- Renuncia voluntaria con relación laboral subordinada. Basta con aviso por escrito, sin preaviso obligatorio ni indemnización.
- Finiquito: salarios, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcional. Reclamar diferencias hasta dos meses ante el Tribunal Laboral.
- [LECTURA] Cuatro datos clave para entender qué pasa al renunciar y cuánto te deben pagar al terminar la relación. papeleta al SMAC y demanda, en 20 días.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Cualquier trabajador con relación laboral subordinada puede renunciar cuando quiera. No importa la antigüedad, ni si el contrato es por tiempo indeterminado, por obra o por temporada: la decisión es libre y basta con comunicarla por escrito al patrón para empezar a mover las fechas del finiquito. Esta guía te dice, en concreto, qué ley lo respalda, qué datos debe llevar tu carta, cuánto te deben pagar y cómo reaccionar si el patrón se hace del rogar.
¿Quién puede presentar una carta de renuncia y qué exige la ley?
Toda persona con un trabajo subordinado —asalariada, con horario y jefe— puede presentar su renuncia en el momento en que lo decida. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos lo garantiza en su artículo 5: nadie puede ser forzado a trabajar ni a quedarse en un empleo contra su voluntad. La Ley Federal del Trabajo opera ese derecho y prohíbe cualquier cláusula que ate al trabajador por más de un año en su perjuicio.
Renunció al cabo de 6 meses con un salario mensual de 18.000 pesos MXN. El finiquito se calculó en 27.000 pesos MXN: salarios, aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional. 27.000 pesos MXN.
Para que la renuncia sea válida y cobre efectos prácticos, basta con tres condiciones que conviene verificar antes de imprimir la carta:
- Ser mayor de edad (o estar legalmente emancipado) y estar en pleno uso de tus facultades para decidir.
- Manifestar la voluntad de terminar la relación sin presión, sin coacción y sin que medie un ofrecimiento de mejora que pueda interpretarse como despido indirecto.
- Comunicar esa decisión por escrito, con fecha y firma, para tener una constancia que ampare el cobro del finiquito.
No necesitas justificarte, no estás obligado a decir a dónde te vas ni a revelar tu nuevo sueldo. El patrón solo puede despedir por las causas que marca la propia Ley Federal del Trabajo; cualquier otra salida de la relación que no sea renuncia o despido justificado abre la puerta a una indemnización.
Datos y documentos que debe llevar la carta
La carta no tiene un formato oficial, pero sí exige campos que la hacen útil como prueba. Lo mínimo que no puede faltar:
- Lugar y fecha de emisión (ciudad, estado, día, mes y año).
- Nombre completo del destinatario: el jefe directo o el área de Recursos Humanos.
- Tus datos: nombre completo, RFC, CURP, número de empleado o de seguridad social si lo tienes, puesto y área.
- Manifestación clara e inequívoca de que renuncias al puesto, con la fecha exacta del último día laboral.
- Firma autógrafa, nombre completo y, de preferencia, tu número de identificación personal o de empleado.
Puedes añadir, sin que reste validez, un agradecimiento breve, tu disposición para hacer entrega de pendientes o capacitar al reemplazo, y un motivo general (motivos personales, búsqueda de crecimiento profesional), siempre que no sirva para acreditar un despido.
Anexos que debes conservar:
- Copia firmada de la carta con acuse de recibo sellado o firmado por la empresa.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
- Cualquier convenio de terminación y finiquito que firmes al final.
Tener una copia sellada de la carta con fecha de recepción es la diferencia entre poder acreditar el inicio del plazo para cobrar y quedarte en palabra.
Qué te debe pagar el patrón al renunciar y cómo se calcula
En la renuncia voluntaria el patrón solo paga finiquito, no indemnización. La indemnización constitucional de tres meses de salario, la prima de antigüedad y los veinte días por año son propios del despido injustificado, así que no los esperes en una renuncia.
6 meses
18.000 pesos MXN
Renuncia voluntaria
27.000 pesos MXN
Los conceptos que sí deben aparecer en tu finiquto son:
- Salarios devengados: los días trabajados del último periodo y pendientes de pago.
- Vacaciones proporcionales: los días que te tocan según la antigüedad (doce días al año como mínimo, más dos días por cada año subsecuente hasta llegar a veinte, y después incrementos cada cinco años, conforme a la Ley Federal del Trabajo).
- Prima vacacional: el 25 % sobre el valor de esas vacaciones.
- Aguinaldo proporcional: mínimo quince días de salario al año, pagados de forma proporcional a los meses trabajados.
Un caso resuelto: Karla trabajó en una empresa de Guadalajara del 1 de enero al 30 de junio de 2024 con un salario mensual de 18.000 pesos MXN. Salarios devengados = 18.000 pesos MXN. Aguinaldo proporcional = 18.000 ÷ 30 × 15 × (6 ÷ 12) = 4.500 pesos MXN. Vacaciones proporcionales = 18.000 ÷ 30 × 12 × (6 ÷ 12) = 3.600 pesos MXN. Prima vacacional = 3.600 × 25 % = 900 pesos MXN. Total del finiquito = 27.000 pesos MXN.
| Concepto | Fórmula | Importe (MXN) |
|---|---|---|
| Salarios devengados | mes completo | 18.000,00 |
| Aguinaldo proporcional | salario diario × 15 × (meses ÷ 12) | 4.500,00 |
| Vacaciones proporcionales | salario diario × 12 × (meses ÷ 12) | 3.600,00 |
| Prima vacacional | vacaciones × 25 % | 900,00 |
| Total finiquito | 27.000,00 |
El pago debe hacerse al momento de la separación o en la fecha que hayas pactado por escrito, y cualquier diferencia posterior tiene plazos para reclamarse.
Cómo y a quién entregar la carta paso a paso
La renuncia es un trámite entre particulares; PROFEDET solo interviene si después hay conflicto. Sigue esta ruta para no dejar cabos sueltos:
- Agenda una reunión privada con tu jefe directo y, si tu empresa lo permite, con Recursos Humanos. Avisa de forma verbal y lleva la carta impresa y firmada.
- Entrega la carta escrita con copia firmada para ti. Si el patrón se niega a firmar el acuse, puedes enviar la carta por correo certificado con acuse de recibo o a través de buzón electrónico institucional; ambas sirven como constancia de fecha.
- Firma el recibo o finiquito solo después de revisar que las cantidades coincidan con los conceptos calculados. Si hay diferencias, anótalas en el propio documento antes de firmar o rechaza firmar hasta aclararlas.
- Conserva tu copia con sello de recibido, más una copia del convenio de terminación y finiquito y tus identificaciones. Si la empresa no quiere firmar nada, PROFEDET puede dejar constancia de la presentación.
Preaviso: cuándo aplica y qué pasa si no lo das
La Ley Federal del Trabajo no obliga al trabajador a dar un preaviso de quince o treinta días. Cualquier descuento por no avisar debe estar previsto en tu contrato individual, en el contrato colectivo o en el reglamento interior, y debe ser razonable. Si el patrón te descuenta sin ese respaldo documental, el monto se te regresa en el finiquito o, si ya se pagó, se reclama ante PROFEDET o el Tribunal Laboral.
Un descuento por "no dar preaviso" sin cláusula escrita que lo respalde es dinero que te están quitando de más y se reclama.
Plazos que importan: pago del finiquito y prescripción de acciones
La Ley Federal del Trabajo pone relojes claros para que el patrón cumpla y para que el trabajador reclame si no lo hace:
- Pago de prestaciones: se entrega al término de la relación o en la fecha pactada por escrito entre las partes; la costumbre es pagarlo el último día laboral o dentro de los pocos días hábiles siguientes, en una sola exhibición.
- Reclamar diferencias de salarios: tienes hasta dos meses para acudir al Tribunal Laboral, pasando antes por la conciliación prejudicial obligatoria ante el Centro de Conciliación competente.
- Acciones sobre prestaciones en general: la prescripción llega a los dos años contados a partir del momento en que debieron pagarse.
- Acciones que no prescriben: el derecho a vacaciones y aguinaldo del último año, mientras la relación siga viva; una vez liquidada, aplican los plazos anteriores.
Si la empresa no paga el finiquito, el camino desde la reforma laboral de 2019 es: conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación federal (asuntos que correspondan al ámbito federal) o en el Centro de Conciliación local de tu estado, y, si no hay arreglo, demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial. PROFEDET te asesora y representa gratis como trabajador; ese organismo depende de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
No firmes un finiquito "en blanco", no aceptes que te liquiden con la sola leyenda "renuncia voluntaria" en lugar de las cantidades, y no dejes pasar los plazos: cada día que pasa sin reclamar acerca la prescripción. El documento más importante después de la carta no es la carta, es el convenio de terminación y finiquito firmado, con cifras claras y conceptos desglosados.
Fuentes
- ComputrabajoCómo redactar una buena carta de renuncia | Computrabajo Méxicoconsultado el 23/09/2026
- UsahelloEjemplo de carta de renuncia – USAHelloconsultado el 23/09/2026
- LegalarioCarta Renuncia Voluntaria México ✔️ – Legalarioconsultado el 23/09/2026
