- Qué es: el recibo que cierra la relación laboral al renunciar, ser despedido con causa, terminar el contrato o separarse de mutuo acuerdo.
- Cuánto cobras: salario pendiente, partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, séptimo día y horas extras si quedaron pendientes.
- Cómo reclamar: ante el patrón al momento del corte, o vía Centro de Conciliación y Tribunal Laboral si hay disputa.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
La carta finiquito es el recibo que el patrón entrega al trabajador cuando termina la relación laboral, ya sea por renuncia voluntaria, despido justificado, terminación de contrato o mutuo acuerdo. Es el documento que cierra la cuenta de lo que se te adeuda por los días trabajados, las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, entre otros conceptos.
¿Qué es la carta finiquito, a quién le toca y cuándo se firma?
El finiquito lo firma el patrón que te contrató y tú, como trabajador. Se firma al momento del corte: cuando presentas tu renuncia, cuando te despiden con causa justificada, cuando vence un contrato temporal o cuando ambas partes acuerdan separarse. En todos los escenarios, lo que estás haciendo es reconocer que recibiste las cantidades que te correspondían hasta ese día.
| Finiquito | Liquidación | |
|---|---|---|
| Cubre lo devengado: salario pendiente, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales, séptimo día y horas extras si proceden. | ✔ | ✕ |
| No aplica aquí: solo aparece en despido injustificado, junto con la indemnización constitucional. | ✕ | ✔ |
| Aplica en cualquier terminación: renuncia, despido con causa, vencimiento de contrato o mutuo acuerdo. | Aplica solo en despido injustificado: tres meses de salario, 20 días por año y prima de antigüedad. | ✔ |
No es lo mismo un finiquito que una liquidación: el primero cubre lo ya devengado; la segunda aparece solo cuando te despiden sin justificación y se paga aparte, junto con la indemnización constitucional. La carta finiquito es la prueba material de que concluiste la relación y cobraste lo generado; la liquidación es una sanción económica al patrón por despido injustificado.
Finiquito vs liquidación: la diferencia que no debes perder de vista
| Concepto | Cuándo aplica | Qué cubre | Supuesto legal federal |
|---|---|---|---|
| Finiquito | Renuncia, despido con causa, vencimiento de contrato, mutuo acuerdo | Salario pendiente, parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, séptimo día, horas extras si proceden | Regulado por la Ley Federal del Trabajo como pago de prestaciones devengadas |
| Liquidación | Despido injustificado únicamente | Indemnización constitucional (3 meses de salario, 20 días por año y prima de antigüedad) | Reconocida por la Ley Federal del Trabajo como sanción al patrón |
Datos y documentos que debe llevar el machote de finiquito
Un machote de finiquito en México debe incluir estos campos, según el formato de referencia que usan despachos y áreas de recursos humanos:
Salario diario
Antigüedad
Motivo de salida
Lo que corresponde
- Lugar y fecha con formato "México, DF, a ___ de ___ de 20__" (hoy Ciudad de México, o la ciudad donde se firme)
- Nombre completo del trabajador y de la empresa o patrón
- Puesto desempeñado y salario diario nominal
- Fecha de ingreso y fecha de separación
- Tiempo trabajado (años, meses y días)
- Forma de pago: en efectivo o mediante cheque, indicando el número y la institución bancaria
- Mención de que el trabajador estuvo inscrito ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
- Desglose de cada concepto pagado y el total de percepciones
- Espacio para firma del trabajador, del patrón y, si aplica, del representante legal o testigo
Si el documento no trae alguno de estos datos, pide que lo completen antes de firmar. Un finiquito sin fecha, sin salario base o sin desglose no sirve como constancia clara de lo cobrado.
Declaraciones que firma el trabajador y qué estás aceptando con cada una
El machote suele incluir varias declaraciones que estampas junto con tu firma. Las tres más comunes son:
se paga solo en despido sin causa
se calcula con salario diario y antigüedad
- Que recibiste todas las prestaciones conforme a la Ley Federal del Trabajo y al contrato respectivo (salario, horas extras, séptimo día, partes proporcionales de aguinaldo y prima vacacional, vacaciones).
- Que no sufriste riesgo ni enfermedad de trabajo durante el tiempo que laboraste en la empresa.
- Que queda a salvo tu derecho a participar en las utilidades (PTU) de la empresa, en caso de que se generen.
Cada una tiene peso: al firmar, aceptas que no te deben nada por esos conceptos y que tu relación laboral terminó sin incidentes de seguridad. Léelas con calma y, si algo no coincide con lo que viviste (por ejemplo, si sí tuviste un accidente laboral), no estampes la firma sin antes aclararlo.
Firmar un finiquito con declaraciones inexactas puede cerrar la puerta a futuras reclamaciones, incluso si después descubres que te faltaban prestaciones.
Conceptos y cálculo del finiquito en pesos mexicanos
El finiquito integra estos conceptos, todos en pesos mexicanos (MXN):
- Salario de los días trabajados y no pagados del último periodo
- Séptimo día (la parte proporcional del día de descanso semanal)
- Parte proporcional de aguinaldo (mínimo 15 días al año, prorrateado por los meses trabajados)
- Vacaciones no disfrutadas (12 días desde el primer año, según la reforma vigente)
- Prima vacacional (mínimo 25 % sobre el monto de vacaciones)
- Horas extras dobles y triples si quedaron pendientes de pago
Indemnización por despido injustificado: cuándo se suma al finiquito
Si te despidieron sin justificación, al finiquito se suma la indemnización constitucional: tres meses de salario, 20 días por cada año trabajado y la prima de antigüedad. Todo se paga conforme a lo que establece la Ley Federal del Trabajo y el cálculo final lo revisan el Centro de Conciliación Laboral o el Tribunal Laboral correspondiente.
| Concepto | Cuándo se paga | Quién lo debe |
|---|---|---|
| Finiquito | Cualquier terminación laboral | El patrón, al momento del corte |
| Indemnización constitucional | Solo en despido injustificado | El patrón, tras resolución del Tribunal o convenio ratificado |
| Prima de antigüedad | Despido justificado o injustificado, con 15 años o más, o muerte/incapacidad | El patrón, junto con el finiquito o la indemnización |
Cómo llenar el machote paso a paso y ante quién se firma
- Verifica tus datos personales: nombre completo, RFC, CURP, NSS del IMSS y domicilio.
- Confirma fechas y salario: fecha real de ingreso, fecha real de separación y salario diario nominal que aparece en tu recibo de nómina.
- Pide el desglose escrito: cada concepto (días trabajados, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional) con su monto en MXN.
- Revisa la forma de pago: efectivo o cheque, con número e institución bancaria. Si es transferencia, pide el comprobante.
- Lee las declaraciones del trabajador antes de firmar; si algo no coincide, levanta la observación en el momento.
- Firma donde te lo pidan: directamente con el patrón, ante el Centro de Conciliación Laboral federal o local, o ante el Tribunal Laboral si ya existe un juicio.
- Solicita tu copia firmada: sin ella, no podrás acreditar que cobraste.
El lugar depende del caso: si ambos están de acuerdo, firman en la empresa; si hay disputa, el camino va al Centro de Conciliación para ratificar un convenio, y si no hay arreglo, al Tribunal Laboral.
Plazos que vencen antes y después de firmar
Antes de firmar:
- Tienes derecho a exigir prestaciones desde el primer día laborado: no existe antigüedad mínima para cobrar lo devengado.
- Las partes proporcionales (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) se generan día con día y deben pagarse al momento del corte.
Después de firmar:
- Si firmaste un finiquito y más tarde descubres que te faltaban prestaciones (por ejemplo, horas extras no pagadas), puedes impugnarlo. Las acciones laborales federales prescriben en plazos que fija la Ley Federal del Trabajo; el conteo corre desde la fecha en que se hizo exigible el derecho.
- Si firmaste un convenio ante el Centro de Conciliación o el Tribunal Laboral, el plazo para impugnarlo es corto y corre a partir de la ratificación.
Por eso conviene firmar solo cuando el desglose coincide con lo que te deben. Una vez ratificado ante el Tribunal, revertirlo es complicado.
▲ +20 días por año trabajado
La Junta de Conciliación y Arbitraje ya no recibe demandas nuevas desde la reforma laboral de 2019; hoy el camino es Centro de Conciliación (federal o estatal) y luego Tribunal Laboral.
¿Sabías que desde 2023 los trabajadores mexicanos gozan de al menos 12 días de vacaciones desde el primer año, y la cifra sube dos días por año hasta llegar a 20? Esa reforma cambió los finiquitos: hoy la parte proporcional de vacaciones pesa más en el cierre.
Fuentes
- DtModelo de Finiquito de Contrato de Trabajo – DTconsultado el 10/08/2026
- LaboralRECIBO DE FINIQUITO Y LIQUIDACIONconsultado el 10/08/2026
- WidulegalCarta de finiquito laboral en México | Widú Legalconsultado el 10/08/2026
- Utch[DOC] PLANTILLA CARTA DE FINIQUITO.dotx 17.51KB 2026-03-04 20:40 …consultado el 10/08/2026
