- Qué es: subsidio del IMSS o ISSSTE por incapacidad temporal.
- Cuánto cobras: 60 % del SBC desde el día 4 en enfermedad general; 100 % en riesgo de trabajo y maternidad.
- Cómo reclamarlo: dictamen médico institucional, ST-2 o ST-7 según el caso, y esperar el depósito del Instituto.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Si te incapacitaron y quieres saber cuánto dinero te va a llegar, en México hay dos caminos según seas trabajador del sector privado (IMSS) o del Estado (ISSSTE). La regla gruesa es simple: el subsidio se calcula aplicando un porcentaje sobre tu Salario Base de Cotización (SBC), no sobre tu sueldo bruto, y ese porcentaje cambia según el tipo de incapacidad. Lo que sigue te explica los requisitos, los papeles, las fórmulas con cifras resueltas y las diferencias entre IMSS e ISSSTE para que armes tu propio cálculo.
Requisitos para tener derecho al subsidio
Antes de correr a la calculadora, confirma que cumples con lo que pide la Ley del Seguro Social. Si falta alguno, el IMSS te niega el pago aunque tengas el dictamen médico en la mano.
- Tener afiliación vigente ante el IMSS o el ISSSTE al momento de la incapacidad.
- Para enfermedad general: haber cotizado al menos cuatro semanas inmediatamente anteriores al inicio de la incapacidad.
- Que el médico del IMSS (o del ISSSTE) expida el certificado o dictamen de incapacidad, con la duración y el tipo.
- No estar en periodo de prueba ni tener baja voluntaria pendiente al momento del dictamen.
- Para riesgos de trabajo, la vigencia de derechos se ampla: basta con estar dado de alta cuando ocurre el accidente o la enfermedad profesional.
Si estás dado de baja pero aún conservas un periodo de conservación de derechos (hasta doce meses, según el caso), también puedes acceder al subsidio. Revisa tu constancia de vigencia de derechos en el portal del IMSS.
«Si no me dan los primeros tres días, ya no me toca nada del IMSS.»
La cobertura del IMSS empieza el día 4,pero esos primeros tres días son decisión del patrón, no requisito para acceder al subsidio posterior.
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Documentos y datos que necesitas reunir
Tener todo junto te evita vueltas. Esta es la lista corta:
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
- Número de Seguridad Social (NSS) y, si aplica, tu RFC.
- Constancia de vigencia de derechos emitida por el IMSS o comprobante de filiación al ISSSTE.
- Dictamen o certificado de incapacidad expedido por el médico institucional, con días y tipo.
- Comprobante de domicilio reciente.
- En IMSS, el formato ST-2 para enfermedad general, que llena el médico tratante.
- En maternidad, además se presenta el certificado de embarazo y, al término, el acta de nacimiento.
- Para riesgos de trabajo, el reporte del accidente (formato ST-7) y, si procede, el ST-9.
Cómo se calcula el monto: fórmulas y ejemplos con cifras
La fórmula madre es la misma en todos los manuales: subsidio = porcentaje según tipo × Salario Base de Cotización × días que cubre el IMSS. Lo que cambia es el porcentaje y desde qué día empieza a pagar el Instituto, como verás en la tabla de tipos de incapacidad.
Para sacar el SBC diario se parte del salario diario registrado en el IMSS más la parte proporcional de prestaciones y, en su caso, el aguinaldo. En la práctica, la calculadora pide el salario mensual del trabajador, lo divide entre 30 para obtener el salario diario, y de ahí aplica el porcentaje.
Ejemplo resuelto en pesos. Karla trabaja en una empresa de Monterrey con un salario mensual de 18,000 pesos (MXN). Su SBC diario es 600.00 pesos (MXN). Le dan una incapacidad por enfermedad general de 10 días, así que el IMSS paga a partir del día 4:
- Días que paga el IMSS: 10 – 3 = 7 días.
- Porcentaje: 60 % del SBC.
- Subsidio: 0.60 × 600.00 × 7 = 2,520.00 pesos (MXN).
Le otorgaron una incapacidad por 10 días por enfermedad general. Al aplicar la fórmula, el IMSS le deposita desde el día 4 al 60 % del SBC. Subsidio recibido:2,520.00 pesos (MXN) Aquí ves cómo Karla pasa de la fórmula al depósito real: 7 días pagados al 60 % de un SBC diario de 600.00 pesos (MXN)..
Los primeros tres días no los cubre el IMSS. Si la empresa decide pagarlos, lo hace como acuerdo interno y debe timbrarlos en el CFDI de nómina con el nodo Incapacidades.
Tipos de incapacidad y porcentaje sobre el SBC
| Tipo de incapacidad | Porcentaje sobre el SBC | Día de inicio del pago | Duración que paga el IMSS |
|---|---|---|---|
| Enfermedad general | 60 % | Día 4 | Hasta 52 semanas, con ajuste después del día 90 |
| Riesgo de trabajo | 100 % | Día 1 | Hasta un año, según la naturaleza de la lesión |
| Maternidad | 100 % | Día 1 | 84 días (42 prenatales + 42 postnatales) |
| Paternidad | 0 % (la paga el patrón) | No aplica | 5 días en nacimiento; amplia a 20 por adopción múltiple o complicaciones |
Enfermedad general
El IMSS paga el 60 % del SBC desde el cuarto día de incapacidad. Los primeros tres corren por cuenta del patrón solo si la empresa lo decide; no es obligación legal.
Riesgo de trabajo
Aquí la cobertura es al 100 % del SBC desde el primer día, sin periodo de espera. La empresa paga únicamente los días efectivamente trabajados del periodo.
Maternidad
Son 84 días de subsidio al 100 % del SBC, pagados directamente por el IMSS. El certificado de incapacidad lo emite el médico institucional y el pago se deposita en la cuenta del trabajador.
Paternidad
En México la paternidad no es un subsidio del IMSS: corre por cuenta del patrón como salario normal. Se entrega al empleado con su recibo de nómina correspondiente.
Reglas que ajustan el cálculo
Una calculadora seria debe contemplar estas cinco reglas, porque cambian el resultado aunque los números de entrada sean los mismos:
- Salario mínimo. Si el 60 % del SBC queda por debajo del salario mínimo general vigente, el pago se ajusta al mínimo. Es una protección legal para trabajadores de menores ingresos.
- Excedente de 90 días. Cuando los días de incapacidad por enfermedad general suman más de 90, los días que se pasan de esa marca se liquidan al 50 % del SBC, sobre el mismo cálculo base.
- Incapacidades que cruzan de mes. La calculadora solo liquida los días del mes en curso; los restantes se calculan en el siguiente con un nuevo proceso. Ejemplo: incapacidad de 15 días que inicia el 25; se pagan 6 días en ese mes y 9 en el siguiente.
- Tope y SBC. Si el SBC registrado supera el Tope Máximo de Cotización (fijado en UMA), el cálculo se hace sobre el tope, no sobre el salario real.
- Timbrado fiscal. El subsidio por incapacidad es exento de ISR y no integra al SBC para prestaciones sociales. El patrón debe reportarlo en el CFDI de nómina con el nodo Incapacidades (Tipo 01 RT, 02 EG, 03 Maternidad, 04 Paternidad).
> Resumen rapidísimo: monto = % × SBC × días, cuidando mínimos, topes, excedente de 90 y el corte mensual.
IMSS vs ISSSTE: qué cambia en el cálculo
| Aspecto | IMSS | ISSSTE |
|---|---|---|
| Población | Trabajadores del sector privado | Trabajadores del Estado (federal, en su mayoría) |
| Porcentaje en enfermedad general | 60 % del SBC desde el día 4 | 60 % del sueldo básico desde el día 4 |
| Porcentaje en riesgo de trabajo | 100 % del SBC desde el día 1 | 100 % del sueldo básico desde el día 1 |
| Maternidad | 100 % del SBC por 84 días | 100 % del sueldo básico por 84 días |
| Dónde se cobra | Cuenta bancaria del trabajador, depósito del IMSS | Depósito por la dependencia o área de pagos del ISSSTE |
| Normativa | Ley del Seguro Social (arts. 96 a 102) | Ley del ISSSTE (seguro de enfermedad y maternidad) |
| Documento base | ST-2 y dictamen del médico del IMSS | Certificado de incapacidad del médico del ISSSTE y licencia oficial |
En la práctica, lo que cambia es el tipo de filiación y la dependencia que paga, porque el porcentaje es similar en ambos sistemas. Si quieres ver el detalle oficial, el portal de pago de incapacidades del IMSS y la calculadora de参考资料 de Fiscalia muestran los pasos para timbrar y cobrar. La calculadora de incapacidades de Gerencie y la guía de pago en el salario integral resuelven los casos del excedente de 90 días y el corte por mes.
Si la empresa no paga los primeros días o el IMSS rechaza la incapacidad, el camino es: PROFEDET para asesoría gratuita, después conciliación en el Centro de Conciliación (federal o de tu estado) y, por último, demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial. Ya no se tramita en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que dejaron de recibir asuntos nuevos tras la reforma laboral de 2019.
Preguntas frecuentes sobre la calculadora de incapacidad laboral
1. ¿Cómo se calcula el monto de una incapacidad ante el IMSS o el ISSSTE?
Se toma el promedio de tus salarios cotizados de los últimos 12 meses (o de tu sueldo base si llevas menos tiempo) y se aplica el porcentaje que corresponde al tipo de riesgo: 60% para enfermedad general a partir del cuarto día, 70% a partir del segundo mes y hasta el final, o 100% cuando hay accidente de trabajo. Para ISSSTE el cálculo parte del sueldo básico y la prima de antigüedad prorrateada, con reglas propias en la Ley del ISSSTE.
Fuentes
- SesamehrCalculadora para liquidar incapacidades de los trabajadoresconsultado el 09/08/2026
- GonzalezfreaCalculadora de Indemnización de Accidentes de Trabajoconsultado el 09/08/2026
- GrupomedicodurangoCalculadora de incapacidad – Grupo Médico Jurídico Durangoconsultado el 09/08/2026
- SpoltoreabogadosCalculadora de indemnización accidente de trabajo ARTconsultado el 09/08/2026
- B2babogados¿Cómo se calcula una incapacidad laboral? – B2B Abogadosconsultado el 09/08/2026
