- Qué es: despido sin causa justificada, rescisión sin argumentos válidos o negativa de reinstalación.
- Cuánto cobras: tres meses de salario, 20 días por año y prima de antigüedad, además de partes proporcionales.
- Cómo reclamar: Profedet y, en su caso, Tribunal Laboral.
- Liquidación aplica en despido sin causa justificada, rescisión del patrón o negativa de reinstalación.
- Suma tres indemnizaciones (3 meses, 20 días por año y prima de antigüedad) más partes proporcionales.
- Las indemnizaciones están exentas de ISR hasta 90 UMAs por año de servicio.
- Si el patrón no paga, puedes reclamarlo ante Profedet o el Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Cuando te despiden sin causa justificada, te rescinden sin argumentos válidos o tu patrón se niega a reinstalarte, te corresponde una liquidación completa, no solo un finiquito. La diferencia importa: en la renuncia voluntaria o al vencerse un contrato por tiempo determinado solo proceden pagos devengados; en el despido injustificado entran, además, las indemnizaciones que establece la Ley Federal del Trabajo en su artículo 50. Aquí te explico cuánto te toca, cómo se calcula cada parte y dónde reclamarlo si la empresa se tarda.
A quién le toca la liquidación y qué necesitas para reclamarla
Tienen derecho a liquidación, no solo a finiquito, las personas que:
- Sufrieron despido sin causa justificada, sin faltas graves ni causa legal acreditada.
- Fueron rescindidas sin argumentos válidos que el patrón pueda demostrar.
- Demandaron reinstalación y el patrón se negó a devolverles el puesto.
En cualquiera de esos casos, además de las prestaciones devengadas (sueldos pendientes, vacaciones, aguinaldo y prima vacacional proporcionales), el patrón debe pagar las tres indemnizaciones del artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo.
Nivel de riesgo: medio-alto. Un patrón que ofrece solo finiquito en un despido sin causa suele dejar de pagar entre 40.000 y 100.000 pesos mexicanos (MXN) en indemnizaciones, según la antigüedad.
Si tu salida no encaja en los tres supuestos anteriores (renuncia voluntaria, conclusión de contrato por tiempo determinado o despido con causa justificada acreditada), solo te corresponde finiquito, no liquidación.

Liquidación laboral (México): conjunto de pagos e indemnizaciones que el patrón debe entregar al trabajador en despido sin causa justificada, rescisión injustificada o negativa de reinstalación. Incluye prestaciones devengadas más tres indemniciones del artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo: tres meses de salario, veinte días por año y prima de antigüedad.
Liquidación o finiquito: cómo saber cuál te corresponde
| Concepto | Liquidación | Finiquito |
|---|---|---|
| Cuándo aplica | Despido sin causa, rescisión injustificada o negativa de reinstalación | Renuncia voluntaria, contrato vencido o despido con causa justificada |
| Indemnizaciones (3 meses, 20 días/año, prima antigüedad) | Sí incluye | No incluye |
| Partes proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional) | Sí | Sí |
| Sueldos y prestaciones pendientes | Sí | Sí |
La liquidación agrega indemnizaciones a lo que ya cubre el finiquito. Si solo te ofrecen finiquito en un despido sin causa, estás recibiendo menos de lo que te toca por ley.
| Despido sin causa | Rescisión sin pruebas | |
|---|---|---|
| Negativa de reinstalación | ✔ | ✕ |
| sí | ✕ | ✔ |
| sí | sí | ✔ |
| Situación | ¿Liquidación? | ¿Finiquito? |
|---|---|---|
| Despido sin causa justificada | Sí | Sí |
| Rescisión sin pruebas del patrón | Sí | Sí |
| Negativa de reinstalación | Sí | Sí |
| Renuncia voluntaria (menos de 15 años) | No | Sí |
| Contrato por tiempo determinado vencido | No | Sí |
| Renuncia con 15 años o más de servicio | Solo prima antigüedad | Sí |
| Despido con causa justificada acreditada | No | Sí |
Documentos que debes tener listos antes de calcular o reclamar
Antes de hablar de cifras, junta esta documentación:
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
- Número de Seguridad Social (NSS) y CURP.
- RFC y comprobante de domicilio reciente.
- Recibos de nómina de los últimos tres meses, donde viene tu salario diario.
- Contrato individual de trabajo y, en su caso, convenios de modificación salarial.
- Carta de renuncia firmada, si la salida fue por renuncia voluntaria.
- Constancia de baja emitida por el patrón, con fecha y motivo del movimiento.
- Recibos firmados de cualquier finiquito o pago anterior.
Sin el salario diario actualizado no puedes calcular la indemnización constitucional ni la prima de antigüedad. Si no lo tienes, solicítalo al área de recursos humanos antes de firmar cualquier documento.
Cómo se calcula cada parte de la liquidación
Para resolver cualquier caso necesitas cuatro datos: fecha de ingreso, fecha de baja, salario diario y antigüedad en años cumplidos. El salario diario base sirve como punto de partida para las indemnizaciones.
«Si renuncio, ya no me toca nada de antigüedad».
La prima de antigüedad se conservacon 15 años o más de servicio, incluso por renuncia voluntaria, conforme a la Ley Federal del Trabajo.
VS
Mito: "Si renuncio, ya no me toca nada de antigüedad". Realidad: con 15 años o más de servicio conservas el derecho a prima de antigüedad aun por renuncia voluntaria, según la Ley Federal del Trabajo.
Veamos el caso de Karla, quien trabajó en una empresa de Monterrey del 1 de enero de 2022 al 31 de marzo de 2026, con salario mensual bruto de 12.000 pesos mexicanos (MXN). Sus cifras:
- Indemnización constitucional (3 meses): 36.000 pesos mexicanos (MXN)
- Indemnización de 20 días por año: 32.000 pesos mexicanos (MXN)
- Prima de antigüedad (12 días por año): 19.200 pesos mexicanos (MXN)
- Partes proporcionales: 2.959 pesos mexicanos (MXN)
- Total antes de impuestos: 90.159 pesos mexicanos (MXN)
Indemnización constitucional de 3 meses e indemnización adicional de 20 días por año
La indemnización constitucional equivale a tres meses de salario, conforme al artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo. Fórmula: salario diario × 30 días × 3. Para Karla: 400 × 90 = 36.000 pesos mexicanos (MXN).
La indemnización adicional de 20 días por año solo aplica cuando el patrón se niega a reinstalarte. Fórmula: salario diario × 20 × años completos. Karla: 400 × 20 × 4 = 32.000 pesos mexicanos (MXN).
Prima de antigüedad de 12 días por año
4 años
400 pesos mexicanos (MXN)
Despido sin causa justificada
90.159 pesos mexicanos (MXN)
Karla: 400 × 12 × 4 = 19.200 pesos mexicanos (MXN). El tope se aplica cuando el salario real supera el doble del salario mínimo general vigente o de la Frontera Norte, según la zona donde laborabas; si tu salario supera ese límite, el cálculo se ajusta al tope. Con 15 años o más de servicio conservas este derecho incluso por renuncia voluntaria.
Partes proporcionales: aguinaldo, vacaciones y prima vacacional
Calcula los días que te tocan en el año en curso, desde el 1 de enero hasta la fecha de baja, más los períodos anteriores pendientes.
- Aguinaldo: mínimo 15 días al año. Karla trabajó 90 días de 2026: 90/365 × 15 = 3,69 × 400 = 1.479 pesos mexicanos (MXN).
- Vacaciones: 12 días tras 4 años según la Ley Federal del Trabajo. 90/365 × 12 × 400 = 1.184 pesos.
- Prima vacacional: mínimo 25% sobre vacaciones. 1.184 × 25% = 296 pesos.
Suma de proporcionales: 1.479 + 1.184 + 296 = 2.959 pesos mexicanos (MXN). Más lo que te adeuden de años previos.
Tratamiento fiscal: ISR y exención aplicable
Las tres indemnizaciones están exentas del ISR hasta 90 UMAs por cada año de servicio, según el artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Con la UMA 2026 fijada en 117,31 pesos diarios, el tope equivale a 10.557,90 pesos mexicanos (MXN) anuales exentos por año.
| Concepto | Tratamiento fiscal |
|---|---|
| Indemnización constitucional (3 meses) | Exenta hasta 90 UMAs por año |
| Indemnización de 20 días por año | Exenta hasta 90 UMAs por año |
| Prima de antigüedad | Exenta hasta 90 UMAs por año |
| Aguinaldo proporcional | Gravado, suma al ingreso anual |
| Vacaciones y prima vacacional | Gravadas, suman al ingreso anual |
| Salarios pendientes | Gravados |
La parte que exceda el tope y las prestaciones devengadas se suman a tus ingresos acumulados del año y tributan con la tabla del ISR vigente. Si tu patrón retiene de más, puedes pedir devolución en la declaración anual ante el SAT.
Dónde y cómo se cobra la liquidación
El pago debe ser inmediato, en el mismo acto de la baja o en los días siguientes. Si el patrón se tarda o te ofrece menos, sigue este camino:
- Intenta un acuerdo directo por escrito, con cálculo desglosado y fecha concreta de pago.
- Si no hay arreglo, acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para asesoría y conciliación gratuita.
- Si Profedet no logra un convenio, presenta solicitud de conciliación ante el Centro de Conciliación de tu entidad, o el federal según el caso.
- Si fracasa la conciliación, demanda ante el Tribunal Laboral (federal si la empresa opera en dos o más entidades; local si todo ocurrió en una sola).
- Profedet: oficinas en las principales ciudades, atención sin costo en todo el país.
- Centro de Conciliación de tu entidad: etapa obligatoria antes de demandar.
- Tribunal Laboral federal o local: conoce y resuelve el juicio.
No dejes pasar el tiempo: los derechos laborales tienen plazos de prescripción que corren desde la fecha de la baja. Guarda todos los recibos y comunicaciones desde el primer día.
Antes de firmar cualquier documento de "finiquito" en un despido sin causa, revisa que desglose las tres indemnizaciones. Si solo incluye sueldos y partes proporcionales, te están ofreciendo menos de lo que te corresponde por ley.
Preguntas frecuentes sobre liquidación laboral en México
1. ¿Cómo se calcula tu liquidación laboral en México?
Suma tres meses de salario integrado por despido injustificado, más 20 días por año trabajado (prorrateado), más 1.750 pesos de aguinaldo proporcional y vacaciones pendientes con prima del 12%. Si te vas voluntario, solo cobras las partes proporcionales: aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
Fuentes
- ConciliacionlaboralCalculadora de prestaciones por liquidaciónconsultado el 06/08/2026
- Incp¿Cuánto debe recibir de liquidación?consultado el 06/08/2026
- Magneto365Calculadora de liquidación laboral: hazlo fácil y rápido – Magnetoconsultado el 06/08/2026
