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Bien inembargable en México: qué protege la ley y qué bienes no te pueden quitar

septiembre 15, 2026 México Derecho 6 min read
Bien inembargable en México: qué protege la ley y qué bienes no te pueden quitar

Qué es un bien inembargable y dónde se regula en México

Un bien inembargable es todo aquello que la ley prohíbe embargar aunque exista una sentencia o un crédito fiscal a tu cargo. La Constitución Mexicana sienta la base en sus artículos 1 y 115, al disponer que los bienes del Estado y de los municipios son inalienables, imprescriptibles e inembargables. A partir de ahí se construye un mosaico normativo: leyes federales para el ámbito nacional y códigos procesales civiles en cada entidad para los juicios entre particulares.

Las capas del sistema

En la práctica, el catálogo federal marca el piso mínimo y el estado puede ampliarlo, nunca reducirlo.

Lo federal protege el suelo y lo estatal protege la olla: revisa ambos.

Bienes inembargables en la legislación federal

El catálogo federal se reparte entre varias leyes. La siguiente tabla resume lo esencial de cada una.

Ley federal Bienes especialmente protegidos
Código Civil Federal Derechos de personalidad, alimentos, sepulcro y los bienes que la ley declare inalienables.
Código Fiscal de la Federación (art. 127) Bienes del Estado y municipios; esenciales para la operación de una empresa.
Ley del Seguro Social Pensiones de retiro, cesantía, viudez y orfandad del IMSS.
Ley del ISSSTE Pensiones y créditos de los trabajadores del Estado.
Ley Agraria Tierras ejidales y comunales, así como los bienes del dominio público agrario.
Ley General de Bienes Nacionales Bienes nacionales de uso común y bienes inmuebles de la Federación.
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas Reservas técnicas de aseguradoras y fianzas.
Ley de Instituciones de Crédito Reservas de la banca y activos que la ley clasifica como esenciales.
Ley de Concursos Mercantiles Activos necesarios para la continuidad de la empresa concursada.

Tres puntos clave: los bienes del Estado y municipios son inembargables por mandato constitucional, los bienes ejidales son inalienables salvo excepciones legales y las pensiones de seguridad social gozan de protección específica tanto en el IMSS como en el ISSSTE.

Salario, pensiones y prestaciones: cuánto te pueden embargar

La Ley Federal del Trabajo fija los topes en los porcentajes sobre el salario del art. 97 LFT, una regla que aplica tanto en juicios laborales como civiles. La fórmula general es:

Cálculo paso a paso

  1. Identifica el tipo de deuda: alimentos, crédito fiscal, mercantil u ordinario.

1. Para deudas por alimentos: hasta el 50 % del salario. 2. Para otras deudas: escalas del 10 %, 20 % o 30 % según el caso.

  1. Resta al salario bruto las deducciones de ley (ISR, IMSS/ISSSTE).
  2. Aplica el porcentaje al salario neto diario.
  3. Compara con el salario mínimo: el embargo no puede dejarte por debajo de una cantidad equivalente.

Ejemplo resuelto en pesos

Karla gana en Monterrey 18.000 pesos (MXN) brutos al mes. Su salario neto queda en 15.300 pesos (MXN), 510 diarios. Un acreedor alimenticio solicita embargo.

  1. 510 × 0.50 = 255 pesos (MXN) diarios de embargo.
  2. 510 − 255 = 255 pesos (MXN) de salario libre que Karla conserva.

Para pensiones y jubilaciones rige la misma protección legal: las pensiones del IMSS y del ISSSTE son inembargables salvo por alimentos, y aun así con tope.

Topes habituales del art. 97 LFT

Tipo de deuda Porcentaje máximo embargable Excepción
Pensiones alimenticias 50 % del salario neto Puede llegar al 60-70 % en algunos códigos procesales locales.
Créditos fiscales 30 % del salario neto Aplica SAT y cobranza coactiva.
Deudas civiles o mercantiles 10-20 % del salario neto Varía según el estado.
Deudas por responsabilidad legal Hasta 30 % Puede ampliarse por convenio judicial.

Lo que tu estado suma o cambia al catálogo federal

Cada entidad federativa amplía o detalla el catálogo. En la Ciudad de México, el Estado de México, Jalisco y Nuevo León la protección típica incluye muebles de uso doméstico, ropa, instrumentos de trabajo y, en algunos casos, un vehículo.

Estado Ropa y menaje Instrumentos de trabajo Vehículo Salario
CDMX Sí, limitada Según oficio y monto Generalmente sí, uno solo Regla federal LFT
Estado de México Sí Sí, instrumentos básicos Usualmente uno Regla federal LFT
Jalisco Sí Sí, limitados en valor Sí, cuando no afecta la operación Regla federal LFT
Nuevo León Sí Sí, con tope Sí, monto moderado Regla federal LFT

Cuidado: aunque tu estado contemple el catálogo, el ejecutor puede desconocerlo. Por eso conviene respaldar la inembargabilidad con pruebas documentales.

Acreditar la inembargabilidad y reclamar el embargo: documentos, pasos y plazos

Si te embargaron un bien protegido, la carga de la prueba es tuya: tú demuestras que el bien es inembargable. La Tesis Aislada IX.2o.C.A.5 A confirma este criterio.

Pasos para reclamar en materia fiscal

  1. Revisa el acta de embargo del SAT (plazo de notificación: dentro de los plazos del CFF y la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo federal).
  2. Reúne pruebas: facturas, escrituras, contratos de posesión, constancia de pensión o de nómina.
  3. Interpone el recurso de revocación ante el SAT (plazo de 30 días naturales desde la notificación, según el CFF), o el juicio contencioso ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
  4. La jurisprudencia 2a./J. 51/2010 confirma la procedencia del juicio contencioso cuando se alega inembargabilidad.

Procedimiento en materia civil o mercantil

  1. Notificación del embargo por el actuario del juzgado.
  2. Plazo para inconformarte: depende del Código Procesal Civil de tu estado (suele ser de 5 a 15 días hábiles).
  3. Vía incidental dentro del mismo juicio, con oferta de pruebas.
  4. Resolución del juez y, en su caso, apelación.

Documentos útiles

  • Comprobante de nómina, CFDI o recibo de pensión.
  • Factura y tarjeta de circulación del vehículo.
  • Constancia de propiedad o comodato.
  • Identificación oficial y CURP.

Plazos clave

Vía Organismo Plazo para impugnar
Recurso de revocación SAT 30 días naturales (CFF).
Juicio contencioso administrativo TFJA / tribunales federales 30 días naturales para demanda de nulidad.
Vía incidental civil Juzgado local 5-15 días hábiles según el estado.
Apelación Tribunal superior local Plazo del Código Procesal Civil local.

Si el embargo proviene del SAT, además cuentas con la PRODECON para asesoría gratuita. Y si el embargo recae sobre una pensión del IMSS o del ISSSTE, la protección constitucional es la primera línea de defensa.

Fuentes

  1. UexternadoARTÍCULO 594. BIENES INEMBARGABLESconsultado el 09/08/2026
  2. AtalantayabogadasBienes inembargables en España protegidos contra embargosconsultado el 09/08/2026
  3. Registrodeimpagadosjudiciales¿Cuáles son los bienes inembargables?consultado el 09/08/2026
  4. IneafQué es Bienes inembargables – Glosario Jurídico – Ineafconsultado el 09/08/2026
  5. Sunat6. Bienes inembargables – orientación SUNATconsultado el 09/08/2026