- Qué son: los días de descanso pagados que te tocan al cumplir un año de servicio.
- Cuántos días te corresponden: 12 el primer año y hasta 32 a partir de los 31 años de antigüedad.
- Cuánto cobras: salario diario × días que te toquen, más una prima vacacional mínima del 25%.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
El cálculo de tus vacaciones en México depende de tres datos: tu antigüedad, tu salario diario y los días que ya hayas gozado. Con esos números en mano puedes sacar los días que te tocan, el pago correspondiente y la prima vacacional del 25% que marca la Ley Federal del Trabajo.
Quién tiene derecho a vacaciones y qué datos necesitas para calcularlas
El derecho al descanso pagado está reconocido en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo y aplica a todo trabajador que tenga al menos un año de servicio continuo con el mismo patrón. No importa si tu contrato es por tiempo indeterminado, por obra determinada o por temporada; lo que cuenta es que hayas cumplido los doce meses.
Antes de hacer cualquier cuenta junta esta información; sin ella, te vas a perder:
- Salario diario base, que es tu sueldo bruto mensual dividido entre 30 (no incluye horas extra, bonos ni comisiones, salvo que tu contrato o las costumbre de la empresa los integren).
- Fecha exacta de ingreso a la empresa, para sumar años completos de servicio.
- Fecha de corte, es decir, el día en que estás haciendo el cálculo (suelen ser los 12 meses cumplidos o el momento de la renuncia).
- Días ya gozados dentro del año en curso, para no cobrarlos dos veces.
- Días extra que tu empresa otorgue por encima de la ley, que se suman pero no sustituyen a los legales.
- Porcentaje de prima vacacional que da tu patrón (el mínimo legal es 25%, pero hay empresas que pagan 50% o más).
Si estás en modalidad de teletrabajo bajo la NOM-037, las reglas son las mismas: los días se cuentan sobre salario diario y antigüedad, y el patrón debe fijar las fechas con seis meses de anticipación.
El derecho nace al cumplir el año de servicio y es irrenunciable: ni tú ni tu patrón pueden pactar que no se disfrute.
Cuántos días de vacaciones te tocan por antigüedad
La tabla vigente desde la reforma de 2023 —conocida como "Vacaciones Dignas"— quedó así en el propio artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo:
«Las vacaciones se pueden pagar en dinero sin tomarlas, si la empresa y yo lo acordamos.»
La Ley Federal del Trabajo lo prohíbe: solo se pagan en efectivo en renuncia, despido sin justa causa o por laudo del Tribunal Laboral.
VS
| Antigüedad cumplida | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 año | 12 |
| 2 años | 14 |
| 3 años | 16 |
| 4 años | 18 |
| 5 años | 20 |
| De 6 a 10 años | 22 |
| De 11 a 15 años | 24 |
| De 16 a 20 años | 26 |
| De 21 a 25 años | 28 |
| De 26 a 30 años | 30 |
| De 31 años en adelante | 32 |
La regla es clara: cada cinco años de servicio sumas dos días más, empezando a contar a partir del sexto año. Quien entra en su año 11 pasa de 22 a 24 días, en el año 16 suma dos más y así sucesivamente. Esta tabla aplica en toda la República porque está en una ley federal.
3 años
600,00 MXN
16
12.000,00 MXN
Cómo calcular el pago de vacaciones y prima vacacional
La fórmula es directa y la puedes revisar en cualquier calculadora como la de El Universal o la de Villanett. Para los días de vacaciones se multiplica el salario diario por el número de días que te correspondan según la tabla:
- Pago de vacaciones = salario diario × días de vacaciones.
- Prima vacacional (mínimo legal) = salario diario × días de vacaciones × 0.25.
Ejemplo paso a paso
Karla trabaja en una empresa de Guadalajara desde el 1 de marzo de 2023, con un salario mensual bruto de 18.000,00 MXN. El 1 de marzo de 2026 cumple tres años y quiere saber cuánto le toca.
- Salario diario base: 18.000,00 MXN ÷ 30 = 600,00 MXN.
- Días que le corresponden por tres años: 16 días según la tabla.
- Pago de vacaciones: 600,00 MXN × 16 = 9.600,00 MXN.
- Prima vacacional al 25%: 9.600,00 MXN × 0,25 = 2.400,00 MXN.
- Total que debe recibir antes de impuestos: 9.600,00 MXN + 2.400,00 MXN = 12.000,00 MXN.
Cumple 3 años el 1 de marzo de 2026 con salario diario de 600,00 MXN; le corresponden 16 días y cobra 12.000,00 MXNentre pago de vacaciones y prima vacacional al 25%, libres antes de impuestos. El ejemplo paso a paso muestra, con cifras reales del artículo, cuánto recibe una trabajadora mexicana al cierre de su tercer año..
El pago se entrega antes de iniciar el descanso —o a más tardar al comenzar las vacaciones— y junto con el recibo de nómina correspondiente, desglosado de los demás conceptos del periodo.
ISR sobre la prima vacacional: qué parte está exenta
La prima vacacional es gravable, pero la Ley del ISR —en el artículo que regula los ingresos exentos— permite no pagar impuestos por una parte equivalente a 15 veces la UMA anuales, siempre que se disfrute el periodo completo. El excedente se suma al resto de tus ingresos del mes y se grava conforme a tu tarifa del ISR; la retención la aplica el patrón directo en el recibo de nómina con CFDI.
Cómo se aplica en el recibo
| Concepto | Monto en MXN | Tratamiento fiscal |
|---|---|---|
| 15 UMAS anuales (exentas) | monto fijo según UMA vigente | No genera ISR |
| Prima que excede 15 UMAS | diferencia sobre el tope | Se grava en tarifa ordinaria |
| Días de vacaciones | salario diario × días | Exentos hasta por 15 UMAS anuales |
El cálculo exacto de la parte exenta varía cada año porque la UMA la actualiza el INEGI; consulta el valor vigente en el portal del INEGI antes de retenerte tú mismo el impuesto. La retención del ISR se refleja en el comprobante de nómina con su desglose y se acumula a tus demás percepciones gravadas del mes.
Plazos para tomar las vacaciones y cuándo prescribe el derecho
Una vez cumplido el año de servicios, tienes seis meses para gozar las vacaciones, salvo que acuerdes otra fecha con tu patrón por escrito. Si la relación laboral sigue, ese plazo se respeta año con año. Si no las tomas ni las cobras en ese tiempo, todavía cuentas con un año adicional para reclamarlas antes de que el derecho prescriba.
Hay un punto que mucha gente olvida: la propia Ley Federal del Trabajo prohíbe compensar las vacaciones con dinero en lugar de tomarlas. Solo se pagan en efectivo cuando:
- Renuncias o te despiden antes de cumplir el año y proceden las vacaciones proporcionales.
- Te despiden sin justa causa y aún no has gozado el periodo devengado.
- Existe un laudo del Tribunal Laboral que así lo ordene.
Qué hacer si la empresa no te paga o no te concede las vacaciones
Si tu patrón se niega a otorgarlas o no te entrega el pago, el camino legal desde la reforma laboral de 2019 es:
- Acudir a la PROFEDET, que asesora y representa gratis al trabajador.
- Solicitar la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación federal o el de tu entidad.
- Si no hay acuerdo, presentar demanda ante el Tribunal Laboral competente.
La PROFEDET revisa tu antigüedad, salario y recibos de nómina; con esa documentación calcula lo que te deben y, si procede, te acompaña al proceso. Conserva siempre tus CFDI de nómina y tu contrato, porque son la base de cualquier reclamo.
Dudas frecuentes sobre el cálculo de vacaciones
1. ¿Cómo calculo los días de vacaciones que me corresponden en México?
Multiplica los años que llevas trabajados por los días que asigna la Ley Federal del Trabajo en su artículo 76: 12 días tras el primer año, 16 al segundo, 20 al tercero y, a partir del cuarto, dos más por cada año adicional, hasta llegar a 32 días tras veinte años de servicio.
Fuentes
- BukCalculadora de vacaciones laborales en Colombia – Bukconsultado el 09/08/2026
- TucalculolaboralCalculadora de Vacaciones México 2026: 12 días + primaconsultado el 09/08/2026
- FactorialCálculo de vacaciones y periodo vacacional en México – Factorialconsultado el 09/08/2026
- Calculaprimasvacacional▷ Calculadora de prima vacacional GRATUITA | México 2026consultado el 09/08/2026
- PandapeGuía para calcular la Prima Vacacional en México – Pandapéconsultado el 09/08/2026
