- Finiquito de trabajadora del hogar: despido sin justificación o renuncia con cálculo pendiente.
- Cuánto cobras: aguinaldo + vacaciones + prima de antigüedad + 3 meses de salario integrado.
- Cómo reclamar: calculadora del CFCRL o del CACEH y, si no hay acuerdo, PROFEDET o demanda ante Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Romina trabaja como cocinera en una casa de la alcaldía Coyoacán, CDMX, de lunes a sábado, con un sueldo de 8.500 pesos (MXN) quincenales. Cuando le dijeron que la relación laboral se terminaría, lo primero que quiso saber fue cuánto le correspondía y si la calculadora que encontró en internet era la misma que usa la autoridad. Esa duda es la que resuelve esta guía: qué herramienta sirve, qué pide, qué dice la ley y dónde cobrar.
Quién usa la calculadora y qué conceptos estima
La usan dos personas: la parte empleadora (patrón del hogar) y la trabajadora del hogar. Para la segunda, la ley distingue dos modalidades: puertas adentro (vive en el domicilio donde labora) y puertas afuera (regresa a su casa al terminar la jornada). Esa diferencia importa para el salario mínimo y para la jornada, no para los conceptos del finiquito.
Las calculadoras oficiales estiman, según cada caso, los siguientes rubros:
- Aguinaldo proporcional (mínimo 15 días al año, conforme al art. 87 de la Ley Federal del Trabajo).
- Vacaciones pendientes y prima vacacional (mínimo 25% sobre el periodo vacacional, arts. 76 a 81 LFT).
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año de servicio, con tope.
- Indemnitación constitucional de 3 meses de salario integrado, cuando el despido es injustificado y el patrón no reinstala.
Documentos y datos que debes reunir antes de calcular
Antes de sentarte a llenar campos, junta la información básica. La herramienta del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral pide datos muy puntuales:
- Salario base (diario, semanal, catorcenal, quincenal o mensual) y, si recibes otras prestaciones fijas, anótalas aparte.
- Fecha de ingreso y fecha de salida, o "sigo trabajando" si lo que se busca es una proyección.
- Si tu trabajo se desempeñó en municipio fronterizo norte, porque ahí aplica salario mínimo diferenciado.
- Antigüedad en años cumplidos y, si sabes, semanas cotizadas ante el IMSS.
Y como respaldo, ten a la mano:
- CURP y NSS (Número de Seguridad Social).
- RFC si cuentas con él.
- Recibos de nómina, comprobantes de pago o carta patronal.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
La calculadora es orientativa: sus resultados aproximan lo que te correspondería, pero no sustituyen el cálculo que haga un conciliador o un Tribunal Laboral al resolver el caso.
Cómo se calcula cada parte del finiquito según la ley mexicana
La Ley Federal del Trabajo fija fórmulas claras para cada concepto. Todas se calculan con el salario diario integrado (salario base + prestaciones fijas diarias), salvo la prima de antigüedad, que usa topes.
Fórmulas por concepto
| Concepto | Fórmula | Fundamento LFT | Tope aplicable |
|---|---|---|---|
| Aguinaldo proporcional | (Días trabajados en el año ÷ 365) × 15 días de salario | Art. 87 LFT | Salario base o lo percibido ordinariamente |
| Vacaciones pendientes | Días que correspondan según antigüedad (12 + 2 por año, máx. 20) | Arts. 76 a 81 LFT | Salario base diario |
| Prima vacacional | Salario del periodo vacacional × 25% | Art. 80 LFT | Mínimo 25% |
| Prima de antigüedad | 12 días de salario por cada año de servicio | Ley Federal del Trabajo | Tope: 2 veces el salario mínimo general o fronterizo, según la zona |
| Indemnización constitucional (despido injustificado) | 3 meses de salario integrado | Art. 123, apartado A, fracción XXII constitucional | 20 días por año adicionales si la relación terminó por ciertas causas |
Ejemplo numérico: Romina en Coyoacán
Romina gana 8.500 pesos (MXN) quincenales, es decir, 17.000 pesos (MXN) al mes. Su salario diario base es 17.000 ÷ 30 = 566,67 pesos (MXN). Supongamos que trabajó 4 años y 8 meses, y que la despidieron sin justificación el 31 de octubre.
- Aguinaldo proporcional (del 1 de enero al 31 de octubre = 304 días): (304 ÷ 365) × 15 × 566,67 = 7.082,47 pesos (MXN).
- Vacaciones no disfrutadas: tras 4 años le corresponden 20 días. Solo disfrutó 12, le quedan 8 días × 566,67 = 4.533,36 pesos (MXN).
- Prima vacacional (sobre las vacaciones pendientes): 4.533,36 × 25% = 1.133,34 pesos (MXN).
- Prima de antigüedad: 12 días × 4 años (fracción de 8 meses no completa año) × 566,67 = 27.200,16 pesos (MXN), topeada a 2 salarios mínimos generales diarios por día; con el salario mínimo general vigente en la Ciudad de México, el tope diario es de aproximadamente 248,93 pesos (MXN), por lo que el cálculo real es 12 × 4 × 248,93 = 11.948,64 pesos (MXN).
- Indemnización constitucional (3 meses de salario integrado): 17.000 × 3 = 51.000 pesos (MXN), más 20 días por año: 20 × 4 × 566,67 = 45.333,60 pesos (MXN).
frente a ~116.498 MXN que puedes cobrar
0 – 0 MXN
Suma aproximada para Romina: 116.498,41 pesos (MXN), antes de impuestos y con los topes aplicados. Este es un escenario de despido injustificado sin reinstalación.
Finiquito, liquidación e indemnización: no son sinónimos
La calculadora del Centro Federal de Conciliación separa cada figura con precisión; la calculadora de CACEH, en cambio, agrupa todo bajo el término "liquidación" porque así se entiende coloquialmente. Conviene distinguirlas:
| Figura | Cuándo aplica | Qué incluye | Base legal |
|---|---|---|---|
| Finiquito | Terminación por cualquier causa (renuncia, despido justificado, vencimiento de contrato) | Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional | Arts. 76 a 81 y 87 LFT |
| Liquidación (despido injustificado sin reinstalación) | Cuando el patrón no prueba causa justificada y el trabajador opta por no reincorporarse | Finiquito + prima de antigüedad + 3 meses de salario integrado + 20 días por año | Art. 123, apartado A, fracción XXII constitucional y LFT |
| Despido justificado | El patrón acredita alguna causa del art. 47 LFT | Solo finiquito; no hay indemnización ni prima de antigüedad | Art. 47 LFT |
| Renuncia voluntaria | La trabajadora decide terminar la relación | Solo finiquito; sin indemnización | Ley Federal del Trabajo |
Si el patrón afirma que fue renuncia o despido justificado y está dispuesto a probarlo, no está obligado a indemnizar; en ese caso, la carga de la prueba es de quien lo afirma.
Dónde calcular y dónde tramitar: herramientas oficiales
Ahora que tienes claros los conceptos, sigue estos pasos para usar las calculadoras y, si hace falta, escalar el asunto:
- Entra a la Calculadora de Prestaciones del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Captura salario, fechas y antigüedad. La herramienta arroja una propuesta al 100% (derechos irrenunciables) y opciones negociables al 90%, 80%, 70%, 60% y 50% sobre los conceptos que pueden transarse.
- Si eres persona empleadora de trabajo del hogar, usa la Calculadora de Prestaciones Laborales del CACEH, específica para este sector.
- Si la otra parte no acepta, agenda una audiencia de conciliación prejudicial en el Centro Federal de Conciliación o en el Centro de Conciliación de tu estado. Es un requisito obligatorio antes de demandar.
- Si la conciliación fracasa, presenta la demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local, según corresponda). Desde la reforma laboral de 2019, las juntas de conciliación y arbitraje ya no reciben demandas nuevas.
Dónde acudir según lo que necesites
| Necesidad | Organismo | Servicio |
|---|---|---|
| Asesoría legal gratuita | PROFEDET | Representación y orientación al trabajador |
| Asesoría específica para trabajo del hogar | CACEH | Acompañamiento, calculadora y materiales |
| Conciliación prejudicial | Centro Federal de Conciliación o Centro de Conciliación estatal | Audiencia obligatoria antes de demandar |
| Demanda laboral | Tribunal Laboral (federal o local) | Resolución jurisdiccional |
Plazos que vencen y qué pasa si los dejas pasar
Hay fechas que no perdonan. Anótalas:
| Concepto | Fecha límite | Plazo para reclamar consecuencias si se vence |
|---|---|---|
| Pago de aguinaldo | 20 de diciembre de cada año | Pasado ese día, las acciones laborales empiezan a contar |
| Pago de prestaciones al terminar la relación | En el momento del corte | Incumplimiento genera intereses y, en su caso, demanda |
| Aviso de rescisión (despido justificado) | Notificación al trabajador al momento del despido o dentro de plazos de la LFT; tras esos plazos, el despido se presume injustificado | Trabajador puede demandar como despido injustificado |
| Prescripción de acciones laborales | 2 meses para acciones que nacen del despido o terminación | Si dejas pasar ese tiempo, el derecho se extingue |
Si el aviso de rescisión no se entrega a tiempo, con las formalidades que indica la Ley Federal del Trabajo, el despido se presume injustificado y tendrás que pagar la indemnización completa. Por eso, en la práctica, la mayoría de los patrones simplemente pagan el finiquito y la prima de antigüedad sin pelear el aviso extemporáneo.
Advertencias importantes antes de cerrar
- Resultados aproximados: tanto la calculadora del CFCRL como la calculadora del CACEH son orientativas. El monto final lo fija la conciliación o el Tribunal Laboral.
- Seguridad social obligatoria: desde 2019, las personas empleadoras tienen la obligación de inscribir a la trabajadora del hogar en el IMSS. La guía del CACEH explica cómo hacerlo en línea.
- Contratos escritos: aunque la ley no los exige expresamente para el trabajo del hogar, tener un contrato o carta de antigüedad facilita probar salario, jornada y fechas ante cualquier autoridad.
Por último, si tu patrón falleció y los familiares dicen que no te contrataron, tienes los mismos derechos que cualquier otra trabajadora: la relación laboral no se extingue automáticamente y puedes reclamar ante PROFEDET o el Centro de Conciliación. El CACEH documenta varios casos de este tipo en su sección de preguntas frecuentes.
Un trabajador del hogar en México tiene derecho a aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad e indemnización constitucional en igualdad de condiciones que el resto de las personas trabajadoras.
En México, cerca de 2 millones de personas se dedican al trabajo del hogar remunerado, según cifras del INEGI. Hasta 2019, este sector estuvo excluido de la seguridad social obligatoria; hoy, tanto la Ley Federal del Trabajo como la Ley del Seguro Social reconocen sus derechos en pie de igualdad, aunque la cobertura efectiva todavía avanza a paso lento. Si quieres profundizar, la app Dignas del CACEH agrupa calculadora, asesorías y materiales en un solo lugar.
Fuentes
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 09/08/2026
- Offixfiscal¿Como se calcula la liquidación de una empleada doméstica?consultado el 09/08/2026
- AiudoCálculo de despido, liquidación y finiquito empleada del hogar – Aiudoconsultado el 09/08/2026
- TelecincoCómo calcular el finiquito de una empleada de hogar – Telecincoconsultado el 09/08/2026
- IneafCalculadora de Finiquitos | INEAFconsultado el 09/08/2026
