Vacaciones

Cálculo de pago de vacaciones en México: fórmula, días y ejemplo paso a paso

octubre 4, 2026 México Derecho 9 min read
Cálculo de pago de vacaciones en México: fórmula, días y ejemplo paso a paso
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué te deben: 12 días de vacaciones desde el primer año, más prima vacacional del 25 %.
  • Cómo se calcula: salario diario × días que te tocan; la prima es ese resultado × 0.25.
  • Base legal: artículos 76 y 80 de la Ley Federal del Trabajo.
Antes de aceptar el recibo de nómina, confirma que el CFDI traiga vacaciones y prima desglosadas y el ISR retenido del periodo.

Saber cuánto te deben por vacaciones en México no requiere más que dos datos: tu salario diario y los días que ya te tocan según los años que llevas en la empresa. La regla federal la fija la Ley Federal del Trabajo y el cálculo se reduce a multiplicar, sumar una prima mínima del 25 % y revisar el ISR.

Este artículo te lleva paso a paso: quién tiene derecho, cuántos días corresponden con la reforma Vacaciones Dignas, la fórmula del pago y de la prima, un ejemplo resuelto con cifras en pesos y cómo debe verse el recibo de nómina timbrado por el patrón.

Quién tiene derecho a vacaciones pagadas y qué requisitos se deben cumplir

Cualquier persona con un contrato subordinado —por tiempo indeterminado, por obra determinada o por temporada— cumple el piso federal para gozar vacaciones pagadas al cumplir un año de servicios. La regla aplica tanto en jornada completa como en jornadas parciales o por horas: el derecho se calcula de manera proporcional al tiempo efectivamente laborado.

¿Sabías que…?

La prima vacacional tiene un tramo exento equivalente a 15 veces la UMA diaria vigente: con la UMA en 117.31 pesos (MXN) , el tope exento de referencia es

1,759.65 pesos (MXN) diarios . Lo que rebase esa cifra ya paga ISR a tu tarifa.

El dato viene del artículo 93, fracción XIII, de la Ley del ISR y lo publica el INEGI; te sirve para revisar tu recibo.

Checklist rápido para confirmar si aplica a tu caso:

  • Antigüedad mínima de un año en el mismo patrón, salvo que la relación termine antes (ahí se paga proporcional en el finiquito).
  • Vínculo laboral subordinado: que exista un patrón que te pague un salario y te dé instrucciones.
  • Jornada completa, parcial o por horas: las tres generan el derecho, solo cambia la base salarial del cálculo.
  • Prestación personal e intransferible: las vacaciones se gozan, no se «acumulan» para canjearlas por dinero en efectivo (lo prohíbe la Ley Federal del Trabajo).
  • Inscripción al IMSS: si el patrón no te dio de alta, eso no te quita el derecho; al contrario, refuerza el reclamo ante PROFEDET o el Tribunal Laboral.

Lo que establece la Ley Federal del Trabajo sobre vacaciones y prima vacacional

La Ley Federal del Trabajo reconoce el derecho de todo trabajador a disfrutar vacaciones pagadas después de un año de servicio, y prohíbe pagar vacaciones no disfrutadas en sustitución del descanso. Sobre esa base fija una prima vacacional mínima del 25 % calculada sobre los salarios correspondientes al periodo vacacional. La prima se paga junto con las vacaciones y, por regla general, al inicio del descanso.

En México la ley prohíbe «comprar» las vacaciones: o se descansan, o se pagan de forma proporcional cuando la relación laboral termina antes de poder gozarlas.

Cuántos días de vacaciones te corresponden por años de servicio (reforma Vacaciones Dignas)

La reforma conocida como Vacaciones Dignas, vigente desde 2023, subió el piso federal a 12 días de vacaciones desde el primer año y agregó un crecimiento gradual por antigüedad. El detalle se resume en esta tabla:

Pregunta rara pero frecuente¿Y si renuncio o me despiden antes del año? Se pagan igual:vacaciones y prima proporcionales a los días trabajados, dentro del finiquito.
Años cumplidos Días de vacaciones (mínimo federal)
1 año 12
2 años 14
3 años 16
4 años 18
5 años 20
6 a 10 años 22
11 a 15 años 24
16 a 20 años 26
21 a 25 años 28
26 años en adelante 30

A partir del sexto año, los días aumentan dos por cada cinco años de servicio. Esta es la regla federal; si tu contrato colectivo, tu ley estatal o tu convenio fija días o una prima mayor, se aplica lo más favorable, como explica Factorial en su guía Vacaciones Dignas.

Fórmula para calcular el pago de vacaciones y la prima vacacional en México

La fórmula federal parte del salario diario y de los días que ya te tocan según la tabla anterior. Para la prima se multiplica el resultado por 0.25 (25 %):

Fecha límiteEl patrón debe pagarte las vacaciones y la prima antes de que inicien los días de descanso ; si no lo hace, PROFEDET y el Tribunal Laboral pueden intervenir.
  • Pago de vacaciones = Salario diario × Días de vacaciones que correspondan.
  • Prima vacacional = Salario diario × Días de vacaciones × 0.25.
  • Total a recibir = Pago de vacaciones + Prima vacacional.

Ambas partidas tienen como base los salarios del periodo vacacional, conforme a la Ley Federal del Trabajo. Algunas empresas prefieren expresar la prima sobre el salario diario integrado (SDI) cuando incluye prestaciones fijas; si tu empresa lo aplica, el monto sube. Puedes revisar cómo se integra el SDI en la calculadora de salario diario integrado de Villanett.

Ejemplo paso a paso con cifras en pesos mexicanos

Tomemos a Karla, trabajadora en Monterrey con un año cumplido y salario diario de 350 pesos (MXN). Le corresponden 12 días por la tabla federal. El cálculo queda así:

  1. Pago de vacaciones: 350 × 12 = 4,200 pesos (MXN).
  2. Prima vacacional: 4,200 × 0.25 = 1,050 pesos (MXN).
  3. Total antes de impuestos: 4,200 + 1,050 = 5,250 pesos (MXN).
Reparto del pago vacacional con prima del 25 %
Ejemplo de Karla con 12 días y salario diario de 350 pesos (MXN), antes de impuestos.
Pago de vacaciones≈ 4,2 %
Prima vacacional (25 %)≈ 1,1 %
Total bruto≈ 5,3 %
ISR retenido≈ 0 %
Fíjate en el peso relativo de la prima: si tu salario cambia, la proporción se mantiene y el ISR se aplica al excedente.

Si la misma persona gana 600 pesos (MXN) diarios con 5 años y 20 días, el resultado sería: 600 × 20 = 12,000 pesos (MXN) de vacaciones, más 3,000 pesos (MXN) de prima (25 %), para un total de 15,000 pesos (MXN) antes del ISR.

Tratamiento fiscal: ISR sobre vacaciones y exención de la prima vacacional

El pago de vacaciones se acumula al resto de tus ingresos del mes y tributa a tarifa normal del ISR, igual que cualquier salario ordinario. La prima vacacional tiene un tratamiento especial: la Ley del ISR considera exenta la parte equivalente a 15 veces la UMA diaria vigente, y solo el excedente se grava. Con la UMA diaria en 117.31 pesos (MXN), el tope exento diario de referencia es 1,759.65 pesos (MXN), dato publicado por el INEGI.

Vacaciones + prima antes de impuestos (12 días, 350 pesos MXN)
5,250 pesos (MXN)
▲ +1,050 pesos (MXN) vs solo vacaciones
Solo vacaciones (12 días × 350 pesos MXN) 4,200 pesos (MXN) pagaban sin la prima del 25 %.

La prima del 25 % añade una quinta parte al pago vacacional; recuerda que la parte exenta tope son 15 UMAs diarias.

En la práctica, ese tope se compara contra tu prima diaria (prima total ÷ días de vacaciones):

Concepto Monto Tratamiento
Vacaciones (12 días × 350 pesos MXN) 4,200 pesos (MXN) Gravado como salario ordinario
Prima vacacional 1,050 pesos (MXN) Exenta (no supera 15 UMAs)
Total bruto 5,250 pesos (MXN) —

Si tu prima supera el equivalente a 15 UMAs diarias, el excedente se suma a tu base gravable y paga ISR a tu tarifa. La mecánica completa se explica en la guía ISR y cómo se calcula de Factorial.

Qué salario se toma como base y cómo se desglosa en el recibo de nómina

Para vacaciones y prima vacacional se utiliza el salario diario que percibes de forma ordinaria (sueldo base). El Salario Diario Integrado (SDI) se reserva para conceptos que la LFT liga a la antigüedad y al aguinaldo; mezclar uno con otro es un error común que termina pagando de más al patrón o de menos al trabajador.

Vacaciones pagadas en México
RegulaciónArts. 76 y 80, LFT
Días base (1er año)12 días
Crecimiento+2 cada 5 años
Tope federal30 días
Prima mínima25 %
Esta ficha concentra los mínimos federales de la Ley Federal del Trabajo tras la reforma Vacaciones Dignas; lo que mejore por contrato colectivo o ley estatal se aplica de inmediato.

El CFDI de nómina que tu patrón debe timbrar y entregarte tiene que traer, como mínimo, estos conceptos separados para que el cálculo sea verificable:

  • Sueldo base o salario diario.
  • Días de vacaciones gozadas y su monto.
  • Prima vacacional con su porcentaje (cuando menos 25 %) y monto.
  • Total percibido antes de impuestos.
  • ISR retenido del periodo, desglosado.
  • Neto a pagar.

Si falta alguno, pide la corrección al área de nómina antes de aceptar el recibo. La mecánica de timbrado la regula el SAT y se complementa con la gestión de nómina que documenta Factorial.

Cuándo y cómo se pagan las vacaciones y la prima vacacional

La ley no fija un día del mes obligatorio para pagar las vacaciones; la práctica —y lo que conviene exigir— es que el patrón las liquide antes de que inicien los días de descanso, junto con el salario de la jornada y la prima vacacional, todo dentro del CFDI de nómina correspondiente. El procedimiento sigue estos pasos:

Día 0 de inicio del descansoPago junto con la prima
Cumplimiento del año (día 0)Seis meses para gozar (día 180)

El patrón debe liquidarte al comenzar el descanso; si se atrasa, documenta la fecha de inicio y reclama ante PROFEDET.
  1. El patrón acuerda contigo las fechas del periodo vacacional, procurando que se disfruten dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
  2. Calcula salario diario × días de vacaciones y la prima del 25 % sobre esa base.
  3. Integra los conceptos desglosados en el CFDI de nómina timbrado ante el SAT.
  4. Realiza el pago al inicio del descanso, junto con el salario del periodo.
  5. Conserva tu recibo: es tu comprobante si después hay diferencias.

¿Sabías que…?

En México está prohibido pagar las vacaciones en efectivo en lugar de descansarlas

.

Si el patrón se niega a pagarte o no desglosa la prima, PROFEDET ofrece asesoría y representación gratuita al trabajador. Antes de demandar, la conciliación prejudicial es obligatoria y se tramita en el Centro de Conciliación Laboral que corresponda a tu entidad. Si no hay acuerdo, la demanda se presenta ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial federal o local.

El plazo para reclamarlas prescribe conforme a las reglas generales de la Ley Federal del Trabajo: no dejes pasar los meses, porque el derecho se pierde si dejas vencer el tiempo.

Crecimiento de los días de vacaciones por antigüedad
Piso federal de la tabla del artículo 76 de la LFT, vigente desde 2023.
12–30 días,…Días de vacaciones, mínimo federal
Fíjate en los saltos cada cinco años: a partir del sexto año, cada bloque suma dos jornadas al mínimo federal.

Antes de cerrar, conviene tener presente un caso límite frecuente: si renuncias o te despiden antes de cumplir el año, las vacaciones y la prima se pagan de forma proporcional en el finiquito, calculadas sobre los días efectivamente laborados. Esa misma mecánica aparece cuando te vas sin haber gozado el periodo ya devengado, como aclara la guía Finiquito en México de Factorial.

Fuentes

  1. TucalculolaboralCalculadora de Vacaciones México 2026: 12 días + primaconsultado el 10/08/2026
  2. EluniversalCalculadora de prima vacacional 2026 | Consultas El Universalconsultado el 10/08/2026
  3. DeelPrima vacacional en México: qué es y cómo calcularla en 2026 – Deelconsultado el 10/08/2026
  4. Calculadorade-finiquitoCalculadora de Vacaciones y Prima Vacacional 2026consultado el 10/08/2026
  5. BukCalculadora de vacaciones laborales en Colombia – Bukconsultado el 10/08/2026