- El aviso de baja que el patrón presenta ante el IMSS para cortar la cotización del trabajador. Renuncia, despido, fin de contrato, jubilación o cierre del patrón.
- 0 pesos (MXN) por el trámite, gratis en el portal del IMSS. Consecuencias fiscales si se omite: cuotas obrero-patronales y recargos.
- El patrón da de baja en el Escritorio Virtual con e.firma; el trabajador la verifica. [LECTURA] Conoce el movimiento que cierra tu relación con el IMSS y las prestaciones que conservas si queda bien hecho.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
La baja por el IMSS en México es el aviso que el patrón presenta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social para cortar la relación laboral y detener las cotizaciones de un trabajador. Si te despidieron, renunciaste o terminó tu contrato, esta baja es el paso que formaliza tu salida del régimen obligatorio y la que abre la puerta a prestaciones posteriores como el retiro, créditos de vivienda o la conservación de tus semanas cotizadas.
Qué es la baja ante el IMSS y cuándo procede
La baja ante el IMSS es un movimiento afiliatorio que hace el patrón para que el trabajador deje de aparecer como asegurado activo bajo ese registro patronal. No es lo mismo que una incapacidad: la incapacidad es una suspensión temporal con pago de subsidio cuando hay enfermedad general, accidente de trabajo o maternidad; la baja, en cambio, cierra de forma definitiva la relación de cotización con ese patrón. Las dos están reguladas por la Ley del Seguro Social y por la Ley Federal del Trabajo, que son normas federales aplicables en todo el país.
Procede en cualquier momento en que termine la relación laboral: renuncia voluntaria, despido justificado o no, fin de contrato por obra o tiempo determinado, jubilación, fallecimiento del trabajador o simple cambio de empleo. También aplica cuando una empresa cierra, se fusiona o cambia de razón social. El aviso debe presentarse con la fecha exacta del último día laborado, no con la fecha en que el patrón «se acuerda» de hacerlo: ese día marca el corte de cotizaciones y de antigüedad ante el IMSS.
La baja no es un trámite del trabajador: la hace el patrón, y el trabajador debe vigilarla para que sus semanas cotizadas no queden mal registradas.
A quién le toca tramitarla y qué debe tener listo
El trámite es responsabilidad del patrón, sin excepción. La Ley del Seguro Social lo obliga a inscribir, modificar y dar de baja a sus empleados en los movimientos afiliatorios del Instituto, y el incumplimiento le genera créditos fiscales y recargos. El trabajador, en cambio, no da de baja: lo que debe hacer es supervisar que la baja quede bien capturada.
Perfiles que participan
- Patrón o representante legal: registra usuarios en el Escritorio Virtual del IMSS, captura los movimientos y firma con e.firma. Si la empresa tiene administrador de nómina, él opera el sistema.
- Trabajador: debe tener a la mano su NSS, CURP y un canal de consulta (el escritorio de la página del IMSS o la app) para verificar que la baja aparezca.
- Asesoría gratuita: la PROFEDET orienta a trabajadores, y las cámaras empresariales o los despachos contables auxilian al patrón.
Lista de requisitos previos
- Causa de la baja (renuncia, despido, fin de contrato, jubilación, etc.).
- Fecha cierta del último día trabajado.
- Acceso al Escritorio Virtual del IMSS con e.firma vigente o, en su defecto, cita en la subdelegación.
- NSS y CURP del trabajador verificados en la base de datos del Instituto.
1 año (del 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024)
13.300 pesos (MXN)
Despido
Un mes más de cuotas obrero-patronales, más recargos del Código Fiscal de la Federación
Documentos y datos para el trámite
Aunque el trámite lo hace el patrón, ambos lados deben tener su documentación lista, porque cualquier error retrasa el movimiento y deja al trabajador como activo.
Lo que reúne el patrón
- NSS, CURP y RFC del trabajador.
- Motivo de baja (clave del catálogo del IMSS: renuncia, despido, ausencia, etc.).
- Fecha del último día laborado.
- Salario base de cotización con el que venía registrado.
- e.firma vigente para firmar el movimiento en el portal del IMSS.
Lo que el trabajador debe tener a la mano
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
- Comprobante de domicilio reciente.
- Correo electrónico y teléfono para recibir notificaciones.
▲ +13.300 pesos (MXN) vs el trámite al día
El aviso de baja no tiene costo ante el IMSS: el trámite en línea es gratuito. Lo que sí puede salir caro es no hacerlo a tiempo, porque la omisión se traduce en créditos fiscales calculados sobre cuotas obreras y patronales no enteradas, más recargos conforme al Código Fiscal de la Federación. El monto depende del salario base de cotización del trabajador y de la UMA vigente, por lo que la cifra exacta debe consultarse en el propio Instituto o con un contador.
Si la baja no se presenta, el trabajador sigue apareciendo como asegurado activo y eso le puede bloquear una nueva alta, una baja de otro empleo o el cálculo correcto de su antigüedad.
Costo del trámite y consecuencias de no hacerlo a tiempo
El aviso de baja en el IMSS no paga derechos: capturar el movimiento en el Escritorio Virtual o presentarlo en ventanilla no genera una cuota. El verdadero «costo» aparece cuando se incumple, y se cobra por dos carriles: el fiscal (cuotas y recargos) y el operativo (semanas cotizadas mal sumadas, duplicidad de patrones, problemas para darse de alta en otro trabajo).
Consecuencias prácticas del retraso
- Multas y recargos determinados por el IMSS con base en la UMA y el salario base.
-Trabajador reportado como activo cuando ya no lo es, lo que afecta el cálculo de antigüedad y el acceso a prestaciones como créditos INFONAVIT o préstamos del fondo de ahorro.
- Imposibilidad de registrar una nueva alta patronal hasta regularizar la situación.
| Concepto | Si se hace a tiempo | Si se hace fuera de plazo |
|---|---|---|
| Costo del trámite | 0 pesos (MXN) | 0 pesos (MXN), pero hay recargos |
| Cuotas al IMSS | Se cortan el último día laborado | Se siguen generando cuotas obrero-patronales |
| Semanas cotizadas | Corte limpio | Días de más que no corresponden al trabajador |
| Multa fiscal | No aplica | Multa calculada sobre UMA y salario base |
| Nueva alta en otro empleo | Sin problema | Puede bloquearse hasta regularizar |
El valor exacto de la UMA y del salario mínimo cambia cada año; consúltalo en el INEGI antes de calcular una multa.
Cómo y dónde tramitar la baja: en línea o presencial
Tienes dos caminos oficiales para registrar la baja: el Escritorio Virtual del IMSS (la opción más usada) y la subdelegación u oficina del Instituto. Ambos son válidos y producen el mismo efecto legal; la diferencia está en el tiempo y en si cuentas con e.firma.
Trámite en línea (Escritorio Virtual del IMSS)
- Entra al portal del IMSS con el usuario y la e.firma del patrón.
- Selecciona el módulo Movimientos afiliatorios y luego Baja de trabajador.
- Captura NSS, CURP y la fecha exacta del último día laborado.
- Elige el motivo de baja según el catálogo (renuncia, despido, término de contrato, etc.).
- Confirma el movimiento y guarda el comprobante que genera el sistema (PDF con folio).
Trámite presencial en subdelegación
- Acude a la subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio del patrón, de lunes a viernes en horario de atención.
- Presenta el formato de baja llenado, identificación oficial y documentación del trabajador.
- Personal del Instituto revisa y captura el movimiento en el sistema.
- Al cierre te entregan una constancia o acuse que formaliza la baja; guárdala junto con el resto del expediente laboral.
| A tiempo | Fuera de plazo | |
|---|---|---|
| Costo: 0 pesos (MXN); sin recargos | ✔ | ✕ |
| 0 pesos (MXN) de trámite, pero sí cuotas y recargos fiscales | ✕ | ✔ |
| Cuotas: cortan el último día laborado | Se siguen generando cuotas obrero-patronales | ✔ |
Ejemplo con cifras
Don Roberto despidió a Karla el 31 de julio en su taller mecánico de Guadalajara. Su salario base de cotización era de 13.300 pesos (MXN) mensuales. Si el patrón no presenta la baja en los días hábiles siguientes y Karla sigue reportada hasta el 31 de agosto, se generarán cuotas obrero-patronales aproximadas a un mes más (la cifra exacta la calcula el IMSS según el SBC y los porcentajes de la Ley del Seguro Social). Si la da de baja el mismo 31 de julio, las cuotas se cortan en ese día y Karla conserva sus semanas cotizadas para futuros trámites de retiro o créditos de vivienda.
Recomendaciones prácticas y prestaciones que se conservan
Para el patrón
- Da de baja con la fecha real del último día, no con la fecha en que procesas la nómina.
- Conserva el comprobante del movimiento al menos cinco años, junto con finiquito, liquidación y cualquier constancia laboral.
- Si el despido fue justificado, ten a la mano la documentación que lo sustente (actas, sanciones, avisos); con la reforma laboral de 2019, una inconformidad del trabajador pasa primero por el Centro de Conciliación de Jalisco o de tu estado y, después, al Tribunal Laboral.
Para el trabajador
- Revisa en el portal del IMSS que la baja aparezca y que las semanas cotizadas estén correctas.
- Pide al patrón tu constancia de baja y finiquito firmados; sin ellos será más difícil acreditar antigüedad.
- Si te despidieron, tienes derecho a prestaciones como partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, además de la liquidación que corresponda (tres meses de salario, veinte días por año y salarios caídos, según lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo). Usa la calculadora de finiquito o la calculadora de liquidación para estimar lo que te toca.
«Con la baja pierdo todas mis semanas cotizadas y la antigüedad ante el IMSS.»
Las semanas cotizadassiguen sumando para pensión y créditos aunque el patrón ya no cotice, y la antigüedad se acredita con constancias y recibos de nómina.
VS
Lo que NO se pierde con la baja
- Semanas cotizadas ante el IMSS (siguen sumando para pensión y créditos).
- Antigüedad laboral acreditada con documentos (constancias, recibos de nómina).
- Derecho a la vigencia de derechos por un periodo posterior a la baja (atención médica y prestaciones según las semanas acumuladas).
- Saldo en la cuenta individual de la AFORE para el retiro.
- Crédito INFONAVIT si ya lo tienes formalizado.
El número exacto de semanas cotizadas que da derecho a pensión y la duración de la vigencia de derechos los fija la Ley del Seguro Social; revisa tu estado de cuenta en la AFORE antes de tomar decisiones.
Lo que debes tener claro antes de firmar
El recargo por no presentar el aviso se calcula sobre las cuotas obrero-patronales no enteradas, con salario base de cotización (SBC) del trabajador y los días transcurridos.
13.300 pesos (MXN) × porcentaje de cuota × 30 días = aprox. 13.300 pesos (MXN) en cuotas más los recargos que calcula el IMSS.
La baja por el IMSS es un movimiento afiliatorio rápido y gratuito cuando se hace a tiempo, pero se vuelve costoso y problemático cuando se olvida. Como patrón, registra la fecha real del último día laborado; como trabajador, verifica que el movimiento quede bien hecho y guarda tu documentación. Las semanas cotizadas, la antigüedad y las prestaciones que vienen después (retiro, vivienda, créditos) dependen de que este trámite se cierre correctamente. Y ante cualquier duda sobre finiquito, liquidación o despido, la PROFEDET ofrece asesoría gratuita en todo el país.
Fuentes
- RunahrDar de baja en el IMSS: ¿Cómo realizarlo? – Runa HRconsultado el 09/08/2026
- SofiasaludIncapacidad laboral: tipos, proceso y pago IMSS – Sofíaconsultado el 09/08/2026
- ProfedetPago de incapacidadesconsultado el 09/08/2026
- MetalegalBajas ante el IMSS: Cómo Defenderte de Incapacidades no …consultado el 09/08/2026
- ConsolideIncapacidad IMSS: ¿Qué es lo que Necesita Saber RRHH?consultado el 09/08/2026
