral de 2019 las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas.
Los plazos para demandar prescriben: dos años desde el momento del accidente o desde que se conoció la secuela, lo que ocurra después. PROFEDET acompaña gratis al trabajador en todo el proceso.
Si te niegan la indemnización o hay conflicto
Sigue este árbol de decisión según lo que te respondan:
- El IMSS negó la calificación de accidente de trabajo: presenta inconformidad ante el propio IMSS dentro de los 30 días naturales siguientes a la notificación; si la respuesta es desfavorable, acude a PROFEDET para revisar el caso y, en su defecto, demanda ante el Tribunal Laboral.
- El patrón no avisó o no pagó el salario del día: levanta acta ante la Inspección Federal del Trabajo de la STPS en la entidad y, en paralelo, repórtalo al IMSS.
- El IMSS cubrió prestaciones pero sin recargo por falta de medidas: solicita la constancia deMedidas de Seguridad y, si acreditas la omisión, exige el recargo del 30% a 50% mediante escrito ante la Subdelegación; si no procede, demanda al patrón ante el Tribunal Laboral.
- El patrón desapareció o se niega a comparecer: la conciliación se lleva con quien lo represente y, si no hay arreglo, la demanda se dirige al domicilio fiscal registrado ante el SAT; PROFEDET puede ayudarte a localizarlo.
En todos los casos, respeta los plazos de prescripción: dos años para exigir prestaciones por riesgos de trabajo, contados desde el accidente o desde que se determinaron las secuelas.
Dudas que resuelven los tribunales con más frecuencia
¿Qué pasa si el patrón me dio de baja en el IMSS antes del accidente?
Si el patrón no cumplió con tu alta o la hizo tarde, el IMSS te atenderá como beneficiario, pero el patrón enfrenta sanciones administrativas de la STPS y la obligación de cubrir el recargo sobre las prestaciones. Conviene levantar el acta de inspección cuanto antes.
¿El accidente in itinere cuenta aunque use moto propia?
Sí, siempre que el trayecto sea el habitual y el horario razonable. La prueba suele apoyarse en tiempos de salida y llegada, ruta y reporte de tránsito si interviene policía.
¿Puedo trabajar mientras cobro la incapacidad temporal?
No. Mientras dura la incapacidad temporal, el trabajador no debe laborar; el subsidio sustituye al salario. Si trabajas formalmente en otro empleo, el IMSS puede suspender el pago.
¿Y si tengo secuelas y me quieren reinstalar en otra área?
La reinstalación procede cuando la incapacidad es permanente parcial y existe puesto compatible. Si la empresa no tiene un puesto adecuado, debe pagar la indemnización correspondiente.
Cuadro de referencia rápida
- Ley aplicable: Ley Federal del Trabajo y Ley del Seguro Social, vigentes y publicadas en el portal de leyes de la Cámara de Diputados.
- Organismo que paga prestaciones: IMSS, en sus subdelegaciones estatales.
- Organismo que inspecciona y sanciona: STPS, a través de la Inspección Federal del Trabajo.
- Asesoría gratuita al trabajador: PROFEDET.
- Vía conciliatoria previa: Centro de Conciliación Laboral federal o de tu estado.
- Demanda: Tribunal Laboral federal o local, competente según la sede del centro de trabajo.
Señales para actuar hoy
Si hoy mismo sufriste un accidente, repórtalo al IMSS y avisa a tu patrón por escrito, con copia fechada. Pide tu número de NSS y la forma ST-7, conserva recibos de nómina y cualquier evidencia. Si el IMSS demora la calificación más de 60 días naturales o el patrón se rehúsa a firmar el aviso, PROFEDET toma el caso sin costo y te acompaña hasta el Tribunal Laboral.
Glosario rápido
- Riesgo de trabajo: término legal que agrupa accidentes de trabajo y enfermedades de trabajo.
- SBC (salario base de cotización): el salario diario integrado con el que estás registrado ante el IMSS; sirve para calcular prestaciones.
- UMA: Unidad de Medida y Actualización que publica el INEGI cada año y se usa para topes y multas; no la fijes de memoria.
- ST-7: formato oficial para avisar al IMSS de un accidente de trabajo.
- In itinere: trayecto habitual entre casa y trabajo.
Retribución diaria integrada con la que estás registrado ante el IMSS; sirve para calcular todas las prestaciones por accidente. No es el salario neto que recibes ni el del convenio.
Categoría legal que agrupa los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales reconocidas por la Ley del Seguro Social. No toda lesión ocurre en la empresa: también entran los accidentes in itinere y en misión.
Lo que cuesta un accidente a tu bolsillo
Para un trabajador con SBC de 12.000 pesos (MXN), una incapacidad temporal de tres meses representa aproximadamente 36.000 pesos (MXN) en subsidios no percibidos si el IMSS no cubre a tiempo; una permanente parcial con valuación del 30% ronda los 432.000 pesos (MXN) de indemnización, y la permanente total deja una renta mensual cercana a 8.400 pesos (MXN) hasta el retiro. Estos montos dependen del SBC, las semanas cotizadas y el dictamen médico, por lo que conviene revisarlos con PROFEDET antes de aceptar una oferta.
frente a más de 792.000 pesos (MXN) que puedes cobrar
0 – 8.000 pesos (MXN)
Fuentes
- LudusglobalRiesgos de seguridad laboral HSE más comunes en México – Ludusconsultado el 08/08/2026
- Youfactors¿Cuáles son las causas más comunes de los accidentes laborales?consultado el 08/08/2026
- StpsEmpleo y Desempleo (ENOE) Indicadores Mensualesconsultado el 08/08/2026
- OroelDescubre los 4 tipos de accidentes laborales más frecuentes – Oroelconsultado el 08/08/2026
- SandovalpllcLos accidentes de trabajo más comunes – Sandoval Law Firmconsultado el 08/08/2026
