- Qué es: despido por causa económica acreditada por el patrón.
- Cuánto cobras: finiquito + 3 meses de salario y 20 días por año.
- Cómo reclamar: Centro de Conciliación y Tribunal Laboral, en 12 meses.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
En México, cuando una empresa despide a alguien por "necesidades de la empresa" —baja de ventas, reestructura, automatización, cierre de sucursal o cualquier causa económica que no es culpa del trabajador— la ley distingue entre dos pagos que suelen confundirse: el finiquito (lo que se te adeuda por el tiempo que trabajaste) y la liquidación o indemnización constitucional (la compensación adicional que te corresponde por el despido). Aquí te explicamos cómo se calcula cada uno, qué documentos respaldan las cifras y los plazos para cobrar.
¿Te toca finiquito o indemnización por despido por necesidades de la empresa?
El finiquito es la suma de todos los conceptos que el patrón te adeuda al momento de terminar la relación laboral: salarios pendientes, días trabajados del periodo en curso, vacaciones y prima vacacional proporcionales, aguinaldo proporcional y, si tienes 15 años o más de servicio o fuiste despedido por una causa no justificada, la prima de antigüedad (12 días de salario por cada año). La liquidación o indemnización constitucional es otra cosa: es la compensación de tres meses de salario más 20 días por cada año trabajado que el patrón debe pagarte cuando el despido no está justificado, como ocurre en un recorte por necesidades de la empresa.
«Si me despiden por necesidades de la empresa, no me toca nada más que el finiquito.»
La carga de la prueba es del patrón: es la empresa quien debe acreditar la reestructura, baja de ventas o automatización, y aun así debes cobrar la indemnización constitucional de 3 meses más 20 días por año.
VS
En la práctica, el despido por necesidades de la empresa —contemplado en la Ley Federal del Trabajo como causal de terminación sin responsabilidad para el patrón, siempre que se acredite la causa económica y se cumpla el aviso previo— genera, además del finiquito, el derecho a la indemnización constitucional.
Diferencia clara entre ambos pagos
| Concepto | Qué incluye | Cuándo aplica |
|---|---|---|
| Finiquito | Salarios pendientes, partes proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional) y, en su caso, prima de antigüedad. | Cualquier terminación laboral, sea renuncia, despido justificado o no. |
| Indemnización constitucional | 3 meses de salario + 20 días por año de antigüedad + salarios caídos si el juicio se alarga. | Despido sin causa justificada, incluyendo el derivado de necesidades de la empresa. |
Para que proceda la indemnización por necesidades de la empresa, el patrón debe demostrar la causa (reestructura, baja de ventas, automatización) y cubrir los importes en el momento del aviso o tras un laudo del Tribunal Laboral.
Documentos que debes tener listos
Antes de revisar cualquier cifra, junta tu propio expediente. Lo que no puedas comprobar con un papel, el patrón puede negarlo.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) y CURP para acreditar tu identidad y RFC con homoclave si tienes.
- Contrato individual de trabajo y, si hubo, los convenios modificatorios (cambio de puesto, salario, jornada o sede).
- Recibos de nómina o CFDI de nómina de los últimos tres meses y, si puedes, del último año, para acreditar el salario diario integrado.
- Comprobantes de antigüedad: alta ante el IMSS, número de seguridad social (NSS), constancia de antigüedad emitida por Recursos Humanos o el patrón.
- Constancia de percepciones y retenciones del ejercicio fiscal, útil para acreditar el salario anual y, en su caso, el fondo de ahorro.
- Carta de aviso de despido o, si la tienes, la carta de liquidación propuesta por el patrón.
Si el patrón no te quiere entregar copias, la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) puede orientarte gratis; los Centros de Conciliación y los Tribunales Laborales también pueden requerirlos como prueba.
Conceptos que integran el pago
El finiquito y la indemnización constitucional se componen de partidas distintas, cada una con su regla de cálculo. En un despido por necesidades de la empresa sin causa justificada, lo habitual es cobrar ambos.
Partes proporcionales (siempre)
- Salarios pendientes: días trabajados y no pagados del último periodo, o del periodo en curso si el despido ocurre a mitad de quincena.
- Aguinaldo proporcional: mínimo 15 días de salario al año; te corresponde la parte proporcional a los meses o días que llevas del año calendario.
- Vacaciones proporcionales: 12 días desde el primer año de servicio y aumentan con la antigüedad según la Ley Federal del Trabajo.
- Prima vacacional: 25% sobre el monto de las vacaciones (mínimo legal).
Pagos que dependen del caso
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año trabajado, si tienes 15 años o más de servicio o si fuiste despedido por causa no justificada (incluye necesidades de la empresa). Se paga con tope de dos veces el salario mínimo general.
- Indemnización constitucional: 3 meses de salario más 20 días por año de antigüedad, cuando el despido no tiene causa justificada. Esta es la parte que se suma al finiquito en un despido por necesidades de la empresa bien acreditado.
| Concepto | Base de cálculo | Cuándo se paga |
|---|---|---|
| Salarios pendientes | Salario diario | Siempre |
| Aguinaldo proporcional | Salario diario × días devengados | Siempre |
| Vacaciones + prima vacacional | Salario diario × días, más 25% | Siempre |
| Prima de antigüedad | Salario diario × 12 días por año (tope 2 UMA/año) | 15+ años o despido injustificado |
| Indemnización constitucional | 3 meses + 20 días por año (salario diario integrado) | Despido sin causa justificada |
En pocas palabras: el finiquito te paga lo "que ya ganaste"; la indemnización constitucional te compensa por el "daño" del despido sin causa justificada.
Cómo se calcula cada parte con un ejemplo en pesos
Imagina a Karla, despedida en Monterrey el 30 de noviembre de 2024 tras 4 años, 3 meses y 10 días en una empresa de logística, con un salario mensual bruto de 12.000 pesos (MXN) y sin faltas injustificadas en el año.
Paso 1. Salario diario
Salario diario = 12.000 / 30 = 400 pesos (MXN).
Para la indemnización constitucional se usa el salario diario integrado (SDI), que incluye prestaciones como horas extra, vales y bonos fijos. Si Karla no tiene prestaciones fijas adicionales, su SDI coincide con 400 pesos; si las tiene, se integran al SDI conforme a la Ley Federal del Trabajo.
Paso 2. Salarios pendientes
Del 16 al 30 de noviembre (15 días) le deben la segunda quincena: 400 × 15 = 6.000 pesos (MXN).
Paso 3. Aguinaldo proporcional
Lleva 11 meses y 10 días del año. Aguinaldo anual = 400 × 15 = 6.000 pesos. Proporcional = 6.000 × (11 meses / 12) = 5.500 pesos (MXN).
Paso 4. Vacaciones y prima vacacional
Con 4 años cumplidos, le corresponden 14 días de vacaciones (la ley aumenta 2 días por año a partir del quinto). Proporcional del año en curso = 14 × (11 meses / 12) ≈ 13 días = 400 × 13 = 5.200 pesos. Prima vacacional al 25% = 1.300 pesos (MXN).
Paso 5. Prima de antigüedad
No aplica: Karla no tiene 15 años ni fue despedida por causa imputable a ella. En su lugar, por ser despido sin causa justificada, la prima de antigüedad se sustituye por la indemnización constitucional.
Paso 6. Indemnización constitucional
- 3 meses de salario: 12.000 × 3 = 36.000 pesos (MXN).
- 20 días por año: 4 años completos × 20 × 400 = 32.000 pesos (MXN).
Total indemnización: 68.000 pesos. Salarios caídos no aplican si el patrón paga al momento del aviso.
Suma del finiquito + indemnización
| Concepto | Monto (MXN) |
|---|---|
| Salarios pendientes | 6.000 |
| Aguinaldo proporcional | 5.500 |
| Vacaciones proporcionales | 5.200 |
| Prima vacacional (25%) | 1.300 |
| Indemnización constitucional (3 meses + 20 días) | 68.000 |
| Total aproximado | 86.000 |
Cifras como el salario mínimo o la UMA cambian cada año y dependen de la zona geográfica (la CONASAMI fija una zona libre en la frontera norte). Verifica siempre el valor vigente del año en que ocurre el despido.
Dónde y cómo se cobra el finiquito
El camino legal para cobrar depende de si el patrón paga de inmediato, paga de menos o simplemente no paga.
La despiden tras 4 años, 3 meses y 10 días por reestructura. Como el patrón acreditó la causa económica, cobra finiquito e indemnización constitucional de 3 meses más 20 días por año: unos 86.000 pesos (MXN)en total. Lo que ilustra este caso es cómo se suman, en cifras reales, el finiquito y la indemnización constitucional que paga un patrón que sí acreditó las necesidades de la empresa..
Si el patrón paga al momento
- Recibe el aviso de despido por escrito (puede ser verbal con testigos).
- Revisa la carta de liquidación o el cálculo propuesto por Recursos Humanos.
- Compara cada cifra con tus recibos de nómina y con el cálculo que tú hagas.
- Firma el recibo de finiquito solo si estás de acuerdo con el monto. Si firmas "de conformidad" puedes perder derecho a reclamar diferencias.
- Si tienes dudas, antes de firmar asiste a la PROFEDET para revisión gratuita del cálculo.
Si el patrón no paga, paga de menos o se niega a negociar
- Acude al Centro de Conciliación Laboral de tu entidad (la conciliación prejudicial es obligatoria antes de demandar). En la Ciudad de México y entidades federativas opera el Centro de Conciliación local; para asuntos federales, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
- Si no hay convenio, el propio Centro te orientará para presentar tu demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local según la materia), ya que las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas desde la reforma laboral de 2019.
- En el juicio puedes reclamar la indemnización constitucional completa, los salarios caídos y, en su caso, la reinstalación si demuestras que el despido no fue por verdaderas necesidades de la empresa.
El plazo para demandar prescribe a los 12 meses contados a partir del despido, según las reglas generales de la Ley Federal del Trabajo. No esperes al último momento: reunir pruebas y notificarte lleva semanas.
Para calcular finiquito por necesidades de la empresa con base sólida, verifica cada partida con tus recibos, distingue finiquito de indemnización constitucional y, ante cualquier duda, negocia primero en conciliación. La PROFEDET, los Centros de Conciliación y los Tribunales Laborales son los organismos que resuelven, en ese orden.
Fuentes
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 10/08/2026
- DerechopediaCómo calcular mi finiquito – DerechoPediaconsultado el 10/08/2026
- ElfiniquitoFiniquitoconsultado el 10/08/2026
- RexmasCalculadora de Finiquitos – Rex+consultado el 10/08/2026
