- Qué es: renuncia voluntaria del trabajador con derecho a finiquito y, en su caso, prima de antigüedad.
- Cuánto cobras: partes proporcionales (días, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) más 12 días por año si aplica la prima.
- Cómo reclamar: conciliación ante el Centro de Conciliación de tu entidad y, si no hay acuerdo, demanda ante el Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Cuando decides terminar la relación laboral por tu cuenta, la empresa debe pagarte un finiquito con las partes proporcionales que te corresponden. La Ley Federal del Trabajo lo regula de forma federal y, además, si cumples los requisitos de antigüedad y salario, podrías acceder a la prima de antigüedad. Aquí verás cuánto te toca, cómo se calcula cada partida y qué pasos seguir si el patrón no paga.
¿Quién puede renunciar y qué debe cumplir el aviso?
Cualquier trabajador con una relación laboral vigente puede renunciar; no hace falta un motivo ni un aviso con demasiada anticipación, salvo que el contrato o la ley fijen uno distinto según el puesto.
- Forma: el aviso debe ser por escrito, con fecha cierta, y conviene que lo ratifiques ante el patrón o ante la PROFEDET para que quede constancia de cuándo se entregó.
- Preaviso: depende del tipo de trabajo. En la mayoría de los puestos la ley no exige uno prolongado; cuando lo prevé, suele fijarse en 30 días y, si no se cumple, se descuenta del finiquito.
- Efectos: la relación se rompe cuando el patrón recibe la renuncia o cuando termina el preaviso, lo que ocurra después.
- Ámbito: las reglas generales son federales y se rigen por la Ley Federal del Trabajo.
Documentos que debes reunir antes y después de renunciar
Antes de renunciar conviene tener a la mano tu información y, después, revisar con calma cada papel que te entregue el patrón.
Lo que tú llevas
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
- CURP, RFC y número de seguridad social (NSS) del IMSS.
- Últimos recibos de nómina y, si lo tienes, tu contrato o constancia de puesto.
Lo que el patrón debe entregarte al firmar el finiquito
- Recibo de finiquito desglosado, con cada concepto y su monto en pesos mexicanos.
- Copia de tu carta de renuncia ratificada.
- Constancia de antigüedad con fechas de ingreso y salida.
- Baja ante el IMSS en el sistema IDSE, para que tu vigencia de derechos cambie de estatus.
Cómo se calcula el finiquito por renuncia
El finiquito se arma con cuatro partidas principales: días trabajados del mes, aguinaldo proporcional, vacaciones pendientes y prima vacacional.
Paso 1. Salario diario
Divide tu salario bruto mensual entre 30. Por ejemplo, si ganas 18.000 pesos (MXN) brutos al mes, tu salario diario es 600 pesos (MXN).
Paso 2. Partes proporcionales
- Días trabajados del mes en curso, contados hasta el último día laborado.
- Aguinaldo proporcional: mínimo 15 días al año, conforme a la Ley Federal del Trabajo. Se calcula con los meses completos o con los días corridos desde el último aguinaldo.
- Vacaciones pendientes según la tabla de la Ley Federal del Trabajo, que otorga 12 días desde el primer año y va aumentando con la antigüedad.
- Prima vacacional: mínimo 25% sobre el valor de las vacaciones pendientes.
| Concepto | Fórmula rápida | Ejemplo (MXN) |
|---|---|---|
| Días del mes | Salario diario × días trabajados | 600 × 10 = 6.000 |
| Aguinaldo proporcional | Salario diario × 15 × (meses del año / 12) | 600 × 15 × 4/12 = 3.000 |
| Vacaciones pendientes | Salario diario × días que te deben | 600 × 6 = 3.600 |
| Prima vacacional (25%) | Vacaciones × 0,25 | 3.600 × 0,25 = 900 |
Ejemplo resuelto
Mariana renunció el 10 de abril tras trabajar 4 años con un sueldo bruto mensual de 18.000 pesos (MXN). Le deben 10 días del mes, 4 meses de aguinaldo, 6 días de vacaciones pendientes y la prima correspondiente. Aplicando las fórmulas anteriores, su finiquito queda así: 6.000 + 3.000 + 3.600 + 900 = 13.500 pesos (MXN), antes de impuestos.
Prima de antigüedad: cuándo aplica en la renuncia y con qué topes
La prima de antigüedad NO se paga en cualquier renuncia: solo en los casos que la Ley Federal del Trabajo prevé, como despido justificado, muerte, incapacidad o, en ciertos supuestos de renuncia, cuando el trabajador tiene al menos 15 años de servicio o se jubila. La regla general es 12 días de salario por cada año trabajado, con topes importantes.
| Supuesto | Tope aplicable |
|---|---|
| Salario del trabajador | Si supera dos veces el salario mínimo general, el tope se calcula sobre ese doble mínimo |
| Salario mínimo | Para el resto, el tope es el salario mínimo general vigente |
| Base del cálculo | Salario diario integrado, no el bruto |
El monto se ajusta cada año con el salario mínimo que fija la CONASAMI; si tu salario es bajo, el tope también lo es. Recuerda: la prima de antigüedad es independiente del finiquito, de modo que, si tu renuncia encuadra en un supuesto legal, podrías recibir ambas.
Dónde y cómo se hace: renuncia, finiquito y la vía jurisdiccional
Si el patrón no paga el finiquito o discute alguna partida, el camino es claro y está regulado a nivel federal.
- Entrega y ratificación de la carta de renuncia ante el patrón; pide acuse sellado o testigos.
- Firma del recibo de finiquito después de revisar cada concepto y monto; no firmes un "no adeudo" si tienes dudas.
- Si no hay acuerdo, asiste a la audiencia obligatoria ante el Centro de Conciliación Laboral de tu entidad (federal o local según el asunto).
- Agotada la conciliación sin convenio, presenta tu demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial correspondiente.
Antes de demandar, recibe asesoría gratuita en la PROFEDET, que revisa tu caso, te acompaña a la audiencia y, si hace falta, te representa.
Plazos clave que se vencen y qué pasa si los dejas pasar
Los tiempos importan: si los dejas pasar, puedes perder el derecho a cobrar.
- Efectos de la renuncia: surte al notificarse al patrón o al cumplirse el preaviso pactado.
- Pago del finiquito: la ley lo vincula al momento de la terminación; si el patrón se retrasa, genera intereses y, eventualmente, sanciones.
- Prescripción: las acciones laborales prescriben en plazos distintos según el tipo de derecho; el de acciones que no derivan del despido suele correr desde que se hace exigible. No firmes un "no adeudo" sin revisar antes el desglose.
- Asesoría: PROFEDET y los Centros de Conciliación atienden sin costo y pueden orientarte sobre si aún estás a tiempo de reclamar.
«Como yo renuncié, ya no tengo derecho a nada más que al finiquito.»
La prima de antigüedad sí puede applies en la renuncia: cuando tienes 15 años o más de servicio o te jubilas, la ley la contempla además del finiquito.
VS
Antes de firmar cualquier documento, compara cada partida con tu contrato y tus recibos; una vez firmado el finiquito sin observación, reclamar después se vuelve cuesta arriba.
Si tu renuncia es reciente y el patrón te debe finiquito o prima de antigüedad, la vía empieza en el Centro de Conciliación de tu entidad y termina, si no hay acuerdo, en el Tribunal Laboral.
Renuncia notificada
Entregas la carta por escrito o la ratificas; empieza a contarse el preaviso si aplica.
Preaviso y entrega de documentos
Trabajas el preaviso pactado; recibes finiquito desglosado, constancia de antigüedad y baja del IMSS.
Conciliación en el Centro Laboral
Si el patrón no paga, acudes al Centro de Conciliación de tu entidad con PROFEDET si quieres asesoría gratuita.
Demanda ante el Tribunal Laboral
Sin convenio, presentas la demanda y el Tribunal resuelve qué te corresponde cobrar.
Cierre
Antes de renunciar, revisa tu contrato y tus recibos, calcula tu salario diario y las partes proporcionales con las fórmulas de la Ley Federal del Trabajo y verifica si tu caso encuadra para prima de antigüedad. Conserva la carta de renuncia ratificada, la constancia de antigüedad y la baja del IMSS. Si el patrón no paga o discute montos, asiste al Centro de Conciliación Laboral de tu entidad y, si no seconcilia, demanda ante el Tribunal Laboral. No firmes un "no adeudo" sin revisar antes el desglose y, si te urge, pide asesoría gratuita en la PROFEDET.
4 años
600 MXN
Renuncia voluntaria con finiquito
13.500 MXN
Más datos útiles para tu caso
- Calculadora de la CONASAMI para confirmar el salario mínimo vigente según tu zona.
- La calculadora de Conciliación y Arbitraje sirve como referencia para que tu abogado dictaminador contraste cifras.
- Si buscas herramientas privadas de apoyo, revisa la calculadora de Stori y la supervisión de la CNBV.
frente a 13.500 MXN que puedes cobrar
0 – 5.000 MXN
Fuentes
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 10/08/2026
- ConciliacionlaboralCalculadora de prestaciones por liquidaciónconsultado el 10/08/2026
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 10/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 10/08/2026
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 10/08/2026
