- Renuncia voluntaria: decisión del trabajador de terminar la relación laboral. Cobro de finiquito: salarios pendientes, aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional.
- 20.959,70 MXN en el ejemplo resuelto del artículo (caso de Karla en CDMX). Sin indemnización: la renuncia no genera 3 meses, 20 días por año ni prima de antigüedad.
- Cobro inmediato: el patrón debe pagar al término de la relación; si no, PROFEDET o Centro de Conciliación Laboral. Conciliación prejudicial obligatoria antes de demandar ante el Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Renunciar al trabajo no significa quedarte sin nada: la ley te garantiza cobrar salarios pendientes, aguinaldo proporcional, prima vacacional y vacaciones no usadas. En este artículo verás qué te corresponde exactamente al renunciar, cómo se calcula cada parte del finiquito con cifras en pesos mexicanos y dónde cobrarlo si el patrón se tarda o no paga completo.
¿Te aplica la renuncia voluntaria y qué la distingue del despido?
La renuncia voluntaria es la decisión unilateral del trabajador de dar por terminada la relación laboral. Es distinta de un despido, que es la decisión del patrón de correrte, y cada una genera consecuencias económicas muy diferentes.
- Renuncia voluntaria: tú decides irte. Solo tienes derecho a las prestaciones devengadas y pendientes, conocidas como finiquito (salarios, aguinaldo proporcional, vacaciones pendientes y prima vacacional).
- Despido justificado: el patrón te corre por una causa grave, prevista en la Ley Federal del Trabajo. No hay indemnización: solo el finiquito.
- Despido injustificado: el patrón te corre sin causa válida. Además del finiquito, debes recibir una indemnización constitucional.
Renunciar no te quita derechos: siempre cobras el finiquito. La diferencia con el despido está en si te tocan también 3 meses de salario, 20 días por año y prima de antigüedad.
Documentos y datos que necesitas reunir antes de renunciar
Antes de firmar nada, junta estos papeles y datos. Tenerlo todo a la mano evita que el patrón se tarde con tu pago.
Personales:
- Identificación oficial vigente (INE/IFE, pasaporte o cédula profesional).
- CURP, RFC con e.firma y Número de Seguridad Social (NSS) del IMSS.
- Comprobante de domicilio reciente.
- Datos de tu cuenta bancaria para transferencia, si quieres ese medio.
Laborales:
- Últimos recibos de nómina (al menos los tres más recientes).
- Contrato individual de trabajo o constancia laboral que acredite antigüedad.
- Fecha exacta de ingreso y fecha tentativa de baja.
- Salario bruto mensual y, si aplica, salario base de cotización registrado ante el IMSS.
- Días de vacaciones pendientes y antigüedad para vacaciones.
- Días de aguinaldo y porcentaje de prima vacacional que aplica en tu empresa.
Estos son los mismos datos que solicita la calculadora oficial de prestaciones del Centro de Conciliación Laboral para estimar tu finiquito en minutos.
Cómo se calcula tu finiquito: fórmulas y ejemplo en pesos mexicanos
El finiquito se integra con cuatro sumandos. Te los explico uno por uno para que puedas verificarlos tú mismo.
Salario devengado
Son los días que ya trabajaste en el mes o la quincena y aún no te pagan. Se obtiene con una regla sencilla:
- Divide tu salario mensual bruto entre 30 para obtener el salario diario.
- Multiplica por los días trabajados y no pagados del periodo en curso.
Aguinaldo proporcional
La Ley Federal del Trabajo fija un mínimo de 15 días de salario al año. Si renunciaste antes del 31 de diciembre, te corresponde la parte proporcional:
- Calcula tu salario diario (salario mensual ÷ 30).
- Multiplica por los días de aguinaldo que otorga tu empresa.
- Divide entre 365 y multiplica por los días efectivamente trabajados en el año.
Vacaciones pendientes y prima vacacional
Desde 2023 el mínimo legal es de 12 días de vacaciones desde el primer año, y aumenta con la antigüedad. Si te quedaron días sin disfrutar:
- Salario diario × días de vacaciones pendientes.
- Aplica la prima vacacional (mínimo 25 % sobre el monto de vacaciones).
Ejemplo resuelto
Imagina a Karla, que renunció el 14 de octubre de 2025 en CDMX. Ingresó el 1 de marzo de 2021 con salario mensual bruto de 18.500 pesos (MXN) y le deben 14 días del mes en curso. Su empresa otorga 20 días de aguinaldo y 25 % de prima vacacional, y le restan 6 días de vacaciones pendientes por disfrutar.
| Concepto | Fórmula | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|---|
| Salario diario | 18.500 ÷ 30 | — | 616,67 MXN |
| Salario devengado (14 días) | 616,67 × 14 | — | 8.633,33 MXN |
| Aguinaldo proporcional | (20 × 616,67) ÷ 365 × 228 | 33,78 × 228 | 7.701,37 MXN |
| Vacaciones pendientes | 616,67 × 6 | — | 3.700,00 MXN |
| Prima vacacional | 3.700 × 25 % | — | 925,00 MXN |
| Total finiquito | suma | — | 20.959,70 MXN |
Finiquito, liquidación e indemnización constitucional: qué incluye cada uno
Aquí se confunden muchos trabajadores. La tabla siguiente aclara qué toca en cada escenario.
| Concepto | Renuncia voluntaria | Despido justificado | Despiso injustificado |
|---|---|---|---|
| Salarios devengados | Sí | Sí | Sí |
| Aguinaldo proporcional | Sí | Sí | Sí |
| Vacaciones pendientes + prima vacacional | Sí | Sí | Sí |
| 3 meses de salario (indemnización constitucional) | No | No | Sí |
| 20 días por año de servicio | No | No | Sí |
| Prima de antigüedad (12 días por año, tope con salario base de cotización y UMA) | No | No | Sí, si tiene ≥ 15 años o se separa voluntariamente con derecho a pensión del IMSS |
La liquidación solo aplica cuando el despido es injustificado. Si renunciaste, no te la deben: solo el finiquito.
Dónde y cómo cobrar tu finiquito al renunciar
El trámite se resuelve en pocos pasos si el patrón actúa de buena fe.
- Entrega tu carta de renuncia con al menos la fecha de último día laborado y tu nombre. Pide acuse de recibo escrito con fecha.
- Espera a tu último día. El patrón debe darte de baja ante el IMSS ese mismo día o a más tardar en los cinco días hábiles posteriores, según los lineamientos del IMSS.
- Solicita tu recibo de finiquito desglosado (salarios, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional). Revisa cada cifra contra tus recibos de nómina.
- Firma el recibo solo si las cantidades coinciden. Si falta algo, anótalo antes de firmar o pide que se ajuste.
- Cobra: transferencia, cheque o efectivo. Conserva tu comprobante.
- Si el patrón no paga o paga incompleto, acércate a la PROFEDET para asesoría gratuita o solicita la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación Laboral de tu entidad. Si no hay acuerdo, la demanda va al Tribunal Laboral del Poder Judicial.
La PROFEDET brinda asesoría y representación legal gratuita al trabajador para reclamar finiquitos y derechos laborales ante el Tribunal.
En México, antes de demandar tienes que pasar por una conciliación prejudicial ante el Centro Federal o el de tu estado. Saltarse ese paso es motivo de desechamiento.
Cifras clave que respaldan este artículo
Para que tengas una referencia rápida, estos son los mínimos legales que se aplican al cálculo:
- Aguinaldo mínimo: 15 días de salario.
- Vacaciones mínimas desde 2023: 12 días al cumplir el primer año, con escala que sube hasta 20 días a partir del quinto año.
- Prima vacacional mínima: 25 % sobre el salario de vacaciones.
- Tope para prima de antigüedad: integra salario base de cotización y UMA diaria vigente.
Ninguna de estas cifras sustituye a tu contrato o a tus recibos: si tu empresa otorga más, ese es el piso que cobras.
Lo que debes revisar antes de firmar el finiquito
Firmar un recibo con cantidades incorrectas cierra la puerta a cobrar diferencias después. Por eso, antes de poner tu rúbrica:
- Compara cada partida del desglose con los recibos de nómina del año.
- Verifica que el aguinaldo proporcional considere todos los días trabajados, incluidos los del periodo de aviso, si lo hubo.
- Confirma que las vacaciones pendientes correspondan a días efectivamente generados y no disfrutados.
- Asegúrate de que la baja ante el IMSS aparezca reflejada para que tu AFORE deje de recibir cuotas patronales.
Si detectas un faltante, no firmes "a conformidad": anota la observación y guarda copia. Después podrás exigir la diferencia ante PROFEDET o el Centro de Conciliación.
Dónde pedir ayuda gratuita si tu patrón no paga
Si el patrón se atrasa más allá de la fecha acordada o simplemente no paga:
- PROFEDET (asesoría y representación legal gratuita al trabajador).
- Centros de Conciliación Laboral en cada entidad (conciliación prejudicial obligatoria).
- Tribunales Laborales del Poder Judicial federal o locales para demandar.
- En Chihuahua, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo brinda el mismo servicio a nivel estatal.
Lleva tus recibos, contrato, acuse de la carta de renuncia y cualquier mensaje o correo que acredite el adeudo. Con ellos, un abogado de PROFEDET puede cuantificar el finiquito y acompañarte a la audiencia de conciliación.
Fuentes
- StpschihuahuaCalculadora | inicioconsultado el 23/09/2026
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 23/09/2026
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 23/09/2026
- Cofide¿Cómo calcular el finiquito por renuncia voluntaria? – Cofideconsultado el 23/09/2026
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 23/09/2026
