- Qué es: un pago obligatorio al tomar vacaciones, mínimo 25 % sobre los días de descanso.
- Cuánto cobras: salario diario × días de vacaciones × 25 % (mínimo legal).
- Cómo reclamar: asesoría en PROFEDET y, si no hay acuerdo, demanda ante el Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
La prima vacacional en México es un pago obligatorio que el patrón entrega al trabajador al momento de tomar sus vacaciones, equivalente al menos al 25 % de los días de descanso que le corresponden por ley. Si nunca has disfrutado esas vacaciones o la relación laboral terminó, ese dinero se te paga proporcional dentro del finiquito. Aquí vas a ver cómo se calcula, cuándo te toca y qué camino tomar si tu empresa no lo hace.
A quién le corresponde la prima y qué requisitos debes cubrir
La prima vacacional está regulada por la Ley Federal del Trabajo, que la define como una prestación obligatoria para todo patrón que tenga trabajadores subordinados con relación laboral formal en México. No importa si el contrato es por tiempo indeterminado, por obra determinada o por temporada: si hay subordinación, salario y alta ante el IMSS, la prima se genera desde el primer año de servicio.
Para cobrarla se deben cumplir dos requisitos simultáneos: haber cumplido un año de servicios y, además, tomar las vacaciones a las que se tiene derecho. El patrón puede ofrecer un porcentaje mayor al 25 % mínimo, pero nunca menor. Si en tu contrato colectivo o individual aparece un porcentaje superior —digamos 30 o 50 %—, ese es el que se aplica, porque la ley fija un piso, no un techo.
Documentos e información que necesitas para cobrarla
Antes de revisar tu recibo o de sentarte a calcular, reúne estos papeles y datos. Son los mismos que cualquier patrón o la PROFEDET te van a pedir para verificar el cálculo:
- Contrato individual de trabajo vigente, con cláusulas de salario y jornada.
- Recibos de nómina de los últimos tres meses, para acreditar el salario diario bruto actual.
- Constancia de antigüedad o, en su defecto, tu número de seguridad social (NSS) del IMSS, con el que se cotejan tus semanas cotizadas.
- RFC del patrón y razón social, para identificar a la empresa en caso de queja.
- Número de expediente ante el IMSS y, si lo tienes, tu CURP.
Con esto puedes verificar que los días de vacaciones aplicados coincidan con tu antigüedad real y que el salario diario usado para el cálculo sea el correcto.
Cómo se calcula la prima vacacional paso a paso
La fórmula que la LFT reconoce es directa: salario diario × días de vacaciones = base; esa base × porcentaje de prima (mínimo 25 %) = prima vacacional. El salario que se toma es el salario diario bruto, no el neto, y se distingue del salario diario integrado, que promedia prestaciones como aguinaldo y horas extra.
Ejemplo resuelto. Karla trabaja en Monterrey, gana 500 pesos (MXN) al día y acaba de cumplir tres años en la empresa. Por la tabla de la LFT, le corresponden 16 días de vacaciones. El cálculo va así:
- Base: 500 × 16 = 8.000 pesos (MXN).
- Prima mínima: 8.000 × 25 % = 2.000 pesos (MXN).
Si su empresa paga 50 % de prima, recibe 4.000 pesos (MXN) por ese periodo. El excedente sobre 15 UMA queda gravado para ISR y se retiene vía nómina, según se explica en el glosario de nómina de runahr.
Días de vacaciones que te corresponden según tu antigüedad
La siguiente tabla resume los días de vacaciones que marca la LFT sobre los que se aplica el 25 % de prima. Antes de publicar, corrobora el texto vigente en el DOF.
| Años de servicio | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 | 22 |
| 11 | 24 |
| 16 | 26 |
| 21 | 28 |
| 26 | 30 |
| 31 | 32 |
Prima vacacional vs. aguinaldo, bono y prima de servicios
Es habitual confundir estos conceptos. La calculadora de aguinaldo de runahr aclara que el aguinaldo es otra prestación obligatoria, con mínimo de 15 días de salario y pago antes del 20 de diciembre. La prima vacacional se cubre al iniciar el periodo vacacional y depende de los días de descanso, no del año calendario.
| Concepto | Naturaleza | Base legal | Obligatorio | Momento de pago |
|---|---|---|---|---|
| Prima vacacional | Prestación por vacaciones | LFT (prestaciones mínimas) | Sí, mínimo 25 % | Al iniciar vacaciones |
| Aguinaldo | Gratificación anual | LFT | Sí, mínimo 15 días | Antes del 20 de diciembre |
| Bono | Incentivo voluntario | Política interna de la empresa | No | Según la empresa |
| Prima de servicios | Prestación colombiana | Legislación de Colombia | No aplica en México | No aplica |
La prima de servicios es una figura colombiana; las calculadoras en pesos colombianos o con auxilio de transporte NO sirven para México.
Cuándo y cómo te la deben pagar (en vacaciones o finiquito)
El camino depende de si tomaste vacaciones o si la relación laboral terminó antes de disfrutarlas. Estos son los pasos que siguen patrón y trabajador:
- Al cumplir el año de servicio, el patrón programa las vacaciones y entrega la prima junto con el salario de esos días, antes de que arranquen las vacaciones.
- Si por alguna razón las vacaciones se postergan, la prima se difiere hasta que efectivamente se disfruten; no se paga "a cuenta".
- Si la relación laboral termina sin que se hayan tomado vacaciones pendientes, la prima se cubre de forma proporcional dentro del finiquito, junto con salarios devengados, aguinaldo proporcional y demás conceptos.
- Si el trabajador no tomó vacaciones y tampoco se liquidó la relación, la prima simplemente no se genera: la ley no prevé pago sin disfrute ni terminación.
Plazos clave que no debes dejar pasar
Hay tres ventanas que conviene tener presentes para no perder el derecho:
- Disfrute de vacaciones: la LFT establece que las vacaciones deben otorgarse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio. Pasado ese plazo, el patrón puede hacerse acreedor a multa.
- Pago de la prima: se entrega al mismo tiempo que el salario vacacional, al inicio del periodo de descanso. No hay un día fijo del mes; depende de cuándo arranca tu vacaciones.
- Prescripción de acciones: las acciones laborales prescriben en plazos que van de dos meses a un año, según el concepto reclamado. Por eso, si te despidieron y no te pagaron prima ni vacaciones, conviene acercarte a PROFEDET cuanto antes para no dejar correr el tiempo.
Si tu patrón se niega a pagar o te ofrece menos del 25 %, el primer paso es pedir asesoría gratuita en la PROFEDET, donde te acompañan en la conciliación prejudicial obligatoria ante el Centro de Conciliación federal o estatal que corresponda y, si no hay acuerdo, te orientan para presentar demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial.
Dudas frecuentes sobre la prima vacacional
1. ¿Cómo se calcula la prima vacacional en México?
Se calcula multiplicando los días de vacaciones a los que tienes derecho por tu salario diario, y el resultado se multiplica por el 25% (prima mínima legal). Por ejemplo, con 12 días de vacaciones y un sueldo diario de 500 pesos, la prima mínima sería de 1.500 pesos (MXN). El patrón puede pagar más, pero nunca menos de ese 25%.
2. ¿Qué es la prima vacacional y cómo se paga?
Es una prestación obligatoria del artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo: equivale a un mínimo del 25% sobre el salario que corresponde a tus días de vacaciones. Se paga junto con el salario vacacional antes de que disfrutes el periodo de descanso, y debe entregarse antes de que inicien las vacaciones, no después.
Fuentes
- SiigoLiquidación de prima de servicios: fórmulas para calcularlaconsultado el 09/08/2026
- VozlaboralPrima de Antigüedad en México: Qué es y Cómo se Calculaconsultado el 09/08/2026
- TybaCalculadora de prima 2026 | invierte con tybaconsultado el 09/08/2026
- PandapeGuía para calcular la Prima Vacacional en México – Pandapéconsultado el 09/08/2026
- Poli¿Cómo calcular la prima de mitad de año? | Blog del Policonsultado el 09/08/2026
