- Qué es: despido sin causa justificada o renuncia con derecho a partes proporcionales.
- Cuánto te deben: 3 meses de salario más 20 días por año (indemnización constitucional).
- Cómo reclamarlo: PROFEDET o Centro de Conciliación Laboral, en un mes.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Calcular tu despido en México empieza por distinguir tres cosas que常常 se confunden: el finiquito (lo que ya te ganaron), la liquidación (finiquito más indemnización cuando el despido no tiene causa legal) y la indemnización constitucional (los 3 meses más 20 días por año que prevé la ley). Si el patrón te corrió sin causa justificada, tienes derecho a reclamarla; si renunciaste, solo te deben las partes proporcionales del año. Para aterrizar las cifras, la herramienta gratuita del Centro de Conciliación Laboral te desglosa los seis conceptos que te pueden corresponder, y más abajo verás un caso resuelto con números reales.
¿Te corresponde reclamar y cumples los requisitos?
Cualquier persona con una relación laboral subordinada —asalariada, con horario, jefe y sueldo fijo— que haya sido despedida o que renuncie puede revisar si le toca finiquito, liquidación o indemnización. La ley distingue dos caminos:
- Despido justificado: el patrón acredita una causa legal y solo paga las prestaciones que ya te ganaste en el año (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales). No hay indemnización constitucional. Las causas están en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
- Despido injustificado: no existe causa conforme a la ley. Entonces nace tu derecho a elegir entre la reinstalación en tu puesto o una indemnización constitucional, más el finiquito y, si aplica, la prima de antigüedad.
Retribución diaria que sirve de base para calcular la indemnización constitucional y la prima de antigüedad. No es el salario neto que te depositan ni incluye horas extra ni comisiones.
Todo el tiempo trabajado para el patrón, incluidas las relaciones laborales previas sin solución de continuidad. No cuenta solo tu último contrato si hubo continuidad real.
Si renunciaste voluntariamente, el patrón solo te debe finiquito: partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y, si te correspondía, prima de antigüedad.
Resumiendo: con causa legal del patrón solo hay finiquito; sin causa legal se suma la indemnización constitucional y, en su caso, la prima de antigüedad.
Documentos y datos que debes reunir antes de calcular
Antes de tocar números junta esta papelería; sin ella cualquier cálculo falla:
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) y CURP.
- RFC y número de seguridad social (NSS) del IMSS.
- Contrato individual de trabajo y, si lo tienes, hoja de términos de contratación.
- Recibos de nómina de los últimos tres meses, idealmente de todo el año.
- Fecha exacta de ingreso y de baja (la baja la defines tú si te corrieron; si renunciaste, la fecha de tu escrito).
- Oficio o puesto desempeñado y zona donde laboraste (municipio fronterizo norte o resto del país).
La calculadora del Centro de Conciliación Laboral pide justo lo anterior, pero en formato de campos: salario y su periodicidad (diario, semanal, catorcenal, quincenal o mensual), confirmación del salario diario, si trabajaste en municipio fronterizo norte (ahí aplica salario mínimo especial que fija la CONASAMI), si tu oficio tiene salario mínimo profesional y la fecha de salida. La herramienta también pregunta si sigues laborando, para no liquidarte si todavía estás activo.
Qué conceptos te deben pagar y cómo se calculan
La calculadora oficial agrupa seis rubros en un solo total. Los tres primeros son prestaciones irrenunciables que se cubren en cualquier separación:
- Aguinaldo: mínimo 15 días de salario al año, pagadero antes del 20 de diciembre. Si llevas menos de un año, te dan la parte proporcional, regulada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
- Vacaciones: mínimo 12 días laborables desde el primer año, con aumento de 2 días por cada año subsecuente hasta llegar a 20, conforme a los artículos 76 y 77 de la Ley Federal del Trabajo.
- Prima vacacional: 25% adicional sobre el salario de los días de vacaciones que disfrutes.
Los tres restantes aplican sobre todo cuando el despido es injustificado: prima de antigüedad, indemnización constitucional y una compensación negociable que se acuerda en la mesa.
Finiquito, liquidación e indemnización constitucional: no son lo mismo
| Concepto | Qué incluye | Cuándo aplica | Base legal |
|---|---|---|---|
| Finiquito | Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y, si aplica, prima de antigüedad | Cualquier separación (despido con causa, sin causa o renuncia) | Ley Federal del Trabajo |
| Liquidación | Finiquito + indemnización constitucional + compensación negociable | Despido injustificado (o pacto en conciliación) | Ley Federal del Trabajo |
| Indemnización constitucional | 3 meses de salario + 20 días por año + intereses sobre salarios caídos | Solo despido injustificado, cuando el trabajador opta por la indemnización | Ley Federal del Trabajo |
Indemnización constitucional
Son tres meses de salario (90 días) más 20 días por cada año de servicio prestado, más los intereses sobre salarios caídos generados desde el despido hasta que se pague. Procede únicamente en despido injustificado, conforme a la Ley Federal del Trabajo.
Prima de antigüedad
Equivale a 12 días de salario por cada año de servicio, con el tope que fija la ley. Aplica cuando el trabajador tiene 15 años o más de antigüedad, o por despido justificado, según lo previsto en la Ley Federal del Trabajo.
Compensación negociable
Es la cantidad adicional que se acuerda en la conciliación. La calculadora oficial permite explorar escenarios aplicando del 100% al 50% sobre los conceptos negociables (indemnización y prima de antigüedad), mientras los derechos irrenunciables se mantienen al 100%, según se explica en la calculadora del Centro de Conciliación Laboral.
Las cifras que arroja la herramienta son aproximadas y solo serán definitivas si las partes las aceptan o un Tribunal Laboral las condena.
Fórmulas y ejemplo con cifras en pesos mexicanos
Caso: Karla entró a trabajar el 1 de enero de 2020 en una empresa de Monterrey, Nuevo León, con salario diario de 500 MXN. La despidieron el 15 de julio de 2024 sin causa justificada.
La indemnización constitucional se calcula con los 90 días más 20 por año. Necesitas tu salario diario (integrado si aplica) y tu antigüedad en años.
500 × 90 + 500 × 20 × 4 = 85.000 MXN de indemnización constitucional, más intereses sobre salarios caídos.
Antigüedad calculada por la herramienta: 4 años con 6 meses completos al servicio.
- Aguinaldo proporcional (medio año laborado del 1 de enero al 15 de julio): 15 días × 500 MXN × 0.5 año = 3.750 MXN.
- Vacaciones proporcionales + prima vacacional (regla base de 12 días al primer año y 2 más por cada año siguiente, prorrateadas al periodo): la herramienta los desglosa aparte; para el ejemplo se estima 6 días de vacaciones × 500 MXN = 3.000 MXN, más 25% de prima = 750 MXN; total 3.750 MXN.
- Prima de antigüedad (12 días por año, con tope legal): 12 × 500 MXN × 4 años = 24.000 MXN. Karla no alcanza los 15 años, pero por despido injustificado la calculadora puede proyectarla; el criterio definitivo lo fija la Ley Federal del Trabajo.
- Indemnización constitucional: 3 meses (90 días × 500 MXN = 45.000 MXN) + 20 días × 4 años × 500 MXN = 40.000 MXN. Subtotal: 85.000 MXN, más los intereses sobre salarios caídos que se sigan generando hasta el pago.
Total estimado con el escenario 100%: 116.500 MXN, sin contar intereses.
Cómo usar la calculadora oficial y a dónde acudir
La herramienta gratuita del Centro de Conciliación Laboral se usa así:
- Ingresa a conciliacionlaboral.org.mx/herramientas/calculadora y captura salario, periodicidad, fecha de ingreso y fecha de salida.
- Confirma el salario diario y marca si laboraste en municipio fronterizo norte o si tu oficio tiene salario mínimo profesional.
- Revisa los seis conceptos calculados (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, indemnización constitucional y compensación negociable).
- Explora los escenarios de negociación: 100%, 90%, 80%, 70%, 60% y 50% sobre los conceptos negociables.
- Descarga el resultado como punto de partida para la plática con tu patrón.
Si la cifra no te satisface o el patrón no paga, la ruta gratuita para asesorarte es la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo). Si tampoco hay arreglo, debes presentar una solicitud de conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral federal (cuando el patrón tiene actividades en dos o más estados) o el de tu estado, según la jurisdicción. La conciliación prejudicial es obligatoria antes de cualquier demanda, conforme a la Ley Federal del Trabajo. Si fracasa, la demanda se presenta ante el Tribunal Laboral federal o local correspondiente.
Plazos que no puedes dejar pasar
La Ley Federal del Trabajo fija dos tipos de plazos que tienes que mirar con lupa:
- Para reclamar el despido: si te corrieron, tienes un mes para acudir a PROFEDET o al Centro de Conciliación y pedir la reinstalación o la indemnización. Pasado ese mes, el patrón puede argumentar prescripción.
- Para que opere la prescripción de las acciones: en general las acciones laborales prescriben en un año contado desde que la obligación es exigible, aunque hay reglas distintas para cada concepto.
- Para que el patrón pague: las prestaciones proporcionales deben cubrirse al momento de la separación. Si optaste por reinstalación y el patrón no te reinstala en el plazo legal, nace la obligación de indemnizar.
- Para negociar en conciliación: la cita en el Centro de Conciliación suele programarse en pocos días hábiles; lleva ya tu cálculo hecho con la herramienta oficial.
Para confirmar los términos exactos aplicables a tu caso, revisa el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo y asesórate sin costo en PROFEDET.
La Junta de Conciliación y Arbitraje ya no recibe demandas nuevas: hoy todo empieza en el Centro de Conciliación Laboral y, si no hay acuerdo, sigue en un Tribunal Laboral.
La Junta de Conciliación y Arbitraje ya no recibe demandas nuevas desde la reforma laboral de 2019: hoy todo empieza en un Centro de Conciliación y, si no hay acuerdo, continúa en un Tribunal Laboral.
Fuentes
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 09/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 09/08/2026
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 09/08/2026
- Calculo-despidoCálculo de Indemnización por despidoconsultado el 09/08/2026
