- Qué es: lesión o muerte repentina durante el trabajo o el trayecto de ida y vuelta.
- Qué cubre: atención médica del IMSS e indemnización según la gravedad.
- Plazo clave: el patrón debe avisar a la STPS dentro de las 72 horas siguientes.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Un accidente de trabajo en México es toda lesión orgánica, perturbación funcional o muerte que sufre un trabajador de forma repentina, en ejercicio o con motivo de su labor, sin importar el lugar ni la hora en que ocurra. La clave es que se produzca mientras estás trabajando o en el trayecto entre tu casa y el centro de trabajo (in itinere). El IMSS y la PROFEDET lo agrupan dentro del concepto más amplio de "riesgos de trabajo", que también incluye las enfermedades laborales reconocidas en la Ley Federal del Trabajo.
Qué se entiende por accidente de trabajo en la Ley Federal del Trabajo
La Ley Federal del Trabajo (LFT) define al accidente de trabajo en su artículo 474. Según la explicación que difunde la PROFEDET, se trata de toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo. La definición no pone horario ni lugar: lo que cuenta es el vínculo con la actividad laboral.
El in itinere (el camino de ida y vuelta al trabajo) está incluido en el supuesto, lo que protege al trabajador frente a percances sufridos en el trayecto habitual. En cambio, quedan fuera del accidente laboral los hechos ocurridos durante una tarea totalmente ajena a la empresa, las lesiones autoinfligidas con intención o las producidas en estado de embriaguez o bajo efecto de narcóticos sin prescripción médica.
frente a la indemnización que puede cubrir el patrón o la aseguradora
0 – varios miles de pesos (MXN)
En resumen: si la lesión surge de golpe mientras trabajas, en misión o de camino al trabajo, la LFT la reconoce como accidente de trabajo y abre la puerta a las prestaciones del IMSS y a las indemnizaciones que marca la ley.
Cómo se clasifica la gravedad: leve, grave, muy grave y mortal
La STPS y los manuales de prevención que se usan en México suelen distinguir cuatro niveles de gravedad. No son categorías clínicas cerradas con porcentajes oficiales, sino una referencia operativa para que las áreas de seguridad y el patrón dimensionen el daño y activen el protocolo que corresponde.
| Nivel de gravedad | Ejemplos típicos en México | Consecuencia legal aproximada |
|---|---|---|
| Leve | Torceduras, pequeños cortes, contusiones, golpes sin pérdida de conocimiento | Incapacidad temporal, atención ambulatoria, sin secuelas |
| Grave | Fracturas, quemaduras de 2.º o 3.er grado, traumatismos, cortes profundos | Baja prolongada o incapacidad permanente parcial |
| Muy grave | Amputaciones, lesiones craneoencefálicas, quemaduras extensas, politraumatismos | Incapacidad permanente total o parcial alta, hospitalización prolongada |
| Mortal | Fallecimiento del trabajador en el siniestro | Indemnización por muerte a beneficiarios (art. 115 LFT) |
La gravedad la define una combinación de factores: el tipo de lesión, los días de incapacidad que genera y si deja secuelas funcionales. Una fractura que requiere cirugía y semanas de rehabilitación ya se trata como grave, aunque el trabajador se recupere por completo.
Tipos de incapacidad que puede dejar el accidente
El trabajador accidentado puede terminar con uno de cuatro tipos de incapacidad, que son los que regulan las prestaciones y la indemnización según la PROFEDET:
| Tipo de incapacidad | Qué significa | Consecuencia legal principal |
|---|---|---|
| Temporal | El trabajador se recupera con tratamiento y reposo | Salario íntegro desde el primer día; revisión a los 3 meses |
| Permanente parcial | Queda una secuela que reduce su capacidad, pero puede trabajar | Indemnización íntegra + reincorporación posible |
| Permanente total | La secuela impide el trabajo habitual | Indemnización íntegra y obligación de reincorporar al trabajador capacitado en un año |
| Muerte | El accidente causa el fallecimiento del trabajador | Indemnización a beneficiarios conforme al art. 115 LFT |
Incapacidad temporal
Salario íntegro desde el primer día y revisión posible a los 3 meses para declarar una incapacidad permanente.
Incapacidad permanente parcial
Indemnización íntegra, sin deducir lo ya cobrado durante la incapacidad temporal.
Incapacidad permanente total
Indemnización íntegra y obligación del patrón de reincorporar al trabajador en el año siguiente, salvo que opte por la indemnización.
Muerte
Se aplica lo previsto en el art. 115 LFT; el aviso al patrón debe incluir nombre y domicilio de los beneficiarios.
Quién hace qué: obligaciones del patrón y derechos del trabajador
Cuando ocurre un accidente, el patrón no solo debe lamentarlo: la LFT le impone obligaciones inmediatas y consecuencias si las incumple. A la vez, el trabajador lesionado tiene derechos claros que puede exigir.
Obligaciones del patrón según el art. 504 LFT:
- Mantener en el centro de trabajo medicamentos y material de curación y tener personal capacitado para aplicarlos.
- En empresas con más de 100 trabajadores, contar con una enfermería dotada y atendida por personal competente bajo dirección de un médico cirujano.
- En empresas con más de 300 trabajadores, instalar y mantener un hospital en el centro de trabajo, o celebrar contratos con sanatorios u hospitales cercanos (con consentimiento del trabajador).
- Trasladar al trabajador herido al hospital o sanatorio cuando el caso lo requiera.
Derechos del trabajador lesionado (LFT y PROFEDET):
- Atención médica, quirúrgica, hospitalización, medicamentos y material de curación a cargo del patrón o del IMSS según corresponda.
- Rehabilitación, aparatos de prótesis y ortopedia si los necesita.
- Prestaciones económicas: salario íntegro durante la incapacidad temporal e indemnización según el tipo de secuela.
- Asesoría gratuita de la PROFEDET y, si hay conflicto, acompañamiento hasta el Tribunal Laboral.
615 pesos (MXN)
Incapacidad permanente parcial
Amputación parcial de la mano derecha
calculada sobre el salario base con topes de la zona
Indemnización: cómo se calcula el monto
La indemnización por accidente de trabajo tiene una regla clara para fijar el salario base y unos topes que evitan montos ridículos o desproporcionados. La fórmula la explica la PROFEDET y se resume así:
- Base salarial: salario diario que el trabajador ganaba al ocurrir el accidente, más los aumentos posteriores que le correspondan hasta que se determine la incapacidad o la muerte.
- Tope mínimo: la indemnización nunca puede ser menor al salario mínimo general vigente.
- Tope máximo: la indemnización no puede exceder el doble del salario mínimo del área geográfica donde se prestó el trabajo (o el doble del promedio entre áreas, si hay varias).
Ejemplo resuelto en pesos mexicanos (MXN):
Karla, operaria de planta en Guadalajara, gana 18,450 pesos (MXN) al mes, es decir 615 pesos (MXN) diarios. Sufre una amputación parcial de la mano derecha que la deja con una incapacidad permanente parcial.
- Salario base = 615 pesos (MXN) diarios.
- Tope mínimo (zona económica general): 1 salario mínimo vigente.
- Tope máximo (zona económica de Guadalajara): 2 salarios mínimos del área geográfica de Jalisco.
- La pérdida de la mano se indemniza conforme a la tabla del art. 514 LFT (que no se reproduce aquí porque no aparece en el contexto) aplicada sobre el salario base de 615 pesos (MXN), respetando los topes.
El monto final se obtiene cruzando tres variables: porcentaje de incapacidad según la tabla de la LFT, salario base de 615 pesos (MXN) y los topes mínimo y máximo de la zona. Si el patrón entregó las cuotas al IMSS y el trabajador tiene vigente su aseguramiento, el IMSS paga las prestaciones en especie y la indemnización la cubre la aseguradora o el patrón según el caso.
Dato útil: el salario mínimo lo fija cada año la CONASAMI y suele haber una zona con monto mayor para la frontera norte. Para 2025 consulta la tabla oficial de la CONASAMI en el sitio del Gobierno de México.
Dónde y cómo se hace el trámite
Después del accidente, la ruta correcta combina IMSS, STPS, PROFEDET y, si hay conflicto, tribunales laborales. Los plazos están en días naturales y debes respetarlos para no perder derechos.
- Aviso inmediato al patrón y atención médica. El trabajador lesionado o su familia deben avisar de inmediato. El patrón tiene la obligación legal de dar primeros auxilios y trasladarlo a la enfermería o al hospital que corresponda.
- Atención médica ante el IMSS. Acude a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda o, si la lesión es grave, a la sala de urgencias del hospital del IMSS más cercano. Reporta el accidente como riesgo de trabajo para que se registre como tal en tu expediente.
- Aviso a la STPS y al Inspector del Trabajo en 72 horas. El patrón debe notificar por escrito o por medios electrónicos a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, al Inspector del Trabajo y al Tribunal Laboral, indicando: nombre y domicilio de la empresa, datos del trabajador (nombre, domicilio y salario), hora y lugar del accidente con descripción de los hechos, datos de los testigos y lugar de atención médica.
- Asesoría gratuita en PROFEDET. Si tienes dudas o el patrón no responde, llama al 01 800 911 7877 o al 01 800 717 2942, o acércate a sus oficinas en Ciudad de México (Dr. Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720). También puedes pedir orientación en el portal gob.mx.
- Conciliación y, si es necesario, demanda. Desde la reforma laboral de 2019 las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas: primero debes pasar por el Centro de Conciliación (federal o de tu estado) y, si no hay acuerdo, presentar tu demanda ante el Tribunal Laboral correspondiente. PROFEDET te acompaña sin costo.
En 2021 la STPS registró más de 25,200 accidentes laborales en empresas mexicanas, una cifra que ayuda a dimensionar por qué la LFT pone plazos cortos (72 horas) y obligaciones expresas para el patrón.
Por último, conviene tener presente que el patrón queda liberado de responsabilidad solo en casos muy concretos: embriaguez, uso de narcóticos sin prescripción médica, riña, intento de suicidio, lesión autoinfligida o delito intencional del propio trabajador. Aun en esos supuestos, la ley lo obliga a prestar primeros auxilios y a trasladar al lesionado. Si te encuentras en esa situación o te la invocaron para negarte prestaciones, conviene que la revises con PROFEDET antes de aceptar cualquier resolución.
| Accidente laboral | Fuerza mayor ajena | |
|---|---|---|
| Indemnización | ✔ | ✕ |
| Readmisión oblig. | ✕ | ✔ |
| Salarios tram. | N/A | ✔ |
▲ aumento sostenido vs años previos
Fuentes
- Amiasistencia¿Cuáles son los accidentes de trabajo más comunes en México?consultado el 08/08/2026
- ProfedetRiesgo de trabajo (enfermedad de trabajo, accidente de trabajo o …consultado el 08/08/2026
- CeiprevencionTipos de accidentes laborales – Cei Prevenciónconsultado el 08/08/2026
- Gob¿Sufriste un Riesgo de Trabajo y no sabes qué hacer? – Gob MXconsultado el 08/08/2026
- FactorialAccidente de trabajo: ¿Qué hacer según la Ley Federal del Trabajo?consultado el 08/08/2026
