- Qué es: despido sin causa justificada o sin acreditar la causa.
- Cuánto cobras: 90 días de salario más 20 días por año, con prima de antigüedad.
- Cómo reclamar: PROFEDET, conciliación local y luego Tribunal Laboral.
¿A quién le corresponde y qué requisitos debes cubrir?
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Para que un trabajador mexicano tenga derecho al cálculo de finiquito por despido injustificado debe reunir tres requisitos federales, todos exigibles ante la Ley Federal del Trabajo. Ninguno depende del estado donde prestó servicios: el marco es federal, aunque el trámite se concrete en la instancia local.
- Relación laboral comprobable. Que exista un vínculo subordinado con un patrón, por contrato escrito, de palabra o por hechos; el alta en el IMSS es la prueba más sólida.
- Despido sin causa justificada. Que el patrón haya terminado la relación sin invocar una causa de rescisión prevista en la ley, o sin acreditar fehacientemente los hechos.
- Antigüedad acreditable. Cualquier tiempo de servicio cuenta para los conceptos del finiquito (salarios, aguinaldo, vacaciones). Para prima de antigüedad se exigen al menos 12 años de servicio o despido por causa justificada.
Sin relación comprobable no hay finiquito posible: primero el vínculo, luego los números.
Documentos que debes reunir antes de cualquier cálculo
Antes de pasar cifras necesitas acreditar antigüedad, salario y tipo de baja. Tener esta carpeta lista acelera el cálculo y, sobre todo, cualquier reclamo ante PROFEDET o el Tribunal Laboral.
Retribución real diaria con aguinaldo, vacaciones y prima vacacional prorrateados; sirve de base para la indemnización. No equivale al sueldo de nómina ni al Salario Base de Cotización del IMSS.
Todo el tiempo de servicio ante el mismo patrón, incluidos contratos sucesivos sin solución de continuidad real. No cuenta solo el último contrato si hubo encadenamiento.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE) y CURP.
- Comprobantes de nómina o recibos de los últimos tres meses.
- Contrato(s) de trabajo y, en su defecto, cualquier documento que pruebe el vínculo (correos, alta en IMSS, RFC como asalariado).
- Constancia de baja o carta de despido; si no la entregó el patrón, la baja ante el IMSS surte efecto.
- Reporte de semanas cotizadas en el IMSS y, si aplica, comprobantes de aguinaldo y vacaciones ya disfrutados.
Finiquito vs liquidación: qué conceptos te tocan
La confusión entre ambos términos es la fuente más común de errores. El finiquito nace al terminar la relación, sea por renuncia o por despido; la liquidación añade, solo en el despido injustificado, las indemnizaciones que la Ley Federal del Trabajo reconoce como constitucionales.
| Concepto | Finiquito (renuncia o despido) | Liquidación (despido injustificado) |
|---|---|---|
| Salarios pendientes | Sí | Sí |
| Aguinaldo proporcional | Sí | Sí |
| Vacaciones pendientes y prima vacacional | Sí | Sí |
| 3 meses de salario (indemnización constitucional) | No | Sí |
| 20 días por año trabajado | No | Sí |
| Prima de antigüedad (12 años o causa justificada) | Solo con causa justificada | Sí, si el trabajador la genera |
En el caso del despido injustificado el trabajador cobra todo lo del finiquito más las tres indemnizaciones de la tabla.
Cómo se calcula: fórmulas con salario diario, SBC y UMA
El cálculo combina salario diario, Salario Base de Cotización (SBC) y, cuando aplica, la UMA que publica el INEGI. Primero se obtiene el Salario Diario Integrado (SDI): sueldo mensual ÷ 30, más la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional; dividido entre 365 días, eso te da el SDI.
La indemnización se obtiene con tres fórmulas; en todas entra el SDI (con aguinaldo, vacaciones y prima vacacional prorrateados) y la antigüedad.
500 × 90 = 45.000,00 pesos (MXN); 500 × 20 × 4 = 40.000,00; 500 × 20 × 7/12 = 5.833,33 pesos (MXN). 90.833,33 pesos (MXN) de indemnización constitucional.
Las fórmulas de la indemnización constitucional, reguladas por la Ley Federal del Trabajo, son:
- Tres meses de salario: SDI × 90 días.
- 20 días por año: SDI × 20 × años completos (o la parte proporcional si el último año no se cumplió).
- Prima de antigüedad: 12 días de SDI por cada año, hasta un tope de dos veces el salario mínimo de la zona, calculado con la UMA del año en curso.
Ejemplo resuelto con cifras
Karla, despedida en Monterrey en 2021 tras 4 años y 7 meses, con SDI de 500,00 pesos (MXN):
- 3 meses: 500 × 90 = 45.000,00 pesos (MXN).
- 20 días por año: 500 × 20 × 4 = 40.000,00 pesos (MXN); los 7 meses dan 500 × 20 × (7/12) = 5.833,33 pesos (MXN).
- Prima de antigüedad: Karla tiene menos de 12 años, así que este concepto no aplica.
- Suma antes de impuestos: 45.000,00 + 40.000,00 + 5.833,33 = 90.833,33 pesos (MXN), a lo que se suman los conceptos del finiquito (salarios pendientes, aguinaldo y vacaciones proporcionales).
Para verificar los montos exentos del ISR puedes apoyarte en una calculadora de finiquito y liquidación que aplica las Tablas ISR vigentes.
ISR y regla 40/90: qué parte de tu pago queda exenta
El ISR se calcula por separado sobre el finiquito y sobre la indemnización constitucional. La regla 40/90 de la Ley del ISR permite gravar con tasa cero una parte del pago, siempre que se respeten los topes y se acredite la relación laboral.
| Concepto | Tope exento | Referencia |
|---|---|---|
| Ingresos exentos anuales | Hasta 40 veces la UMA | Ley del ISR |
| Ingresos exentos por despido | Hasta 90 veces la UMA | Ley del ISR |
El error típico consiste en acumular finiquito y liquidación en la misma base gravable; lo correcto es tratarlos como ingresos separados y aplicar la exención que corresponda a cada uno. Si el patrón paga después de los plazos legales, los conceptos se consideran ingresos acumulables y se pierde la exención de los 90 UMAs.
Cómo reclamar si el patrón no paga
- Acude a PROFEDET (gratuito) en gob.mx/profedet para asesoría y, en su caso, representación.
- Solicita la conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación de tu entidad; es obligatoria antes de demandar.
- Si no hay convenio, presenta demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial federal o local.
- Guarda todos los comprobantes de pago y los avisos de baja en el IMSS; te servirán como prueba.
La UMA cambia cada año y la publica el INEGI; la calculadora de nómina y la calculadora de aguinaldo aplican los valores actualizados para no dejarte con cifras del año anterior.
Fuentes
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 10/08/2026
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 10/08/2026
- NominaxCalculadora de finiquito | Nominaxconsultado el 10/08/2026
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 10/08/2026
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 10/08/2026
