- Qué es: una herramienta que aproxima tu finiquito y liquidación según la LFT.
- Cuánto cobras: 3 meses de salario integrado más 20 días por año, según el caso.
- Cómo reclamar: solicitud al Centro de Conciliación, audiencia en 15 días hábiles.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
En México, una calculadora de liquidación por pensión es una herramienta de orientación, no un cálculo definitivo: aproxima cuánto te tocaría si hoy te despiden o renuncias, con base en la Ley Federal del Trabajo. El monto real se fija en la audiencia de conciliación con los datos de las partes, así que sirve para llegar a esa mesa con una cifra razonable bajo el brazo y saber si lo que te ofrecen se queda corto.
¿A quién le aplica y qué cubre?
Marco federal y derechos irrenunciables
La calculadora opera bajo el régimen federal de la LFT y aplica a cualquier persona subordinada a un patrón con relación laboral formal. Cubre, según el caso, dos grandes bloques:
- Solo finiquito: pagos devengados y proporcionales del último año (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional). Procede con renuncia voluntaria, despido justificado o fin del contrato.
- Finiquito más liquidación: lo anterior, más la indemnización constitucional (3 meses de salario integrado), salarios caídos y, cuando corresponde, la indemnización de 20 días por año o la prima de antigüedad.
Los derechos irrenunciables —aguinaldo, vacaciones y prima vacacional— se pagan siempre al 100 % en su proporción al último año laborado, sin importar si renunciaste, te despidieron o ya los habías disfrutado en parte. Lo que cambia es quién paga la indemnización: en despido justificado (causas del art. 47 LFT, como faltas de probidad o daño intencional) el patrón solo cubre esos derechos proporcionales; en despido injustificado nace la obligación de indemnizar o reinstalar, a elección del trabajador.
Quien renuncia solo cobra finiquito; quien sufre despido injustificado cobra finiquito y, además, puede exigir indemnización constitucional, prima de antigüedad o reinstalación.
Datos y documentos que pide la calculadora
Para que el resultado aproximado sea útil, la herramienta necesita datos puntuales. Todo se captura en línea, en cuestión de minutos, y la propia página aclara que el cálculo es aproximación.
- Salario base y su periodicidad (diaria, semanal, catorcenal, quincenal o mensual), más confirmación del salario diario.
- Salario mínimo por oficio, si tu actividad tiene uno especial, y si trabajaste en algún municipio fronterizo norte (el mapa viene integrado).
- Fecha de ingreso y fecha de baja, o si todavía sigues laborando —en ese caso la calculadora toma "el día de hoy" como salida para estimar el escenario.
Una vez capturados, el sistema desglosa aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, indemnización constitucional y una compensación negociable, con escenarios al 90, 80, 70, 60 y 50 % para la negociación en conciliación.
frente a 93.626 MXN que puedes cobrar
0 – 3.000 MXN
Cómo se calcula cada partida
Fórmulas y caso resuelto
El primer paso siempre es convertir el salario a salario diario (mensual ÷ 30) y luego armar el salario integrado, que suma al diario la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional; ese integrado es la base de la indemnización constitucional.
| Partida | Fórmula o regla |
|---|---|
| Aguinaldo proporcional | Salario diario × 15 días ÷ 365 × días trabajados en el año |
| Vacaciones | Según tabla de la LFT (12 días desde el primer año, aumenta con la antigüedad) y los días pendientes |
| Prima vacacional | 25 % del salario de vacaciones (mínimo legal) |
| Prima de antigüedad | 12 días de salario por año, con tope de 2 UMAs anuales |
| Indemnización constitucional | 3 meses de salario integrado + salarios caídos + prestaciones |
| Indemnización de 20 días por año | Cuando el patrón se rehúsa a reinstalar tras sentencia favorable |
Ejemplo numérico paso a paso
Karla trabajó 4 años y 7 meses en Monterrey con salario mensual de 18.000 MXN (diario: 600 MXN). La despiden sin causa justificada.
- Salario diario: 18.000 ÷ 30 = 600 MXN.
- Salario integrado (estimado con 15 días de aguinaldo, 12 de vacaciones y 25 % de prima vacacional): 600 + (600 × 15/365) + (600 × 12/365) + (600 × 12 × 0,25/365) ≈ 638,63 MXN.
- Aguinaldo proporcional del año en curso (7 meses): 600 × 15 ÷ 365 × 213 = 5.249,32 MXN.
- Vacaciones que le tocan por 4 años (12 + 2 + 2 = 16 días) y, si no disfrutó 6, cobra 6 × 600 = 3.600 MXN.
- Prima vacacional: 25 % de 3.600 = 900 MXN.
- Prima de antigüedad: 12 × 600 × 4 = 28.800 MXN (cabe en el tope de 2 UMAs anuales: cada UMA ≈ 3.300 MXN, tope ≈ 6.600 por año, 4 años = 26.400 MXN; aplica el menor).
- Indemnización constitucional: 3 meses de salario integrado ≈ 3 × 30 × 638,63 = 57.476,71 MXN, más salarios caídos hasta el laudo y prestaciones.
Suma aproximada de finiquito + liquidación sin salarios caídos: 5.249,32 + 3.600 + 900 + 26.400 + 57.476,71 = 93.626,03 MXN. La cifra cambia en cada caso, y la calculadora de la PROFEDET te la ajusta en segundos si metes tus datos reales.
4 años 7 meses
600 MXN
Despido injustificado
93.626 MXN
Negociación en conciliación, ISR y deducciones
Escenarios de negociación sobre conceptos negociables
Antes de llegar a un Tribunal Laboral, el caso pasa por conciliación prejudicial. Ahí es común que el patrón ofrezca un porcentaje del total negociable para cerrar rápido. La calculadora del Centro de Conciliación Laboral muestra cinco escenarios sobre la "compensación negociable" —que NO es la indemnización constitucional, sino lo que se suma para acercar posiciones—:
| Escenario | Supuestos habituales |
|---|---|
| 90 % | El patrón reconoce el despido y busca cerrar en la misma audiencia |
| 80 % | Reconoce el vínculo pero discute montos o antigüedad |
| 70 % | Discute tanto la causa como los montos |
| 60 % | Prevé pelear en juicio; ofrece salir con menos |
| 50 % | Última oferta antes de que el caso suba a Tribunal Laboral |
La indemnización constitucional de 3 meses y la prima de antigüedad no se negocian: si te corresponden, se pagan completas.
ISR y deducciones al momento del pago
Para el ISR, el finiquito se suma al ingreso anual acumulable del trabajador y se aplica la tabla vigente del SAT; permite deducir las deducciones personales que marca la ley. Del monto final se restan, además:
- Cuota IMSS del asegurado: la parte obrera que corresponde al trabajador.
- Otras retenciones: créditos INFONAVIT, pensiones alimenticias, adeudos fiscales o préstamos del patrón, si los hay.
El total a pagar depende tanto de lo que te correspondan por ley como de lo que logres acordar en la audiencia y de las retenciones que te apliquen.
Dónde se usa la calculadora y cómo se tramita
Trámite paso a paso
La herramienta oficial de la PROFEDET corre en línea, sin cita y sin costo; el resultado es aproximación. Para convertir esa cifra en dinero real, el camino depende de cada estado, pero en el régimen federal se recorre así:
- Cálculo aproximación en la calculadora de PROFEDET o del Centro de Conciliación Laboral, con tus datos de salario, fechas y antigüedad. Resultado: minutos.
- Solicitud de audiencia en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (o el centro estatal que corresponda, según dónde estés). Plazo: la autoridad debe citarte en máximo 5 días hábiles para la audiencia.
- Audiencia presencial con el conciliador, donde el patrón presenta su postura, tú la tuya y, con los datos reales de las partes, se fija el monto. Plazo: la audiencia debe celebrarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la solicitud.
- Convenio o demanda: si hay acuerdo, se firma convenio con efectos de cosa juzgada; si no, te dan la constancia de conciliación agotada para presentar demanda ante el Tribunal Laboral federal o local.
Recuerda que la calculadora aproxima; el monto lo fija la audiencia con los datos de las partes. Si tu cálculo te parece bajo, lleva el desglose impreso y compara cada partida con lo que te ofrecen: suele ser la forma más rápida de detectar un pago incompleto.
▲ +36.150 MXN vs la oferta media
Fuentes
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 09/08/2026
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 09/08/2026
- FacturamaCalculadora de Liquidación Laboral 2026 México – Facturamaconsultado el 09/08/2026
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 09/08/2026
