- Qué es: despido sin causa justificada o renuncia tras 15+ años.
- Cuánto cobras: 3 meses de salario integrado + 20 días y prima de antigüedad por año.
- Cómo reclamar: conciliación en el Centro Laboral y demanda ante el Tribunal.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Cuando el patrón te despide sin justificación o renuncias tras muchos años, en México te toca revisar dos conceptos muy distintos: el finiquito (lo que se paga casi siempre) y la liquidación (lo que se suma cuando hay despido injustificado). La cifra final sale de sumar partes proporcionales, una indemnización constitucional, prima de antigüedad y, si procede, 20 días por año. Lo que llega a tu bolsillo pasa primero por el ISR, así que conviene separar lo gravado de lo exento.
Liquidación o finiquito: a quién le toca cada uno
Antes de meter números, necesitas ubicar tu caso. La diferencia entre liquidación y finiquito en México la define la Ley Federal del Trabajo: si te despidieron sin causa justificada tienes derecho a liquidación; si renunciaste voluntariamente, solo a finiquito, con un único añadido: prima de antigüedad cuando lleves 15 años o más de servicio.
Para resolverlo en menos de un minuto, esta tabla resume lo que aplica en cada escenario:
| Situación | Finiquito | Liquidación |
|---|---|---|
| Despido justificado (art. 47 LFT) | Sí | No |
| Despido injustificado | Sí | Sí |
| Renuncia voluntaria | Sí | No |
| Renuncia con 15+ años de servicio | Sí | Solo prima de antigüedad |
El despido justificado —por ejemplo, faltas de probidad o faltas injustificadas repetidas— deja al patrón libre de indemnización constitucional, aunque sigue debiendo aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales.
Documentos y datos para sacar la cuenta
La calculadora de orientación del Centro de Conciliación Laboral pide pocos datos, pero todos importan. Ten a la mano:
Cálculo en calculadora oficial
Capturas salario, antigüedad, aguinaldo y prima vacacional con tus recibos.
Asesoría en PROFEDET
Revisan tus documentos y, si procede, te representan gratis.
Audiencia en el Centro Laboral federal o local
Plazo de 10 días hábiles tras la notificación, con 45 días naturales previos.
Demanda ante el Tribunal Laboral
Presentas la constancia en 15 días hábiles; el Tribunal señala audiencia en menos de 10.
- Salario base diario y su periodicidad (diario, semanal, catorcenal, quincenal o mensual).
- Si trabajaste en municipio fronterizo norte o tu oficio tiene salario mínimo especial (la herramienta trae la lista).
- Fecha de ingreso y fecha de salida reales; marca si aún sigues laborando.
- Número de años cumplidos (lo calcula la herramienta, pero verifica que coincida con tus recibos de nómina).
- Identificación oficial vigente y tu CURP para acreditar la relación laboral.
Si planeas complementar con la calculadora de finiquito y liquidación de FiscoClic, también te pedirá días de aguinaldo, porcentaje de prima vacacional, vacaciones por año, vacaciones pendientes y días de salario devengado y no pagado.
Antes de calcular, confirma la antigüedad con tus recibos de nómina y tu constancia de semanas cotizadas del IMSS; un año mal contado cambia toda la liquidación.
Conceptos que te corresponden y cómo se calculan
La liquidación por despido injustificado suma cinco partidas que puedes revisar una por una. La herramienta oficial solo aproxima las primeras cinco, y advierte que el monto final puede variar en la audiencia.
Indemnización constitucional: 3 meses de salario integrado
Es la base que protege al trabajador frente al despido sin causa. La fija el artículo 123, apartado A, fracción XXII de la Constitución y equivale a tres meses de salario integrado (salario diario + aguinaldo anual + prima vacacional anual, todo dividido entre 365).
Ejemplo resuelto con cifras redondas. Karla gana 500 pesos (MXN) diarios como base; le corresponden 15 días de aguinaldo al año y una prima vacacional del 25 % sobre 12 días de vacaciones.
- Aguinaldo anual: 500 × 15 = 7.500 pesos (MXN).
- Prima vacacional anual: 500 × 12 × 0.25 = 1.500 pesos (MXN).
- Salario integrado diario: (500 + 7.500/365 + 1.500/365) ≈ 525,68 pesos (MXN).
- Indemnización constitucional: 525,68 × 90 = 47.311,23 pesos (MXN).
▲ +42.054,40 pesos (MXN) vs solo finiquito
Veinte días por año y prima de antigüedad por despido
Cuando el despido es injustificado se suman dos partidas más. Veinte días de salario integrado por cada año de servicio, y la prima de antigüedad del artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo: 12 días de salario por año, topeados al doble del salario mínimo general o fronterizo aplicable por día.
Siguiendo con Karla, con 4 años cumplidos y salario mínimo general de 248,93 pesos (MXN) diarios referencial:
- 20 días por año: 525,68 × 20 × 4 = 42.054,40 pesos (MXN).
- Prima de antigüedad: menor entre 525,68 × 12 × 4 y (248,93 × 2) × 12 × 4. Aquí manda el tope: 497,86 × 48 = 23.897,28 pesos (MXN).
- Subtotal solo por estos dos conceptos: 65.951,68 pesos (MXN).
Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales
Estas tres prestaciones se prorratean al último año laborado, sin importar si la baja es por despido o renuncia. Las rigen los artículos 76 a 81 y 87 de la Ley Federal del Trabajo.
| Prestación | Mínimo legal | Cómo se calcula al último año |
|---|---|---|
| Aguinaldo | 15 días de salario | Días devengados × salario diario / 365 |
| Vacaciones | 12 días al primer año, +2 cada año hasta 20 | Días del periodo completo × días trabajados / 365 |
| Prima vacacional | 25 % sobre vacaciones | Salario de vacaciones × 0.25 |
Para Karla, que salió el 15 de octubre tras 4 años completos, el aguinaldo proporcional se calcula con los 286 días corridos desde el último 1 de enero: 500 × 15 × 286 / 365 ≈ 5.876,71 pesos (MXN).
Salarios caídos y salarios pendientes
Los salarios caídos proceden cuando el patrón no paga a tiempo y el caso llega a juicio: se acumulan desde el despido hasta que se cubre la condena, con tope de 12 meses según la Ley Federal del Trabajo. Los salarios pendientes son otra cosa: días ya trabajados y no pagados antes de la baja. Ambos se suman al finiquito, y su cálculo depende de los recibos de nómina y de los días efectivamente laborados que puedas acreditar.
ISR, monto exento y lo que llega a tu bolsillo
El ISR no se aplica igual al finiquito que a la liquidación. La herramienta de FiscoClic los separa en bases gravables distintas y aplica las tablas de ISR 2026 vigentes en México. La parte exenta suele cubrir el equivalente a 90 días de salario integrado más la prima de antigüedad, siempre que el monto no rebase ciertos topes.
| Concepto | Base | Tratamiento fiscal |
|---|---|---|
| Finiquito (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, salarios pendientes) | Salario diario | Exento dentro del mínimo legal; el excedente se grava |
| Indemnización constitucional (3 meses) | Salario integrado | Exenta hasta el equivalente de 90 días de salario integrado |
| 20 días por año | Salario integrado | Gravado en su totalidad |
| Prima de antigüedad | 12 días por año | Exenta hasta el tope legal; el excedente se grava |
Lo que llega a tu bolsillo es el total bruto menos el ISR retenido. Si el CFDI de nómina no desglosa finiquito y liquidación por separado, pide al patrón su corrección antes de aceptar el pago.
Dónde y cómo cobrarlo: ruta ante las autoridades
Cuando el patrón se niega a pagar o discute las cifras, la conciliación prejudicial es obligatoria antes de demandar. Estos son los pasos con organismo y plazo:
- Calcula tu estimado en la calculadora del Centro de Conciliación Laboral. Es solo orientación, pero te servirá para fijar tu postura.
- Solicita asesoría gratuita en PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo): revisan tus documentos y, si procede, te representan.
- Agenda la audiencia de conciliación en el Centro de Conciliación Laboral federal o de tu entidad, según la jurisdicción. Plazo: hasta 45 días naturales para notificarte la fecha, y la audiencia debe celebrarse dentro de los 10 días hábiles siguientes.
- Si no hay acuerdo, el propio Centro te entrega la constancia de conciliación agotada para presentarla ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local) en un plazo de 15 días hábiles.
- Presenta tu demanda con la constancia, tus recibos de nómina, CFDI, CURP, identificación y la liquidación estimada. El Tribunal señalará audiencia en menos de 10 días hábiles.
4 años
525,68 pesos (MXN)
Injustificado
65.951,68 pesos (MXN)
Llevar papeles completos y cifras bien sacadas acorta el camino. Si tu salario ya venía en pesos mexicanos en tus recibos y la antigüedad coincide con tus registros del IMSS, el trámite suele resolverse en una sola audiencia de conciliación.
Fuentes
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 10/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 10/08/2026
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 10/08/2026
