- Qué es: renuncia del trabajador, sin causa imputable al patrón.
- Cuánto cobras: solo los conceptos del finiquito devengados.
- Cómo reclamar: revisión del CFDI ante el SAT o queja ante PROFEDET.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Cuando un trabajador decide separarse del empleo por decisión propia en México, la empresa solo está obligada a cubrir los conceptos del finiquito: los días de salario pendientes, las vacaciones no disfrutadas y las partes proporcionales de aguinaldo y prima vacacional. No hay indemnización constitucional ni prima de antigüedad, porque esas prestaciones se reservan para los casos de despido injustificado regulados por la Ley Federal del Trabajo. Por eso, antes de usar una calculadora por renuncia voluntaria conviene tener claros tres puntos: qué te corresponde, qué fórmulas se aplican y de dónde sale cada cifra.
Qué es la renuncia voluntaria y a quién le aplica en México
- Acto unilateral del trabajador: la separación ocurre porque él lo decide, sin que medie causa imputable al patrón.
- No genera indemnización constitucional ni prima de antigüedad: el patrón paga exclusivamente los conceptos del finiquito que ya se devengaron, siempre proporcionales al último año laborado.
- Decisión libre: la renuncia debe firmarse sin presión; si el patrón induce o firma una baja que parece renuncia para disfrazar un despido, el caso se reclasifica y proceden las prestaciones del despido injustificado.
- Aviso al patrón: basta con notificar la fecha en que dejaremos de laborar; la ley no exige un preaviso mínimo, aunque muchas empresas lo piden por política interna.
- Baja firmada: el patrón entrega la constancia de baja y, cuando aplica, el CFDI de nómina con el finiquito timbrado para que el trabajador pueda acreditar los ingresos ante el SAT.
Documentos y datos que necesitas para calcular tu finiquito
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) y CURP para acreditar identidad ante el patrón y, en su caso, ante PROFEDET.
- RFC con homoclave y e.firma vigente, necesarios para revisar el CFDI de nómina que el patrón timbra al cierre.
- Número de Seguridad Social (NSS) del IMSS, por si requieres actualizar tu situación ante la AFORE.
- Recibos de nómina de los últimos tres meses, que permiten verificar el salario diario base y las percepciones variables (tiempo extra, comisiones, bonos).
- Constancia de baja o carta de renuncia firmada, con fecha de ingreso y de baja exactas.
- Datos numéricos para la calculadora: fecha de ingreso, fecha de baja, salario diario, días de salario pendiente, periodicidad de pago (semanal, quincenal o mensual), días de aguinaldo pactados, porcentaje de prima vacacional y, si trabajas en un municipio fronterizo norte, marcar la opción porque aplica la UMA diferenciada que publica el INEGI.
Conceptos del finiquito por renuncia y cómo se calcula cada uno
Al renunciar de manera voluntaria solo tienes derecho a las prestaciones devengadas y no pagadas, calculadas de forma proporcional al último año de servicios. La base legal principal está en los artículos 76, 77, 80 y 87 de la Ley Federal del Trabajo. Para que una calculadora por renuncia voluntaria arroje cifras cercanas a la realidad, conviene entender primero qué integra cada concepto.
| Concepto | Mínimo legal federal | Base legal | Cómo se calcula |
|---|---|---|---|
| Salarios pendientes | Lo devengado y no pagado | Ley Federal del Trabajo | Días trabajados y no pagados × salario diario |
| Aguinaldo | 15 días anuales, antes del 20 de diciembre | Ley Federal del Trabajo | Meses completos del último año + días del año en curso |
| Vacaciones | 12 días el primer año + 2 por año subsecuente, hasta 20 | Ley Federal del Trabajo | Días del periodo × salario diario |
| Prima vacacional | 25% sobre los salarios del periodo vacacional | Ley Federal del Trabajo | Vacaciones devengadas × 25% |
Estos cuatro conceptos son los únicos que un patrón está obligado a cubrir en una renuncia voluntaria; cualquier otro extra (bono de antigüedad, vale de despensa pendiente, comisiones) debe estar previamente devengado para que proceda su pago.
Salario diario base y salario diario integrado
El salario diario base es la percepción fija que recibes por una jornada ordinaria, antes de impuestos; con él se pagan los salarios pendientes y, en muchos casos, las vacaciones. El salario diario integrado, en cambio, suma al base las prestaciones fijas y la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, y se usa para calcular cuotas al IMSS y, en los casos que proceden, la prima de antigüedad.
Por ejemplo, si Ana gana 700 pesos diarios de base más 1.200 pesos mensuales de ayuda de transporte fija, su salario diario integrado mensual se obtiene dividiendo el total de percepciones fijas entre 30.4 días. Con 700 + (1.200 / 30.4) ≈ 739,47 MXN de salario diario integrado, que sirve para reportar correctamente el CFDI de nómina.
Aguinaldo proporcional al renunciar antes del 20 de diciembre
El aguinaldo mínimo es de 15 días de salario y debe pagarse, como regla general, antes del 20 de diciembre de cada año, conforme a la Ley Federal del Trabajo. Si renuncias antes de esa fecha, la parte proporcional se calcula por meses completos del último año laborado y, dentro del año en curso, por los días efectivamente trabajados.
Tomemos a Luis, quien renunció el 30 de septiembre de 2025, con un salario diario de 600 MXN y dos años completos en la empresa. Los meses completos del último año le corresponden: 15 días × 12 / 12 = 15 días. Del 1 de enero al 30 de septiembre de 2025 (273 días naturales) le tocan 15 × (273 / 365) ≈ 11,22 días. En total, 26,22 días × 600 MXN = 15.732 MXN de aguinaldo proporcional.
Vacaciones y prima vacacional proporcionales
La tabla de vacaciones que aplica a nivel federal se actualizó en la reforma de 2023 y se refleja en los artículos 76 y 77 de la Ley Federal del Trabajo.
| Antigüedad | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 año | 12 |
| 2 años | 14 |
| 3 años | 16 |
| 4 años | 18 |
| 5 años en adelante | 20 |
La prima vacacional es del 25% sobre los salarios del periodo vacacional. Siguiendo el caso de Luis, con tres años cumplidos le corresponden 16 días de vacaciones; del 1 de enero al 30 de septiembre de 2025 (273 días) le tocan 16 × (273 / 365) ≈ 11,97 días. La prima vacacional proporcional se calcula así: 11,97 × 600 × 0,25 = 1.795,50 MXN.
Qué datos pide una calculadora en línea y cómo verificar la herramienta
Una calculadora confiable solicita, como mínimo, los campos que se muestran en la siguiente tabla. Si la herramienta pide datos sensibles como contraseñas o datos bancarios para "depositarte" el finiquito, no es una calculadora: es un intento de fraude.
| Campo | Para qué se usa |
|---|---|
| Fecha de ingreso | Calcula antigüedad y proporción de aguinaldo y vacaciones |
| Fecha de baja | Define el corte del cálculo |
| Salario diario | Base del finiquito |
| Días de aguinaldo anuales | Verifica si supera el mínimo de 15 días |
| Porcentaje de prima vacacional | Confirma el 25% mínimo |
| Días de vacaciones por año | Aplica la tabla de la LFT |
| Salario base de cotización | Determina cuotas y, en su caso, SBC topado |
| Periodicidad de pago | Convierte salario mensual, quincenal o semanal a diario |
| Municipio fronterizo norte | Activa la UMA diferenciada que publica el INEGI |
Para distinguir una herramienta seria, revisa que cite las leyes que aplica, que muestre el desglose concepto por concepto y que advierta, de manera expresa, que los montos son aproximados. La calculadora de aguinaldo y la calculadora de nómina de FiscoClic cumplen con ese criterio y usan las tablas de ISR vigentes. Aun así, el cálculo final lo determina el patrón al timbrar el CFDI de nómina.
ISR que se retiene sobre el finiquito
El ISR del finiquito se calcula por separado del ISR de la nómina ordinaria, porque la Ley del ISR permite aplicar una tasa específica sobre los ingresos Gravados por separación. En la práctica, las herramientas profesionales separan la base gravable del finiquito y la del liquidación, aplican las tablas de ISR que publica el SAT y obtienen el impuesto a retener.
El finiquito por renuncia se calcula con una fórmula sencilla. Lo único que necesitas es el salario diario y el tiempo laborado en el último año para sacar las partes proporcionales. salario diario (con percepciones fijas incluidas) y tus meses completos del último año.
600 MXN × 26.22 días = 15.732 MXN de aguinaldo proporcional.
Por ejemplo, si el finiquito bruto de Luis suma 15.732 MXN de aguinaldo, 7.182 MXN de vacaciones proporcionales y 1.795,50 MXN de prima vacacional, el total es 24.709,50 MXN. Tras descontar la parte exenta que la ley permite y aplicar la tarifa vigente, el ISR a retener puede rondar los 1.200 MXN, aunque el monto exacto depende del saldo insoluto de créditos fiscales y del nivel de ingresos del trabajador. La cifra definitiva la fija el patrón al timbrar el CFDI de nómina con el complemento de separación.
Si el patrón no paga el finiquito completo o te presiona a firmar una renuncia que en realidad encubre un despido, conviene acudir cuanto antes a PROFEDET, que brinda asesoría gratuita, y, si la diferencia no se resuelve, levantar el asunto ante el Centro de Conciliación correspondiente y, en última instancia, ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial. Un cálculo bien hecho desde el inicio es la base para negociar o, en su caso, demandar con cifras claras.
Renunció el 30 de septiembre de 2025 tras 2 años en la empresa. Le calculan partes proporcionales del último año, porque la decisión fue suya y libre: 15.732 MXNde aguinaldo proporcional. Caso real resuelto con las fórmulas del artículo: aguinaldo, vacaciones y prima vacacional calculados sobre los meses efectivamente laborados..
Una renuncia firmada bajo presión colegiado puede representarte en el juzgado de lo social igual que un abogado, y normalmente cobra menos.
Fuentes
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 09/08/2026
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 09/08/2026
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 09/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 09/08/2026
- ConciliacionlaboralCalculadora de prestaciones por liquidaciónconsultado el 09/08/2026
