Accidentes

Accidente de trayecto en México: qué es, derechos y cómo reclamar la indemnización

agosto 8, 2026 México Derecho 11 min read
Accidente de trayecto en México: qué es, derechos y cómo reclamar la indemnización
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: accidente de camino al ir o volver del trabajo.
  • Qué cubre: atención médica, incapacidad y, según el caso, pensión o indemnización.
  • Cómo se calcula: con salario base de cotización y semanas cotizadas ante el IMSS.
Cómo reclamarlo:

Si te lesionaste yendo o volviendo del trabajo, en México la ley lo reconoce como accidente de trayecto y lo asimila a un riesgo de trabajo cubierto por el IMSS. Eso te abre derecho a atención médica, incapacidad y, según el caso, a una pensión o indemnización global calculada con tu salario base de cotización y tus semanas cotizadas.

✕MITO

«Si el percance fue en la calle, no es asunto del patrón.»

REALIDAD

La carga de probar el trayecto: el IMSS debe acreditar los tres requisitos, no el trabajador, y si lo calificas se asimila a riesgo de trabajo.

VS

Esta aclaración desarma el pretexto más común que escuchan los lesionados en el camino al trabajo para no levantar su reporte ante el IMSS.

Mito: «si el percance fue en la calle, no es asunto del patrón». Realidad: cuando se cumplen los tres requisitos legales —trayecto directo, sin interrupciones injustificadas y ocurrido al ir o al volver del centro de trabajo—, el IMSS debe calificarlo como riesgo de trabajo y tú conservas todos los derechos del ramo de riesgos de trabajo, igual que si el accidente hubiera ocurrido dentro de la empresa.

Qué es un accidente de trayecto y qué dice la ley federal

El accidente de trayecto está reconocido expresamente como riesgo de trabajo en la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. Para que el IMSS lo califique así deben concurrir tres requisitos que PROFEDET resume así:

  • Que el trabajador se traslade directamente de su domicilio al centro de trabajo o de este a aquel.
  • Que el recorrido sea el habitual, sin interrupciones injustificadas (una parada por comprar café no rompe el trayecto; desviarte 40 minutos a otro lado, sí).
  • Que el hecho ocurra al ir o al volver del trabajo, en ese mismo día y jornada.

Una vez calificado, se aplican las mismas reglas que a cualquier otro riesgo de trabajo: asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y, si hace falta, rehabilitación, prótesis y ortopedia.

Supuestos que la jurisprudencia también califica como trayecto

Los tribunales federales han ampliado el concepto en casos límite. La Segunda Sala de la SCJN y los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo sostienen, entre otros, los siguientes criterios:

  • Traslado desde un lugar distinto al domicilio: si el trabajador está a disposición del patrón las 24 horas, el accidente al ir o volver desde otro punto también cuenta. Tesis Aislada del Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 15 de julio de 2022 (tesis I.10o.T.).
  • Interrupción breve del camino: comer algo, detenerse a hablar o una pausa menor no rompen la calificativa. Tesis I.11o.T.23 L (10a.) del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 25 de octubre de 2019 (tesis aislada).
  • Secuestro con fallecimiento al llegar al centro de trabajo: si el trabajador es víctima de un delito durante el trayecto y fallece, debe considerarse accidente en trayecto. Tesis 2a. IX/2020 (10a.) de la Segunda Sala de la SCJN, 14 de agosto de 2020 (tesis aislada).
¿Sabías que…?

El accidente de trayecto y el accidente dentro del trabajo son riesgos de trabajo equiparables: puedes recibir las mismas prestaciones aunque el percance haya ocurrido fuera de la empresa.

De hecho, el patrón no paga más prima de riesgo por incluirlo en su siniestralidad, según el artículo 72 de la Ley del Seguro Social.

Este dato cambia cómo se calcula el costo real del percance y por qué al patrón no le conviene pelear la calificativa ante el IMSS.

Dato que ayuda a dimensionarlo: en estos tres supuestos la víctima o su familia no necesitaron probar un daño físico visible en el momento; bastó acreditar el nexo del trayecto con el resultado lesivo o mortal, según se resume en el índice de accidente de trabajo en trayecto que concentra la jurisprudencia del tema.

Documentos y aviso inmediato que debes reunir

El primer papel que abre la puerta es el formato ST-7 del IMSS, «Aviso de atención médica inicial y calificación de probable riesgo de trabajo». Sin él, el instituto puede demorar la calificación o negarla por falta de aviso. Reúne, en original y copia:

  • ST-7 llenado por el patrón o por el propio trabajador si el patrón no lo hizo.
  • Identificación oficial vigente (INE/IFE, pasaporte o cédula profesional).
  • CURP y Número de Seguridad Social (NSS) del asegurado.
  • Comprobante de domicilio reciente (luz, agua, teléfono, estado de cuenta).
  • Parte o reporte policiaco si intervino alguna autoridad, sobre todo en atropellamientos, lesiones o hechos delictivos.
  • Pruebas del trayecto: cámaras de tránsito o del transporte público, registros GPS del celular, fotografías del lugar y testimonios de terceros (compañeros de ruta, vecinos, familiares).
1

Avisar
ST-7 y reporte policiaco si intervino autoridad.
2

Plazos
60 días naturales para que el IMSS resuelva la calificación.
3

Calificar
Servicio de Salud en el Trabajo del IMSS dicta probable riesgo de trabajo.
4

Cobrar
Incapacidad, pensión o indemnización global según el caso.
5

Tribunal Laboral si el IMSS niega la calificativa o hay diferencias.
[POSICIÓN en la escala, solo el número de 0 a 100] ahora: 10

Conviene empezar por tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) del IMSS: ahí te dan la primera atención y radican el ST-7. Después, el servicio de Salud en el Trabajo del mismo IMSS emite la calificación de probable riesgo de trabajo, que es el documento que enciende el pago de incapacidades.

Prestaciones e indemnización: cómo se calcula

Una vez calificado el riesgo de trabajo, el IMSS cubre cuatro tipos de incapacidad, según la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social:

Fórmula de cálculoIndemnización global por incapacidad permanente parcial

La indemnización se calcula con una fórmula sencilla de la Ley del Seguro Social. Lo único qu porcentaje de pérdida funcional (lo que el IMSS califique) y las semanas cotizadas reconocidas.

salario base diario  ×  365 días  ×  % de pérdida funcional
Salario diario = salario base de cotización ÷ 365
365 días como base anual del cálculo
% de pérdida según el dictamen médico del IMSS

Ejemplo: Karla cobra 540 pesos mexicanos (MXN) diarios y tiene una pérdida del 35 %.
540 × 365 × 0,35 = 68.985 pesos (MXN) de indemnización global bruta.
Tope de la indemnizaciónNo puede superar un porcentaje de del salario base, fijado por la UMA que publica el INEGI.

Esta fórmula es la que aplica el IMSS en incapacidad permanente parcial por accidente de trayecto y, con esos mismos datos, el Tribunal Laboral resuelve si la empresa debe diferencias.
  • Incapacidad temporal: pago del 100 % del salario base de cotización mientras dure la recuperación.
  • Incapacidad permanente parcial: pensión o indemnización global proporcional a la pérdida funcional, calculada sobre el salario base y las semanas cotizadas.
  • Incapacidad permanente total: pensión mensual equivalente a un porcentaje del salario base de cotización.
  • Muerte: pensión a beneficiarios y, además, ayuda para gastos de funeral.
Atención en UMF y ST-7Gratis
Abogado particular (opcional)desde 5.000 pesos (MXN)
Tasa judicial (persona física)0 pesos exento
Coste total estimado

frente a 68.985 pesos (MXN) que puedes cobrar

0 – 5.000 pesos (MXN)

Esta tarjeta compara lo que cuesta mover el trámite con lo que puede pagar el IMSS si se acredita el accidente de trayecto como riesgo de trabajo.

Supongamos a Karla, cajera en una tienda de la Ciudad de México, con salario base de cotización de 540 pesos mexicanos (MXN) diarios y 320 semanas cotizadas. Sufre un accidente en trayecto que le deja una pérdida funcional del 35 %. La fórmula para indemnización global en incapacidad permanente parcial es: indemnización = (porcentaje de pérdida) × (365 días) × (salario base diario), según el criterio que aplica el IMSS.

  • Cálculo: 0.35 × 365 × 540 = 68.985 pesos (MXN).

A esa cantidad se le restan las semanas ya cubiertas por la incapacidad temporal, de modo que el pago final suele ser menor. El resultado concreto depende de lo que el IMSS califique y, en caso de negativa, de lo que ordene el Tribunal Laboral. Lo que nunca cambia: la base son salario y semanas cotizadas, y los topes se expresan en UMA (Unidad de Medida y Actualización), cuyo valor publica el INEGI cada año.

Efecto sobre la prima de riesgo de la empresa

Aquí está el matiz que más confunde: aunque el accidente de trayecto se califica como riesgo de trabajo, NO se incluye en la siniestralidad para calcular la prima del seguro de riesgos de trabajo del patrón. El artículo 72 de la Ley del Seguro Social y el artículo 32 del Reglamento de la LSS en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización lo prevén así, y el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa lo confirmó el 30 de octubre de 2012. Para el trabajador esto significa que su empresa no tiene incentivo en «esconder» el percance, pero el accidente sí reza en su historial clínico-laboral.

Dato a tener en cuentaEl plazo de 60 días del IMSS se cuenta en días naturales: corren todos los días, incluidos sábados, domingos y festivos.
Esta precisión importa porque ese plazo es el que tiene el IMSS para calificar el accidente de trayecto y, si se vence, cambia la estrategia legal del trabajador.

Dónde y cómo reclamar: IMSS, Tribunal Laboral y PROFEDET

El camino administrativo pesa más que el judicial en estos casos, porque lo que se reclama es una prestación de seguridad social, no un despido. Los pasos, en orden:

Distribución del tiempo del trámite tras el accidente de trayecto
Plazos máximos que marca la ley y el procedimiento del IMSS y el Tribunal Laboral en México.
1 %
70 %
29 %
Aviso y primera atención en UMFCalificación del IMSSConciliación y demanda ante Tribunal Laboral
Hay que mirar que la mayor parte del proceso se la lleva el IMSS resolviendo la calificación; lo demás es preparación y, en su caso, demanda.
  1. Acudir a la UMF del IMSS más cercana o a urgencias del hospital del IMSS, según la gravedad, dentro de las primeras 24 horas del percance.
  2. Presentar el ST-7 ante el servicio de Salud en el Trabajo del IMSS para que califique el probable riesgo de trabajo. Plazo legal para que el IMSS resuelva: hasta 60 días naturales contados a partir de la presentación del aviso, según los lineamientos del instituto.
  3. Si el IMSS califica el caso y otorga la incapacidad: recibir las prestaciones y, en su caso, la pensión o indemnización global.
  4. Si el IMSS niega la calificativa o el patrón se niega a pagar diferencias: intentar conciliación prejudicial ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o el centro de conciliación de tu entidad, y después demandar ante el Tribunal Laboral federal o local.
  5. Antes o durante el proceso, pedir asesoría gratuita en PROFEDET, que acompaña al trabajador en todo el trámite.

Salario base diario

540 pesos (MXN)

Semanas cotizadas

320

Calificación

Incapacidad permanente parcial

Indemnización estimada

68.985 pesos (MXN)

Ficha con los cuatro datos del caso de Karla: salario, semanas cotizadas, tipo de incapacidad que reconoce el IMSS y monto que arroja la fórmula para ese ejemplo concreto.

Ficha rápida del lector: estado = CDMX o cualquier estado con IMSS; organismo que resuelve = IMSS (calificación) y Tribunal Laboral (demanda); organismo que asesora gratis = PROFEDET; formato clave = ST-7.

Plazos que sí vencen y sus consecuencias

Los plazos se mueven en días hábiles, salvo que la ley diga otra cosa. Los cuatro que debes tener presentes:

Riesgo de perder la prueba del accidente de trayecto
Ventanas reales de conservación de evidencia en CDMX, Monterrey y Guadalajara.

Alto
Las cámaras del transporte público borran su archivo en 15 a 30 días naturales.
BajoMedio● Alto
Hay que fijarse en que el termómetro está casi al máximo: si dejas pasar los días, cámaras y testimonios se borran y el caso se cae.
  • Aviso al patrón: tan pronto como sea posible. El patrón tiene la obligación de presentar el ST-7; si no lo hace, el trabajador puede llenarlo y presentarlo él mismo.
  • Calificación del IMSS: hasta 60 días naturales desde la presentación del ST-7. Pasado ese plazo sin resolución, opera la afirmativa ficta en ciertos trámites administrativos, pero la calificación formal sigue siendo indispensable.
  • Prescripción laboral ante el Tribunal Laboral: 1 año contado a partir del día siguiente al que nació la obligación, salvo reglas especiales para prestaciones periódicas. Vencido, el derecho se extingue.
  • Inconformidad por negativa del IMSS: la demanda ante el Tribunal Laboral federal debe presentarse dentro del plazo de prescripción anterior; esperar reduce la prueba del trayecto porque cámaras y testimonios se pierden.

Lo más caro de la demora no es el dinero: es la prueba. Las cámaras del transporte público en CDMX, Monterrey o Guadalajara borran su archivo en 15 a 30 días, y los recuerdos de testigos se desvanecen en semanas. Si el siniestro fue grave, mueve la carpeta desde el primer día.

Fuentes

  1. Control2000Accidente en trayecto al trabajo – Blog 2000consultado el 08/08/2026
  2. Imss¿Tuviste un accidente o enfermedad de trabajo? El seguro … – IMSSconsultado el 08/08/2026
  3. Vlexaccidente de trabajo en trayecto – vLexconsultado el 08/08/2026