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Asilo político afirmativo en México: qué es, requisitos y cómo tramitarlo paso a paso

septiembre 5, 2026 México Derecho 10 min read
Asilo político afirmativo en México: qué es, requisitos y cómo tramitarlo paso a paso
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: protección constitucional para extranjeros perseguidos por motivos políticos en México.
  • Quién la otorga: la COMAR, con base en el artículo 33 constitucional.
  • Cómo se tramita: solicitud verbal o escrita, entrevista de elegibilidad, resolución y notificación ante la COMAR.
Lo que ves aquí es el ABC del asilo político en México: qué figura aplica, ante quién se pide y qué derechos genera para el solicitante.

El asilo político en México es la protección que el Estado mexicano otorga, a través de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), a una persona extranjera que se encuentra en territorio nacional y teme ser perseguida en su país de origen por motivos políticos. Se rige por la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político y por el artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el derecho de asilo en el caso de delitos políticos.

Para distinguirlo, conviene ver de un vistazo qué figura aplica según tu situación:

Figura ¿Quién la solicita? Autoridad ante la que se tramita Derechos principales que genera
Asilo político Persona perseguida por delitos políticos o por opiniones políticas COMAR (SEGOB), con base en el art. 33 constitucional No devolución, residencia, documentación, trabajo
Condición de refugiado Persona con temor fundado de persecución por raza, religión, nacionalidad, opinión política o grupo social COMAR, conforme a la Ley sobre Refugiados No devolución, residencia, reunificación familiar, acceso a derechos
Protección complementaria Persona que no encaja en las causales anteriores pero cuya vida o integridad correría riesgo si regresa COMAR No devolución y documentación, sin residir en la condición de refugiado
✕MITO

«Como México es un país de tránsito, no concede asilo político.»

REALIDAD

La realidad es que la COMAR sí tramita y reconoce el asilo político: el artículo 33 constitucional lo prevé expresamente y la Ley sobre Refugiados lo desarrolla.

VS

Lo que desmonta este mito es la idea de que México solo es paso: la ley mexicana contempla el asilo y lo hace exigible ante la COMAR.

Qué es el asilo político en México y cómo se diferencia del refugio y la protección complementaria

El asilo político en México es una institución constitucional prevista en el artículo 33 de la Constitución, que el legislador desarrolla en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político. Procede cuando una persona se encuentra en el país y sufre persecución por sus opiniones políticas o por delitos de carácter político. La autoridad que conoce del trámite es la COMAR, dependiente de la Secretaría de Gobernación.

Conviene no confundirlo con las otras dos figuras que también tramita la COMAR. La condición de refugiado protege a quien tiene un temor fundado de persecución por cinco causales tasadas (raza, religión, nacionalidad, opinión política y pertenencia a un grupo social particular). La protección complementaria, en cambio, cubre a quien no encaja en esas causales pero enfrenta un riesgo serio de daño si vuelve a su país. Las tres comparten el principio de no devolución, pero solo el asilo político se vincula directamente al supuesto del artículo 33 constitucional.

En la práctica, el procedimiento, los plazos y los derechos económicos y sociales que se generan son muy parecidos; lo que cambia es el motivo que originó la solicitud y el fundamento legal invocado.

El asilo, el refugio y la protección complementaria comparten el principio de no devolución, pero se diferencian por la causal invocada y por el sustento normativo que las activa.

Quién puede pedirlo: causales y requisitos de procedencia

El artículo 33 constitucional reconoce el asilo por delitos políticos y por opiniones políticas. La Ley sobre Refugiados suma, para la condición de refugiado, cinco causales reconocidas:

150.000100.00050.0000 70.60941.178129.813118.806130.270140.660 201920202021202220232024
Dato a tener en cuentaEl procedimiento ante la COMAR es gratuito: no se pagan derechos, no aplica UMA ni hay multa por presentarlo.
Conviene saberlo porque descarta la barrera económica: cualquier persona en territorio mexicano puede iniciar el trámite sin costo.
  • Raza: ser perseguido por el color de piel, etnia o ascendencia.
  • Religión: profesar, cambiar o no profesar un credo.
  • Nacionalidad: pertenecer a un grupo nacional objeto de medidas de exclusión.
  • Opinión política: sostener ideas contrarias al régimen o al gobierno del país de origen.
  • Pertenencia a un grupo social particular: integrar un colectivo que comparte una característica innata o tan obvia que no se puede cambiar (orientación sexual, identidad de género, entre otras).

Acreditar identidad (pasaporte, documento de viaje o cualquier identificación oficial vigente).

Estar físicamente en territorio mexicano, ya que la solicitud se presenta ante la autoridad migratoria mexicana.

No encontrarse en alguna causa de exclusión, como haber cometido un delito grave fuera de México, haber participado en actos contrarios a la paz o haber promovido la discriminación.

Para el asilo político por delitos políticos, se requiere que el delito perseguido sea de carácter político y que no se trate de actos de genocidio, terrorismo o lesa humanidad.

Asilo político Condición de refugiado
No devolución ✔ ✕
Residencia y documentación ✕ ✔
Trabajo remunerado Reunificación familiar ✔
Aquí se comparan, de un vistazo, los derechos que cada figura genera para saber cuál se ajusta a tu caso.

Documentos que debes reunir para integrar el expediente

La COMAR no exige un formato único, pero sí necesita piezas mínimas para dar trámite a la solicitud:

  • Identificación vigente: pasaporte, documento de viaje o credencial emitida por tu país.
  • Relato detallado de los hechos: una narración escrita, cronológica y coherente, que explique por qué saliste y por qué temes volver.
  • Pruebas de la persecución: recortes de prensa, denuncias, dictámenes médicos, capturas de redes sociales o cualquier documento que respalde tu relato.
  • CURP si cuentas con ella: la puedes obtener en la oficina del RENAPO o en módulos del INE.

Si no tienes pasaporte ni documento de viaje, puedes acreditar tu identidad con cualquier documento oficial del país de origen (credencial de elector, licencia de conducir, constancia de la embajada), acompañada de una declaración bajo protesta de decir verdad.

Cuánto cuesta el trámite y qué costos secundarios considerar

El procedimiento ante la COMAR es gratuito: no se pagan derechos, no aplica UMA y no hay multas por presentarlo. Tampoco se cobra por la entrevista de elegibilidad ni por la resolución.

AtenciónConsidera los costos secundarios del trámite: copias certificadas, traslados a la COMAR y, en su caso, asistencia legal particular.
Lo que se señala es que el procedimiento es gratuito, pero debes prever gastos de bolsillo que pueden sumar miles de pesos.

Los costos secundarios los absorbe el solicitante y conviene tenerlos previstos:

  • Copias certificadas de actas o documentos: alrededor de 50 a 150 pesos mexicanos por documento, según la entidad.
  • Traslados a la oficina de la COMAR: si vives lejos de la Ciudad de México, suma el costo del boleto de autobús (la terminal TAPO conecta con varias rutas nacionales) o de un boleto de avión nacional.
  • Asistencia legal particular: un abogado particular puede cobrar entre 8,000 y 30,000 pesos por acompañarte, aunque existen opciones gratuitas.

Ejemplo con cifras: si vienes de Tapachula y acudes a la COMAR en la Ciudad de México, calcula un boleto de autobús de unos 1,800 pesos, dos noches de hospedaje económico a 800 pesos cada una, más 600 pesos en copias, comidas y trámites. El total ronda 4,800 pesos mexicanos, sin contar la asistencia legal.

Dónde y cómo se tramita paso a paso ante la COMAR

La COMAR tiene su oficina central en la Ciudad de México, en la calle Versalles 21, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, y cuenta con representaciones en otras entidades (Tapachula, Tenosique, Palenque, Tijuana, Ciudad Juárez, entre otras). Puedes iniciar el trámite de manera presencial o, donde exista, vía electrónica.

3 figuras
de protección tramita la COMAR en México: asilo, refugio y protección complementaria.
Esta cifra resume el panorama: ante un mismo organismo se piden tres causas distintas de protección y cada una tiene su propio fundamento legal.

El procedimiento se recorre en cuatro pasos:

  1. Solicitud verbal o escrita: acudes a la oficina de la COMAR y solicitas el reconocimiento de la condición de refugiado, de la protección complementaria o del asilo político. La autoridad levanta un acta con tus datos.
  2. Entrevista de elegibilidad: personal de la COMAR te entrevista, a solas, para ampliar la información sobre tu relato y las causas de tu salida.
  3. Resolución: la COMAR emite una resolución fundada y motivada sobre tu caso.
  4. Notificación: la autoridad te notifica la resolución y, en su caso, te entrega la documentación migratoria correspondiente.

La solicitud inicial y la entrevista de elegibilidad

Al llegar a la oficina, expón tu situación en español o con apoyo de un traductor. La autoridad levanta un acta donde constan tus generales, motivo de salida y, en su caso, pertenencia a grupos sociales específicos. Firma el documento si estás de acuerdo con lo asentado.

~38%
~33%
~17%
~12%

Boleto de autobús a la Ciudad de MéxicoHospedaje y viáticosCopias certificadas y trámitesOtros gastos menores

La barra muestra cómo se reparten, a grandes rasgos, los aproximadamente 4.800 pesos que puede costar trasladarse a la COMAR desde una ciudad como Tapachula.

Antes de la entrevista, prepara una cronología clara de los hechos: fechas, lugares, amenazas recibidas y personas involucradas. Lleva todas las pruebas que tengas, aunque sean parciales. La entrevista es la pieza central del expediente, así que evita exagerar y apegarte a lo verificable.

La resolución y la notificación de la COMAR

La resolución puede reconocer el asilo, otorgar la protección complementaria o negar la petición. Cuando es favorable, la COMAR te notifica y, en coordinación con el Instituto Nacional de Migración (INM), emite la documentación que acredita tu nueva condición migratoria.

1

Ingreso al país
Llegas a territorio mexicano y acudes a una oficina de la COMAR para iniciar el trámite.
Día 0

2

Solicitud ante la COMAR
La autoridad levanta un acta con tus datos, motivo de salida y, en su caso, pertenencia a grupos sociales específicos.
Día 0

3

Entrevista de elegibilidad
Personal de la COMAR te entrevista, a solas, para ampliar la información sobre tu relato y las causas de tu salida.
Días o semanas después

4

Resolución de la COMAR
La autoridad emite una resolución fundada y motivada que reconoce el asilo, otorga protección complementaria o niega la petición.
Algunas semanas o meses después

Recurso o amparo

Si la resolución es negativa, puedes agotar los recursos previstos en la ley y, en su caso, promover un juicio de amparo ante un Tribunal Colegiado. El plazo para impugnar corre a partir del día siguiente hábil a la notificación.

Asilo político en México
RegulaciónArt. 33 CPEUM y Ley sobre Refugiados
AutoridadCOMAR (SEGOB)
CostoGratuito
No devoluciónGarantizada en las tres figuras
ImpugnaciónRecurso legal y juicio de amparo
La ficha condensa los datos clave del asilo político en México: dónde se regula, quién lo tramita y qué derechos genera para el solicitante.

En México, el asilo se tramita ante la COMAR; el refugio y la protección complementaria, también. Las tres figuras comparten el principio de no devolución, pero se distinguen por la causal y por el fundamento legal invocado.

Fuentes

  1. LanderholmimmigrationAbogado de asilo afirmativo en Oaklandconsultado el 09/08/2026
  2. UnhcrSolicitud de Asilo Afirmativo – ACNUR USA – UNHCR Helpconsultado el 09/08/2026
  3. AbogadosinmigracionlosangelesLa Diferencia entre el Asilo Afirmativo y el Asilo Defensivoconsultado el 09/08/2026
  4. LorenzolawgroupAsilo Afirmativo | Cómo Aplicar – Lorenzo Law Groupconsultado el 09/08/2026