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Juicios laborales en México: cómo entablar una demanda laboral paso a paso y qué esperar del juicio

agosto 29, 2026 México Derecho 11 min read
Juicios laborales en México: cómo entablar una demanda laboral paso a paso y qué esperar del juicio
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: conflicto laboral que termina sin voluntad del trabajador (despido sin causa o con causa inválida) o sin pago de lo debido.
  • Cuánto cobras: 3 meses de salario integrado + 12 días por año (prima de antigüedad) + salarios caídos.
  • Cómo reclamar: constancia de no conciliación en el Centro de Conciliación y demanda ante el Tribunal Laboral en 15 días hábiles.
Antes de demandar necesitas la constancia de no conciliación; sin ella, el Tribunal Laboral puede desechar tu demanda de plano.

¿Quién puede demandar y qué requisitos debe cumplir antes de empezar?

En México, la legitimación activa para promover un juicio laboral la tienen el trabajador, sus beneficiarios (esposa, concubina, hijos, padres, según el orden del art. 501 LFT) y, en ciertos supuestos, el sindicato que lo represente. La exigencia previa es haber tenido una relación laboral subordinada: persona física que prestó un servicio personal a un patrón, a cambio de un salario y bajo dirección de este. Si lo que tuviste fue un contrato civil de prestación de servicios profesionales (honorarios), no hay relación laboral y el camino es otro (vía civil o mercantil).

¿Sabías que…?

La PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) asesora, acompaña y calcula gratis lo que te toca; no necesitas abogado particular para empezar.

Ese apoyo gratuito de PROFEDET es la diferencia entre pelear solo o pelear con un expediente bien armado desde el primer día.

No se exige agotar conciliación cuando se trate de discriminación, acoso u hostigamiento sexual, violencia laboral, violaciones a derechos humanos cometidas por el patrón o designación de beneficiarios. En esos casos puedes ir directo al Tribunal Laboral. Para el resto de conflictos, la conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación Laboral (federal o de tu estado) es obligatoria y el expediente nace con la constancia de no conciliación.

Checklist mínima antes de demandar

  • Identificación oficial vigente (INE o pasaporte) y CURP.
  • Comprobante de que existe la relación laboral (contrato, recibos de nómina, alta en el IMSS).
  • Documento que sustenta el despido, renuncia o conflicto (carta de despido, mensaje de correo,WhatsApp, finiquito firmado o no).
  • Poder notarial o carta poder simple si actúas por representante.
  • Domicilio y datos del patrón (RFC, razón social, domicilio fiscal).
  • Comprobante de haber agotado la conciliación prejudicial cuando sea exigible.

Sin la constancia de no conciliación del Centro de Conciliación, el Tribunal Laboral puede desechar tu demanda de plano.

Documentos que debes reunir para la demanda y la conciliación

La fuerza de tu caso depende del papel. Antes de la primera cita en el Centro de Conciliación Laboral, junta todo lo que acredite el vínculo y los montos. La PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) asesora y acompaña gratis al trabajador; ahí te ayudan a armar tu expediente y a calcular lo que te corresponde.

Día 15 de 15 días hábilesQuedan 0 días
Constancia de no conciliación (día 0)Caduca (día 15)

Si pasaron los 15 días hábiles desde la constancia, el plazo para presentar demanda ante el Tribunal Laboral ya venció.

Identificaciones y datos

  • INE/IFE vigente, CURP y, si tienes, NSS (Número de Seguridad Social) del IMSS.
  • Comprobante de domicilio reciente (luz, agua, estado de cuenta).
  • Datos del patrón: razón social, RFC, domicilio fiscal y, si lo conoces, número patronal del IMSS.

Pruebas del vínculo laboral y de los montos

  • Contrato individual o colectivo de trabajo, en su caso.
  • Recibos de nómina (CFDI de nómina), estados de cuenta bancarios con depósitos del patrón, tarjeta de asistencia o cualquier registro de jornada.
  • Alta y bajas en el IMSS (consultable en línea con tu NSS) y reportes de semanas cotizadas.
  • Finiquito, carta de despido, renuncia o aviso de rescisión.
  • Correos, mensajes de WhatsApp, oficios y cualquier comunicación donde se discuta la relación o el despido.
  • Testigos con sus datos de identificación (al menos sus nombres y cómo localizarlos).

Lo que no llevas al Centro de Conciliación o al Tribunal no existe para el expediente: junta papeles antes de que el problema se enfríe.

Cuánto te corresponde cobrar: indemnización, prima de antigüedad y salarios caídos

Hay tres bloques grandes que se calculan con fórmulas distintas: la indemnización constitucional por despido injustificado, la prima de antigüedad y los salarios caídos (los días que dejaron de pagarte). Todos usan el salario diario integrado y los años (o fracción) de servicio. La base para la prima de antigüedad se topa con el doble del salario mínimo vigente del área geográfica, según los arts. 485 y 486 LFT.

Pregunta rara pero frecuente¿Cuentan los sábados en los 15 días hábiles para presentar la demanda? No: solo días hábiles (lunes a viernes no feriados oficiales).
Corre el calendario desde que recibes la constancia: si dejas pasar los 15 días hábiles, el Tribunal desecha la demanda.

TÉRMINOSalario diario integrado

Retribución diaria real, con prestaciones y pagas extras prorrateadas, base del cálculo de indemnización y salarios caídos. No es el sueldo nominal que aparece en tu recibo ni el depósito neto que ves en el banco.

TÉRMINOTope de la prima de antigüedad

La prima de antigüedad toma como base el doble del salario mínimo vigente del área geográfica donde trabajaste, según los arts. 485 y 486 LFT. No se calcula sobre tu salario completo si este rebasa ese tope.

Estos dos conceptos son los que más se confunden al demandar y los que más bajan tu cálculo si no los revisas.

Tabla de conceptos por causal de terminación

Concepto Base legal Cuándo se paga Cómo se calcula
Indemnización constitucional (3 meses) art. 48 LFT Despido injustificado 3 meses de salario integrado
Salarios caídos art. 48 LFT Despido injustificado, hasta por 12 meses Salario diario integrado por día que dejaste de cobrar, con intereses
Prima de antigüedad art. 162 LFT Despido justificado o injustificado, renuncia voluntaria con 15+ años, muerte del trabajador, pensión 12 días de salario por cada año; salario tope = 2× salario mínimo del área geográfica
Indemnización por rescisión justificada art. 49 LFT Cuando el patrón rescinde justificadamente (art. 47 LFT) 3 meses + prima de antigüedad + prestaciones vencidas (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional)
Terminación colectiva art. 436 LFT Cierre, caso fortuito, fuerza mayor, muerte del patrón, quiebra 3 meses de salario + prima de antigüedad + prestaciones

Ejemplo resuelto en pesos

Karla worked en Monterrey 4 años, ganaba 12.000 pesos al mes de salario nominal (salario diario integrado ≈ 466,67 pesos mexicanos, contando aguinaldo y prestaciones prorrateadas). La despidieron sin aviso ni causa justificada.

  1. Indemnización constitucional: 3 meses × 12.000 = 36.000 pesos mexicanos (MXN).
  2. Salarios caídos: 90 días sin pago reconocido en juicio × 466,67 = 42.000,30 pesos mexicanos (MXN) (puede llegar hasta 12 meses según el caso).
  3. Prima de antigüedad: 12 días × 4 años × 466,67 = 22.400,16 pesos mexicanos (MXN), aplicando el tope del doble del salario mínimo del área; si la cifra supera ese tope, se paga con el tope.
  4. Prestaciones vencidas: aguinaldo proporcional y vacaciones no disfrutadas, según los días devengados antes del despido.

Total estimado: alrededor de 100.400 pesos (MXN), antes de prestaciones pendientes e intereses. El cálculo real lo hace un abogado o la PROFEDET, con tus recibos y comprobantes.

Si te despidieron, documenta la fecha exacta del último día laborado: desde ahí corren los 45 días de conciliación y el año de prescripción para reclamar.

Ruta para demandar: conciliación prejudicial y juicio oral ante el Tribunal Laboral

El camino es de dos etapas, reguladas en los arts. 684-A a 891 de la Ley Federal del Trabajo. La primera es la conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación Laboral federal o estatal; la segunda es el juicio oral ante los Tribunales Laborales del Poder Judicial. Hoy no se admiten demandas nuevas en las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Cómo se reparte lo que cobras en un despido
Distribución estimada de 100.400 pesos mexicanos (MXN) que cobra Karla tras 4 años en Monterrey.
indemnización constitucional …≈ 36 %
salarios caídos (90 días reco…≈ 42 %
prima de antigüedad≈ 12 %
prestaciones vencidas (aguina…≈ 10 %
Fíjate en que indemnización y salarios caídos pesan casi lo mismo; la prima de antigüedad queda muy abajo por el tope legal.

Etapa 1: conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral

  1. Solicita tu cita en el portal del Centro de Conciliación de tu estado o, si la jornada excede la entidad, en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Modalidad presencial o, en algunas sedes, en línea.
  2. Lleva tus identificaciones y pruebas del vínculo a la audiencia. El conciliador es imparcial y confidencial; procura un arreglo (convenio) que se firma y se vuelve ejecutable, con multa para quien lo incumpla (arts. 684-A a 684-E LFT).
  3. Si no hay arreglo, te entregan la constancia de no conciliación. Con ella presentas la demanda dentro de los 15 días hábiles siguientes; si se te pasa, la constancia caduca.

Etapa 2: demanda, fase escrita y audiencias orales del juicio

  1. Presentas la demanda por escrito o verbal (en estos casos se levanta acta) en la Oficialía de Partes del Tribunal Laboral; se turna al juzgado competente por turno.
  2. Etapa escrita: el patrón contesta, se ofrecen pruebas, hay réplica y, en su caso, reconvención. Regida por los arts. 870 a 891 LFT.
  3. Audiencia preliminar: el juez depura, fija hechos no controvertidos, admite o desecha pruebas y, de ser viable, intenta un último convenio.
  4. Audiencia de juicio: desahogo de pruebas, alegatos y sentencia oral o por escrito. Principios de oralidad, inmediación y concentración.

Plazos que corren en tu contra: 45 días de conciliación, prescripción y audiencias

Los plazos en materia laboral son cortos y, si no los corres, los derechos prescriben. La regla más dura está en el art. 516 LFT: las acciones que nacen de la Ley Federal del Trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente en que la obligación sea exigible. Para la prima de antigüedad, también aplica un año desde que es exigible.

Riesgo de perder el juicio por inasistencia
Cómo se reparten las consecuencias de faltar a las audiencias orales del Tribunal Laboral.

50%Confesión ficta del patrón si…0%100%

Si el patrón no va a la audiencia, se tiene por confeso; si el trabajador falta sin justificante, el juicio puede sobreseer.
Fórmula de cálculoIndemnización constitucional por despido injustificado

La indemnización constitucional se obtiene con una multiplicación simple. Toma tu salario diario integrado y multiplícalo por los días que señala la ley según la antigüedad que tengas. salario diario integrado (con aguinaldo y prestaciones prorrateadas) y tus meses de servicio.

salario diario integrado  ×  90 días  ×  años trabajados (fracción = meses ÷ 12)
Salario diario integrado = salario anual bruto ÷ 365
3 meses de salario (90 días) por despido injustificado
Antigüedad, prorrateando meses y días

Ejemplo: Karla ganaba 12.000 pesos al mes (≈ 466,67 diarios integrados) y llevaba 4 años en Monterrey.
466,67 × 90 = 42.000,30 pesos mexicanos (MXN) de indemnización constitucional.
Tope de los salarios caídosNo pueden reconocerse más de 12 meses de salarios caídos en el laudo, conforme al art. 48 LFT.

Karla habría cobrado alrededor de 100.400 pesos mexicanos (MXN); el cálculo fino lo hace un abogado o la PROFEDET.

La conciliación prejudicial dura hasta 45 días naturales, con la posibilidad de prorrogar hasta dos sesiones más para que las partes firmen el convenio. Una vez que tienes la constancia de no conciliación, tienes 15 días hábiles para presentar la demanda. Las audiencias del juicio se desarrollan en fechas que el Tribunal señala y notifica; la inasistencia injustificada del patrón se tiene por confesa y la del trabajador puede sobreseer el juicio.

Plazos clave que debes vigilar

  • 45 días naturales: máximo de la etapa de conciliación (arts. 684-A a 684-E LFT).
  • 15 días hábiles: para presentar la demanda tras la constancia de no conciliación.
  • 1 año de prescripción: para acciones laborales en general (art. 516 LFT).
  • 12 meses: tope de salarios caídos que puede reconocer el laudo (art. 48 LFT).
  • 2 años: cada vez que la Junta/Tribunal omite un plazo, ten cuidado: la inactividad procesal no es indefinida.

La cuenta corre con días naturales, pero las audiencias y notificaciones al Tribunal se hacen en días hábiles. Lleva un calendario con ambas cuentas desde el día del despido.

1

Documentar
INE, CURP, contrato, recibos de nómina, alta en el IMSS, carta de despido o mensaje.
2

Plazos
Corre los 45 días de conciliación y los 15 días hábiles para demandar.
3

Conciliar
Audiencia en el Centro de Conciliación Laboral federal o estatal.
4

Constancia
Si no hay convenio, te dan la constancia de no conciliación para demandar.
5

Juicio
Audiencias oral, preliminar y de juicio ante el Tribunal Laboral hasta laudo.

Si apenas te despidieron, estás apenas reuniendo papeles; cada semana que pasa, se acorta el año de prescripción del art. 516 LFT.

Fuentes

  1. MarinpistachiaCómo Cobrar la Indemnización de la ART: paso a pasoconsultado el 09/08/2026
  2. Tfca¿Quiénes son las autoridades en materia laboral? – TFCAconsultado el 09/08/2026
  3. GobDerechos Laborales de los Trabajadores – Gob MXconsultado el 09/08/2026
  4. GrupoargosDemandas laborales en México – GRUPO ARGOSconsultado el 09/08/2026
  5. StpsUnidad de Enlace para la Reforma al Sistema de Justicia Laboralconsultado el 09/08/2026