- Liquidación y finiquito en México Despido sin causa justificada o renuncia
- Hasta 193,094.52 pesos (MXN) en un caso de 4.5 años Tres meses de salario integrado + 20 días por año
- PROFEDET, Centro de Conciliación o Tribunal Laboral, en máximo dos meses para salarios y un año para indemnizaciones papeleta al SMAC y demanda, en 20 días.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Salir de un empleo en México deja más dudas que certezas: ¿me toca liquidación o solo finiquito?, ¿cuánto es de aguinaldo proporcional y de vacaciones?, ¿la prima de antigüedad tiene tope? La regla federal viene en la Ley Federal del Trabajo, y con las cifras correctas cualquier persona puede sacar su propio cálculo sin pagarle a nadie.
¿Te corresponde liquidación o solo finiquito?
Tres caminos típicos y cada uno con efectos distintos sobre tu bolsillo:
- Despido sin causa (o reestructura): el patrón te debe liquidación completa: indemnización constitucional de tres meses, prima de antigüedad y las partes proporcionales del año. Tienes derecho a optar entre reinstalarte o cobrar esa indemnización, según lo previsto en el artículo 123 apartado A fracción XXII de la Constitución.
- Renuncia voluntaria: solo finiquito. Te pagan salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, aguinaldo proporcional y prima vacacional proporcional; nada de indemnización ni prima de antigüedad, salvo que tu contrato o las condiciones de salida las hayan generado por acuerdo.
- Despido justificado conforme al artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo: tampoco hay indemnización ni prima de antigüedad; el patrón solo paga las partes proporcionales del año en curso.
Si firmas un convenio o dejas pasar el tiempo, el caso se complica. Por eso conviene reunir papeles y números cuanto antes.
Documentos e información que debes reunir antes de calcular
Para que el resultado sea realista necesitas estos datos a la mano:
- Contrato individual de trabajo o constancia laboral con el puesto y el horario.
- Recibos de nómina de los últimos tres meses, para confirmar salario diario bruto y prestaciones.
- Fecha exacta de ingreso y de baja (día, mes y año).
- Salario diario bruto y, si lo tienes, el salario diario integrado (base más prestaciones).
- CURP y RFC, además del Número de Seguridad Social (NSS) del IMSS.
- Días de vacaciones ya disfrutados y, en su caso, pendientes.
- Carta de rescisión o aviso de despido, si existe; en despido justificado, el patrón debe darte aviso por escrito con la causa y los hechos.
Con esa información resuelta, llega el momento de ver qué partidas entran en tu pago.
Conceptos que integran tu pago: qué te deben y qué no
No todas las partidas funcionan igual: unas son irrenunciables (el patrón está obligado a pagarlas) y otras se negocian según la vía de salida o el convenio.
| Concepto | Base legal | Irrenunciable | Negociable |
|---|---|---|---|
| Aguinaldo proporcional | Art. 87 LFT | Sí | No |
| Vacaciones pendientes y proporcionales | Arts. 76 a 81 LFT | Sí | No |
| Prima vacacional (25 % mínimo) | Art. 80 LFT | Sí | No |
| Indemnización constitucional (3 meses) | Art. 123 CPEUM, fracc. XXII | Sí, cuando hay despido injustificado | No |
| Prima de antigüedad (12 días por año) | Art. 162 LFT | Sí, cuando hay despido injustificado o renuncia con causa | A veces |
| 20 días por año + prima adicional | Ley Federal del Trabajo | Solo en despido injustificado | En convenio |
El aguinaldo mínimo es de 15 días de salario al año y se paga antes del 20 de diciembre. Las vacaciones mínimas inician en 12 días laborables al primer año y suben 2 días por cada año cumplido hasta llegar a 20. La prima vacacional no puede ser menor al 25 % del periodo de descanso.
Cómo calcular cada concepto paso a paso con cifras en pesos
Trabajemos con un caso realista: Karla laboró en Monterrey del 1 de marzo de 2021 al 31 de agosto de 2025 (4 años y 6 meses), con salario diario bruto de 600 pesos (MXN) y despido sin causa. Sigue esta secuencia:
- Salario diario integrado (SDI): suma al salario diario las prestaciones anuales (aguinaldo + vacaciones + prima vacacional) divididas entre 365. SDI = 600 + ((600 × 15) + (600 × 12 × 0.25)) ÷ 365 ≈ 625.34 pesos (MXN).
- Aguinaldo proporcional (medio año de 2025): 600 × 15 ÷ 365 × 183 = 4,513.70 pesos (MXN).
- Vacaciones proporcionales: al cuarto año corresponden 20 días; Karla tomó 10 en julio, así que 10 días × 600 = 6,000 pesos (MXN).
- Prima vacacional: 25 % sobre las vacaciones pendientes = 1,500 pesos (MXN).
- Indemnización constitucional: 3 meses de SDI = 625.34 × 90 = 56,280.82 pesos (MXN).
- Prima de antigüedad: 12 días por cada año cumplido = 4 × 600 × 12 = 28,800 pesos (MXN), con tope legal: el salario diario considerado no puede exceder el doble de la UMA vigente; en este ejemplo queda por debajo del tope.
- 20 días por año (adicional en despido injustificado): 4 × 600 × 20 = 48,000 pesos (MXN).
- Prima adicional (equivalente a 20 días por año de servicio): 4 × 600 × 20 = 48,000 pesos (MXN).
Total estimado del caso Karla: 193,094.52 pesos (MXN), antes de impuestos.
Sobre este total aplica ISR: el finiquito (partes proporcionales) tiene un cálculo de exento propio en la Ley del ISR, mientras que la indemnización constitucional goza de un exento equivalente a 90 días de salario mínimo general. La parte gravada se suma al ingreso anual y tributa según las tablas de ISR vigentes.
Si los números no te cuadran o el patrón no paga, existen herramientas oficiales y gratuitas que conviene conocer.
Herramientas gratuitas y dónde acudir para calcular tu liquidación
En México hay calculadoras en línea que automatizan el desglose, además de dependencias que asesoran sin costo. La tabla compara las dos opciones más usadas:
| Herramienta | Qué calcula | Datos que pide | Enlace |
|---|---|---|---|
| Calculadora del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Indemnización constitucional, prima de antigüedad, vacaciones, aguinaldo y prima vacacional proporcionales | Salario y periodicidad, municipio fronterizo, salario mínimo especial, fecha de ingreso, fecha de salida | Oficial federal |
| Calculadora de finiquito y liquidación de FiscoClic | Salarios pendientes, 20 días por año, prima adicional, SBC, base gravable, exento y finiquito con ISR | Fecha de ingreso y baja, días de aguinaldo, prima vacacional, vacaciones por año, salario diario | Referente privado |
La oficial solo cubre cinco conceptos, así que para un desglose con ISR y veinte días por año conviene la segunda. Ambas son aproximadas: el resultado real lo fija el Tribunal Laboral.
Si la negociación se traba, estos organismos te apoyan gratis:
- PROFEDET: asesoría, cálculo y representación legal gratuita al trabajador en cualquier estado.
- Centro de Conciliación (federal o el de tu entidad): la conciliación prejudicial es obligatoria antes de demandar.
- Tribunal Laboral del Poder Judicial: recibe la demanda si la conciliación no prospera.
«Si me corrieron sin carta no puedo reclamar nada.»
El patrón debe probar la causa: sin aviso por escrito con fecha y hechos, el despido se presume injustificado y tú mantienes tus prestaciones.
VS
Recuerda que las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no aceptan demandas nuevas desde la reforma laboral de 2019; el camino es conciliación y luego Tribunal. Además, la prescripción para reclamar prestaciones vencidas suele ser de dos meses para salarios y de un año para indemnizaciones, según la Ley Federal del Trabajo; no dejes pasar los plazos.
Un dato que pasa inadvertido: la prima de antigüedad se calcula con el salario diario, no con el integrado, y su tope se mide contra la UMA vigente del año en que se paga; este límite cambia cada año porque el INEGI actualiza la UMA. Si trabajaste en la zona fronteriza norte, además puede aplicar un salario mínimo distinto.
Por último, un número clave: la indemnización constitucional de 3 meses equivale a 90 días de salario integrado, no de salario base. Esa diferencia suele sumar varios miles de pesos en el cálculo final.
Antes de firmar cualquier convenio, revisa que el desglose incluya todas las partidas. Un cálculo bien hecho toma entre 30 minutos y una hora con las calculadoras gratuitas; saltarte ese paso puede costarte miles de pesos (MXN) que, por ley, te corresponden.
Fuentes
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 09/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 09/08/2026
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 09/08/2026
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 09/08/2026
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 09/08/2026
