- Qué es: accidente o enfermedad de trabajo previstos en la Ley Federal del Trabajo.
- Cuánto cobras: asistencia médica del IMSS y pensión calculada con el salario base.
- Cómo reclamar: aviso al IMSS y en el SIAAT, dictamen de incapacidad y PROFEDET gratis.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Un accidente laboral en México desencadena un blindaje poco conocido: si el patrón cumple, el IMSS paga asistencia médica y un porcentaje del salario; si no, la PROFEDET empuja la demanda gratis. Aquí se explica qué dice la Ley Federal del Trabajo, cómo se calcula la indemnización y en qué orden se reclama ante el IMSS y la STPS.
Qué es un accidente laboral y qué derechos te da
La ley agrupa todo bajo el término riesgos de trabajo y distingue tres figuras. El accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, incluyendo el trayecto directo del domicilio al centro laboral y de regreso. El accidente de trayecto aplica solo al ir o venir del trabajo. La enfermedad de trabajo es un estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga origen en el trabajo o en el ambiente laboral, y suele aparecer en los catálogos que actualiza la STPS.
Las prestaciones están en el Título IX de la Ley Federal del Trabajo. En especie, el IMSS debe darte asistencia médica, quirúrgica, rehabilitación, hospitalización, medicamentos, material de curación y aparatos de prótesis y ortopedia. En dinero, la ley reconoce cuatro consecuencias: incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total y muerte. Las primeras se pagan con base en el salario y las últimas dos abren puerta a pensión o indemnización global, según las semanas cotizadas.
| Modalidad | Qué la origina | Efecto en el trabajador |
|---|---|---|
| Accidente de trabajo | Actividad laboral o trayecto | Lesión inmediata o posterior |
| Accidente de trayecto | Traslado domicilio–trabajo | Lesión durante el recorrido |
| Enfermedad de trabajo | Exposición continua | Padecimiento gradual |
En México, el riesgo de trabajo se presume laboral cuando ocurre en el centro de trabajo, en el trayecto o por la actividad; por eso el patrón debe avisar.
La indemnización por incapacidad permanente parcial se calcula con la tabla del artículo 514 LFT. La base es el salario diario (con los aumentos posteriores al riesgo) y las semanas cotizadas.
850 × 25 % = 212,50 pesos de pensión mensual aproximada.
A quién le corresponde reclamar y qué requisitos debes cumplir
El trabajador debe reunir tres condiciones simultáneas para acceder a las prestaciones del ramo de riesgos de trabajo del IMSS. Primero, una relación laboral vigente, cualquiera que sea su forma, salvo exclusions expresas. Segundo, estar dado de alta en el régimen obligatorio del IMSS con salario registrado, porque sin cotización no hay rama de riesgos activa. Tercero, que el siniestro ocurra por motivo del trabajo o en el trayecto directo, o que se origine una enfermedad列入ada en los catálogos de la STPS.
- Que el patrón esté inscrito en el IMSS y al corriente de la cuotas patronales.
- Que el aviso patronal de riesgo de trabajo se presente en tiempo, idealmente dentro de los primeros días hábiles tras el siniestro.
- Que el accidente sea reportado a la empresa y, si hay lesiones, atendido por el servicio médico del IMSS o por la unidad médica correspondiente para que quede constancia.
- Que el trabajador se presente a los dictámenes de medicina del trabajo que agenda el IMSS para determinar el tipo de incapacidad.
Documentos que tienes que reunir para reclamar
PROFEDET pide, y el IMSS también, los siguientes papeles en original y copia para integrar el expediente del trabajador accidentado. La carpeta debe armarse lo antes posible; cada documento que falta retrasa el pago de la indemnización.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) y CURP.
- Número de Seguridad Social (NSS) y comprobante de alta ante el IMSS.
- Reporte o acta del accidente levantada en la empresa, con fecha, hora, lugar y testigos.
- Certificados y dictámenes médicos del IMSS o del hospital que lo atendió, con descripción de lesiones y secuelas.
- Comprobantes de salario: recibos de nómina, constancia de percepciones y retenciones, y en su caso, contrato individual o colectivo de trabajo.
- Aviso de accidente de trabajo capturado en el SIAAT, con folio de la STPS.
Cómo se calcula la indemnización según el tipo de incapacidad
La base salarial es el salario diario que percibas al ocurrir el riesgo, más los aumentos posteriores del empleo desempeñado, hasta que se determine el grado de incapacidad, la fecha de muerte o la separación. Esa base no puede ser inferior al salario mínimo general y, si el salario excede del doble del salario mínimo del área geográfica, se toma como tope ese doble. Si el trabajo se presta en áreas distintas, el tope es el doble del promedio de los salarios mínimos respectivos. La fórmula concreta es:
Base = salario diario al ocurrir el riesgo + aumentos posteriores, con piso de un salario mínimo y tope de dos salarios mínimos del área.
| Tipo de incapacidad | Pago o pensión según el IMSS |
|---|---|
| Temporal | 100 % del salario base desde el primer día y hasta que el trabajador regrese o se declare otra incapacidad |
| Permanente parcial | Pensión o indemnización global calculada con la tabla del artículo 514 LFT y las semanas cotizadas |
| Permanente total | Pensión mensual vitalicia, con porcentaje según el grado de disminución |
| Muerte | Indemnización a los beneficiarios conforme al artículo 115 LFT, con apoyo de gastos funerarios |
Un caso resuelto: Karla, soldadora en Querétaro, gana 850 pesos diarios y sufre un accidente que le genera una incapacidad permanente parcial del 25 %. Base = 850 pesos. Tope del área = 2 × salario mínimo general. Piso = 1 salario mínimo. La pensión mensual se calcula aplicando el 25 % a la base y los factores del artículo 514 LFT, dando un pago mensual cercano a 212,50 pesos, actualizable cada año; el IMSS puede sustituir la pensión por una indemnización global cuando las semanas cotizadas o el porcentaje lo permiten.
Dónde y cómo reclamarla: IMSS, STPS (SIAAT) y PROFEDET
El camino federal combina tres ventanillas. La primera es el IMSS: el patrón debe dar aviso inmediato en la subdelegación correspondiente, el servicio médico califica el riesgo de trabajo y la Unidad de Medicina del Trabajo emite los dictámenes de incapacidad temporal, permanente parcial, permanente total o muerte. La segunda es la STPS, donde el patrón o el propio trabajador dan de alta el aviso en el SIAAT, sistema que concentra las cifras nacionales y permite dar seguimiento al folio. La tercera es la PROFEDET, que orienta gratis y, si el caso lo amerita, asume la representación del trabajador.
- Acudir al servicio médico del IMSS para atención inmediata y constancia de lesiones, dentro de las primeras 24 a 72 horas.
- Presentar el aviso de accidente de trabajo en la subdelegación del IMSS y capturar el aviso en el SIAAT de la STPS, ambos con folio.
- Acudir a los dictámenes de Medicina del Trabajo en las fechas que el IMSS agende, incluida la posible revisión a los tres meses.
- Solicitar la resolución de incapacidad temporal, permanente parcial, permanente total o muerte y, si aplica, el inicio del pago de la pensión o indemnización global.
- Si el IMSS califica el riesgo como no de trabajo o niega la pensión, pedir orientación y representación gratuita en la PROFEDET o en el sindicato, y, agotada la conciliación, demandar ante el Tribunal Laboral federal o local competente.
Si el patrón no avisa o no está inscrito, el IMSS puede otorgar las prestaciones en especie y, después, cobrarlas al patrón vía fiscalización; lo económico se paga igual al trabajador.
Un riesgo de trabajo se presume laboral cuando ocurre en el centro de trabajo, en el trayecto o por la actividad, y por eso el patrón está obligado a dar el aviso.
Cifras, plazos y ejemplos concretos que conviene memorizar
Los números mueven el reclamo. La revisión de la incapacidad temporal opera a los tres meses contados a partir del inicio del riesgo: si no hay aptitud para volver al trabajo, trabajador o patrón pueden pedir a la Junta —hoy al Tribunal Laboral— que resuelva si sigue el mismo tratamiento o se declara la incapacidad permanente. El aviso patronal debe presentarse dentro de los plazos que marca la Ley del Seguro Social: idealmente el mismo día o al siguiente día hábil, para evitar multas del IMSS. El SIAAT, administrado por la STPS según su Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, recibe el aviso en línea de forma inmediata.
Casos límite y errores frecuentes
El accidente durante el trayecto admite prueba en contrario y por eso suele discutirse: sirve cualquier elemento que muestre la ruta directa, como tarjeta de transporte,Witnesses o geolocalización. La enfermedad de trabajo exige acreditar la exposición continua y la relación causal, mientras que el accidente de trabajo presume la laboralidad y descarga al trabajador de la prueba inicial. Si el patrón omite el aviso, el IMSS puede aplicar multas calculadas con base en la UMA y, aun así, el trabajador mantiene su derecho a las prestaciones; la vía para cobrarlas es la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación federal o local, seguida del juicio ante el Tribunal Laboral.
Cuándo y cómo pedir revisión de la incapacidad
La revisión periódica es un derecho del trabajador, no un favor. La ley permite solicitar nuevos exámenes para ajustar el porcentaje de la incapacidad y, en su caso, la pensión. La solicitud se presenta en la subdelegación del IMSS con los estudios médicos actualizados y, si la respuesta no convence, el trabajador puede inconformarse ante PROFEDET y, eventualmente, demandar el reconocimiento de una incapacidad mayor ante el Tribunal Laboral. La prescripción para reclamar las prestaciones varía según la naturaleza del derecho y el momento en que nació; por eso conviene iniciar el trámite apenas el IMSS emita la resolución y no esperar a que el patrón otorgue por su cuenta.
frente a la pensión o indemnización global que paga el IMSS
0 – varios miles de pesos MXN
Costos del proceso para el trabajador
La asesoría y representación de la PROFEDET es gratuita. Los dictámenes del IMSS están cubiertos por la seguridad social. El costo real para el trabajador suele concentrarse en tres partidas: traslados a la subdelegación del IMSS y a la PROFEDET, copias certificadas de los dictámenes que pida la Junta o el Tribunal Laboral, y, si se opta por un abogado particular, sus honorarios. La impresión de los comprobantes de salario y la captura del aviso en el SIAAT no tienen costo oficial. Multas y sanciones contra el patrón que omite el aviso o no está inscrito corren por cuenta del patrón y se calculan con base en la UMA.
PROFEDET concentra la asesoría gratuita para el trabajador y abrió módulos en las principales ciudades del país. Si la representación directa ante IMSS y Junta no avanza, el trabajador puede solicitar la intervención de su sindicato, cuando aplique, o de abogados privados mediante contrato.
Accidente o enfermedad laboral
Ocurre el siniestro en el centro de trabajo, en el trayecto o por exposición continua.
Atención médica y aviso
Acudes al IMSS y el patrón presenta el aviso en la subdelegación y en el SIAAT de la STPS.
Dictamen de incapacidad
La Unidad de Medicina del Trabajo del IMSS fija el tipo y porcentaje de incapacidad.
Resolución y pago del IMSS
El IMSS emite la resolución y, en su caso, paga la pensión o indemnización global conforme al artículo 514 LFT.
Un buen cierre de fase se resume así: accidente y reporte inmediato, alta en el IMSS, captura del aviso en el SIAAT, dictamenes de incapacidad, resolución del IMSS, y si hay disenso, PROFEDET, Centro de Conciliación y Tribunal Laboral.
Fuentes
- ImssPrevención de accidentes en el trabajo – IMSSconsultado el 08/08/2026
- UnirLos accidentes laborales: impacto, prevención y ley en Méxicoconsultado el 08/08/2026
- FactorialAccidente de trabajo: ¿Qué hacer según la Ley Federal del Trabajo?consultado el 08/08/2026
- CapacitaciondepersonalAccidentes de Trabajo en México: Guía Completa de Prevención 2026consultado el 08/08/2026
- StpsAviso de Accidentes de Trabajo – SIAAT | gob.mxconsultado el 08/08/2026
