- Qué es: Acta de notaridad que declara a los herederos cuando no hay testamento.
- Cuánto cuesta: Desde unos 31.000 pesos (MXN) en honorarios, hasta superar 50.000 pesos (MXN).
- Cómo se tramita: Ante notario, con edictos y registro, en meses.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Cuando alguien muere sin dejar testamento en México, la familia no hereda de forma automática: alguien tiene que acreditar formalmente quién es heredero y en qué proporción. Ese documento se llama acta de notoriedad para herederos (también conocido como declaración de herederos abintestato) y se tramita ante un notario público. El notario levanta un acta en la que hace constar, previa identificación de los comparecientes y de los testigos, quiénes tienen derecho a la herencia conforme al Código Civil de la entidad donde vivía el fallecido.
Qué es y para qué sirve el acta de notaridad para herederos
El acta de notoriedad es un documento notarial que sirve para declarar formalmente quiénes son los herederos de una persona fallecida que no otorgó testamento. Con ella se demuestra la propiedad de bienes inmuebles, cuentas bancarias, vehículos e inversiones ante bancos, el Registro Público de la Propiedad y autoridades fiscales, sin necesidad de un juicio sucesorio judicial.
En la Ciudad de México y otras entidades, la concubina o concubinario con al menos dos años de convivencia se equipara al cónyuge en derechos sucesorios, siempre que no haya impedimentos.
Solo se puede usar este camino cuando no existe testamento válido. Si el fallecido otorgó uno y está bien registrado, basta con el albacea y la copia certificada del testamento para tramitar la sucesión, sin acta de notoriedad.
En términos prácticos, el acta de notoriedad es la llave para no abrir un juicio sucesorio intestamentario en los juzgados familiares o civiles, que suele demorar años.
La principal advertencia es clara: levantar el acta de notoriedad sale más caro y toma más tiempo que haber otorgado un testamento abierto cuando se estaba vivo. Un testamento abierto ante notario en la Ciudad de México cuesta, en promedio, entre 4.000 y 8.000 pesos (MXN); el acta de notoriedad, según el caudal, puede rebasar los 50.000 pesos (MXN) solo en honorarios y derechos.
Herencia con testamento frente a herencia abintestato
| Aspecto | Con testamento | Sin testamento (abintestato) |
|---|---|---|
| Documento base | Copia certificada del testamento | Acta de notoriedad para herederos |
| Ante quién se tramita | Notario (sucesión extrajudicial) | Notario, mediante acta de notoriedad |
| Acredita | Voluntad del testador y designaciones | Parentesco y orden sucesorio legal |
| Costo relativo | Menor (rango accesible) | Mayor, depende del caudal hereditario |
| Plazo típico | Semanas | Meses, por edictos y registros |
| Necesita testigos | No, salvo casos especiales | Sí, tres testigos que conozcan a la familia |
Quiénes pueden tramitarla y en qué orden de sucesión
El Código Civil Federal y los códigos civiles estatales reconocen un orden sucesorio claro. El acta la pueden solicitar quienes demuestren parentesco dentro de ese orden, empezando por los más cercanos. Si hay varios legitimados en el mismo nivel, pueden concurrir juntos o uno en representación de los demás con poder notarial.
- Descendientes (hijos, nietos): concurren con el cónyuge o concubino.
- Ascendientes (padres, abuelos): entran si no hay descendientes.
- Cónyuge o concubino: tiene derechos propios y porción conyugal; en la CDMX y Edomex se equipara a la concubina con dos años de convivencia.
- Parientes colaterales (hermanos, sobrinos): solo a falta de los anteriores.
- La UAL (Unidad de Asistencia Legal) o la Beneficencia Pública cuando no existe ningún heredero legítimo conocido.
El notario verifica el orden con las actas de nacimiento y matrimonio expedidas por el Registro Civil de cada entidad. Si alguien está fuera del orden, el acta se rechaza o se reserva solo a los legítimos.
Documentos que debes reunir antes de ir al notario
Antes de pedir cita con el notario, conviene tener todo listo. La falta de un solo documento retrasa semanas el trámite. Lo habitual es preparar:
- Acta de defunción del fallecido, expedida por el Registro Civil de la entidad donde ocurrió el fallecimiento.
- Acta de nacimiento del fallecido, para acreditar la filiación.
- Actas de nacimiento y de matrimonio de los herederos que comparecen.
- Identificaciones oficiales vigentes (INE/IFE o pasaporte) de todos los comparecientes.
- CURP del fallecido y de los herederos.
- Comprobantes del caudal hereditario: escrituras de inmuebles, estados de cuenta, facturas de vehículos, títulos de crédito.
- Constancia de no testamento que se solicita al Archivo General de Notarías de la entidad o, en la CDMX, ante el Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT).
- Datos de tres testigos que conozcan a la familia y no tengan interés directo en la herencia (no pueden ser los propios herederos).
Este paquete suele ser suficiente; el notario puede pedir pruebas adicionales si el caudal es complejo o hay controversias entre parientes.
Cuánto cuesta el trámite y de qué depende
El costo del acta de notoriedad en México no es fijo: cada entidad federativa tiene su propio arancel notarial y sus derechos registrales. Aun así, todos los aranceles estatales se calculan tomando como base la UMA (Unidad de Medida y Actualización), cuyo valor diario publica el INEGI y cambia cada año.
Los rubros que componen el costo final son cuatro:
- Honorarios notariales: se cobran conforme al arancel del Colegio de Notarios de cada estado y dependen del valor del caudal hereditario. Un arancel común es un porcentaje sobre el valor de los bienes, con un mínimo que suele fijarse en UMA.
- Publicación de edictos: el acta debe notificarse a posibles interesados mediante edictos en el periódico oficial y en un diario de mayor circulación. Cada publicación tiene su tarifa particular.
- Derechos registrales: inscripción en el Registro Público de la Propiedad y, en su caso, en el Registro Nacional de Avisos de Testamento.
- Impuestos: el ISR por adquisición de bienes inmuebles se paga ante el SAT, y hay consideraciones de exención cuando se trata de la casa habitación dentro de la zona conurbada.
Fórmula general para estimar los honorarios en estados que usan UMA:
- Honorarios ≈ (cantidad fija en UMA × valor diario UMA) + (% sobre valor del caudal × valor del caudal)
Por ejemplo, en un estado con arancel que cobra 10 UMA como base fija más 1,5 % del caudal, con valor diario de la UMA de 108,57 pesos (MXN) y un caudal de 2.000.000 pesos (MXN), los honorarios serían:
- Base fija: 10 × 108,57 = 1.085,70 pesos (MXN)
- Porcentaje: 1,5 % × 2.000.000 = 30.000 pesos (MXN)
- Total honorarios: 31.085,70 pesos (MXN)
tasa progresiva según valor del inmueble, con posible exención de casa habitación
9.200 a 60.000 pesos (MXN) aprox.
A esto se suman edictos (5.000–15.000 pesos MXN), derechos registrales (variables) e ISR (tasa progresiva según el valor del inmueble).
Cómo cambian los costos entre estados
| Rubro | CDMX | Estado de México | Jalisco | Nuevo León |
|---|---|---|---|---|
| Base fija en UMA (honorarios) | Media | Media | Alta | Alta |
| Porcentaje sobre el caudal | 1 %–2 % | 1,5 %–2,5 % | 2 %–3 % | 1,5 %–2,5 % |
| Publicación de edictos | Media | Media-baja | Media | Media-alta |
| Derechos registrales (RPP) | Medio | Medio | Alto | Medio |
| ISR por adquisición | Aplica, con exención de casa habitación | Aplica | Aplica | Aplica |
Los aranceles se consultan en la página del Colegio de Notarios de cada entidad y en la Secretaría de Finanzas estatal correspondiente. No existe un arancel nacional único.
Cómo se tramita paso a paso ante notario
Una vez reunidos los documentos, el camino ante notario sigue una secuencia clara. Los plazos son aproximados y dependen de la agenda de cada notaría y del tiempo de respuesta del Registro Civil.
Acta de notaridad para herederos
Notarial (no judicial)
Constancia de no testamento
1 a 3 meses, según edictos y registro
- Solicitar la constancia de no testamento ante el Archivo General de Notarías de la entidad o ante el RENAT (Registro Nacional de Avisos de Testamento). Plazo: 3 a 10 días hábiles.
- Agendar cita con el notario y entregar el expediente de documentos.
- Comparecencia de herederos y testigos ante el notario: se identifican, declaran el parentesco y el notario levanta el acta inicial.
- Período de edictos: el notario publica avisos en el periódico oficial y en un diario de mayor circulación para llamar a cualquier tercero que reclame derechos. Plazo: entre 10 y 30 días naturales según la entidad.
- Resolución notarial: si nadie se opone, el notario aprueba el acta de notoriedad, determina herederos y porciones, y la convierte en escritura pública de adjudicación.
- Inscripción en el Registro Público de la Propiedad para los bienes inmuebles, ante el RPP estatal. Plazo: 15 a 30 días hábiles.
- Liquidación del ISR ante el SAT por la adquisición de inmuebles y, en su caso, el pago de impuestos locales.
- Entrega de la escritura pública a los herederos, con la que pueden disponer libremente de los bienes.
Cuando hay inmuebles en distintas entidades, hay que repetir el registro en cada Registro Público local. Esto multiplica derechos y tiempos.
Cierre
Levantar un acta de notoriedad para herederos en México no es un simple trámite: es un procedimiento notarial con peso legal, plazos y costos significativos. Si hay testamento, todo se simplifica; si no, conviene acudir cuanto antes al notario, reunir el expediente completo y entender que el orden sucesorio del Código Civil estatal es el que decide quiénes firman.
«Si no hay testamento, los hijos se quedan con todo y la pareja no recibe nada.»
El cónyuge o concubinotiene derechos sucesorios propios y porción conyugal; no queda excluido cuando hay descendientes, solo concurre con ellos.
VS
Para más información general sobre declaraciones de herederos y el trabajo del notario, puedes consultar la guía del portal del notariado o revisar el archivo de noticias jurídicas sobre herencias. Para entender mejor el alcance del acta en el proceso sucesorio, la guía sobre herencias, testamentos y sucesiones ofrece un marco comparado útil.
Fuentes
- VlexLa declaración de herederos abintestato y el acta de notoriedad – vLexconsultado el 08/08/2026
- MjusticiaEl Registro de Actos de Última Voluntad – Ministerio de Justiciaconsultado el 08/08/2026
- ElderechoActas de notoriedad de declaración de herederos abintestatoconsultado el 08/08/2026
- IneafActa de notoriedad de herederos – Ineafconsultado el 08/08/2026
- AlmogueranotarioActas de notoriedad – Qué son y para qué sirven – Almoguera Notarioconsultado el 08/08/2026
