Reparto de utilidades

¿A los cuántos meses te dan utilidades en México? Plazos, requisitos y cómo calcular tu PTU

agosto 6, 2026 México Derecho 12 min read
¿A los cuántos meses te dan utilidades en México? Plazos, requisitos y cómo calcular tu PTU
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: el reparto obligatorio de las ganancias de la empresa entre las personas trabajadoras.
  • Cuánto cobras: dos mitades iguales: una por días trabajados y otra por salarios; con tope federal.
  • Cómo reclamar: Profedet gratuita, conciliación y Tribunal Laboral dentro de un año natural.
Es la lectura rápida del artículo: cuánto te toca, cuándo te lo pagan y por dónde reclamas si el patrón se atrasa o no cumple.

Las utilidades en México —oficialmente Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)— se entregan después de que el patrón presenta su declaración anual ante el SAT, y la fecha concreta depende de si la empresa es persona moral o persona física. Para que te pague el primer año basta con cumplir un mínimo de 60 días laborados, continuos o discontinuos, sin importar el tipo de contrato. Aquí vas a encontrar los plazos, los requisitos, las exclusiones, el cálculo con cifras reales y los pasos que tienes que seguir si tu patrón no cumple.

Utilidades (PTU)
RegulaciónLey Federal del Trabajo (Título Tercero, Capítulo VIII)
Base del reparto10% de la utilidad fiscal del patrón
Distribución50% por días y 50% por salarios
Plazo de pago30 de mayo (persona moral) o 29 de junio (persona física)
Plazo para reclamarUn año natural contado desde la fecha límite de pago
Esta es la ficha base del artículo: lo esencial del derecho a utilidades para identificar de un vistazo si te toca y cuándo.

Quién tiene derecho a utilidades y quién queda fuera

El derecho a participar en las ganancias de la empresa está reconocido en la Constitución y lo desarrolla la Ley Federal del Trabajo. Es un derecho federal, aplica en toda la República y nace del reparto que el patrón hace a partir de su declaración fiscal anual.

El requisito único para tener derecho es haber laborado al menos 60 días en el año, ya sea de forma continua o discontinua, y sin importar el tipo de contrato (planta, eventual, por obra, tiempo determinado o indeterminado). Cumplido ese mínimo, participas en el reparto en la misma proporción que el resto del personal.

Plazo que caducaUn año natural desde la fecha límite de pago para exigir la PTU ante Profedet o Tribunal Laboral.
Esta tarjeta marca el reloj que no debes dejar correr: pasado el año natural, prescribes y pierdes la PTU sin poder reclamarla.

Quedan fuera del reparto, de forma expresa:

  • Directores y gerentes generales de la empresa, así como socios y accionistas.
  • Trabajadores domésticos (personas al servicio del hogar).
  • Eventuales con menos de 60 días laborados en el ejercicio.
  • Profesionistas que cobran por honorarios sin una relación de trabajo subordinada (no hay patrón, hay cliente).

Hay además empresas que, por su naturaleza, no están obligadas a repartir utilidades: las de nueva creación, las instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, el IMSS, las instituciones públicas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia y las empresas con un capital menor al que fija la STPS por rama industrial. Si trabajas en una de estas, el primer paso es confirmar esa excepción con la STPS o con la Profedet.

Tener 60 días trabajados en el año es la llave de entrada al reparto; sin ese mínimo, no participas, sin importar el tipo de contrato.

A los cuántos meses te las pagan: plazos y fechas límite

La pregunta del título se responde así: no hay un número fijo de meses, sino una ventana de aproximadamente dos meses después de que el patrón presenta su declaración anual ante el SAT. La fecha concreta depende del tipo de contribuyente, según explica la STPS y confirma la Profedet.

Cómo se reparte la base de utilidades en una empresa
Así lo establece la Ley Federal del Trabajo: el total a repartir se divide en dos partes iguales para los trabajadores.

50% — 50% por días laborados50% — 50% por monto de salarios percibidos
Fíjate en las dos mitades idénticas: el 50% se asigna por días y el otro 50% por salarios, según la regla federal.

Calendario federal del reparto de PTU

Sujeto obligado Declaración anual ante el SAT Fecha límite para pagar PTU Ventana útil para el trabajador (según SAT)
Persona moral (empresa) 31 de marzo 30 de mayo 1 de abril – 30 de mayo
Persona física con actividades empresariales 31 de marzo 29 de junio 1 de mayo – 29 de junio

La regla federal parte de la declaración anual del patrón, que se presenta a más tardar el 31 de marzo. A partir de ahí, la persona moral (empresa) tiene hasta el 30 de mayo para repartir utilidades, y la persona física con actividades empresariales hasta el 29 de junio, según los plazos que publica la STPS.

El SAT lo traduce a una ventana práctica para el trabajador: si laboraste para una empresa, te pueden pagar entre el 1 de abril y el 30 de mayo; si laboraste para una persona física con actividades empresariales, la ventana va del 1 de mayo al 29 de junio. La empresa, además, está obligada a informarte del reparto dentro de los 10 días hábiles posteriores a su declaración anual, como recuerda la Profedet.

60 días
laborados en el año como mínimo para tener derecho a utilidades.
Esta cifra es la llave de entrada al reparto: con 60 días cumplidos ya participas, sin importar el tipo de contrato.

Si ya pasaron los plazos y no te pagaron, dispón de un año natural contado a partir de la fecha límite de pago para exigirlo ante la Profedet o el Tribunal Laboral.

Cómo se calcula tu PTU: las dos mitades y el tope

El cálculo es federal y se descompone en dos partes iguales, según la STPS y el SAT: la mitad del total a repartir se paga en proporción a los días trabajados en el año y la otra mitad en proporción al monto de los salarios percibidos.

AtenciónNo dejes pasar el plazo de pago: si la empresa no paga el 30 de mayo (persona moral) o el 29 de junio (persona física), activa ya tu reclamo.
Esta nota señala el error que más cuesta: confiarse y dejar correr el año natural para exigir la PTU ante la Profedet.

Ejemplo paso a paso con cifras en pesos (MXN)

  • Karla trabajó todo el año en una empresa en Monterrey, con un salario base mensual de 18.500 pesos (MXN). La empresa declaró una base de reparto de 600.000 pesos (MXN) y tiene 20 trabajadores, todos con el año completo.
  1. Mitad por días (50% de la base): 300.000 pesos (MXN) ÷ 20 trabajadores = 15.000 pesos (MXN) para cada uno, porque todos trabajaron los mismos días.
  2. Mitad por salarios (50% de la base): cada quien recibe según lo que ganó. Si todos ganaron lo mismo, otros 15.000 pesos (MXN) por cabeza.
  3. PTU total de Karla: 15.000 + 15.000 = 30.000 pesos (MXN).

Ahora supón que la empresa tuvo un gran año y la base de reparto sube a 1.500.000 pesos (MXN), con los mismos 20 trabajadores cobrando 18.500 pesos (MXN) al mes. Karla recibiría 37.500 + 37.500 = 75.000 pesos (MXN), antes de aplicar el tope.

El tope federal que te protege y te conviene

El SAT lo explica con claridad: tu PTU no puede superar lo que resulte mayor entre estas dos cantidades:

  • Tres meses de tu salario, o
  • El promedio de la PTU que recibiste en los últimos tres años.

Se toma el más alto a tu favor. Si llevas menos de tres años en la empresa, se promedia con los años que tengas. Este tope aplica persona por persona, no al total de la empresa.

Documentos y datos que te debe dar la empresa

Para que el reparto sea verificable, la STPS y la Profedet obligan al patrón a entregar a los representantes de los trabajadores, para la revisión del proyecto de distribución:

  • Copia de la declaración fiscal anual del ejercicio, con el monto de la utilidad repartible y la base sobre la que se calculó la PTU.
  • Elementos necesarios para el cálculo: antigüedad de cada persona trabajadora, salario base, días laborados, así como los conceptos que se consideraron (ingresos gravados, exentos, etc.).
  • El proyecto de distribución elaborado por la comisión bipartita, con la asignación individual.
30.000 pesos (MXN)
Mínimo 0 pesos (MXN) si la empresa declara pérdidasMáximo aprox. 55.500 pesos (MXN) con 18.500 de salario y tope de 3 meses

Esta escala ubica el ejemplo de Karla en el rango habitual: con 18.500 mensuales, su PTU cae en la parte media-alta del reparto más común.

De tu lado, conserva la documentación que acredita lo que te corresponde:

  • Recibos de nómina de todo el año (CFDI de nómina).
  • Constancia de antigüedad o carta de trabajo que acredite fecha de ingreso y baja.
  • Comprobantes de percepciones (aguinaldo, horas extras, comisiones) que pueden integrar el salario base.

Si la empresa no te entrega la copia de la declaración ni los elementos de cálculo, ya tienes base para inconformarte ante la Profedet por obstaculizar el procedimiento de reparto.

¿Sabías que…?

Un trabajador con menos de 60 días laborados en el año queda fuera del reparto, aunque le hayan hecho contrato indefinido.

Este dato sorprende porque muchos creen que con cualquier antigüedad ya se participa: el mínimo de 60 días es el único requisito de entrada.

Quién decide el reparto y cómo se entera el trabajador

El reparto no lo decide el patrón en lo oscurito: lo formula una comisión bipartita integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, como regula la Ley Federal del Trabajo. Si en tu empresa hay sección o sindicato, ellos nombran a sus representantes; si no, se eligen por asamblea.

Pasos del procedimiento de distribución

  1. El patrón entrega la documentación (declaración fiscal y elementos de cálculo) a los representantes de los trabajadores, dentro de los 10 días hábiles posteriores a su declaración anual.
  2. La comisión bipartita formula el proyecto de distribución con base en las dos mitades (días y salarios) y aplica el tope federal.
  3. Si hay desacuerdo, los trabajadores tienen 15 días naturales para presentar sus observaciones por escrito.
  4. La comisión tiene 15 días naturales para resolver las objeciones y, en su caso, ajustar el proyecto.
  5. Si el conflicto persiste, el Inspector de Trabajo es la autoridad que decide, según la STPS.
  6. El patrón paga la PTU dentro de los plazos federales (30 de mayo o 29 de junio) y entrega a cada persona su constancia con el monto, los conceptos y el periodo.
Pregunta rara pero frecuente¿Y si renuncié o me despidieron antes del reparto: pierdo la PTU? No: la ley te respalda con un año natural desde la fecha límite de pago para cobrar lo que te correspondió.
Esta respuesta resuelve la duda más común entre exempleados: dejar la empresa antes del reparto no te quita el derecho, solo tienes que reclamarlo a tiempo.

Qué hacer si no te pagan o ya no trabajas ahí

Si renunciaste o te despidieron antes del reparto, la ley te respalda: tienes un año natural contado a partir de la fecha límite de pago para cobrar la PTU que te correspondió, como confirman la STPS y la Profedet. Pasado ese año, prescribes.

Para reclamar, la ruta federal es:

  1. Asesoría gratuita en la Profedet (tel. 01 800 911 7877, de lunes a viernes, 8:30 a 16:30 h).
  2. Conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación Laboral federal o estatal, según corresponda.
  3. Demanda ante el Tribunal Laboral si la conciliación no prospera. Hoy ya no se demanda ante las juntas de conciliación y arbitraje: esa etapa quedó atrás con la reforma laboral de 2019.
1

Documentar
Recibos de nómina (CFDI), constancia de antigüedad y comprobantes de percepciones del año.
2

Plazos
Espera la declaración anual del patrón y los 10 días hábiles posteriores para que entregue documentación.
3

Conciliar
Asesoría gratuita en Profedet y conciliación prejudicial laboral (federal o estatal).
4

Juicio
Demanda ante el Tribunal Laboral si la conciliación no prospera (ya no ante juntas).
5

Cobrar
PTU dentro de los plazos federales (30 de mayo o 29 de junio) y constancia individual del monto.

Esta fila enumera lo que tienes que preparar en orden: papeles, espera, conciliación, demanda y cobro de tu PTU sinSaltar pasos.

Cuándo te conviene más cada regla del tope

El tope federal —3 meses de salario o promedio de los últimos 3 años, lo mayor— se inclina a tu favor en escenarios distintos:

  • Si llevas poco tiempo y tu salario actual es alto, el criterio de 3 meses de salario suele ganarle.
  • Si llevas varios años y la PTU venía creciendo, el promedio de los últimos 3 años puede superarlo.
  • Si en tu sector la empresa reparte al mínimo y tus ingresos son estables, ambos criterios pueden coincidir; en ese caso, lo que importa es verificar que la base de cálculo no esté inflada con deducciones indebidas.
De cada 10 personas, cuántas cobran PTU al año
Aplica a la población asalariada formal en empresas obligadas, donde el mínimo de 60 días laborados es la llave de entrada.
7 de cada 10 quienes cumplen los 60 días y reciben PTU.
Mira cuántas de cada 10 personas trabajadoras reciben utilidades: la mayoría entra al reparto y solo unas pocas quedan fuera por los 60 días.

Revisa con calma tu último recibo de nómina y la fecha en que entraste a la empresa. Si tienes 60 días o más laborados en el ejercicio, ya estás dentro del reparto; si tu contrato señala honorarios o eres director general, conviene confirmarlo con la Profedet antes de asumir el derecho. Y un dato clave: la declaración anual del patrón es la que abre el reloj, no la fecha en que cumple años la empresa.

Fuentes

  1. NlEl reparto de utilidades es tu derecho – Gobierno de Nuevo Leónconsultado el 06/08/2026
  2. GobTodo lo que necesitas saber del Reparto de Utilidades – Gob MXconsultado el 06/08/2026
  3. ConciliacionlaboralParticipación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)consultado el 06/08/2026
  4. FacturamaReparto de Utilidades 2026 (PTU): Cómo se Calcula, Fechas y Topeconsultado el 06/08/2026
  5. SatReparto de utilidades 2026 | Servicio de Administración Tributariaconsultado el 06/08/2026