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Aumento de pensión por viudez en México: requisitos, montos y cómo tramitarla ante el IMSS o el ISSSTE

septiembre 8, 2026 México Derecho 11 min read
Aumento de pensión por viudez en México: requisitos, montos y cómo tramitarla ante el IMSS o el ISSSTE
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: pensión de seguridad social para cónyuge, concubina o concubinario e hijos del asegurado fallecido.
  • Cuánto cobras: 90% de la pensión base de invalidez, vejez o cesantía del trabajador.
  • Cómo reclamar: ventanilla de Prestaciones Económicas del IMSS o del ISSSTE, con los documentos del fallecido y del beneficiario.
La SCJN resolvió en noviembre de 2025 que el aumento anual debe calcularse con el INPC y ya no con el salario mínimo, lo que modifica a favor del pensionado el ajuste de cada año.

La pensión por viudez en México es una prestación de seguridad social que protege al cónyuge, concubina o concubinario y, en ciertos casos, a los hijos del asegurado o pensionado fallecido. Su monto base equivale al 90% de la pensión que el trabajador recibía o habría recibido por invalidez, vejez o cesantía, y, desde el criterio de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de noviembre de 2025, debe actualizarse cada año con el INPC y no con el salario mínimo.

A continuación encontrarás a quién le corresponde, qué papeles reúne, cómo se calcula el aumento y dónde se solicita ante el IMSS o el ISSSTE.

¿A quién le corresponde la pensión por viudez y qué requisitos debes cumplir?

En el IMSS, según el régimen que aplique

La Ley del Seguro Social reconoce la pensión por viudez en dos regímenes: la Ley 73, para quienes empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, y la Ley 97, para quienes cotizaron a partir de esa fecha. En ambos casos, la cobertura alcanza a:

  • Cónyuge: haber estado casado al menos seis meses antes del fallecimiento, o bien haber tenido hijos en común, sin importar el tiempo de matrimonio.
  • Concubina o concubinario: convivencia continua de al menos cinco años anteriores al fallecimiento, o haber tenido hijos en común sin vínculo matrimonial.
  • Hijos: menores de 18 años, o de 25 si comprueban estudios, o de cualquier edad si tienen una incapacidad que les impide trabajar.

En el ISSSTE

El ISSSTE aplica sus propios requisitos conforme a la Ley del ISSSTE y a sus reglamentos internos. Las condiciones específicas de antigüedad en el matrimonio, acreditación de concubinato y edad de los hijos deben consultarse en el portal del organismo, ya que la cobertura cambia según la ley de seguridad social que rija al trabajador fallecido.

Quien haya cotizado bajo la Ley 73 y la Ley 97 debe verificar, folio en mano, cuál le corresponde, porque el monto y las reglas de actualización son diferentes.

Documentos que debes reunir para el trámite

Del asegurado fallecido

  • Acta de defunción en original o copia certificada, o formato único en línea.
  • Acta de nacimiento o, en su caso, acta de adopción.
  • Estado de cuenta de la Afore reciente, solo si cotizó desde el 1 de julio de 1997, con antigüedad no mayor a seis meses.

Del cónyuge

  • Identificación oficial vigente (INE/IFE, pasaporte, cartilla).
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 90 días.
  • Cuenta CLABE interbancaria nivel 4 a nombre del beneficiario, sin límite de adeudo.
  • Acta de nacimiento y acta de matrimonio expedida con máximo 90 días naturales previos a la solicitud y posterior a la defunción.

Del concubinario o concubinario

  • Identificación oficial vigente, comprobante de domicilio reciente (≤ 90 días) y CLABE nivel 4.
  • Acta de nacimiento y resolución judicial ejecutoriada que acredite un mínimo de cinco años de concubinato, o actas de hijos en común nacidas dentro de los cinco años anteriores a la solicitud, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio.
Variación anual del INPC y ajuste de la pensión de viudez
Dato publicado por el INEGI con base en la variación de precios de la canasta fija de bienes y servicios.

8 %5,3 %2,7 %0 % 3,47,47,84,74,23,7 202020212022202320242025

Mira cómo se ha encarecido la inflación anual medida por el INPC y cómo impacta en el aumento que recibe cada año la pensión de viudez del IMSS.

De los hijos

  • Acta de nacimiento, identificación oficial cuando aplique, CURP y, para mayores de 18 años, constancia de estudios o dictamen de incapacidad.

Cuánto te corresponde y cómo se calcula el monto

La regla general es que la pensión por viudez equivale al 90% de la pensión base que el asegurado recibía o habría recibido por invalidez, vejez o cesantía. Este porcentaje se mantiene en los regímenes Ley 73 y Ley 97 del IMSS, si bien cambia la forma de calcular la base según el régimen aplicable.

Fórmula de cálculo

  1. Identifica la pensión base del asegurado fallecido (la que cobraba o la que le habría correspondido por invalidez, vejez o cesantía).
  2. Multiplica esa base por 0.90 para obtener la pensión mensual de viudez.
  3. El IMSS aplica topes en UMA y, desde el criterio de la SCJN, actualiza el monto cada año con el INPC.

Comparativa rápida entre regímenes

Pensión de viudez estimada en el ejemplo
13.500 pesos (MXN)
▲ 12.000 pesos (MXN) vs la base
Pensión base supuesta 15.000 pesos (MXN) como pensión de invalidez, vejez o cesantía del asegurado fallecido.

El ejemplo aplica el 90% sobre una pensión base de 15.000 MXN, de modo que la viuda o viudo recibiría 13.500 MXN al mes antes del ajuste por INPC.
Régimen Base pensionable Porcentaje aplicado Actualización anual
IMSS Ley 73 (anterior a julio 1997) Cuantía básica más incrementos según antigüedad y salario 90% INPC (criterio SCJN 2025)
IMSS Ley 97 (posterior a julio 1997) Salario base de cotización y semanas reconocidas 90% INPC (criterio SCJN 2025)
ISSSTE Consultar la normativa del ISSSTE según ley aplicable Consultar Consultar
Resolución del IMSS de 90 días naturalesQuedan los que indique la UMF
Inicio del trámite (día 0)Caduca (día 90)

Las actas del beneficiario deben estar expedidas con máximo 90 días naturales previos a la solicitud, por lo que conviene ingresar el trámite cuanto antes para no perder vigencia documental.

Ejemplo resuelto en pesos mexicanos

Si la pensión base del asegurado hubiera sido de 15.000 pesos (MXN) mensuales, la pensión de viudez quedaría en:

  • 15.000 MXN × 0.90 = 13.500 MXN mensuales.

Este monto se paga de forma vitalicia mientras no cambies de estado civil; si contraes nuevo matrimonio o estableces concubinato, la pensión se suspende.

El aumento anual: INPC en lugar de salario mínimo (criterio SCJN 2025)

El 14 de noviembre de 2025, la Segunda Sala de la SCJN resolvió por unanimidad de cinco votos el amparo en revisión 180/2023, publicado como comunicado oficial id=7565. El criterio es claro: el salario mínimo dejó de ser un índice válido para actualizar la pensión por viudez del IMSS, porque se trata de una prestación de seguridad social y no de una retribución laboral.

A partir de esa resolución, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe ajustar cada año la pensión con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), que mide la variación de precios de una canasta fija de bienes y servicios y refleja de forma más fiel la inflación que paga una familia mexicana.

Pensión por viudez
RegulaciónLey del Seguro Social (arts. 127 a 135)
Monto base90% de la pensión de invalidez, vejez o cesantía
Actualización anualINPC (criterio SCJN, amparo 180/2023)
Vigenciavitalicia, salvo nuevo matrimonio o concubinato
OrganismoIMSS o ISSSTE según régimen aplicable
La pensión por viudez es vitalicia mientras no cambies de estado civil, y la SCJN ordenó en 2025 que el IMSS la actualice cada año con el INPC y no con el salario mínimo.

Cómo aplicar el INPC al monto

”
ARTS. 127 A 135 · LEY DEL SEGURO SOCIAL
«Tienen derecho a la pensión de viudez el cónyuge, la concubina o el concubinarioy, en su caso, los hijos del asegurado o pensionado fallecido, en los términos señalados por esta Ley.» Vigente para trabajadores afiliados al IMSS,cualquiera de los dos regímenes.
[LECTURA] Diario Oficial de la Federación

Este bloque reproduce los artículos de la Ley del Seguro Social que dan derecho a la pensión por viudez, de modo que el beneficiario pueda identificar con precisión la norma que lo ampara.
  1. Toma el monto de la pensión de viudez que cobras en el año anterior.
  2. Consulta la variación anual del INPC publicada por el INEGI.
  3. Multiplica tu pensión por (1 + variación del INPC) para obtener el nuevo monto.

Ejemplo: si la inflación anual del INPC fue de 3,68% y cobras 13.500 MXN, el ajuste aplicado es 13.500 × 1,0368 y el nuevo monto aproximado es 13.997 MXN mensuales. Este ajuste lo hace el IMSS, generalmente en febrero, para las pensiones ya concedidas.

Nota de cuidado para pensionadas y pensionados

Dato a tener en cuentaLas actas del beneficiario deben expedirse dentro de los 90 días naturalesprevios a la solicitud y siempre con posterioridad a la fecha de defunción.

Si todavía recibes el aumento anual calculado con el salario mínimo, conviene presentar una solicitud de rectificación ante el IMSS y, en su caso, un amparo con el mismo criterio de la SCJN, ya que el fallo de la Segunda Sala sienta base para reclamar la diferencia.

Dónde y cómo se tramita: IMSS e ISSSTE

Trámite ante el IMSS

  1. Acude a las ventanillas del Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda según tu domicilio, de lunes a viernes, 8:00 a 15:00 horas.
  2. Entrega la documentación completa del asegurado, del cónyuge o concubinario y, en su caso, de los hijos.
  3. Recibe tu número de folio y la fecha estimada de resolución.
  4. Espera la notificación del IMSS con la resolución y, de proceder, la primera dispersión a tu cuenta CLABE.

Más detalles operativos aparecen en la cobertura de López-Dóriga sobre la resolución de la SCJN, que reproduce los horarios y ventanillas del IMSS.

Trámite ante el ISSSTE

El ISSSTE ofrece modalidades presencial y, en algunos casos, en línea. El punto de partida es la sección de pensiones y prestaciones del portal del ISSSTE, donde podrás consultar requisitos, montos y documentos según la ley aplicable al trabajador fallecido.

  1. Verifica la documentación con el área de prestaciones del ISSSTE que te corresponda.
  2. Entrega los papeles en la ventanilla o por la plataforma en línea, si tu trámite lo permite.
  3. Da seguimiento con número de folio hasta la resolución y el primer pago.
Riesgo de perder la pensión por viudez al cambiar de estado civil
Regla de suspensión prevista en la Ley del Seguro Social para beneficiarios de pensión por viudez.

100%porcentaje de la pensión que …0%100%

Fíjate en qué porcentaje de la pensión se conserva o se pierde cuando el beneficiario contrae nuevo matrimonio o concubinato, dato clave para tomar decisiones personales.

Plazos y pérdida de la pensión

La pensión por viudez es vitalicia, pero se pierde si la persona beneficiaria contrae nuevo matrimonio o establece concubinato. En esos casos, conviene avisar al IMSS o al ISSSTE para suspender el pago y evitar cobros indebidos que después se reclaman con actualizaciones y recargos.

40%
25%
20%
15%

Cónyuge supérstiteConcubina o concubinarioHijos menores de 18 añosOtros derechohabientes

La composición típica de los beneficiarios de una pensión por viudez se concentra en el cónyuge supérstite y la concubina o concubinario, por lo que el trámite debe priorizar su acreditación ante el IMSS.

Casos borde que conviene revisar

  • Matrimonios con menos de seis meses sin hijos en común: la solicitud casi siempre se rechaza, salvo prueba en contrario.
  • Concubinato sin cinco años cumplidos pero con hijos en común: el IMSS pide las actas de nacimiento para acreditar la relación.
  • Hijos mayores de 25 años que acrediten estudios de tiempo completo: la cobertura se mantiene hasta los 25 años y se reactiva el estudio cada año.
Fórmula de cálculo de la pensión por viudezCuánto es la pensión mensual por viudez en el IMSS

La pensión por viudez se calcula aplicando un porcentaje único a la pensión base del asegurado fallecido. Lo único que necesitas es la pensión que cobraba o que habría recibido por invalidez, vejez o cesantía. pensión base (la que cobraba o habría recibido) meses del año.

pensión base  ×  0,90  ×  12
Pensión base = lo que recibía o habría recibido por invalidez, vejez o cesantía
90% en cualquier régimen del IMSS
Pago mensual mientras no cambies de estado civil

Ejemplo: La pensión base supuesta es de 15.000 MXN al mes.
15.000 MXN × 0,90 × 1 = 13.500 MXN de pensión mensual de viudez.
Actualización anual del montoDesde 2025 debe ajustarse con la variación anual del INPC publicada por el INEGI, y no con el salario mínimo.

El cálculo es directo: parte de la pensión base del trabajador fallecido y aplica el 90%, por lo que conocer ese dato te permite estimar de inmediato cuánto cobrarás cada mes como viuda o viudo.

Si te encuentras en cualquiera de estos casos, lo más prudente es acudir a la UMF o al ISSSTE con la documentación completa y, si la respuesta es negativa, asesorarte con la PROFEDET, que ofrece orientación gratuita al trabajador y a sus beneficiarios.

Fuentes

  1. InfobaePensión de viudez del IMSS en 2026: ¿de cuánto es y cómo se …consultado el 09/08/2026
  2. ElheraldoslpSCJN determina que pensión por viudez del IMSS deberá …consultado el 09/08/2026
  3. JusticiatvSegunda Sala determinó que es válido que se actualice la pensión …consultado el 09/08/2026
  4. LopezdorigaSuprema Corte realiza cambios en monto de la pensión por viudezconsultado el 09/08/2026