- Qué es: despido sin causa justificada o sin prueba de ella.
- Cuánto cobras: 3 meses de SDI + 20 días por año + prestaciones proporcionales.
- Cómo reclamar: conciliación en el Centro de Conciliación Laboral y, si no hay acuerdo, demanda ante el Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Cuando un patrón te despide en México sin causa justificada, la Ley Federal del Trabajo te protege con una indemnización constitucional, además de las prestaciones que ya devengaste (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional). Para aterrizar cifras antes de la audiencia, la herramienta más usada es la calculadora de prestaciones por liquidación del Centro de Conciliación Laboral, también reseñada por la PROFEDET.
¿Te toca liquidación o solo finiquito? Requisitos según el tipo de baja
No toda separación te da liquidación. La diferencia la marca el motivo de la baja y lo que diga el artículo 47 de la LFT.
- Despido justificado: el patrón acredita causa (faltas de asistencia, dishonesty, daños). Solo pagas prestaciones proporcionales: aguinaldo, vacaciones y prima vacacional del año en curso. Sin indemnización.
- Despido injustificado: no existe causa legal; la reestructura y la crisis económica NO cuentan. Aquí se abre el derecho a indemnización.
- Renuncia voluntaria: solo prestaciones devengadas y, si la carta no lo dice, no hay separación voluntaria con mutuo acuerdo.
En el despido injustificado tú eliges entre reinstalación (te regresan al mismo puesto) o indemnización. Esa decisión es tuya, no del patrón.
Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional son irrenunciables: nadie te puede obligar a renunciarlos ni como condición de pago.
Datos que necesitas reunir antes de calcular
La calculadora oficial pide estos campos, y cada uno requiere un documento que lo respalde:
- Salario base y su periodicidad (diario, semanal, catorcenal, quincenal o mensual): contrato y recibos de nómina.
- Fecha de ingreso y fecha de salida: contrato inicial y, en su caso, último recibo.
- Si trabajaste en municipio fronterizo norte: comprobante de domicilio, porque aplica salario mínimo especial.
- Si desempeñabas un oficio con salario mínimo especial: tarjeta de control o constancia patronal.
- Días de vacaciones pendientes y aguinaldo no pagado: recibos y constancia de días disfrutados.
Sin estos papeles, cualquier cifra que arroje la herramienta es solo orientativa.
Conceptos que integran la liquidación y cómo se calcula cada uno
El salario diario integrado (SDI) es la base de todo: salario base diario + parte proporcional de aguinaldo + parte proporcional de prima vacacional. Sin él, nada cuadra.
Tabla de conceptos y fórmulas
| Concepto | Base legal | Fórmula |
|---|---|---|
| Aguinaldo (mín. 15 días) | art. 87 LFT | 15 días de salario base × (días trabajados en el año ÷ 365) |
| Vacaciones (mín. 12 días al primer año) | arts. 76-79 LFT | 12 + 2 por año subsecuente, hasta 20 |
| Prima vacacional (mín. 25 %) | art. 80 LFT | (días de vacaciones × salario diario) × 0.25 |
| Prima de antigüedad | LFT | 12 días de salario por cada año trabajado |
| Indemnización constitucional (3 meses) | art. 123-A-XXII CPEUM | 3 meses de SDI |
| Indemnización adicional | LFT | 20 días de SDI por cada año de servicio |
Ejemplo resuelto con cifras
Karla trabajó 4 años en Monterrey con salario base de 500 pesos diarios. Cálculo estimado:
- SDI = 500 + (500 × 15 ÷ 365) + (500 × 6 × 0.25 ÷ 365) ≈ 522.85 pesos.
- Indemnización constitucional = 522.85 × 90 = 47.056,50 pesos (MXN).
- Indemnización adicional = 522.85 × 20 × 4 = 41.828,00 pesos (MXN).
- Prima de antigüedad = 500 × 12 × 4 = 24.000,00 pesos (MXN), con tope legal.
- Aguinaldo proporcional del último año = 500 × 15 × (120 ÷ 365) ≈ 2.465,75 pesos (MXN).
- Vacaciones + prima = 14 días × 500 × 1.25 ≈ 8.750,00 pesos (MXN).
Suma estimada antes de ISR: 124.100,25 pesos (MXN).
El salario diario integrado NO es igual al salario base: incluye prestaciones proporcionales y, en su caso, horas extras y comisiones habituales.
Dónde calcularla: herramientas oficiales y privadas
La herramienta pública vive en conciliacionlaboral.org.mx y funciona como simulador antes de la audiencia. Así se usa:
- Entra a la calculadora del Centro de Conciliación Laboral y captura salario, periodicidad, fechas y zona fronteriza.
- Revisa los seis conceptos que arroja: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, indemnización constitucional y compensación negociable.
- Si el cálculo te parece alto, explora las alternativas negociadas que muestra la misma pantalla al 90 %, 80 %, 70 %, 60 % y 50 % sobre los conceptos negociables. Sirven para llegar a un convenio rápido.
- Como apoyo, una calculadora privada de finiquito y liquidación desglosa ISR y conceptos separados; la calculadora de ISR y las tablas de ISR vigentes ayudan a verificar el impuesto estimado.
- Antes de firmar cualquier convenio, agenda la audiencia en el Centro de Conciliación. La conciliación es prejudicial y obligatoria para poder demandar después ante el Tribunal Laboral.
ISR aplicable y topes a considerar
El ISR golpea distinto al finiquito que a la liquidación. En el finiquito, la Ley del ISR considera exenta la parte que corresponde a prestaciones proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional) y grava el excedente como ingreso ordinario. En la liquidación por despido injustificado, hay un ingreso exento equivalente a 90 días de SDI (la indemnización constitucional de tres meses) y el resto se grava.
Exención por tipo de baja
| Concepto | Gravamen | Exención |
|---|---|---|
| Finiquito por renuncia | Ordinario | Solo prestaciones proporcionales |
| Indemnización 3 meses (constitucional) | Exento | 90 días de SDI |
| Indemnización 20 días por año | Gravado | Sin exención específica |
| Prima de antigüedad | Gravado | tope equivalente a salarios mínimos |
El cálculo que arroja cualquier herramienta es estimado. El monto definitivo lo determina el SAT al timbrar el CFDI de nómina y, en su caso, la declaración anual del trabajador.
Llega a la audiencia conciliatoria con tu cálculo propio, las constancias laborales y, si puedes, la asesoría de PROFEDET, que es gratuita. Negociar con cifras a la mano cambia el resultado: pasar de un convenio al 50 % a uno al 80 % puede sumar decenas de miles de pesos (MXN) en la práctica.
Fuentes
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 09/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 09/08/2026
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 09/08/2026
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 09/08/2026
- StpschihuahuaCalculadora | inicioconsultado el 09/08/2026
