- Qué es: el documento que la SRE expide para acreditar que un extranjero ya es mexicano por naturalización.
- Qué necesitas antes: residencia legal continua (5 años, o 2 en modalidades abreviadas), CURP y tarjeta de residente vigente.
- Qué evalúan: español, historia de México e integración cultural, en entrevista presencial en la Ciudad de México.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
La carta de naturalización es el documento que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) expide para acreditar que un extranjero ya es mexicano por naturalización, no por nacimiento. Tramitarla lleva meses de preparación: hay que acreditar residencia legal en México, aprobar una evaluación de español e historia, y acudir de forma personalísima a las oficinas de la SRE en la Ciudad de México.
Antes de empezar, conviene saber que México distingue con mucha claridad entre nacionalidad por nacimiento y nacionalidad por naturalización. La primera surge del artículo 30 de la Constitución y se acredita con el acta del Registro Civil; la segunda requiere todo el trámite que aquí se describe. Confundir ambos caminos es uno de los errores más comunes al iniciar el proceso.
Quién puede pedir la carta y bajo qué modalidad aplica cada plazo
La Ley de Nacionalidad y su Reglamento abren cinco caminos para naturalizarse, cada uno con su propio plazo mínimo de residencia. La elección del supuesto determina los años que debes esperar antes de solicitar la carta y, en algunos casos, los documentos adicionales que tendrás que reunir.
| Modalidad | Plazo mínimo de residencia | Vías oficiales de la SRE |
|---|---|---|
| Residencia legal continua | 5 años | Carta de naturalización por residencia |
| Matrimonio con mexicana/o o hijos mexicanos por nacimiento | 2 años | Carta de naturalización por tener hijos mexicanos por nacimiento |
| Origen iberoamericano o latinoamericano | 2 años | Carta de naturalización por ser originario de un país latinoamericano o de la península ibérica |
| Obras o servicios destacados (cultural, social, científica, técnica, artística, deportiva o empresarial) | 2 años | Carta de naturalización por haber prestado servicios o realizado obras destacadas |
| Adopción por mexicanos | 2 años | Página de nacionalidad y naturalización de la SRE |
Cualquiera que sea la ruta, los requisitos personales son los mismos y se aplican al momento de presentar la solicitud:
- Ser mayor de 18 años y estar en pleno ejercicio de derechos civiles.
- Contar con CURP emitida por RENAPO.
- Acreditar la modalidad elegida con los documentos que la SRE exige para cada caso.
Cada modalidad abre una página propia en el portal de la SRE con requisitos puntuales; revisarla antes de iniciar el expediente evita presentaciones incompletas.
Documentos que hay que reunir para el trámite
El expediente es el mismo para las cinco modalidades; lo que cambia son los soportes que prueban cada supuesto. La SRE pide el formato DNN-3, que se descarga en PDF desde el portal institucional, junto con los siguientes documentos:
- Formato DNN-3 (descarga oficial) llenado a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible.
- Tarjeta de residente vigente expedida por el Instituto Nacional de Migración.
- CURP impresa.
- Acta de nacimiento extranjera, legalizada por cónsul mexicano en el país de origen o apostillada, con traducción al español por perito cuando proceda.
- Pasaporte vigente o constancia del Instituto Nacional de Migración.
- Carta con el detalle de entradas y salidas de México durante los últimos 2 años.
- Certificado de no antecedentes penales del país de origen (original y copia).
- Acreditación de conocimientos de español, historia de México e integración cultural.
- Dos fotografías tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cm), fondo blanco, de frente, sin anteojos y con cabeza descubierta.
- Comprobante de pago de derechos.
MITO
«Si llevo menos de cinco años en México, no hay forma de nacionalizarme por carta.» LaLey de Nacionalidad
VS
Las personas reconocidas como refugiadas por la Secretaría de Gobernación quedan exentas de presentar el acta de nacimiento extranjera. En ese caso, la calidad migratoria se acredita con la constancia de reconocimiento de la condición de refugiado, lo que simplifica parte del expediente.
Cuánto cuesta la carta de naturalización y dónde corroborar el monto
El monto específico de la carta de naturalización no aparece desglosado en las fuentes oficiales consultadas, así que debe verificarse en la Ley Federal de Derechos vigente y en el apartado de la SRE. Como referencia cercana dentro del mismo ecosistema institucional, el Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento cuesta 265.00 pesos (MXN), cifra publicada por la SRE y sujeta a las actualizaciones de la ley de derechos.
| Concepto | Monto | Fuente |
|---|---|---|
| Carta de naturalización | No publicado en fuentes consultadas | Verificar en Ley Federal de Derechos y portal de la SRE |
| Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (referente) | 265.00 MXN | Ficha oficial en gob.mx |
El pago se realiza en cualquier institución bancaria autorizada utilizando la hoja de ayuda que genera el sistema de la SRE al capturar la solicitud. Conviene conservar el comprobante sellado, porque forma parte del expediente y se requiere para cualquier aclaración posterior.
El trámite es estrictamente personal : no se admite representante legal ni apoderado, ni siquiera con carta poder, para presentar la solicitud ante la SRE.
Dónde se presenta y cómo se desarrolla el trámite paso a paso
El trámite es estrictamente personal: no se admite representante legal ni apoderado, ni siquiera con carta poder. La única sede donde se recibe la solicitud es la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE, en Plaza Juárez No. 20, planta baja, Colonia Centro, C.P. 06010, Ciudad de México (edificio Tlatelolco). El recorrido tiene estos pasos:
- Descargar el formato DNN-3 desde el portal de la SRE y llenarlo con tinta negra, letra de molde legible y sin tachaduras.
- Reunir el expediente completo con todos los documentos listados en la sección anterior, más los que acrediten la modalidad elegida.
- Pagar los derechos en cualquier banco con la hoja de ayuda generada por el sistema de la SRE y guardar el comprobante sellado.
- Acudir de forma personalísima a la ventanilla de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, donde se revisa el expediente y se agenda la entrevista.
- Presentar la entrevista de evaluación de español e historia de México; el resultado se integra al expediente.
- Esperar la resolución y, en su caso, recoger la carta de naturalización en la misma sede o mediante el mecanismo que la SRE indique.
Documento vigente expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredita la estancia legal en México y es requisito indispensable del expediente. No basta con una visa de turista ni con permisos provisionales para solicitar la carta. TÉRMINO
de la SRE que se descarga en PDF, se llena con tinta negra, letra de molde legible y sin tachaduras, y abre todo el expediente. No se acepta en otro formato ni con correcciones que impidan su lectura clara. [LECTURA] Estos dos documentos son la llave de entrada al trámite: sin tarjeta vigente y sin DNN-3 bien llenado, la SRE no recibe la solicitud. cuenta solo tu último contrato.
La cita suele pedirse con semanas de anticipación y la espera de resolución depende de la carga de trabajo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Quien viva fuera de la Ciudad de México debe planear al menos un viaje con hospedaje, porque el trámite no se descentraliza a delegaciones estatales.
Plazos que debes respetar: residencia, resolución y verificación
El plazo más importante es el de residencia legal continua en México. La Ley de Nacionalidad fija cinco años por la vía general y dos años en las modalidades abreviadas; el Reglamento desarrolla el cómputo. Para no equivocarse con las fechas, conviene revisar el artículo 20 de la Ley y el artículo 14 de su Reglamento directamente en el texto vigente.
▲ Reducido desde 5 años en las cuatro modalidades que reconoce la Ley de Nacionalidad
Ejemplo con cifras: cuándo toca pedir la carta
Si obtuviste tu tarjeta de residente temporal el 15 de enero de 2019, la fecha mínima para pedir la carta por la vía general es el 15 de enero de 2024, siempre que hayas mantenido la residencia continua y sin salidas prolongadas del país. Por la modalidad de matrimonio con mexicana o por origen latinoamericano, el plazo se reduce a dos años, por lo que ese mismo residente podría haber solicitado su carta el 15 de enero de 2021, siempre que cumpliera los demás requisitos.
Constancia de verificación: hasta 3 meses
Una vez expedida la carta, la SRE entrega una constancia de verificación con la que cualquier autoridad puede confirmar su autenticidad. Esa constancia se solicita por correo electrónico ante la propia SRE y se entrega en un máximo de 3 meses, contados a partir del acuse de recibo de la solicitud.
Para pedirla se requiere escrito libre firmado con los nombres de la persona buscada, copia de actas o documentos migratorios que acrediten parentesco, identificación oficial vigente del solicitante y comprobante de pago. El documento se entrega únicamente cuando el expediente cumple los requisitos, por lo que conviene revisar bien la documentación antes de enviarla.
Cinco años por la vía general, dos en las abreviadas: ese es el reloj que mueve todo el trámite, y la constancia de verificación puede sumar otros tres meses más después de expedida la carta.
Fuentes
- Felixpago¿Qué es la carta de naturalización? – Félix Pagoconsultado el 10/08/2026
- WiseCómo obtener la ciudadania mexicana – Wiseconsultado el 10/08/2026
- AbogadosmigratoriosmexicoNaturalización – Abogados Migratorios Méxicoconsultado el 10/08/2026
- GobCertificado de Nacionalidad mexicana para los nacidos en el …consultado el 10/08/2026
