Aguinaldo

Aguinaldo en México: qué dice la Ley Federal del Trabajo, cuánto te corresponde y cómo calcularlo

agosto 9, 2026 México Derecho 11 min read
Aguinaldo en México: qué dice la Ley Federal del Trabajo, cuánto te corresponde y cómo calcularlo
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: prestación anual obligatoria equivalente a 15 días de salario.
  • Cuánto cobras: 15 días de salario como mínimo, o la parte proporcional si no cumples el año.
  • Cómo reclamar: queja ante PROFEDET y, si no hay acuerdo, demanda ante el Tribunal Laboral.
Ficha rápida con lo mínimo del aguinaldo en México: monto mínimo legal, fecha límite de pago y a quién acudir si el patrón no cumple.

El aguinaldo en México es un derecho laboral irrenunciable: todo trabajador subordinado debe recibir, como mínimo, el equivalente a 15 días de salario, y el patrón está obligado a pagarlo antes del 20 de diciembre de cada año. Si no completas el año de servicio, te corresponde una parte proporcional al tiempo que sí laboraste.

Aguinaldo en México
RegulaciónArt. 87 LFT
Monto mínimo15 días de salario
Fecha límite20 de diciembre
Plazo de reclamoMientras subsista la relación y hasta la prescripción
AutoridadPROFEDET y Tribunales Laborales
Ficha base del aguinaldo: ley aplicable, monto mínimo obligatorio, fecha límite de pago y autoridades ante las que puedes reclamar si el patrón incumple.

Lo esencial en un vistazo

  • Fundamento: artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (ámbito federal).
  • Monto mínimo: 15 días de salario.
  • Fecha límite de pago: 20 de diciembre de cada año.
  • Carácter: irrenunciable; no se puede renunciar ni compensarse con otra prestación.
  • Si no cumples el año: aguinaldo proporcional a los días trabajados.
  • Si el patrón no paga: queja ante PROFEDET y, en su caso, demanda ante el Tribunal Laboral.
Truco prácticoRevisa el desglose del recibo de nómina y guarda tu comprobante de pago para cualquier reclamación posterior.
Verificar que el recibo de nómina traiga desglosado el aguinaldo te respalda ante PROFEDET o el Tribunal Laboral si el patrón paga incompleto o tarde.

El truco que agradeces en enero: cuando tu patrón te pague el aguinaldo, revisa que el recibo de nómina desglose el concepto "aguinaldo" y el monto exacto. Si el depósito o el cheque viene sin desglose, pídele por escrito tu recibo con retenciones; ese comprobante es tu respaldo para cualquier reclamación.

Qué dice el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo sobre el aguinaldo

El derecho al aguinaldo está regulado por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, una norma de aplicación federal en toda la República Mexicana. Esa disposición fija tres reglas que cualquier persona trabajadora debe conocer: monto mínimo de 15 días de salario, fecha límite de pago antes del 20 de diciembre y carácter irrenunciable del beneficio.

La obligación del patrón nace en cuanto existe una relación laboral subordinada, sin importar el giro de la empresa ni el estado de la República donde te encuentres, siempre que la relación se rija por la legislación federal. La reforma que incorporó el aguinaldo a la Ley Federal del Trabajo data de 1970, y desde entonces el beneficio forma parte del piso mínimo de prestaciones para millones de personas trabajadoras en México.

¿Sabías que…?

El aguinaldo forma parte de la Ley Federal del Trabajo desde 1970, así que no es un beneficio reciente ni opcional: lleva más de cinco décadas como prestación irrenunciable para las personas trabajadoras en México.

De hecho, este derecho se aplica en todo el país para cualquier relación subordinada cubierta por la legislación federal.

El aguinaldo no es un invento reciente: lleva más de 50 años en la LFT como prestación irrenunciable para millones de personas trabajadoras.

Aunque solemos asociarlo con las fiestas decembrinas, el aguinaldo existe en México desde hace más de cinco décadas, no es un invento reciente ni un regalo opcional: es una prestación legal de carácter irrenunciable.

¿A qué trabajadores les corresponde el aguinaldo en México?

De cada 10 relaciones laborales subordinadas en México, alrededor de 9 están obligadas por la Ley Federal del Trabajo a pagar aguinaldo, sin importar el tipo de contrato.

De cada 10 relaciones laborales, cuántas generan aguinaldo
Estimación basada en la cobertura que hace la Ley Federal del Trabajo sobre prácticamente toda relación subordinada en México.
9 de cada 10 de cada 10 relaciones laborales subordinadas en México generan aguinaldo obligatorio
El gráfico muestra que prácticamente todas las relaciones laborales subordinadas en México generan el derecho al aguinaldo, sin importar el tipo de contrato.
✕MITO

«Si soy eventual o trabajo por obra, no me toca aguinaldo.»

REALIDAD

Cualquier relación subordinada cubierta por la Ley Federal del Trabajogenera el derecho, incluso los contratos por obra o tiempo determinado.

VS

Desmontamos el mito más común: la modalidad de contratación no quita el derecho al aguinaldo proporcional ni al mínimo de 15 días.

Mito: "Si soy eventual o trabajo por obra, no me toca aguinaldo." Realidad: cualquier relación subordinada cubierta por la Ley Federal del Trabajo genera el derecho, incluso los contratos por obra o tiempo determinado.

La regla general, según la guía oficial de PROFEDET sobre el aguinaldo, es muy amplia. Están cubiertos:

  • Personal de base, de confianza y de planta.
  • Personas sindicalizadas, en los términos que establezca el contrato colectivo.
  • Trabajadoras y trabajadores eventuales y por obra o tiempo determinado.
  • Comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes.
  • Personal doméstico, en la medida que les aplique la legislación laboral federal.

El pago es proporcional al tiempo laborado: si trabajaste menos de un año, te corresponde la parte proporcional al periodo que sí estuviste en la empresa. Este derecho subsiste incluso si ya no laboras para el patrón en la fecha del pago, siempre que hayas laborado al menos un día dentro del año.

Documentos para acreditar tu derecho al aguinaldo

Aguinaldo proporcional Aguinaldo mínimo legal
Aguinaldo por contrato colectivo ✔ ✕
Recibo de nómina ✕ ✔
Contrato individual Contrato colectivo ✔
Tabla para distinguir qué documentos sí acreditan antigüedad, salario diario integrado y el monto mínimo de 15 días que te paga el patrón.

Qué sí y qué no sirve como respaldo

  • Recibos de nómina: sí, son la prueba principal del salario diario.
  • Contrato individual o condiciones generales de trabajo: sí, acreditan la relación laboral.
  • Comprobante de antigüedad o constancia laboral: sí, sirve para el cálculo proporcional.
  • CURP y RFC: sí, te identifican ante el patrón y el SAT.
  • Contrato colectivo o convenio sindical: sí, puede fijar más de 15 días de aguinaldo.
  • Carta de recomendación o simples capturas de pantalla: no, no acreditan monto ni antigüedad.

Para acreditar tu derecho al aguinaldo conviene reunir, en un solo expediente, los documentos que respaldan cada elemento de la fórmula: antigüedad, salario diario integrado y, si existe, el convenio o contrato colectivo que mejore los 15 días mínimos. Sin ese respaldo, reclamar se vuelve palabra contra palabra.

Los papeles clave que te recomiendo tener a la mano son:

  1. Recibos de nómina recientes (los últimos seis meses).
  2. Contrato individual de trabajo o, en su defecto, tus condiciones generales de trabajo.
  3. Constancia de antigüedad o cualquier documento con tu fecha de ingreso.
  4. Identificación oficial vigente (INE/IFE) y CURP.
  5. RFC con homoclave, indispensable si el pago se hace vía transferencia.
  6. Contrato colectivo, convenio sindical o carta de prestaciones, si tu empresa los tiene.

Cómo se calcula el aguinaldo: fórmulas y ejemplos en pesos mexicanos

Fórmula (año completo): Aguinaldo = Salario diario × Días de aguinaldo.

Fórmula de cálculoCuánto te corresponde de aguinaldo

El aguinaldo se calcula con una fórmula muy sencilla. Lo único que necesitas es tu salario diario y los días de aguinaldo que te correspondan.

Salario diario  ×   15 días  ×  (proporcional si no cumples el año)  Días de aguinaldo (15 mínimo o más según contrato colectivo)
Salario diario = salario mensual bruto ÷ 30
15 días mínimo legal (puede ser mayor por contrato colectivo)
Antigüedad: si no cumples el año, prorratear con (días trabajados / 365)

Ejemplo: Carmen gana 300 pesos (MXN) al día y trabajó todo el año con los 15 días mínimos.
300 × 15 = 4.500,00 pesos (MXN) de aguinaldo.
Tope de la parte exentaNo puede superar el monto anual que el SAT publica en el DOF mediante reglas misceláneas y resoluciones fiscales vigentes.

La fórmula del aguinaldo es directa, pero conviene aplicarla sobre el salario diario integrado para no recibir menos del mínimo legal.

Ejemplo resuelto: si ganas 300 pesos (MXN) al día y te pagan 15 días de aguinaldo, te corresponden 4.500,00 pesos (MXN). Cálculo: 300 × 15 = 4.500,00 pesos (MXN).

Dato a tener en cuentaEl salario que se usa para el aguinaldo es el salario diario integrado (SDI): incluye sueldo base, tiempo extra fijo, comisiones y vales permanentes.
Conocer el SDI evita que tu patrón pague sobre el sueldo base y te quedes con una parte proporcional menor a la que te corresponde por ley.

El "salario diario" que se usa para el aguinaldo es el salario diario integrado (SDI), que incluye no solo el sueldo base sino también prestaciones como tiempo extra fijo, comisiones y vales, cuando estos son permanentes. Si tu patrón solo toma el sueldo base, podrías estar recibiendo menos de lo que te corresponde.

La fórmula del año completo es directa, pero la realidad mexicana convive con dos escenarios adicionales: quienes ganan el salario mínimo y quienes no cumplen el año. La siguiente tabla compara los tres casos más comunes con cifras en pesos mexicanos.

Escenarios de cálculo

Escenario Salario diario (MXN) Días Fórmula Aguinaldo (MXN)
Año completo, sueldo típico 300,00 15 300 × 15 4.500,00
Año completo, salario mínimo general 248,93 15 248,93 × 15 3.733,95
Seis meses, sueldo 400 (MXN)/día 400,00 15 (proporcional) 400 × 15 × (180/365) 2.958,90

Los dos primeros casos se resuelven con la fórmula sencilla (salario diario × 15). El tercero requiere la fórmula proporcional que verás a continuación.

Aguinaldo proporcional para quienes no cumplen el año

Fórmula (año incompleto): Aguinaldo = Salario diario × 15 × (Días trabajados / 365).

Ejemplo resuelto (medio año): salario de 400 pesos (MXN) diarios, ingreso el 1 de junio y cálculo al 20 de diciembre. Días trabajados: aproximadamente 180. Cálculo: 400 × 15 × (180 / 365) = 2.958,90 pesos (MXN).

El criterio, confirmado por PROFEDET en su comunicado sobre el pago antes del 20 de diciembre, es que con un solo día laborado dentro del año ya nace el derecho a la parte proporcional. Si renunciaste el 30 de septiembre, el patrón debe incluir el aguinaldo proporcional en tu finiquito.

Parte exenta y gravada del aguinaldo ante el ISR

El aguinaldo es ingreso gravado para el Impuesto Sobre la Renta, pero la ley fiscal prevé una parte exenta que reduce el golpe del tributo. El monto exacto de la exención y el tope en UMA lo fija cada año el SAT mediante reglas misceláneas y resoluciones fiscales; esas cifras cambian y deben consultarse directamente en la normativa vigente publicada por el SAT, por lo que aquí no se reproducen valores que pueden quedar desactualizados al siguiente ejercicio.

La parte exenta del aguinaldo se publica cada año en el DOF y en el sitio del SAT; revisa la tarifa vigente antes de calcular cuánto te retendrán.

Plazos clave del aguinaldo en México

Fecha límite legal: el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Si tu patrón incumple, ese día comienza a correr el plazo para reclamar.

Plazo que caducaAntes del 20 de diciembre de cada año. Tras esa fecha nace el incumplimiento y empieza a correr el reclamo.
Nivel de riesgo para el patrón que no paga aguinaldo
Calificación basada en las consecuencias legales que enfrenta el patrón por omitir el pago del aguinaldo en la fecha límite.

Alto
Multas administrativas, intereses y demanda ante el Tribunal Laboral si no paga antes del 20 de diciembre
BajoMedio● Alto
El termómetro marca riesgo alto: omitir el pago antes del 20 de diciembre expone al patrón a multas, intereses y demandas laborales efectivas.

Nivel de riesgo para el patrón: alto. Si no paga antes del 20 de diciembre, queda expuesto a multa, sanciones administrativas y, en caso de demanda, al pago de intereses.

Calendario de pagos y reclamación

Momento Qué ocurre Autoridad competente Plazo aproximado
1 de enero al 20 de diciembre Se devenga el aguinaldo (proporcional o completo) Patrón 365 días naturales
Antes del 20 de diciembre Fecha límite legal para pagar el aguinaldo completo anual Patrón Hasta el 19 de diciembre
Cualquier momento del año Si el patrón omite la prestación, el derecho proporcional nace desde el primer día laborado Patrón Inmediato al despido/finiquito
Al detectar el incumplimiento Asesoría gratuita con PROFEDET PROFEDET Sin plazo definido; mientras más pronto, mejor
Tras la asesoría Conciliación prejudicial obligatoria ante el Centro de Conciliación federal o local Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o centro estatal Hasta 45 días naturales para agotar la conciliación
Si no hay conciliación Demanda ante el Tribunal Laboral Tribunales Laborales del Poder Judicial Variable según carga del juzgado

El primer paso práctico si tu patrón se atrasa o no paga es acudir a PROFEDET, que brinda asesoría y representación gratuita. PROFEDET también pone a disposición su documento de preguntas frecuentes sobre aguinaldo y opera líneas gratuitas (800 911 7877 y 800 717 2942), WhatsApp 55 14 84 87 37 y sede en la Ciudad de México en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc.

Si la patronal incurre en cobros indebidos o detectas irregularidades de servidores públicos, puedes levantar una denuncia en el Sistema de Denuncia Ciudadana (SIDEC) y, para actos de corrupción, en el Buzón de Alerta de la Función Pública.}

Fuentes

  1. GobLas y los trabajadores deben recibir el aguinaldo antes del 20 de …consultado el 08/08/2026
  2. NlLa entrega de aguinaldo es un derecho del trabajadorconsultado el 08/08/2026
  3. DiputadosQue reforma el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, para …consultado el 08/08/2026
  4. Bbva¿Cómo calcular el aguinaldo en México?consultado el 08/08/2026